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orden de libertad de detenido, Esquemas de Comércio

documento que se expide para dar libertad a un detenido en flagrancia delictiva

Tipologia: Esquemas

2024

Compartilhado em 27/10/2024

lavoisier-taylor-tomas-pascual
lavoisier-taylor-tomas-pascual 🇧🇷

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Año de la unidad, la paz y el
desarrollo”
Distrito Fiscal de Junín
2° FPCEVCMIGF – HUANCAYO
Tercer Despacho
Fiscal Responsable:
ORDEN DE LIBERTAD
I.- DATOS PERSONALES:
Nombres y Apellidos : XXXXXXXXXXX
Edad : 36 años
D.N.I. N° : XXXXXXX
Fecha de Nacimiento : XXXXXXXXX
Natural de : XXXXXXXX
Domicilio real : XXXXXXXX
Celular : XXXXXXXXXX
Ocupación : Agricultor
Nombre del padre :
Nombre de la madre :
Abogado Defensor :
Domicilio Procesal :
II.- FUNDAMENTO DE LA ORDEN (captura irregular, conducta atípica, inexistencia del hecho,
inconcurrencia de presupuestos para detención preventiva, otros).
INCONCURRENCIA DE PRESUPUESTOS PARA DETENCION PREVENTIVA: Que para los efectos de solicitar la
prisión preventiva se deben tener en conjunto los tres presupuestos que refiere el art. 268 del Código Procesal
Penal; en ese sentido, de autos se desprende que los hechos son relativos al presunto delito de Agresiones en
contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, circunscrito en el artículo 122° B, del Código Penal. Que
en cuanto al prognosis de pena, se tiene que el referido delito, sanciona con una pena que, en su extremo
máximo, es no es superior a los 5 años de pena privativa de libertad; por lo que, es pasible la aplicación de una
salida alternativa. Y siendo necesario, que los tres supuestos del art. 268°, del C.P.P se cumplan, y máxime si aún
falta recabar el resultado de la pericia psicológica a la agraviada, cuyos resultados por las recargadas labores de
la Unidad Médico Legal del Ministerio Público no se expiden dentro de las 48 horas; por estos fundamentos se
tiene que no procede requerir la medida de prisión preventiva en la presente investigación por el momento.
III.- DISPOSICIÓN Nº 02-2022
Que conforme a lo establecido en el inciso 1 del artículo 264° del Código Procesal Penal SE DISPONE: La
inmediata libertad del detenido XXXXXXXXXXXXXXXXX, en la investigación que se le sigue por el delito de
Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de XXXXXXXXX. El mismo que
queda en calidad de citado.
IV.- INSTRUCCIONES AL IMPUTADO
Se instruye al imputado sobre el compromiso de asistir cuando sea requerido por las autoridades
correspondientes, bajo apercibimiento de solicitarse alguna medida de coerción personal.
Huancayo, XX de marzo del 2023
HORA:
HORA:
Jirón Manuel Alonso 499, 4º piso– El Tambo
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“Año de la unidad, la paz y el

desarrollo”

Distrito Fiscal de Junín 2° FPCEVCMIGF – HUANCAYO Tercer Despacho

Fiscal Responsable:

ORDEN DE LIBERTAD

I.- DATOS PERSONALES:

Nombres y Apellidos : XXXXXXXXXXX Edad : 36 años D.N.I. N° : XXXXXXX Fecha de Nacimiento : XXXXXXXXX Natural de : XXXXXXXX Domicilio real : XXXXXXXX Celular : XXXXXXXXXX Ocupación : Agricultor Nombre del padre : Nombre de la madre : Abogado Defensor : Domicilio Procesal : II.- FUNDAMENTO DE LA ORDEN (captura irregular, conducta atípica, inexistencia del hecho, inconcurrencia de presupuestos para detención preventiva, otros). INCONCURRENCIA DE PRESUPUESTOS PARA DETENCION PREVENTIVA : Que para los efectos de solicitar la prisión preventiva se deben tener en conjunto los tres presupuestos que refiere el art. 268 del Código Procesal Penal; en ese sentido, de autos se desprende que los hechos son relativos al presunto delito de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar , circunscrito en el artículo 122° B, del Código Penal. Que en cuanto al prognosis de pena, se tiene que el referido delito, sanciona con una pena que, en su extremo máximo, es no es superior a los 5 años de pena privativa de libertad; por lo que, es pasible la aplicación de una salida alternativa. Y siendo necesario, que los tres supuestos del art. 268°, del C.P.P se cumplan, y máxime si aún falta recabar el resultado de la pericia psicológica a la agraviada, cuyos resultados por las recargadas labores de la Unidad Médico Legal del Ministerio Público no se expiden dentro de las 48 horas; por estos fundamentos se tiene que no procede requerir la medida de prisión preventiva en la presente investigación por el momento. III.- DISPOSICIÓN Nº 02- Que conforme a lo establecido en el inciso 1 del artículo 264° del Código Procesal Penal SE DISPONE : La inmediata libertad del detenido XXXXXXXXXXXXXXXXX , en la investigación que se le sigue por el delito de Agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar , en agravio de XXXXXXXXX. El mismo que queda en calidad de citado. IV.- INSTRUCCIONES AL IMPUTADO Se instruye al imputado sobre el compromiso de asistir cuando sea requerido por las autoridades correspondientes, bajo apercibimiento de solicitarse alguna medida de coerción personal. Huancayo, XX de marzo del 2023 HORA: HORA: Jirón Manuel Alonso 499, 4º piso– El Tambo

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