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Reglamento de Licitaciones Públicas en el Gobierno Regional de Junín, Resumos de Construção

Los bases estandar de licitación pública para la contratación de bienes en el gobierno regional de junín, incluyendo las etapas del procedimiento de selección, solución de controversias durante el proceso, condiciones especiales del procedimiento y requisitos específicos para la contratación de concreto premezclado. El documento también incluye información sobre la solución de controversias durante el proceso, el contrato y las garantías que deben presentar los postores ganadores de la licitación.

Tipologia: Resumos

2024

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Bienes
Gobierno Regional de Junín Sede Central
Licitación Publica N° 014-2022-GRJ-CS Primera Convocatoria
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BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA
CONTRATACIÓN DE BIENES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
Nº 014-2022-GRJ-CS
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE BIENES
ADQUISICIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO FC 350
KG/CM2 PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD
DE LA AV. CANTUTA (TRAMO AV. MARISCAL CASTILLA
VIA MALECON RIO MANTARO) Y LA AV. HUANCAVELICA
(TRAMO: FLOR DE MAYO CANTUTA), DISTRITO DE EL
TAMBO PROVINCIA DE HUANCAYO DEPARTAMENTO
DE JUNIN” 2DA ETAPA.
HUANCAYO, AGOSTO DEL 2022
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Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria

BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA

CONTRATACIÓN DE BIENES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº

Nº 014- 2022 - GRJ-CS

PRIMERA CONVOCATORIA

CONTRATACIÓN DE BIENES

ADQUISICIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO FC 350

KG/CM2 PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:

“MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD

DE LA AV. CANTUTA (TRAMO AV. MARISCAL CASTILLA –

VIA MALECON RIO MANTARO) Y LA AV. HUANCAVELICA

(TRAMO: FLOR DE MAYO – CANTUTA), DISTRITO DE EL

TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO – DEPARTAMENTO

DE JUNIN” – 2DA ETAPA.

HUANCAYO, AGOSTO DEL 2022

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria

DEBER DE COLABORACIÓN

La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado. En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación. De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia. La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria

CAPÍTULO I

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

1.1. REFERENCIAS

Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 3 44 - 2018 - EF. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. 1.2. CONVOCATORIA Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo. 1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes. ImportantePara registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en https://www 2 .seace.gob.pe /.En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. 1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo establecido en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento. 1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a las disposiciones previstas en los numerales 72.4 y 72. 5 del artículo 72 del Reglamento. ImportanteNo se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física.Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria 1.6. ELEVACIÓN AL OSCE DEL PLIEGO DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES Los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones así como a las bases integradas por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones, a los principios que rigen la contratación pública u otra normativa que tenga relación con el objeto de la contratación, pueden ser elevados al OSCE de acuerdo a lo indicado en los numerales del 72. al 72.11 del artículo 72 del Reglamento. La solicitud de elevación para emisión de Pronunciamiento se presenta ante la Entidad, la cual debe remitir al OSCE el expediente completo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 124 del TUO de la Ley 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019 - JUS, al día hábil siguiente de recibida dicha solicitud. Advertencia La solicitud de elevación al OSCE de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones, así como a las Bases integradas, se realiza de manera electrónica a través del SEACE, a partir de la oportunidad en que establezca el OSCE mediante comunicado. Importante Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el literal n) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. 1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 del Reglamento. Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita o digital, según la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales^1 ). Los demás documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado. No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto. Las ofertas se presentan foliadas. ImportanteLos formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.En caso la información contenida en los documentos escaneados que conforman la oferta no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalece la información declarada en los documentos escaneados.No se tomarán en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad. 1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00: horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases_._ El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible. (^1) Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a: https://www.indecopi.gob.pe/web/firmas-digitales/firmar-y-certificados-digitales

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido. Importante Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del artículo 64 del Reglamento.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria

CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE

SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato. El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. ImportanteUna vez otorgada la buena pro, el comité de selección, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito. Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación no fueron analizados y revisados por el comité de selección.A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el expediente, siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha documentación en el menor tiempo posible, previo pago por tal concepto.El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas desconcentradas del OSCE. 2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella se interpone dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro. La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria Importante Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. Advertencia Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:

_1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema- financiero/clasificadoras-de-riesgo).

  1. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la fecha de emisión de la garantía.
  2. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo B, incluye las clasificaciones B+ y B.
  3. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento. En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva. De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías, debe revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema- financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza_ ). Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora. 3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 1 55 del Reglamento. 3.5. ADELANTOS La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases. 3.6. PENALIDADES 3.6.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de conformidad con el artículo 1 62 del Reglamento. 3.6.2. OTRAS PENALIDADES La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección específica de las bases.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. 3.7. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 164 del Reglamento. 3.8. PAGOS El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato. La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez ( 10 ) días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los bienes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario competente. La conformidad se emite en un plazo máximo de siete (7) días de producida la recepción salvo que se requiera efectuar pruebas que permitan verificar el cumplimiento de la obligación, en cuyo caso la conformidad se emite en un plazo máximo de quince (15) días, bajo responsabilidad del funcionario que debe emitir la conformidad. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. Advertencia En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 1 71 del Reglamento, debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada. 3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN-SEDE CENTRAL^ ^ SEDE CENTRAL RUC Nº :^20486021692 Domicilio legal : JR. LORETO NRO. 363 (2DO PISO)^ -^ HUANCAYO–JUNÍN Teléfono: : 064 - 602000 Anexo 1702 Correo electrónico: : oasajunin@gmail.com 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente procedimiento de selección tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO FC 350 KG/CM2 PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LA AV. CANTUTA (TRAMO AV. MARISCAL CASTILLA – VIA MALECON RIO MANTARO) Y LA AV. HUANCAVELICA (TRAMO: FLOR DE MAYO – CANTUTA), DISTRITO DE EL TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO – DEPARTAMENTO DE JUNIN” – 2DA ETAPA. 1.3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Mem orando N° 648-2022/GRJ/ORAF el 26 de agosto del 2022. 1.4. FUENTE DE FINANCIAMIENTO CANON Y SOBRECANON, REGALÍAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES Importante La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección. 1.5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente procedimiento se rige por el sistema de contratación A SUMA ALZADA , de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. 1.6. MODALIDAD DE EJECUCIÓN NO CORRESPONDE 1.7. DISTRIBUCIÓN DE LA BUENA PRO NO CORRESPONDE 1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.

N° DESCRIPCION UNID. CANT.

1 CONCRETO PREMEZCLADO FC 350 KG/CM2 M3 11 , 883

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria 1.9. PLAZO DE ENTREGA Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán dentro del plazo de 60 días calendarios, computados desde el día siguiente de suscrito el contrato. Las cantidades durante la vigencia del contrato serán solicitadas conforme a la necesidad del proyecto hasta agotar con la totalidad de la entrega del bien; para tal efecto, la Entidad realizará la notificación al contratista mediante carta simple, correo electrónico y/u otro medio de comunicación, con un plazo máximo de 03 días calendarios de anticipación para la entrega de la cantidad requerida, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación. 1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar S/ 4. 4 0 (Cuatro con 40 /100 soles) en la unidad de caja del Gobierno Regional de Junín y recabar las copias en el área de procesos (7mo piso) en la Oficina N° 701, sito Jr. Loreto N° 363 – Huancayo. Importante El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción. 1.11. BASE LEGAL

  • Ley N° 31365 – Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.
  • Ley Nº 31366 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal
  • TUO de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082 - 2019 - EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344 - 2018 - EF, y su modificación efectuada mediante Decretos Supremos N° 377- 2019 - EF, 168- 2020 - EF y 162- 2021 - EF.
  • Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
  • Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043- 2003 - PCM.
  • Decreto Legislativo N° 295, Código Civil.
  • Resolución Ministerial N° 1275 - 2021 - MINSA que, entre otros, aprueba la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP – 2021, Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS – COV-2.
  • Directivas, Pronunciamientos y Opiniones emitidas por el OSCE.
  • Resoluciones emitidas por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. ( Anexo Nº 5 ) g) El precio de la oferta en SOLES. Adjuntar obligatoriamente el Anexo Nº 6. El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos (2) decimales. Importante El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. 2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases. Advertencia El comité de selección no podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores de evaluación”. 2.3. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO El postor ganador de la buena pro deberá presentar en mesa de partes presencial los siguientes documentos en formato original (excepto lo requerido como “Copias”) debidamente firmados o en su defecto visados por su representante, a efectos de perfeccionar el contrato. a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes, de ser el caso. c) Declaración Jurada indicando su Código de cuenta interbancaria (CCI) o, en el caso de proveedores no domiciliados, el número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior. d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda. e) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica. Advertencia De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE^5 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f). f) Declaración Jurada indicando el domicilio y correo electrónico para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. g) Detalle de los precios unitarios del precio ofertado. ImportanteEn caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y en (^5) Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a doscientos mil Soles (S/ 2 00,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1 52 del Reglamento. h) Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad de contar con 3 camiones mixer de 7m3 como mínimo. En el caso que el postor ganador sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito pueden estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes. i) Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad de contar con 1 cargador frontal como mínimo 230 HP. En el caso que el postor ganador sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito pueden estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes. j) Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad de contar con planta de concreto como mínimo 250 m3. En el caso que el postor ganador sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito pueden estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes. ImportanteCorresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N° 076- 2005 - RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya^6_._  La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. 2.4. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento, debe presentar la documentación requerida en Mesa de partes presencial del Gobierno Regional de Junín (1er piso), sitio en el Jr. Loreto Nº 363, Huancayo. Importante En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de compra, cuando el monto del valor estimado del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 2 00,000.00). 2.5. FORMA DE PAGO (^6) Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria

CAPÍTULO III

REQUERIMIENTO

ESPECIFICACIONES TECNICAS

1. DENOMINACION DE LA ADQUISICION ADQUISICIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO FC 350 KG/CM2 PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LA AV. CANTUTA (TRAMO AV. MARISCAL CASTILLA – VIA MALECON RIO MANTARO) Y LA AV. HUANCAVELICA (TRAMO: FLOR DE MAYO – CANTUTA), DISTRITO DE EL TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO – DEPARTAMENTO DE JUNIN” – 2DA ETAPA. 2. FINALIDAD PUBLICA La finalidad publica es mejorar las condiciones de transitabilidad peatonal y vehicular a partir de las necesidades de la población, tanto para transporte de producción agrícola, como para circulación vehicular, dando una mejor calidad de vida a los pobladores de este distrito, siendo este proyecto de alta necesidad para cumplir con los objetivos de la OBRA “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LA AV. CANTUTA (TRAMO AV. MARISCAL CASTILLA – VIA MALECON RIO MANTARO) Y LA AV. HUANCAVELICA (TRAMO: FLOR DE MAYO – CANTUTA), DISTRITO DE EL TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO – DEPARTAMENTO DE JUNIN” – 2DA ETAPA 3. ANTECEDENTES El Gobierno Regional de Junín en concordancia con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública. Y que, mediante Ley N° 31365 se ha aprobado el Presupuesto del Sector para el año Fiscal 2022 y que en el artículo 1. Presupuesto Anual de Gastos y artículo 2. Recursos que financian el Presupuesto del Sector Público de la citada ley, cuyo detalle se especifica en los anexos a que se refieren la ley donde se le asignó al Gobierno Regional de Junín. Mediante la Resolución Gerencial Regional de Infraestructura N° 491-2022/GR-JUNIN/GRI el 18 de agosto del 2022, donde se aprueba el presupuesto analítico de obra en el cual la Sub Gerencia de Obras con un plazo de ejecución de 150 días calendarios tiene un Presupuesto Institucional de S/. 2`500,000.00 soles para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LA AV. CANTUTA (TRAMO AV. MARISCAL CASTILLA – VIA MALECON RIO MANTARO) Y LA AV. HUANCAVELICA (TRAMO: FLOR DE MAYO – CANTUTA), DISTRITO DE EL TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO – DEPARTAMENTO DE JUNIN” – 2DA ETAPA, con Código Único de Inversiones Nº 2507019. 4. OBJETIVOS DE LA CONTRATACION 4.1. OBJETIVO GENERAL ADQUISICIÓN DE CONCRETO PREMEZCLADO FC 350 KG/CM2 PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LA AV. CANTUTA (TRAMO AV. MARISCAL CASTILLA – VIA MALECON RIO MANTARO) Y LA AV. HUANCAVELICA (TRAMO: FLOR DE MAYO – CANTUTA), DISTRITO DE EL TAMBO – PROVINCIA DE HUANCAYO – DEPARTAMENTO DE JUNIN” – 2DA ETAPA. 4.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS  Garantizar la construcción óptima de la infraestructura vial de acuerdo a las partidas del expediente técnico, para el proyecto en mención.  Garantizar la sostenibilidad de la infraestructura vial en el futuro. 5. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DEL BIEN A CONTRATAR 5.1. DESCRIPCION Y CANTIDAD DEL BIEN 5.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS El producto deberá cumplir con las siguientes especificaciones: N° DESCRIPCION UNID. CANT. 1 CONCRETO PREMEZCLADO FC 350 KG/CM2 M3 1,

Gobierno Regional de Junín – Sede Central Licitación Publica N° 014 - 2022 - GRJ-CS– Primera Convocatoria CARACTERISTICAS ESPECIFICACIONES REFERENCIA Resistencia a la compresión especificada FC 350 KG/CM^2 a los 28 días Deberá cumplir con lo indicado en el numeral 19.4.1 y numeral 19.4.2 de la NTP de la referencia NTP 339.114: CONCRETO. Concreto premezclado. Requisitos.  El concreto premezclado deberá cumplir los requerimientos de la norma ASTM C 94. 5.2.1. TRABAJOS A REALIZAR Los trabajos a ejecutar son los siguientes: Adquisición, Preparado y vaciado de concreto de FC 350 kg/cm^2. 5.2.2. ROTULACIÓN O ETIQUETADO DEL PRODUCTO El mixer que transporte el concreto premezclado a obra deberá contener un precinto de seguridad, el cual garantice la exclusividad del material con el que se trabajara en el lugar. 5.2.3. TRANSPORTE DEL PRODUCTO El transporte se realizará en camiones concreteros (Mixer) hasta el punto de colocación, tan pronto como sea posible, de manera que no ocurra segregación de la mezcla o perdida de materiales, para así garantizar la calidad deseada para el concreto. Será de entera responsabilidad del proveedor si las maquinarias sufrieran algún desperfecto de operatividad en el transcurso de la producción del pre mezclado, lo cual no deberá de perjudicar a la obra y menos malograr el producto a entregar. 5.2.4. COLOCACIÓN DEL PRODUCTO Previamente a la colocación del concreto, las formas deberán haber sido limpiadas de todo material extraño. El concreto deberá ser vaciado en forma continua y no debiendo ser colocado en grandes cantidades en un solo punto para luego ser extendido, ni debiendo fluir innecesariamente.

6. CONSIDERACIONES PARA EL CONCRETO DE RESISTENCIA ESPECIFICA 6.1. CONCRETO PREMEZCLADO FC 350 KG/CM  El asentamiento o SLUMP del concreto pre mezclado estará entre 4” a 6” (de acuerdo a lo que solicite el residente de obra, con la aprobación del inspector o supervisor de obra), el mismo que se verificará antes de la descarga por la residencia, inspección o supervisión de obra.  Tiempo máximo de salida de planta a obra 2 horas pasado ese tiempo ya no se recibirá el concreto premezclado (los gastos correrán por parte del contratista).  La temperatura máxima del concreto pre mezclado será de 32° C, en caso que supere la temperatura máxima, no se aceptará el concreto (el contratista medirá la temperatura del concreto pre mezclado con sus propios medios cada vez que lo requiera el residente de obra y supervisor o inspector)  El tamaño máximo del agregado a emplear será de 1/2” (el tamaño del agregado puede variar a solicitud del residente de obra y supervisor o inspector).  El agregado grueso será piedra chancada, de grano duro y compacto en cumplimiento de la Norma Técnica Peruana NTP 339.114:  La adquisición del concreto pre mezclado incluirá el DISEÑO DE MEZCLA, asesoría técnica, asistencia a campo, medición del SLUMP, certificación de la calidad del concreto antes de cada descarga del camión concretero, control de la calidad de la resistencia del concreto pre mezclado y la certificación de calidad de los ensayos realizados por el proveedor de concreto, los cuales serán presentados por el proveedor ante mesa de partes de la Entidad, dirigido a la residencia y a la Sub gerencia de Obras del Gobierno Regional de Junín, antes del inicio de las actividades de vaciado de concreto.  Certificado de calidad de la rotura de las probetas a los 7, 14 y 28 días (control de laboratorio que será proporcionado por el contratista), el cual será presentado por el proveedor ante mesa de partes de la Entidad, dirigido a la residencia y a la Sub gerencia de Obras del Gobierno Regional de Junín  De no cumplir con la resistencia requerida a los 28 días para el concreto pre mezclado, según informe del Residente y Supervisor, el contratista deberá reponer el volumen afectado, además de todos los gastos que generen la colocación del material, demolición de los mismos y otros que pudiesen afectarse.  El concreto pre mezclado que no llegue en buenas condiciones a obra, o cuando sea observado técnicamente por el residente de obra, inspector o supervisor de obra, será devuelto para que el contratista lo reemplace (los gastos correrán por parte del contratista).  Cumplimiento de los alcances de la Norma Técnica Peruana NTP 339.114:  Cumplimiento de los alcances de R.N.E.-E- 060