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Un análisis de la violencia contra la mujer en venezuela, específicamente en los estados barinas y táchira. Se centra en las mujeres venezolanas y colombianas con necesidad de protección internacional (pnpi) y explora las diferentes formas de violencia de género, incluyendo la violencia física, sexual y psicológica. El documento también incluye datos sobre la prevalencia de la violencia contra la mujer en la región y ofrece propuestas para un cambio.
Tipo: Resúmenes
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Violencia contra la mujer: venezolanas y colombianas con necesidad de protección internacional (PNPI) en los Estados Barinas y Táchira (Venezuela)
Propuestas para un cambio
Coordinadora: Rina Mazuera-Arias
Autores: Rina Mazuera-Arias Maycelyth Desireé Echezuría Rodríguez Ana Beatriz Calderón Sánchez Carmen Zenaida Vivas-Franco Kimberly Chiquinquirá Arellano González Neida Albornoz-Arias Alba Lourdes Carrero Mogollón
Diagramación: Abril Ávila
Fotografía: Mujer venezolana, esposa de PNPI, en su vivienda en el Estado Táchira. Foto: Jennifer Rincón.
Marzo de 2021
de protección internacional (PNPI) en los Estados Barinas y Táchira (Venezuela)
Los Estados y gobiernos se han especializado, a lo largo del tiempo, en perfilar, definir y establecer los derechos humanos primarios, así como velar por la seguridad física de todos sus ciudadanos, definiciones que en la mayoría de los casos quedan escritas en los textos constitucionales o en sus equivalentes. No obstante, cuando una persona, grupo de persona o una masa abandonan sus hogares y salen de su país a otro, por motivos de violencia, guerra, política o discriminación, se convierten en refugiados y esos derechos y esa seguridad dejan de ser efectivos, quedando sujetos a las normas legales del Estado receptor, que en la mayoría de los casos no tiene una respuesta concreta y efectiva para estos grupos humanos, negándoles el acceso a los servicios más básicos o confinándolos sin un futuro cierto, permaneciendo en un nuevo estado de vulnerabilidad casi igual o más severo del que padecían en sus países de origen.
Para contrarrestar esta dramática situación, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951 y su Protocolo de 1967, delegó, con un mandato principal de guardián o vigilante del cumplimiento de esos acuerdos, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con el fin de garantizar se cumplan los derechos humanos primarios y de protección internacional en las personas desarraigadas o que han tenido que abandonar sus países de origen por persecución, hambre o guerra (ACNUR, 2021).
En este orden de situaciones de vulnerabilidad, las mujeres resultan doblemente afectadas: por su condición de mujer y de migrante. Las estadísticas internacionales precisan que las mujeres representan cerca de la mitad de los 244 millones de migrantes y de los 19,6 millones de personas refugiadas del mundo (ONU, 2016b).
Venezuela, desde 2014 ha visto salir de su territorio a hombres, mujeres y niños que huyen del hambre, la violencia, la inseguridad y las amenazas, así como por la falta de alimentos básicos, medicinas y servicios médicos esenciales, producto de una crisis política, social y económica que la asola. Crisis que se ha convertido en una de las más grandes de desplazamiento del mundo, luego del conflicto bélico en Siria.
De estos desplazados venezolanos, un elevado porcentaje son mujeres con sus familias y sus hijos, o en muchos casos embarazadas. En numerosas ocasiones son obligadas a tomar rutas no transitadas regularmente o caminos verdes para alcanzar la seguridad que buscan en otro país, y, en consecuencia, pueden ser víctimas del submundo de los traficantes, tratantes, redes de narcotráfico y de grupos armados al margen de la ley, obstruyéndoles o impidiéndoles la debida atención a sus necesidades de documentación, protección, acogida, medicamentos y alimentos e integración en la sociedad de acogida. Así mismo, miles de mujeres venezolanas deciden no migrar y seguir viviendo en Venezuela en un contexto de crisis donde se vulneran diariamente sus derechos y muchas de ellas además, son víctimas de violencia.
Venezuela, además de ser un país emisor de migrantes sigue siendo un país receptor de miles de colombianos que han huido del conflicto armado y no piensan por ahora retornar a su país, siendo una situación especial aquellas mujeres con necesidad de protección internacional (PNPI) que son además víctimas de violencia contra la mujer.
De allí que, desde este macro contexto, el objetivo del presente estudio sea el de diagnosticar y analizar episodios de violencia física, sexual y/o psicológica en las mujeres PNPI y locales sobrevivientes y sus efectos en el ámbito
de protección internacional (PNPI) en los Estados Barinas y Táchira (Venezuela)
1. La violencia y los derechos humanos
geográfico territorial del Estado Táchira, en específico, en la región fronteriza entre Venezuela y Colombia.
Estadísticamente se emplearon métodos y técnicas cualitativas y cuantitativas para su desarrollo, el cual se dio en un proceso de recolección de información primaria, realizada entre noviembre de 2020 y enero de 2021. Y se concluye con la propuesta de unas iniciativas para la intervención y superación de la violencia hacia la mujer.
La concepción de la violencia contra hombres, mujeres y niños, resumida como violencia de género, sus ámbitos, clasificación y sus reivindicaciones nacen de entender su eliminación como un verdadero derecho humano. Conseguir un tratamiento digno y la posibilidad de garantizar los mismos derechos a las mujeres y a los hombres, tienen su origen en el derecho a la dignidad e igualdad: todos somos iguales, así lo reconoció en 1945 la Carta de las Naciones Unidas (Orejuela, 2012); los países aseveraron que el ser humano es centro de protección y la igualdad, su norte. En 1948 se aprobó la Declaración de los Derechos Humanos enfatizando esa igualdad. Luego, el Pacto sobre Derechos Civiles y Políticos y el Pacto de los Derechos Económicos y Culturales, prohíben la discriminación fundada en sexo, raza o religión; y consagran el derecho a un trato digno e igualitario y la no discriminación (ONU, 2012). Sin embargo, no existía un documento que expresamente protegiera a la mujer contra la desigualdad.
En 1967 se aprueba la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y con ella, continuó la incansable lucha por el reconocimiento del goce y disfrute de derechos y garantías en relaciones de igualdad, así como, la eliminación de todas las formas de violencia. Movimiento internacional que fue avanzando hasta el punto de que 1975 fue declarado el Año Internacional de la Mujer y se celebró la Primera Conferencia Mundial en México, D.F. Ya, en 1980 la Segunda Conferencia Internacional sobre la Mujer en Copenhague, que impulsó la firma para la ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (aprobada por la Asamblea de General de la ONU en 1979 y en vigencia desde 1981). El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer comenzó a trabajar en 1982 y en 1985 se realizó la Tercera Conferencia en Nairobi. En 1994 la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer conocida como la “Convención de Belém do Pará” (ONU,2012).
En 1995, en Beijing se celebró la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, donde se aprobaron la Declaración y la Plataforma de acción, y fijaron 12 objetivos, entre ellos: la mujer y la pobreza; la violencia contra la mujer; la educación y las niñas; los conflictos armados y las mujeres, sin mencionar, todos los instrumentos internaciones regionales que surgieron como consecuencia de esta lucha (ONU, 2016).
En el año 2000 entre los Objetivos del Nuevo Milenio, la ONU contempló la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer que debían cumplirse en el 2015; y fueron aprobados por 136 países del mundo. Según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la agenda del 2030 para el Desarrollo Sostenible, incluye el logro de la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas, la eliminación de toda forma de violencia contra todas las mujeres y la eliminación de todas las prácticas nocivas (OIM,2014). El objetivo es erradicar cualquier forma de violencia de género, lograr la efectiva igualdad, en todos los perímetros, propiciando desde el ámbito internacional, no solamente con instrumentos jurídicos y sino con mecanismos efectivos de protección, la eliminación de la violencia de iure y de facto contra las mujeres (ONU, 2005).
Ello implica además de la prevención, herramientas para superar la violencia infligida y el empoderamiento de la mujer para conseguir ser y sentirse efectivamente en igualdad de condiciones y circunstancias.
de protección internacional (PNPI) en los Estados Barinas y Táchira (Venezuela)
2.1 Violencia hacia la mujer en las relaciones de pareja
Debido a todas las obligaciones impuestas a los Estados y a esa incasable misión de divulgar y denunciar cualquier abuso contra las mujeres, la concepción de violencia a la mujer se amplió al concepto de violencia de género. Este concepto ha sido sustituido por una nueva visión donde la violencia patriarcal se hace visible e intolerable para la mayor parte de la sociedad (De Miguel, 2005).
Es la más antigua forma de dominación. En la Edad Media, el matrimonio y el hogar concebidos como lugares seguros, se trasformaron en sitios donde se cometen formas atroces de violencia, así lo relata la historia cuando reseña episodios de violencia en la pareja (De Miguel, 2005). La violencia contra la mujer se manifiesta en las relaciones de pareja -éste es su primer contexto-, por tanto, es también conocida como violencia conyugal, íntima, marital (Guido,
Normalmente, la violencia de pareja comienza o se manifiesta en el noviazgo. Con hombres celópatas y controladores que desde jóvenes son sexistas, producto de su misma educación (Mendoza et al., 2019). Resulta indistinto si la pareja está casada o vive una relación estable de hecho e incluso, si tienen relaciones sexuales esporádicas. Por tanto, se consideran parejas (compañeros) cuando forman una relación estable entre personas de distintos sexos, sin embargo, en parejas homoafectivas, también suele presentarse situaciones de violencia (OPS, 2013).
Así mismo, hay que explicar que la violencia de pareja se verifica en todas las clases sociales y en las diferentes culturas, razas y etnias. Es una forma común y antigua de violencia de género y muchas circunstancias son consideradas sus causas. Las más frecuentes son la juventud, bajo nivel instrucción, haber sido víctima de abuso o violencia durante la niñez, trastornos de la personalidad, estar acostumbrado a vivir violentamente por considerarlo una conducta “normal”, típicamente aprendida de la familia o de anteriores parejas (ONU CES, 2003).
Vale decir que, el abuso conyugal, o de pareja tiene como base una relación de poder (lo que se llamó la potestad marital) que incluye toda acción o amenaza de violencia física, sexual, psicológica, emocional y económica que una pareja o expareja comete en una mujer adulta, adolescente o niña, menoscabando sus derechos; y en el entorno de una situación familiar, íntima o sexual; hay que ser enfáticos al afirmar que la violencia conyugal puede llegar a la muerte, es decir, al feminicidio (Bermúdez, 2006).
Ahora bien, en el marco de la vida íntima y de la sexualidad se manifiesta la violencia, obligando a las mujeres a mantener relaciones sexuales no consentidas, que causen dolor e incluso llegando a la violación. Además, se entiende que es violencia cualquier acto sexual involuntario que cause un perjuicio indistintamente de que sea físico, fisiológico o psicológico, como, por ejemplo, tocamientos propios o del otro, prostitución forzada, acoso sexual, hostigamiento, y cualquier forma no aceptada que implique emociones sexuales (Bermúdez, 2006).
Otras causas correlacionales a la violencia en la pareja son la insatisfacción en la relación, problemas económicos, machismo, la superación en el grado de instrucción de la mujer y por último las causas sociales, escasez de normas jurídicas que castiguen o mitiguen, según sea el caso, el comportamiento violento, la pobreza, la aceptación social del comportamiento violento y la falta de sanciones sobre el mismo (OMS, 2013).
Del mismo modo, la violencia en la pareja es un problema de salud pública, cada vez más se demuestra el vínculo
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del maltrato infligido por la pareja en la salud física y mental de las mujeres. La mayoría de las mujeres que ha sufrido violencia refleja un estado de salud en malas condiciones, aun cuando la lesión física haya resultado pasajera (por ejemplo, moretones o golpes), todas experimentan malestares físicos y psicológicos; situación que ha sido así calificada consecuencialmente en la salud pública. Por lo anterior, la Organización Panamericana para la Salud (OPS) en 1993, calificó la violencia conyugal como un problema de salud pública y en 1996 la Organización Mundial de la Salud (OMS) lo reconoció de la misma manera (Guido, 2002). Es así, como resultó ser un problema de salud pública porque trasciende a lo colectivo, social, afecta a la comunidad en general, convoca a diferentes profesionales y es interdisciplinario.
Como problema de salud pública, es complejo, multidimensional y multidisciplinario. Emplaza a médicos, psicólogos, sociólogos, abogados y educadores entre otros profesionales. Y requiere de un triple enfoque: desde lo biológico, psíquico y social como resultado de una construcción recíproca entre estas tres dimensiones mutuamente constituyentes de lo humano (Ocampo y Amar, 2011. p. 111).
Por último, la violencia en la pareja acarrea costos sociales para las personas que la han sufrido. Hay que decirlo: tanto los hijos como los demás miembros de una familia que convive con la violencia, modelan la conducta y la internalizan, generan la ansiedad de ir contra el padre violento y el dolor de ver a su madre sufriendo (Linaza, 2014). Desde las perspectivas económicas, la violencia crea en la mujer bajo rendimiento y productividad, ocasionando la pérdida del empleo y hasta de sus bienes (Flores, 2007). Lamentablemente, la sociedad se acostumbra a niveles de violencia que afectan su desarrollo, pues sus miembros enfermos necesitarán ayuda desde la salud física y mental para salir de ese círculo de agresiones colectivas. El Estado, por su parte, enfrenta un reto de frenar, corregir, castigar, rehabilitar y prevenir la violencia en la pareja (OMS, 2012).
2.2 Violencia contra la mujer en la legislación venezolana
La igualdad de las mujeres y los hombres es asumida por la Constitución Nacional venezolana de 1999 como un derecho humano positivo, reconociendo no solo la igualdad formal, es decir, ante la ley, sino una igualdad material y concreta palpable en los distintos ámbitos de desenvolvimientos tanto de mujeres como de hombres. En ese sentido, se hace preciso mencionar que antes del reconocimiento por la referida Constitución, ya existía un primer instrumento legal que calificaba la violencia contra la mujer como un delito: la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, sancionada en 1998. En esa ley se reconocía la violencia contra cualquier mujer, así como la violencia a cualquier miembro de la familia. En su oportunidad, se calificó como una ley con tendencia hacia lo familiar, donde se visibilizaba y asociaba a la mujer víctima de violencia solamente dentro del hogar y/o el espacio doméstico. En el marco de esa ley, se consideraba violencia cualquier acción dirigida hacia la mujer o algún miembro de su familia, entendiendo familia como el núcleo principal con el que cohabita. A su vez, reconoció tres tipos de violencia hacia la mujer y la familia: física, psicológica y sexual.
Sin embargo, la realidad social del contexto venezolano en materia de violencia basada en género (VBG) originó una nueva necesidad de promulgar una ley con conceptos más amplios en la que se protegiera a la mujer en diversos ámbitos, ya públicos, ya privados: laboral, social, obstétrico entre otros y no solo en el entorno familiar y/o del hogar.
Aunado a lo anterior, se tenía ya la necesidad de impulsar cambios en los patrones socioculturales, marcados por la desigualdad y apuntar a la prevención y protección de las mujeres desde una óptica de equidad e igualdad. Fue así como, con base en una respuesta legal, el ordenamiento jurídico venezolano promulgó el 23 de abril del año 2007, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, reformada en el año 2014 para incluir la figura del feminicidio y la inducción al suicidio como formas externas de violencia.
de protección internacional (PNPI) en los Estados Barinas y Táchira (Venezuela)
Ámbito público
Delitos internacionales
Formas extremas de la violencia de género
Violencia laboral
Violencia patrimonial y económica
Violencia obstétrica
Esterilización forzada
Violencia mediática
Violencia institucional
Violencia simbólica
Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes
Trata de mujeres, ni- ñas y adolescentes
Femicidio
Inducción o ayuda al suicidio
Discriminación de la mujer en el ámbito laboral: público y/o privado que obstaculicen el acceso al empleo, ascenso, o estabi- lidad. Conducta que este dirigida a controlar u ocasionar un daño a los bie- nes, patrimonio de la mujer; así como la perturbación de la posesión de sus bienes, documentos personales o recursos económicos.
Trato deshumanizador, por parte del personal de salud en contra de la mujer en sus procesos reproductivos, como control de em- barazo y/o en el momento del parto. Realizar sin consentimiento informado de la mujer, cualquier proceso médico o quirúrgico que tenga como resultado la esteri- lización o privación de sus capacidades biológicas reproductivas.
Exposición de la mujer a través de cualquier medio de difusión que tenga como fin utilizar la imagen de la mujer con fines eco- nómicos, sexistas o de dominación.
Acción u omisión que realice cualquier funcionario perteneciente a la administración pública, que obstaculice el acceso a las políti- cas públicas o que ejerzan un derecho. Implican aquellos mensajes, valores, íconos, signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discrimina- ción en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad.
Son todos los actos que implican su reclutamiento o transporte den- tro o entre fronteras, empleando engaños, coerción o fuerza, con el propósito de obtener un beneficio de tipo financiero u otro de orden material de carácter ilícito.
Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de mujeres, niñas y adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o de otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes con fines de explotación, tales como prostitución, explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. Muerte de una mujer causada por odio o desprecio a su condi- ción de ser mujer, tanto en el ámbito público como privado. Es la consecuencia extrema de la violencia psicológica, que genera condiciones para provocar la muerte por motivaciones de género.
Fuente: Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 15º, numerales 1 al 19 (2007). Elaboración: Propia.
En conclusión, el reconocimiento de los diversos tipos de violencia hacia la mujer en el ordenamiento jurídico venezolano, faculta a las víctimas de dichos delitos, a accionar frente a su victimario, para que sea sancionando. A su vez, facilita el camino de la prevención, sensibilización, concienciación de dicho fenómeno en la realidad venezolana, fenómeno que se convierte en un problema de salud pública, que debe ser mitigado a través de cambios sociales en las costumbres y erradicación de paradigmas machistas sexistas de dominación, control y sumisión.
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3. Violencia psicológica: una mirada antropológica
La violencia es dicotómica, en sí misma y en cada una de sus manifestaciones, porque entraña: “por un lado, (…) el ejercicio de la fuerza, la dominación, la impunidad, la arbitrariedad; y, del otro, la presencia de la debilidad, el sometimiento, la marginalidad, el temor, la indefensión” (Requesens, 2004, p. 54). Por eso, debe analizarse la violencia no como una cosa, sino como lo que verdaderamente es: un proceso que se acerca más a una patología que a un comportamiento anecdótico y aislado.
La violencia psicológica es densa, multidimensional, complicada, grave (Safranoff, 2017), fácilmente disimulable y tal vez, la más impune (Ocampo y Amar, 2011); convoca a diversas disciplinas, porque desde cada una de ellas puede ser analizada científica y profusamente, lo que implica la transdisciplinariedad (Rosemberg, 2013). En ese marco transdisciplinar, la antropología se aproxima a este tipo de violencia con el ánimo de leerla y descifrarla como realidad humana que es.
Vale afirmar, que la relación entre la antropología y la violencia, en cualquiera de sus manifestaciones, es inexorable. Pues, en la medida en que la antropología estudia la realidad humana -en especial las dimensiones biológica, cultural y social (Recasens, 2004)- se interesa de manera específica en la violencia como fenómeno social. Todo, debido a que la violencia en general y hacia la mujer tiene efectos en la víctima, sus hijos y la sociedad (ONU, 2006). En fin, porque es un verdadero problema que concierne a toda la sociedad, porque los daños que causan pueden perdurar toda la vida, lo que impide seriamente el desempeño individual y social (Ocampo y Amar, 2011). Pero también, hay que sumar el hecho de la violencia psicológica, la que, en no pocos casos, es el prólogo de la violencia física; lo que impone estudiar la primera, para prevenir la segunda (Safranoff, 2017).
En el caso de la violencia, resulta medular poner en evidencia el grado de naturalización y hasta el carácter invisible que la circunda. Tal naturalización termina por legitimar la violencia, y sin duda, al normalizarla, se hace una apología –por acción y u omisión- colectiva de ella. Para conjurar esa naturalización es indispensable concienciar a la sociedad, entre otros aspectos, sobre las señales de maltrato en una relación (ONU Mujeres, 2020). También hay que propugnar por una sociedad que no entronice una cultura de violencia y discriminación.
Es paradójico que los casos de violencia psicológica sean de los más recurrentes (Safranoff, 2017) y a la vez de los más difíciles de revelar y establecer (Perela, 2010), como ya se dijo parte de la complejidad que entraña esta violencia, radica en que los daños no se ven, porque son daños no físicos ocasionados por agresiones no físicas (Garriga y Noel, 2010), pues se trata de detrimentos emocionales que atentan contra la integridad psíquica (Ocampo y Amar, 2011).
Vista la violencia hacia la mujer como realidad social, resulta que está soportada por, profundas y casi inamovibles, estructuras de poder-dominación garantes de una ordenación patriarcal (Perela, 2010) como ya se dijo en apartados anteriores, y protagonizadas por todos los miembros de la sociedad. También, como proceso, cuenta con un contexto y entramado de situaciones que derivan en la violencia (Requesens, 2004), cuyas consecuencias se materializan en hondas heridas sangrantes en la víctima, y una resonancia omnipresente en la sociedad. Los efectos de la violencia psicológica basada en el género, alcanzan graves niveles de daño en la víctima.
Este tipo de violencia también implica una serie de ataques por parte del victimario para deteriorar a la víctima en su siquis, estas embestidas van, contra tres grandes y estratégicos blancos:
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El presente estudio tiene un enfoque cuantitativo y cualitativo a través de métodos y técnicas que permitieron obtener conocimiento sobre episodios de la violencia física, sexual y/o psicológica en las mujeres sobrevivientes y los efectos de éstos. La información fue levantada desde noviembre 2020 hasta enero 2021.
1. Técnicas empleadas
Se emplearon dos instrumentos para la exploración de posibles mujeres sobrevivientes de violencia y que hayan sido víctimas de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones.
1.1. Técnica cualitativa.
1.1.1 Se utilizó el test conocido con el nombre Persona Bajo la Lluvia (PBLL). Se trata de una prueba proyectiva-gráfica orientada a la detección de la defensa central frente a la escena de maltrato y las manifestaciones inconscientes de las sobrevivientes de dicho maltrato (Pérez, 2015). Esta prueba permite acceder a los conflictos intrapsíquicos, mecanismos de defensa y estructura de la personalidad del evaluado. Puede aplicarse, de manera individual o colectiva (Querol y Chaves, 2005).
En la interpretación se evalúa:
1.1.2 Entrevista semiestructurada. Se diseñó un guión de entrevista que fue aplicado a un número determinado de mujeres, después de concluir el test anterior (PBLL). Se seleccionaron para ello, a doce mujeres, que manifestaron, de manera verbal, durante la aplicación de la prueba proyectiva haber sufrido algún tipo de violencia. Esta entrevista permitió indagar los casos de episodios de violencia psicológica, física y sexual vividos por las sobrevivientes. Así mismo, se indagó sobre los efectos y consecuencias de esos eventos. En el apartado de resultados se relacionan los testimonios más relevantes.
1.2. Técnica cuantitativa.
Se utilizó un cuestionario, con escala tipo Likert (nunca, en ocasiones y casi siempre), que se basó en el ciclo de la violencia propuesto por Walker (1979), el cual fue adaptado y utilizado por la Comisión de Transición para la Definición para la Institucionalidad Pública en contra de la Violencia contra la Mujer (s/f); denominándose “Reacciona a Tiempo, Pon un Alto a la Violencia”. Este cuestionario consta de treinta y tres ítems, cuyas variables de estudio fueron:
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El test se aplicó a 100 mujeres con edades comprendidas entre los 18 y 82 años de edad, habitantes de los municipios Antonio José de Sucre y Ezequiel Zamora del Estado Barinas, y de los municipios Ayacucho, García de Hevia, Junín, Torbes, Córdoba, del Estado Táchira. De las cien mujeres entrevistadas, 63% son mujeres colombianas con necesidad de protección internacional y 37% venezolanas.
Fungieron como informantes clave doce mujeres de las cuales 11 son de nacionalidad colombiana y una venezolana. En el caso de las mujeres colombianas, las mismas son víctimas del conflicto armado colombiano, mujeres con necesidad de protección en Venezuela, que además están en situación de vulnerabilidad. En la Tabla 2 se relaciona también el estatus migratorio, edad, ocupación y dónde vive cada una de ellas.
Fuente: Análisis de las entrevistas del estudio (2020). Elaboración: Propia.
Tabla 2: Perfil de informantes clave del estudio cualitativo
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“Que exista tanta violencia es culpa de nosotras mismas también. Porque a uno le van metiendo en la cabeza, cosas como que: ‘la que se casa es la mujer’, ‘con hijos, la que se amarra es la mamá’, y entonces se va desarrollando un temor a quedarse sola y ahí es cuando uno empieza a tolerar cosas que no debería” (P4).
“A uno lo han enseñado siempre a aguantar todo, a mantener siempre el hogar unido. Y bajo ese pretexto se toleraban las mil y una conductas. Yo creo que por eso duraban tanto los matrimonios antes, entonces preferible que se acaben los matrimonios que no funcionan, a seguir por compromiso y poner en peligro la salud física y psicológica de todos los que forman parte de la familia” (P7).
“Yo recuerdo que mi abuelita nos contaba que a ella el marido le pegaba con correa, y que ella no podía hacer nada porque era peor y los papás le decían que para eso se había casado, que le tocaba aguantar, y por lo menos a mí siempre me enseñaron así, que uno como mujer siempre debe aguantar” (P8).
Testimonio de la violencia psicológica
“Mi pareja actual es bastante celoso, y a veces me revisa el celular y esas cosas. Yo siempre lo había visto como una demostración de amor, como que él lo hacía para cuidarme y eso, pero con esto caí en la cuenta de que es una manifestación de violencia psicológica y no puedo permitirlo” (P2).
“Yo tengo una amiga que ahorita está pasando por una situación de violencia psicológica grave, pero ella no se da cuenta, no quiere hacer caso. El hombre con el que vive la tiene prácticamente aislada del mundo, no quiere dejarla ni que vea a su familia, yo estoy muy preocupada, pero con esta información ya sé cómo puedo ofrecerle ayuda” (P3).
Testimonio de violencia física
“Mi hija es víctima de violencia de género, yo siempre le he reprochado, porque yo no la enseñé así, a ella nunca le faltó nada y me duele que ahora permita que la golpeen y le hagan daño. Pero ahora ya sé cómo puedo ayudarla, y entiendo un poco mejor las razones por las que ella permite ese abuso” (P5).
“Yo estuve casada con un hombre alcohólico, fueron tiempos de abuso, de maltrato hacia mí y mis hijos, nos golpeaba constantemente. Pero si algo aprendí de esa experiencia fue que no se puede ayudar a quien no quiere ser ayudado, por mucho tiempo quise ser ‘la salvadora’ de mi esposo hasta que me di cuenta de que él no iba a cambiar y preferí dejarlo” (P6).
Testimonio de violencia psicológica
“Lo que yo he vivido no se lo deseo a nadie, es una experiencia que nos marca, vivir con alguien que te hace daño y que no siente remordimiento es muy difícil. Y más difícil es salir de eso, pero gracias a Dios yo voy sacando fuerzas para seguir, por mí y por mi hijo” (P9).
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Testimonio de violencia física-psicológica
“Aquí en la comunidad hay una chama que el marido le pega, eso no la deja salir a ningún lugar sin su permiso, bueno es vecino de la señora xxxx, ella solo sale cuando él va a trabajar, y si él llega y la encuentra afuera, uy no, luego casi la mata a grito y a golpes, el otro día estábamos los vecinos afuera hablando y él llegó más temprano, y cuando la vio le gritó qué hacía afuera y salió corriendo a la casa, pobre chama, además ella no reconoce el maltrato, siempre que anda con morados dice que fue que se cayó y es mentira, nosotros sabemos que no es así, además, ese señor que tiene como marido nos amenaza a todos aquí en la comunidad, el otro día dijo que nos iba a matar a todos a punta de machete, nosotros pues no le tenemos miedo, pero si nos da temor con la mujer, porque no sabemos, hasta un día la mata” (P10).
“Aquí hay una vecina que es víctima de violencia basada en género, por el esposo, aparte el señor le es infiel con otra vecina, y a su esposa la golpea feísimo, y además ni siquiera le da para la comida de los tres hijos que tiene, nosotros hemos hablado con ella para que denuncie al señor ese, pero ella le da miedo. Gracias por la información de hoy, ya sé que yo puedo denunciar ese caso” (P11).
Consecuencia de la violencia familiar
“Mis padres eran alcohólicos, me dicen que tuvieron una infancia muy dura; y yo desde que tengo 13 años estoy bebiendo, me dio una enfermedad que convulsionaba mucho y tenía anemia, eso me deprimió, hasta llegué a comerme el pelo y me puse fue a tomar y salía con muchos muchachos y me llamaban (equivalente a prostituta) y no tenía quien me orientara para hacer lo correcto, hasta que conocí a mi esposo y hoy en día yo soy muy agresiva con mis hijos, lo reconozco” (P12).
3. Cuantitativo: resultados del cuestionario
Como muestra o subconjunto de elementos de la población estadística estudiada, de forma no aleatoria, se decidió aplicar el cuestionario de entrevista a 100 mujeres comprendidas entre 18 y 82 años. Todas habitantes de los municipios Antonio José de Sucre y Ezequiel Zamora del Estado Barinas; Ayacucho, García de Hevia, Junín, Torbes, Córdoba del Estado Táchira.
de protección internacional (PNPI) en los Estados Barinas y Táchira (Venezuela)
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
53 9 1
28 7 2
81 16 3
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
51 11 1
22 11 4
73 22 5
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
43 18 2
21 12 4
64 30 6
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
55 7 1
30 5 2
85 12 3
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
¿Te amenaza o chantajea?
¿Te grita o se burla de ti, te humilla?
¿Desestima tus opiniones, y te critica?
¿Controla tu forma de vestir?
de protección internacional (PNPI) en los Estados Barinas y Táchira (Venezuela)
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
60 2 1
34 2 1
94 4 2
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
51 10 2
29 6 2
80 16 4
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
62 1 0
37 0 0
99 1 0
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
Mujeres PNPI colombianas
Nunca
57 6 0
30 6 1
87 12 1
En ocasiones Casi siempre
Mujeres locales
Total, respuesta
¿Te prohíbe decidir sobre tu dinero y tus bienes?
¿Controla tu hora de salida, de llegada, o de uso del tiempo en general?
¿Te obliga a mantener su relación en clandestinidad?
¿Tú relación de pareja te ha llevado a ser destructiva?