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COMO ELABORAR UN DICTAMEN PERICIAL CON EFICACIA
Tipo: Resúmenes
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Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade
Los criterios de validez científica están siendo cuestionados por criterios de validez sensibles a problemas como la interpretación, la representación, la reflexividad y el control de la investigación. La estandarización es un paso importante en el diseño y la evaluación de pruebas psicológicas y otros instrumentos de evaluación, pero no es el ultimo paso. Antes de que una prueba pueda utilizarse con cierta seguridad, debe obtenerse información acerca de su confiabilidad y validez por lo que a sus propósitos específicos concierne. Proporciona criterios para evaluar la calidad y rigor de los trabajos de investigación cualitativa, apoyándose en una validación que supera la mera triangulación y opta por procesos de «cristalización», procesos que se suponen más coherentes a la realidad social que pretende captar la investigación. La confiabilidad se refiere a la libertad relativa que tienen las calificaciones de prueba de los errores de medición. En la teórica clásica de las calificaciones de prueba, la confiabilidad se define como la razón de la varianza de la calificación real en una prueba con la varianza de su calificación observada. Dado que la varianza de la calificación real no puede calcularse directamente, la confiabilidad debe estimarse mediante uno de varios procedimientos que toman en consideración varias fuentes de error de medición. La confiabilidad de una prueba varia directamente con el numero de reactivos y la heterogeneidad del grupo que la presenta. La confiabilidad también varia con el nivel de dificultad de los reactivos que componen la prueba, siendo mas alta con reactivos de dificultad intermedia; es una condición necesaria pero no suficiente para lograr la validez, que es el grado en el cual una prueba mide lo que esta diseñada para medir. La información sobre la valides de una prueba puede obtenerse de varias maneras: analizando el contenido de la prueba (validez de contenido), correlacionando las calificaciones de la prueba con calificaciones en un criterio medidas al mismo tiempo (validez concurrente), correlacionando las calificaciones de la prueba con calificaciones en un criterio
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade medidas en un momento posterior ( validez predictiva), y por el estudio sistemático de lo adecuado de la prueba para valorar un constructo perisológico especificado( validez constructo). En las pruebas de aprovechamiento, por lo regular, se valida el contenido, mientras que la validez predictiva es de mayor interés con respecto a las pruebas de aptitud. La validez concurrente y la de constructo son importantes para las pruebas de personalidad.
La validez y la confiabilidad en la investigación son conceptos utilizados para evaluar la calidad de un estudio, y principalmente se utilizan en la investigación cuantitativa para indicar hasta qué punto un método, una técnica o una prueba mide algo de manera efectiva. La validez se define como la medida en que un concepto se mide con precisión, por ejemplo, en un estudio cuantitativo. La confiabilidad se refiere a la medida en que un instrumento de investigación obtiene sistemáticamente los mismos resultados si se utiliza en la misma situación en repetidas ocasiones. Tener en cuenta la validez y la fiabilidad de las herramientas de recolección de datos es importante a la hora de realizar o criticar una investigación, ya que de estas dependerá el nivel de certeza que pueda obtenerse de los resultados y las conclusiones de un estudio. Tipos de validez de la investigación Para corroborar la validez de una investigación se puede tomar en cuenta tres criterios principales: la validez de contenido, la validez de constructo y la validez de criterio. A continuación, te presentaremos en qué consiste cada uno: Validez de contenido Aquí lo ideal es cubrir todo el contenido respecto a la variable. A través de la validez de contenido se busca responder si se cubre todo el ámbito relacionado con la variable o el constructo que se ha diseñado para medir a través del instrumento elegido.
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade Con respecto a la Confiabilidad, ningún instrumento psicométrico puede considerarse de valor a menos que sea una medida consistente, o confiable. En consecuencia, una de las primeras cosas que será necesario determinar acerca de una prueba de elaboración reciente es si resulta lo suficientemente confiable como para medir loque fue diseñada para medir. Si, en ausencia de cualquier cambio permanente en una persona debido al crecimiento, al aprendizaje, a alguna enfermedad o lesiones, las puntuaciones en una prueba varían con la ocasión o la situación, es probable que la prueba no sea lo suficientemente confiable como para ser usada en describir y evaluar a la gente y hacer predicciones sobre su conducta. Hablando en términos estrictos, mas que ser una característica de una prueba, la confiabilidad es una propiedad de las puntuaciones obtenidas cuando se administra la prueba a un grupo particular de personas en una ocasión particular y bajo condiciones específicas. (Thompson, 1994) Note que confiabilidad no es lo mismo que estabilidad: al determinar la confiabilidad asume que la prueba mide una característica relativamente estable. A diferencia de la inestabilidad, la falta de confiabilidad es resultado de errores de medición producidos por estados internos temporales, como la baja motivación o la falta de disposición, o de condiciones externas como ambiente de prueba incómodo con distracciones. Con respecto a la Validez, de manera tradicional, se ha definido como el grado en que una prueba mide loque esta diseñada para medir. Una desventaja de esta definición es la implicación de que una prueba solo tiene validez, la cual supuestamente es establecida por un solo estudio para determinar si la prueba mide lo que se propone debe medir. En realidad, una prueba puede tener muchas clases de valides, dependiendo de los propósitos específicos para los cuales fue diseñada, la población objetivo, las condiciones en que aplica y el método para determinar la validez. Los métodos por los cuales puede determinarse la validez incluyen: Analizar el contenido de la prueba. Calcular la correlación entre las calificaciones en la prueba y la calificación en el criterio de interés. Investigar las características psicológicas particulares o constructos medidos por la prueba. Todos esos procedimientos son útiles en la medida que mejoran la comprensión de lo que mide una prueba y proporcionan información para tomar decisiones sobre la gente. También puede ser de interés evaluar la valides creciente de una prueba, es decir, que tanto añade la prueba a la predicción y comprensión de los criterios que ya son anticipados por otras medidas.
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade A diferencia de la confiabilidad, la cual es influida solo por los errores no sistemáticos medición, la validez de una prueba es afectada tanto por los errores no sistemáticos como por los sistemáticos (constantes). Por esta razón, una prueba puede ser confiable sin ser valida, pero no puede ser valida sin ser confiable. La confiabilidad es una condición necesaria, pero no suficiente, para la validez. VALIDEZ EXTERNA: CONCEPTO Y AMENAZAS Posibilidad de generalizar la relación causal observada en un determinado estudio más allá de las circunstancias bajo las que se ha obtenido dicha relación (generalización de los resultados). DIMENSIONES de la VALIDEZ EXTERNA: ‐Validez POBLACIONAL: Generalización a toda la población y/o a otras poblaciones. ‐ Validez ECOLÓGICA: Generalización a otros contextos, situaciones o ambientes. ‐ Validez HISTÓRICA: Generalización a otros momentos temporales. Interacción entre selección y tratamiento (selección x tratamiento) Atenta contra la validez POBLACIONAL porque la relación hallada entre las variables es específica de las personas que han participado en el estudio. ¿Cómo puede CONTROLARSE? ‐ Acotando con exactitud las características de la población de referencia y seleccionando aleatoriamente la muestra de dicha población. Si lo anterior es imposible… ‐ Usar una muestra heterogénea. ‐ Replicar el experimento con muestras diferentes. Atenta contra la validez ECOLÓGICA. Suele deberse a la artificialidad de las situaciones experimentales. Muy frecuente cuando utilizamos el método experimental. (Tema 5) No suele darse en… ‐ Investigaciones observacionales. ‐ Metodología cualitativa. ¿Cómo puede CONTROLARSE? Replicando la investigación en situaciones diferentes (procurando que la situación experimental sea lo más natural posible, dentro del rigor que exige la investigación) Atenta contra la validez HISTÓRICA. Aparece si durante el trascurso de la investigación ocurren acontecimientos que interactúan con el tratamiento. ¿Cómo puede CONTROLARSE? Replicando el experimento en diferentes momentos temporales
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade están basadas total o parcialmente en alguna teoría o teorías – el diseño/plan de la investigación se hace incluyendo consideraciones teóricas – el muestreo, tanto si es formalmente aleatorio estratificado como de opinión, tiene en cuenta consideraciones teóricas – en la datación, tanto cuantitativa como cualitativa, entre los aspectos sobre los que se recoge información hay más o menos que responden a planteamientos teóricos – los análisis de datos se realizan interviniendo consideraciones teóricas – la globalización de los resultados de la investigación se hace refiriéndose también a las consideraciones teóricas a que haya lugar – las conclusiones incluyen al menos algunas que aportan algo a la teoría. Es decir, una investigación tiene validez teórica cuando en el planteamiento del problema (tema-objetivos, selección de variables, definición de las mismas, relaciones establecidas); y/o en el planteamiento metodológico para la resolución del problema (diseño/plan, sujetos-muestreo, datación, análisis) se tiene en cuenta la teoría o al menos parcialmente se deriva de consideraciones teóricas; y/o en las conclusiones (como parte y producto de una buena globalización de lo que ha representado la investigación) hay alguna aportación a la teoría. A resaltar que hablamos de condiciones unidas por conjunciones y/o. Es decir, que basta que haya alguna de ellas para que haya alguna validez teórica. ¿Que una investigación no reúne ninguna de las condiciones citadas? Pues no tiene validez teórica. ¿Que las reúne todas y en alto grado? Pues tiene mucha validez teórica. Entre medio caben muchos niveles de validez teórica. El resultado es que se puede decir que una investigación concreta tiene mucha, poca o ninguna validez teórica. Validez teórica es algo que no tienen por qué tener todas las investigaciones; por ejemplo, las realizadas sobre situaciones muy concretas y con objetivos muy limitados. No es una característica de todo o nada, que o se tiene o no se tiene. Es algo que se tiene más o menos o porque así se quiere o porque así resulta. Claramente la anterior definición de validez está relacionada con los aspectos críticos de la investigación. Esta relación se explicitará más a continuación al explicitar cada uno de los aspectos-condiciones de la validez teórica. En el listado de condiciones no se hace mención del de bases conceptuales, pero si una investigación no responde a unas bases conceptuales claras es probable que fallen varias de las condiciones de la validez teórica. En el planteamiento del problema de investigación En primer lugar el tema-problema de investigación puede ser total o parcialmente teórico. No tiene por qué serlo. Muy legítimamente se hacen otros tipos de investigación. Pero con igual legitimidad puede que sean total o parcialmente teóricos el tema y los objetivos de la investigación. Por ejemplo, la investigación puede tratar de conceptos o constructos como el de motivación, agresividad, adaptación, integración, rendimiento, fracaso, etc. Y sobre esos temas se puede querer establecer sus dimensiones o su factorización; o determinar las relaciones entre dimensiones o subaspectos de un concepto; o relacionarlo con otros conceptos, por ejemplo, para establecer su validez o la red de interrelaciones de los conceptos o constructos.
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade Aun en un tema que no es necesariamente teórico en los objetivos de la investigación puede haber consideraciones teóricas. Por ejemplo, al querer comprender los puntos de vista de un agente social (un psicólogo clínico, un maestro, un educador social, etc.) expresarlo utilizando conceptos teóricos que en un momento dado podemos querer precisar o relacionar con otros conceptos teóricos. En cuanto al tema-problema de investigación no se puede hablar propiamente de amenazas contra la validez ni aun por analogía, pues es una opción del investigador. Pero aunque éste opte por un tema- problema no teórico, sería un fallo corregible el descuidar los aspectos teóricos del tema y del problema de investigación, pues en casi todos los temasproblemas puede haber dimensiones teóricas de interés. Lo único que se puede hacer, si uno está interesado en la validez teórica de las investigaciones, es insistir en que no se descuiden. Desde luego conviene recordar que difícilmente se puede formular bien un problema de investigación sin contextualizarlo y fundamentarlo en una buena revisión de la literatura. En segundo lugar, la selección de variables que se estudian en la investigación se puede hacer teniendo en cuenta también consideraciones teóricas, posiblemente manifiestas en un modelo teórico aplicable al caso. El hecho de que la mayoría de las realidades que estudiamos en las Ciencias Sociales son multivariantes, nos hace plantearnos si vamos a pretender estudiar en la investigación “todas” las variables o cuáles vamos a dejar dentro o fuera de la misma. En eso puede ayudarnos la teoría, como puede dictaminar la importancia que les vamos a dar a las variables y su centralidad en el modelo teórico de la investigación. El criterio alternativo también legítimo puede ser la intuición o la experiencia o las convicciones propias del investigador. Si no hacemos una buena selección de las variables corremos el peligro de que al tratar de comprender o explicar un fenómeno haya enfoques alternativos mejores que los nuestros; sobre todo que aparezcan terceras variables que si no consideramos dificulten la interpretabilidad de nuestros datos. Otros investigadores pueden recoger variables más importantes que las nuestras, variables que ni se nos ocurrió considerar porque no buscamos la luz de buenas teorías sobre el campo de investigación. Es decir, ya en la selección de las variables somos producto de movernos o no movernos en un buen marco teórico. Son amenazas contra este aspecto de la validez teórica el seleccionar variables que no responden a ninguna teoría, o a una teoría coherente, o a distintas teorías sin hacer un intento de síntesis o complementación de estas. Si sí se tiene en cuenta una buena teoría habrá que decidir cuáles se seleccionan en función del estado de la cuestión. No siempre será lo más conveniente o lo que se quiere el escoger las más centrales o las más potentes. Para evitar fallos en cuanto a este aspecto lo que hay que trabajar con más cuidado es la revisión de la literatura. Se han de buscar con cuidado si hay teorías directamente relacionadas con el problema de investigación o al menos con sus variables principales, sobre todo con las variables
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade por tanto, afirmar que en términos generales un experimento es válido si permite distinguirse entre una hipótesis plausible y otra rival falsa, con un mínimo grado de error. En la medida, pues, en que una supuesta relación se cumpla para un determinado nivel de referencia objetiva, queda definida la validez del experimento a partir del cual se ha obtenido dicha evidencia. De ahí que todo experimento debe recoger los dos aspectos básicos que implica el concepto de validez: interna y externa. Como señala Gottsdaner (1978, p. 43), la validez interna)) se refiere a la relación en sí misma. Se dice, pues, que un experimento tiene validez interna siempre que la relación enunciada en la hipótesis se infiere del mismo en función del valor de las variables que han sido utilizadas, así como los niveles con que han actuado las restantes. La validez interna implica, pues, que el experimento se haya planteado correctamente, permitiendo, al mismo tiempo, inferir la relación propuesta en la hipótesis experimental. En cambio, la validez externa se refiere, fundamentalmente, a las variables implicada en el experimento y por extensión, a los diferentes niveles con que rueden actuar las restantes variables extrañas. En la medida que un experimento recoja la amplia variabilidad de las distintas variables directa o indirectamente relacionadas con el mismo, se puede afirmar que dicho experimento es adecuado. Cuanta mayor amplitud y alcance posea el diseño experimental, más potentes serán los resultados obtenidos del mismo. De la discusión de la validez interna y externa del experimento, podemos, por tanto, concluir que cuando un experimento ofrece la posibilidad de probar, con total garantía, una hipótesis teórica, dicho experimento posee validez interna. Por otra parte, si dicha relación que ha podido ser comprobada con Itri alto nivel de precisión y exactitud, no puede verificarse en otros laboratorios, por otros investigadores, con otros sujetos, o en diferentes contextos, la relación descubierta y fielmente comprobada posee escasa o nula vigencia; es una relación de alcance limitado o nulo. Tiene, en definitiva, poca validez externa. El carácter básico de la investigación experimental consiste en, proporcionar una base segura que permita comprobar la relación casual entre la variable independiente y la dependiente.
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade De ello depende, como hemos visto, la validez interna del experimento; es decir, la posibilidad de inferir conclusiones precisas y exactas sobre la relación entre las variables experimentales. Para conseguir dicho propósito es necesario mantener las restantes variables relevantes independientes a un nivel de acción constante a lo largo del experimento. Solo así se puede alcanzar el experimento ideal que según Keppel (1973, p. 23) seria aquel en el que solo es permitido variar la variable independiente. Cualquier otra variable debe ser mantenida constante, de forma que la variable de medida solo sea afectada, en su variabilidad o cambio, por la acción de los tratamientos de la variable independiente. Una de las principales dificultades que suelen presentarse en algunas situaciones experimentales es el hecho de que una variable relevante extraña varie o cambie de valor simultáneamente con la variable manipulada. Ante una situación así cabe preguntarnos si la causa de los cambios observados en la variable de medida se debe a la manipulación de la variable independiente o si, por el contrario, son resultado de la presencia de una variable extraña contaminadora. De ello se desprende la importancia que adquieren este tipo de variables contaminantes, denominadas por Borkowski y Anderson (1977, p.
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade Teniendo presentes estas consideraciones podemos concluir que la idea de una validez científica puede completarse con los criterios de validez construidos desde los criterios de autenticidad expuestos en el apartado anterior. Este tipo de validez permite generar procesos de reflexión crítica mediante la escucha atenta de todas las voces de los que participan en la investigación, con el objetivo último de implicarlos en la acción y mejora de la práctica. La idea del cristal es una atractiva metáfora para la validez, pues las propiedades del cristal ayudan a los escritores y lectores a apreciar el entretejido de procesos dentro de una investigación, el proceso de descubrimiento, de interpretación y de significado. Cualquier investigador/a interesado/a en realizar un trabajo de investigación cualitativa, debería plantearse las posibilidades de realizar una validación de su investigación mediante la aplicación de procesos de cristalización que llevan a cuestionarse las siguientes preguntas: — ¿Cuál es el paradigma de investigación que sustenta la investigación, desde qué lente, ángulo o punto de reposo se va a plantear la investigación? — ¿Qué método/os de recogida y análisis de datos van a servir para refractar la luz de los hechos sociales? — ¿Cómo superar la división ficticia entre investigación y representación, es decir, entre actos de reunión de datos y el informe de investigación, pues la observación está inevitablemente saturada por la interpretación (los informes de investigación son esencialmente ejercicios de interpretación)? — ¿Cómo atender a los procesos de reflexividad que exige el liberarse de los sesgos que puede producir su aparente neutralidad?, ¿cómo va a plantear que su trabajo está histórica, cultural y personalmente situado?, ¿hasta dónde va a llegar en este proceso de construcción de su propia identidad dentro del proceso de investigación? —
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade ¿Cómo impedir que aparezca una «sola voz singular» (la suya en la redacción del informe de investigación), ¿cómo va a incluir las voces múltiples de todos los participantes en la investigación dentro del informe para que aparezcan una variedad de puntos de vista sin pretender encontrar una coherencia integral, impuesta o forzada por él/ella? — ¿Cómo va a tratar su propia voz, dentro de los planteamientos de «voces múltiples», optará por ser simplemente una voz entre otras muchas, o tendrá una voz privilegiada en la interpretación y la construcción final de la representación? — ¿Qué procedimiento de representación va a utilizar, procedimientos textuales formales, representaciones distribuidas para que aparezcan todas las voces, representaciones apoyadas en medios audiovisuales...? — ¿Qué papel van a tener los participantes en la investigación, van a decidir las cuestiones de estudio, van a redactar junto con el/la investigador/a el informe de investigación, van a decidir cómo hacer públicos los resultados...? — ¿Hasta qué punto el informe de investigación permite analizar, calibrar y tomar juicios sobre los problemas sociales?, ¿hasta qué punto el informe de investigación se dirige a la transformación de la sociedad, hacia su cambio y mejora? — ¿Hasta qué punto desarrolla en el informe de investigación una crítica moral del problema social que analiza...? La respuesta a estas preguntas, o a cualquier otra, relacionadas con los problemas de interpretación, voz, reflexividad, representación, criterios de verdad, acción y transformación social, son las que permiten, en el momento actual, plantear investigaciones cualitativas válidas que permitan reflejar la luz de la realidad social y producir transformaciones en ella, pues como se ha hecho evidente a lo largo de este trabajo, los planteamientos actuales para realizar la investigación cualitativa no se centran tanto en la problemática relativa acerca de si la «realidad» o la «validez» son absolutas, pues a lo largo de la historia de investigación cualitativa se ha demostrado que estos aspectos se derivan del consenso de una comunidad para referirse a lo que es «real», lo que es útil y lo que es significativo. En lo que trabaja actualmente la investigación cualitativa es esencialmente en plantear los procedimientos más adecuados para analizar las actividades de búsqueda de
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade Es por lo anterior que para quienes realizan actividades jurisdiccionales, la prueba pericial es un gran reto, porque presupone su inexperiencia en el conocimiento especialista que esta implica, y es por esta razón que resulta necesario ofrecer herramientas que puedan guiar a quienes realizan labores de impartición de justicia y coadyuvar para que cuando estén frente a una prueba pericial, no solo se tome en consideración el entendimiento jurídico, sino que sepan establecer un puente de comunicación genuina con las personas expertas en diversas áreas y tomar en cuenta sus aportaciones. Por otro lado, si bien se habla de conocimiento experto, no podemos asumir que todo lo que puede ser identificado con esa etiqueta tiene las mismas características, la misma calidad o atendibilidad. Nuestros propios sistemas jurídicos se refieren, por ejemplo, a ciencia, arte, técnica u oficio, y distinguen, en general, las profesiones regladas del resto. Desde el punto de vista de las ciencias, en concreto, se ha debatido mucho en torno a las diferencias entre las llamadas ciencias duras y las ciencias sociales y humanas. Algunas veces esa discusión se ha concentrado en la cientificidad de algunas y la carencia de esta en otras, lo que ha sido tan poco fructífero para el avance de ambas que la estrategia en sí misma ha sido tachada de pseudoproblema. Lo que, en cambio, sí ha evolucionado es la aceptación de que ni unas son del todo subjetivas ni otras son en sí mismas objetivas; si por subjetividad entendemos que el sujeto cognoscente desempeña un papel. Todos los ordenamientos jurídicos de nuestra tradición y del common law establecen que el juez no está obligado a seguir los peritajes; por el contrario, rige en esta materia el sistema de libre valoración de la prueba. Otra cosa es cómo se ha interpretado ese sistema en la valoración judicial de la prueba pericial. En nuestros sistemas de tradición romano-germánica se suele aludir a las “reglas de la sana crítica” como supuestos criterios orientadores de esa valoración. En cambio, en varios sistemas del common law sigue siendo una suerte de caja negra cómo se valora el conocimiento experto, fundamentalmente cuando hay jurados legos que no tienen obligación de motivar sus decisiones.
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade Más allá de esa libre valoración de la prueba, en nuestros sistemas se ha dado tradicionalmente un paso más y se ha dicho que el juez es el peritus peritorum, es decir, el perito de peritos. ¿Qué significa esto? ¿Significa que el conocimiento del juez está por encima del conocimiento del experto? La respuesta más evidente parece la negativa: no, el conocimiento del juez no está por encima del conocimiento del experto. Y se podría argumentar que tan no es así, que se llama a este último precisamente porque el juez no tiene los conocimientos necesarios para resolver cabalmente el caso. Se plantea así una supuesta paradoja consistente en que un juez lego debe valorar a un experto. No obstante, esta manera de plantear la relación entre jueces y personas peritas me parece equivocada, al menos por dos razones que a continuación explico. Una clasificación tradicional de la prueba pericial radica en la distinción entre peritos oficiales y peritos de parte. Los primeros de alguna manera son nombrados por los jueces, mientras que los segundos son seleccionados y pagados por las partes. Tal distinción ha sido llevada mucho más allá de la mera clasificación, al atribuirle a priori mayor valor probatorio a cualquier perito oficial sobre cualquier perito de parte, por el mero hecho de quien lo ha seleccionado o quien lo paga. A priori quiere decir que con independencia de lo que haga o diga el perito de parte, se le atribuye mayor valor probatorio al perito oficial, por el mero hecho de serlo. Algunas veces, esa atribución de valor probatorio ha venido dada por la propia jurisprudencia de los tribunales; otras veces, en cambio, se debe a las creencias judiciales. Por ejemplo: en un reciente estudio empírico en materia de prueba pericial económica en el ámbito procesal español, donde se encuestó a un conjunto de jueces, 73% de ellos resalta que le da una alta relevancia a la prueba pericial a la hora de dictar sentencia, sobre todo cuando proviene de peritos de designación judicial. El sustento de ese mayor valor probatorio radicaría en la creencia de que la persona experta es imparcial debido a cómo ha sido seleccionada. Es pues su selección lo que se considera relevante. Como bien señala Appazov, en contextos así, “el concepto de fiabilidad de la prueba pericial [...] está anclado en la relación entre el tribunal y el perito”. Una relación en la que ese tipo de perito llega a ser considerado una extensión del juez o tribunal, con las consecuencias obvias para la valoración de sus afirmaciones.
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade mínimo de cinco años de experiencia en el ejercicio profesional • No tener condena por delito doloso, mediante sentencia ejecutoriada que merezca pena privativa de libertad • No haber recibido sanción administrativa de los órganos de los poderes Judicial, Legislativo y Ejecutivo federales o estatales, por la comisión de alguna falta grave • No desempeñarse como servidor público del Poder Judicial de la Federación o, en su caso, abstenerse en los asuntos en donde la Institución en la que labore sea parte Uno podría preguntarse si ese listado nos ofrece alguna garantía respecto a la calidad de las personas expertas que ahí aparecen. A juzgar por la convocatoria, la respuesta parece más bien negativa, al menos por dos cuestiones: • Solo se pide copia certificada de los documentos con los cuales la persona pretenda acreditar la profesión, oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica en la que se desee registrar, y su currículo actualizado. • Se especifica que el conteo del mínimo de cinco años de experiencia iniciará a partir de la expedición de los documentos con los cuales pretende acreditar su experiencia. Quizá tanto las credenciales como el curriculum de las personas expertas son analizados concienzudamente por la llamada Unidad de Peritos Judiciales y, desde luego, si ese es el caso, resultaría interesante saber qué perfiles conforman esa unidad para evaluar su idoneidad para dicha tarea. Sin embargo, todo parece indicar que garantizar la calidad de las personas expertas que conforman la lista no es un objetivo que se plantee, y que lo único que se realiza es un “directorio de expertos” conformado por quienes cumplen los requisitos mínimos. Obviamente, es una buena alternativa contar con esos directorios, sobre todo en los sistemas jurídicos en los que de manera muy habitual se requieren peritos oficiales, pues facilita la labor judicial al no dejar al juzgador la tarea de salir a la búsqueda de personas expertas dispuestas a peritar; no obstante, esta forma de conformar listados no garantiza que se seleccionará a un perito en un listado de buenos expertos. Pese a lo anterior, todavía podríamos tener un halo de luz en la selección misma que haga el juez de un perito dentro de una lista de personas expertas de calidades muy variadas. Hay varios sistemas de selección entre las y los expertos que conforman una lista: algunos países regulan esa selección señalando mecanismos como el sorteo o la lista corrida; otros, en cambio, dejan a la libertad de cada juez la selección. México parece estar en esta segunda alternativa, por lo que vale la pena preguntarse cómo hacen los jueces para seleccionar en el listado a la persona experta que conocerá del caso. Quizá la forma más intuitiva es revisando la información curricular que ha presentado la persona experta en la convocatoria, pero ¿tienen los jueces acceso a dicha información? Al parecer la respuesta es negativa, pues en el directorio de expertos que publica el Poder Judicial de la
Profesor: Mtro. Francisco Elías Bartolo Sánchez Alumna: Mtra. Abigail Evelin Tenorio Andrade Federación solo aparecen los datos de contacto de las personas que lo conforman. Entonces, básicamente estaríamos ante una suerte de selección a ciegas entre personas cuya expertise sustantiva se desconozco —excepto, claro está, si el juez tiene cierta experiencia con ese perito o perita porque le ha participado en varios casos—. Es muy complicado argumentar que el delito de falso testimonio de alguna manera puede limitar o guiar la conducta de las personas peritas, básicamente porque es un tipo penal con grandes dificultades probatorias. Quizá precisamente por ello, se trata de uno de los delitos menos denunciados. Hay que acreditar no solo la falsedad en sí misma —que obviamente requerirá, a su vez, pruebas periciales—, sino que la falta a la verdad ha sido maliciosa. Esto exigiría analizar el contenido de las declaraciones de la persona experta en su informe y en el juicio oral para demostrar no solo que es contrario a la verdad, sino que la persona experta era consciente de esa verdad y quiso faltar a ella. Evidentemente quedan fuera del tipo penal las pericias realizadas con poca diligencia o incluso realizadas por una persona que no era una genuina experta en la materia. No obstante, aunque no estemos interesados en sancionar penalmente ciertas conductas inadecuadas por parte de las personas peritas, sí deberíamos tener mecanismos para evitar que personas expertas que sistemáticamente son poco diligentes —o que no realizan adecuadamente la tarea que se les encomienda— sigan siquiera estando en el listado de potenciales peritos. En el contexto judicial están en juego los derechos de los ciudadanos —en materia penal, derechos fundamentales—, por lo que no podemos permitirnos una “libertad de mercado” sin excluir a quien sabemos que no será un buen perito. El artículo 22 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración de la lista de personas que pueden fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, establece el mecanismo para dar de baja a las o los peritos del listado “ya sea por acumulación de tres o más faltas, o bien por incurrir en alguna irregularidad que se considere grave en la prestación del servicio”. No es un procedimiento regulado de forma clara, pero por interpretación sistemática del Acuerdo se puede extraer que se trata de un procedimiento a instancia de parte ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y que terminará resolviendo la Comisión de Carrera Judicial —aunque tampoco se entiende muy bien por qué sería de su competencia—.