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Orientación Universidad
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trabajo de teoría general del derecho, Ejercicios de Teoría del Derecho

trabajo de teoría general del derecho

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 29/11/2022

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INDÍGENA DE MÉXICO
Facultad de Derecho
Actividad de Desarrollo Unidad Uno”
Licenciado en Derecho
Teoría General del Derecho
Presenta:
VÍCTOR MANUEL MONTOYA RUELAS
Matrícula: 21040001
Segundo Semestre
Unidad Virtual
Profesor:
LIC. FRANCISCO JAVIER ESPINOZA GUTIÉRREZ
San Luis Río Colorado, Sonora. Febrero 2022
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¡Descarga trabajo de teoría general del derecho y más Ejercicios en PDF de Teoría del Derecho solo en Docsity!

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INDÍGENA DE MÉXICO

Facultad de Derecho

“Actividad de Desarrollo Unidad Uno”

Licenciado en Derecho

Teoría General del Derecho

Presenta:

VÍCTOR MANUEL MONTOYA RUELAS

Matrícula: 21040001

Segundo Semestre

Unidad Virtual

Profesor:

LIC. FRANCISCO JAVIER ESPINOZA GUTIÉRREZ

San Luis Río Colorado, Sonora. Febrero 2022

Responde las siguientes cinco preguntas y especifica las referencias bibliográficas de donde basaste tu opinión, así mismo completa el cuestionario con 5 preguntas y respuestas más de los temas analizados en primer unidad con relación y seguimiento a las que encontramos a continuación: 1.- ¿Qué es la regla del derecho? Sinónimo de "norma " o "precepto". Expresión doctrinal usada por algunos autores para referirse a las normas jurídicas fundamentales que se imponen a los gobernantes. Expresión doctrinal usada como sinónimo de "acto legislativo". http://www.enciclopedia-juridica.com/d/regla-de-derecho/regla-de-derecho. 2.- ¿Clasificación de la regla del derecho? a) Las reglas que delimitan el espacio del ámbito y que lo ordenan interiormente, tales como las que establecen los límites espaciales de los Estados federados, regiones o "nacionalidades" autónomas, provincias, municipios, y cualquier otra demarcación territorial. Asimismo, las que crean la capitalidad del Estado y las respectivas capitales de las diferentes circunscripciones territoriales, las que se refieren a la localización espacial de personas (domicilio), de órganos, etc. b) Las reglas que delimitan el marco temporal de la acción, entre las que merecen particular atención las derogatorias; éstas constituyen un tipo específico de reglas ónticas ya que no van dirigidas directamente a regular la acción sino que se limitan a señalar autoritariamente el fin de la validez temporal de otra regla o de un conjunto de reglas. c) Las reglas que establecen autoritariamente quiénes son los sujetos de la acción jurídica, esto es, los sujetos de Derecho. Tanto los órganos como las personas

Zweigert, K., Kötz, H., & Aparicio Vázquez, A. (2002). Introduction to comparative law. Introducción al derecho comparado. 5.- ¿Cuáles son las diferencias entre norma jurídica y norma religiosa? Una norma jurídica es una prescripción dirigida al orden del comportamiento humano, prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar a una sanción generalmente, impone deberes y confiere derechos. https://es.wikipedia.org/wiki/Norma_juridica Una norma religiosa: Provienen de los dogmas que recibimos en el estudio o la práctica de creencias divinas y cuya observancia o desobediencia no será premiada o reclamada por el creador o ser divino en el que creemos. Ejemplo: ir a misa los domingos y dar limosna. Reyes Mendoza, L. (2012). Introducción al estudio del derecho. Red Tercer Milenio La diferencia entre norma jurídica y norma religiosa es que la norma jurídica es obligatoria y la religiosa no. 6.- ¿Qué es el derecho natural? Es el derecho propio e inherente a la naturaleza humana, no es creado deliberadamente por un órgano gubernamental, sino que está constituido por criterios y principios rectores de la conducta humana, considerados como eternos e inmutables; además no está representado por un conjunto unitario y sistemático de normas.

Características del derecho natural Las principales características de este derecho se pueden recoger en:  Es un conjunto de reglas no plasmadas en ningún código. Es un derecho normalmente no escrito.  Los órganos legislativos del Estado no crean este derecho.  No se trata de normas establecidas por la costumbre de los pueblos, sino que es una manifestación de valores éticos que traen causa de la conciencia y naturaleza de las personas.  Se conoce también a este derecho como iusnaturalismo y cree en la razón y no en la autoridad para determinar reglas de convivencia.  La utilidad que tiene este derecho en la actualidad no es ser fuente del derecho, sino interpretar las normas del derecho positivo.  El derecho natural representa los valores de justicia, por ello se utiliza para la interpretación de las normas escritas.  Es un derecho universal y atemporal.  Los derechos fundamentales que se encuentran recogidos en los textos normativos actuales se basan en el derecho natural. Por ejemplo, la Carta de Derechos Fundamentales. Esto, ya que el fundamento de los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la vida, o a la integridad, es el derecho natural. https://economipedia.com/definiciones/derecho-natural.html 7.- ¿Qué es la filosofía del derecho?

carácter científico a la historia, cuyo método obliga al prolijo examen de los restos o vestigios dejados por los hechos que son así analizados con el espíritu por el mismo procedimiento de que se echa mano en cualquiera de las investigaciones de la ciencia. Derecho e historia se complementan y de alguna manera se coimplican. Su nexo facilita la labor de quienes no se conforman con el conocimiento de los efectos, sino que desean también conocer sus causas, así como la de aquellos que, conociendo éstas, quieran ver sus resultados. Álvarez Gardiol, A. (1986). Introducción a una teoría general del derecho. Editorial Astrea. 9.- ¿Qué es el método científico? El método científico es el proceso sistemático y razonado que el investigador sigue para la obtención de la verdad científica. Es la lógica general, tácita o explícitamente empleada para dar valor a una investigación. Es el camino más pronto, fácil y seguro en la investigación de la verdad científica. Características del método científico por Luis Ponce de León:

  • Se sustenta en la confrontación sistemática del saber, partiendo de la hipótesis de la comprobación o desaprobación.
  • Busca la verdad por encima de posiciones objetivas y parciales de la realidad.
  • Es un método abierto que permite la concurrencia de otros métodos y técnicas.
  • Es auto crítico cuando la hipótesis no puede comprobarse ésta es rechazada automáticamente.
  • Es un método dinámico, permite el planteamiento y replanteamiento del problema investigado su discusión y comprobación. PONCE DE LEÓN ARMENTA, Luis. “Metodología del Derecho”, Editorial Porrúa, 6ª Edición, México, 2001, p. 77

10.- ¿Qué son los conceptos jurídicos fundamentales? Los conceptos jurídicos fundamentales son los elementos que se encuentran en la estructura y en contenido de toda norma jurídica. De ahí que sean elementos del derecho y conceptos que se encuentran en la reflexión teórica. Cuál es la función de los conceptos jurídicos fundamentales : Los conceptos jurídicos fundamentales son simplificaciones, son abreviaturas; por medio de los cuales comprendemos las propiedades comunes de la diversidad de los elementos percibidos. Estos son una abstracción que nos permite establecer las regularidades del desarrollo del objeto estudiado, la estructura lógica y la dinámica del Derecho. Conclusión. Los Conceptos Jurídicos Fundamentales son:

  • Términos indispensables en todo sistema de derecho y sin los cuales no se podría explicar ninguna relación jurídica.
  • Deben existir en todo ordenamiento jurídico.
  • Constituyen el fundamento teórico del derecho.
  • Son los elementos que se encuentran en la estructura y en contenido de toda norma jurídica y en cuya ausencia no se entendería un orden jurídico. Rojas Arévalo Ricardo, Teoría del Derecho, UNAM, Guía de estudio, p. 41 y 47.