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TP Función Notarial, ciclo de complementación Escribanía, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

Apunte sobe la función Notarial. de la carrera de Escribanía

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2024/2025

Subido el 26/06/2025

sandra-de-almeida-1
sandra-de-almeida-1 🇦🇷

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Es el accionar del
Escribano que da
forma y modela la
voluntad de las partes,
otorgándoles fe
pública
Ordena y estructura,
legalmente, los
hechos o negocios
presentados por los
requirentes, para que
produzcan los efectos
buscados por ellos.
Asesoramiento
Autenticadora y documental:
Redacta el instrumento
dotándole de autenticidad
fedante erga omnes
Legitimadora y
formativa: legaliza y
forma el documento
Contenido/
Objeto
Dar forma creadora
Es la materialización exterior de las voluntades jurídicas. Da
origen al objeto principal, el instrumento público, el cual se
exterioriza a través de la formalidad que vuelca en un molde
legal, lo que el sujeto quiere. La forma por excelencia que
utiliza el escribano lo constituye la escritura.
Conformar prueba
El escribano dota de autenticidad privilegiada a los
documentos y escrituras autorizados por él. La única
impugnación posible que tienen los actos cumplidos por él o
que han pasados en su presencia, es la acción de
redargución de falsedad. Así el instrumento público es un
elemento de prueba óptimo.
Uno de los fines
esenciales de la función
notarial. Implica que los
actos jurídicos
autorizados por el
escribano sean claros,
seguros, auténticos y
estables en el tiempo,
evitando litigios futuros.
3 Labores Notariales
Actúa como tercero
imparcial entre las partes
Verifica y califica la
legalidad del acto
Deja constancia fiel y
pública del acto
mediante la escritura
Su intervención da
fuerza probatoria
FUNCIÓN
NOTARIAL
La Mayoría de la Doctrina Notarial
sostiene que: el escribano es un
profesional del derecho a cargo de una
función pública, que le ha sido
delegada por el Estado. Lo mismo lo
establece el art. 22 de nuestra Ley
provincial Ley I N° 118.
El Escribano:
Interpreta y recibe las manifestaciones de las
partes;
Da forma legal a las mismas;
Redacta e instrumentaliza documentos;
Autentica y dota de fe pública a los instrumentos
que pasen ante él;
Conserva, guarda y mantiene las matrices de
protocolo;
Expide copias del documento público.
Principales aportes doctrinarios:
El notariado latino tiene una función pública
preventiva, distinta del modelo anglosajón (notario
como mero testigo).
El escribano debe garantizar legalidad y seguridad
jurídica en los actos extrajudiciales.
La función notarial es jurídica, imparcial y técnica.
Se estableció el principio de intervención notarial
obligatoria en ciertos actos para su validez o eficacia.
Se ratificó que el notariado debe tener formación
jurídica, acceso por concurso y autonomía técnica.

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¡Descarga TP Función Notarial, ciclo de complementación Escribanía y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho solo en Docsity!

Es el accionar del Escribano que da forma y modela la voluntad de las partes, otorgándoles fe pública Ordena y estructura, legalmente, los hechos o negocios presentados por los requirentes, para que produzcan los efectos buscados por ellos. Asesoramiento Autenticadora y documental : Redacta el instrumento dotándole de autenticidad fedante erga omnes Legitimadora y formativa: legaliza y forma el documento

Contenido/

Objeto

Dar forma creadora Es la materialización exterior de las voluntades jurídicas. Da origen al objeto principal, el instrumento público, el cual se exterioriza a través de la formalidad que vuelca en un molde legal, lo que el sujeto quiere. La forma por excelencia que utiliza el escribano lo constituye la escritura. Conformar prueba El escribano dota de autenticidad privilegiada a los documentos y escrituras autorizados por él. La única impugnación posible que tienen los actos cumplidos por él o que han pasados en su presencia, es la acción de redargución de falsedad. Así el instrumento público es un elemento de prueba óptimo.

Certeza

Jurídica

Uno de los fines esenciales de la función notarial. Implica que los actos jurídicos autorizados por el escribano sean claros, seguros, auténticos y estables en el tiempo, evitando litigios futuros.

3 Labores Notariales

Actúa como tercero imparcial entre las partes Verifica y califica la legalidad del acto Deja constancia fiel y pública del acto mediante la escritura Su intervención da fuerza probatoria

FUNCIÓN

NOTARIAL

Naturaleza Jurídica La Mayoría de la Doctrina Notarial sostiene que: el escribano es un profesional del derecho a cargo de una función pública, que le ha sido delegada por el Estado. Lo mismo lo establece el art. 22 de nuestra Ley provincial Ley I N° 118. Doctrina del 1° Congreso Internacional del Notariado Latino Hito fundacional del Notariado Latino moderno. El Escribano: Interpreta y recibe las manifestaciones de las partes; Da forma legal a las mismas; Redacta e instrumentaliza documentos; Autentica y dota de fe pública a los instrumentos que pasen ante él; Conserva, guarda y mantiene las matrices de protocolo; Expide copias del documento público. Principales aportes doctrinarios: El notariado latino tiene una función pública preventiva, distinta del modelo anglosajón (notario como mero testigo). El escribano debe garantizar legalidad y seguridad jurídica en los actos extrajudiciales. La función notarial es jurídica, imparcial y técnica. Se estableció el principio de intervención notarial obligatoria en ciertos actos para su validez o eficacia. Se ratificó que el notariado debe tener formación jurídica, acceso por concurso y autonomía técnica.