Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Contratos de Fin Común: Características, Elementos y Derechos y Deberes, Resúmenes de Derecho Civil

Los contratos de fin común, una forma de organización entre dos o más personas para lograr un objetivo común, no económico y de carácter legal. Se detallan sus características específicas, plurilaterales y bilaterales, onerosas en la mayoría de los casos, conmutativas, formales y de tracto sucesivo. Se incluyen los elementos esenciales como el consentimiento y el objeto, así como los derechos y deberes de los asociados. Además, se mencionan la capacidad, la forma y la validez de estos contratos.

Qué aprenderás

  • ¿Qué es un contrato de fin común?
  • ¿Qué características tiene un contrato de fin común?
  • ¿Qué derechos y deberes tienen los asociados en un contrato de fin común?

Tipo: Resúmenes

2021/2022

Subido el 04/02/2022

gabriela-linares-2
gabriela-linares-2 🇲🇽

4 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Contratos de realización de fin común
Contrato mediante el cual dos o más personas reúnen sus esfuerzos y sus recursos de
manera no transitoria para la consecución de un fin lícito, posible y que no tenga el
carácter preponderantemente económico. (Art. 2661).
Características específicas:
Persona moral (personalidad jurídica)
Nacimiento de un contrato
Reunión de dos o más personas
Fin común, lícito, posible y que no tenga carácter preponderantemente
económico.
Se trata de un contrato de organización
Esto es así porque:
Se crea generalmente una personalidad jurídica que persiste después de
una causa de la realización de prestaciones.
Las prestaciones no se intercambian, ya que cada quien aporta constituye
un patrimonio.
Los intereses son opuestos como en los contratos de cambio, pero de
satisfacción coordinada.
El interés de una de las partes es paralela a la de los demás
Características:
Plurilateral y bilateral
Oneroso (por excepción)
Conmutativo
Formal
de tracto sucesivo
Elementos esenciales:
Consentimiento: La voluntad de los asociados encaminada a la realización
del fin común, lícito, posible y permanente.
Objeto: Político, científico, artístico, de recreo, etc. También puede estar
representado por una aportación de dinero o el hecho que el asociado deba
hacer cuando se obliga a aportar su trabajo.
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Contratos de Fin Común: Características, Elementos y Derechos y Deberes y más Resúmenes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

Contratos de realización de fin común

Contrato mediante el cual dos o más personas reúnen sus esfuerzos y sus recursos de manera no transitoria para la consecución de un fin lícito, posible y que no tenga el carácter preponderantemente económico. (Art. 2661). Características específicas:  Persona moral (personalidad jurídica)  Nacimiento de un contrato  Reunión de dos o más personas  Fin común, lícito, posible y que no tenga carácter preponderantemente económico.  Se trata de un contrato de organización Esto es así porque:  Se crea generalmente una personalidad jurídica que persiste después de una causa de la realización de prestaciones.  Las prestaciones no se intercambian, ya que cada quien aporta constituye un patrimonio.  Los intereses son opuestos como en los contratos de cambio, pero de satisfacción coordinada.  El interés de una de las partes es paralela a la de los demás Características:  Plurilateral y bilateral  Oneroso (por excepción)  Conmutativo  Formal  de tracto sucesivo Elementos esenciales:  Consentimiento: La voluntad de los asociados encaminada a la realización del fin común, lícito, posible y permanente.  Objeto: Político, científico, artístico, de recreo, etc. También puede estar representado por una aportación de dinero o el hecho que el asociado deba hacer cuando se obliga a aportar su trabajo.

Elementos de validez Art. 1779 Son los mismos de todos los contratos. CAPACIDAD General para todos los contratos, excepto cuando el asociado se obliga a transmitir bienes, requiere capacidad especial para enajenar. FORMA Por escrito e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad. Arte. 2662 y 3011 DERECHOS DE LOS ASOCIADOS  Devoto. (2669)  De separación (2671)  De no ser excluidos de la asociación (2672)  vigilancia (2674)

DEBERES DE LOS ASOCIADOS

No existe en la legislación. Se considera que la principal es la de cumplir con su aportación, así como cubrir cuotas, desempeñar los cargos y comisiones y lo que indican los estatutos de la asociación.