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Solicitud de autorización para el consumo personal de cannabis - Prof. Hernández, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

Una solicitud de autorización para el consumo personal de cannabis dirigida a la comisión federal para la protección contra riesgos sanitarios (cofepris) de méxico. El solicitante, una persona mayor de edad, fundamenta su petición en la declaratoria general de inconstitucionalidad emitida por la suprema corte de justicia de méxico, que eliminó los artículos de la ley general de salud que prohibían el consumo lúdico o recreativo de marihuana. El documento cita las jurisprudencias relevantes que respaldan la solicitud, como la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta al consumo lúdico de marihuana, la falta de necesidad y proporcionalidad de dicha prohibición para proteger la salud y el orden público, y el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Por lo tanto, el solicitante solicita a la cofepris que le otorgue la autorización para el consumo personal de cannabis.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 12/01/2023

BrianHernandez55
BrianHernandez55 🇲🇽

4 documentos

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Dr. Alejandro Svarch Pérez
Titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios
Secretaría de Salud.
PRESENTE
(NOMBRE) mexicano/a y mayor de edad, con CURP (NÚMERO) y RFC
(NÚMERO), señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el
ubicado en (DIRECCIÓN), con fundamento en el artículo 8 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparezco y expongo lo siguiente:
En el entendido de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
me confiere los derechos de libertad individual, autonomía, dignidad, salud y
libre desarrollo de la personalidad y de que, de acuerdo con el artículo 1 de la
misma, todas las autoridades, incluidas las administrativas, tienen la obligación
de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, solicito
que esta Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios otorgue
a mi favor una autorización para el consumo personal de cannabis, identificado
dentro de la Ley General de Salud como TETRAHIDROCANNABINOL, los
siguientes isómeros: ∆6a (10a), ∆6a (7), ∆7, ∆8, ∆9, ∆10, ∆9 (11) y sus
variantes estereoquímicas.
La presente solicitud se realiza toda vez que la Suprema Corte de Justicia ha
determinado mediante la Declaratoria General de Inconstitucionalidad
número 1/2018, la eliminación de los artículos 235 último párrafo y 247
último párrafo de la Ley General de Salud. Es importante resaltar que, gracias a
esta resolución, se confiere a la COFEPRIS por conducto de la Secretaría de
Salud, la posibilidad de emitir el permiso solicitado de conformidad con las
jurisprudencias que dieron origen a la Declaratoria General de
Inconstitucionalidad antes mencionada y que actualmente se encuentran
vigentes. Siendo las más relevantes para la presente solicitud las siguientes:
1. Registro No. 2 019 365
INCONSTITUCIONALIDAD DE LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA AL CONSUMO LÚDICO O RECREATIVO
DE MARIHUANA PREVISTA POR LA LEY GENERAL DE SALUD.
2. Registro No. 2 019 511
PROHIBICIÓN ABSOLUTA DEL CONSUMO LÚDICO DE MARIHUANA. NO ES UNA MEDIDA
NECESARIA PARA PROTEGER LA SALUD Y EL ORDEN PÚBLICO.
3. Registro No. 2 019 356
DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. LA PROHIBICIÓN PARA EL
AUTOCONSUMO DE MARIHUANA CONTENIDA EN LA LEY GENERAL DE SALUD INCIDE PRIMA FACIE
EN EL CONTENIDO DE DICHO DERECHO FUNDAMENTAL.
4. Registro No. 2 019 382
PROHIBICIÓN ABSOLUTA DEL CONSUMO LÚDICO DE MARIHUANA. NO ES UNA MEDIDA
PROPORCIONAL PARA PROTEGER LA SALUD Y EL ORDEN PÚBLICO.
Por lo tanto, con base en lo anterior, se solicita amablemente:
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¡Descarga Solicitud de autorización para el consumo personal de cannabis - Prof. Hernández y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho solo en Docsity!

Dr. Alejandro Svarch Pérez Titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios Secretaría de Salud. PRESENTE (NOMBRE) mexicano/a y mayor de edad, con CURP (NÚMERO) y RFC (NÚMERO), señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en (DIRECCIÓN), con fundamento en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparezco y expongo lo siguiente: En el entendido de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos me confiere los derechos de libertad individual, autonomía, dignidad, salud y libre desarrollo de la personalidad y de que, de acuerdo con el artículo 1 de la misma, todas las autoridades, incluidas las administrativas, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, solicito que esta Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios otorgue a mi favor una autorización para el consumo personal de cannabis, identificado dentro de la Ley General de Salud como TETRAHIDROCANNABINOL, los siguientes isómeros: ∆6a (10a), ∆6a (7), ∆7, ∆8, ∆9, ∆10, ∆9 (11) y sus variantes estereoquímicas. La presente solicitud se realiza toda vez que la Suprema Corte de Justicia ha determinado mediante la Declaratoria General de Inconstitucionalidad número 1/2018 , la eliminación de los artículos 235 último párrafo y 247 último párrafo de la Ley General de Salud. Es importante resaltar que, gracias a esta resolución, se confiere a la COFEPRIS por conducto de la Secretaría de Salud, la posibilidad de emitir el permiso solicitado de conformidad con las jurisprudencias que dieron origen a la Declaratoria General de Inconstitucionalidad antes mencionada y que actualmente se encuentran vigentes. Siendo las más relevantes para la presente solicitud las siguientes:

  1. Registro No. 2 019 365 INCONSTITUCIONALIDAD DE LA PROHIBICIÓN ABSOLUTA AL CONSUMO LÚDICO O RECREATIVO DE MARIHUANA PREVISTA POR LA LEY GENERAL DE SALUD.
  2. Registro No. 2 019 511 PROHIBICIÓN ABSOLUTA DEL CONSUMO LÚDICO DE MARIHUANA. NO ES UNA MEDIDA NECESARIA PARA PROTEGER LA SALUD Y EL ORDEN PÚBLICO.
  3. Registro No. 2 019 356 DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD. LA PROHIBICIÓN PARA EL AUTOCONSUMO DE MARIHUANA CONTENIDA EN LA LEY GENERAL DE SALUD INCIDE PRIMA FACIE EN EL CONTENIDO DE DICHO DERECHO FUNDAMENTAL.
  4. Registro No. 2 019 382 PROHIBICIÓN ABSOLUTA DEL CONSUMO LÚDICO DE MARIHUANA. NO ES UNA MEDIDA PROPORCIONAL PARA PROTEGER LA SALUD Y EL ORDEN PÚBLICO. Por lo tanto, con base en lo anterior, se solicita amablemente:

ÚNICO. Que se tenga por presentado este escrito y se otorgue la citada autorización. (NOMBRE Y FIRMA)