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Hechos Ilícitos: Concepto, Abuso de Derecho, Riesgo Creado y Obligaciones, Apuntes de Derechos Humanos

Este documento aborda diversos conceptos relacionados con los hechos ilícitos, incluyendo el abuso de derecho, el riesgo creado y las obligaciones. Se explican los elementos constitutivos del abuso de derecho y se distinguen diferentes tipos de acciones legales. Además, se discuten las consecuencias de incumplir las obligaciones y se presentan diferentes formas de proteger el crédito. El texto es una buena base para estudiar estos temas en profundidad.

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 21/11/2022

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2.2.4. HECHOS ILÍCITOS
Un ilícito es unhecho o una acción que contraviene la ley y que, además, es contraria a la equidad,
a la justicia y a la moral.
2.2.4.1. EL USO ABUSIVO DEL DERECHO
Los elementos constitutivos del abuso del derecho son:
1) el ejercicio de un derecho;
2) la ausencia de utilidad para el titular del mismo;
3) la intención nociva; y
4) un perjuicio ocasionado a un tercero.
2.2.5. RIESGO CREADO
Es una conducta (lícita e inculpable y jurídica) ya que esta se puede dar ya sea de caso fortuito o
fuerza mayor.
2.2.6. DAÑOS OCASIONADOS POR LOS ANIMALES O A CONSECUENCIA DE LAS
COSAS
UNIDAD 3 EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES
3.1. EL PAGO COMO CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
Pago o cumplimiento es laentrega de la cosa o cantidad debida, o la prestación del servicio que se
hubiere prometido. En sentido vulgar, se entiende por pago la entrega de la suma de dinero hecha al
acreedor por su deudor.
3.2. INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y SUS CONSECUENCIAS
Elincumplimientodelas obligacionesse da cuando un exacto desarrollo de la prestación,
cumpliendo todos los requisitos objetivos del pago (identidad, integridad e indivisibilidad) y en el
que no se contraviene de ningún modo el tenor de laobligación.
Los daños y perjuicios deben serconsecuenciainmediata y directa de la falta de cumplimiento de la
obligación, ya sea que se hayan causado o que necesariamente deban causarse.
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2.2.4. HECHOS ILÍCITOS

Un ilícito es un hecho o una acción que contraviene la ley y que, además, es contraria a la equidad, a la justicia y a la moral. 2.2.4.1. EL USO ABUSIVO DEL DERECHO Los elementos constitutivos del abuso del derecho son:

  1. el ejercicio de un derecho;
  2. la ausencia de utilidad para el titular del mismo;
  3. la intención nociva; y
  4. un perjuicio ocasionado a un tercero. 2.2.5. RIESGO CREADO Es una conducta (lícita e inculpable y jurídica) ya que esta se puede dar ya sea de caso fortuito o fuerza mayor. 2.2.6. DAÑOS OCASIONADOS POR LOS ANIMALES O A CONSECUENCIA DE LAS COSAS UNIDAD 3 EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES 3.1. EL PAGO COMO CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Pago o cumplimiento es la entrega de la cosa o cantidad debida, o la prestación del servicio que se hubiere prometido. En sentido vulgar, se entiende por pago la entrega de la suma de dinero hecha al acreedor por su deudor. 3.2. INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y SUS CONSECUENCIAS El incumplimiento de las obligaciones se da cuando un exacto desarrollo de la prestación, cumpliendo todos los requisitos objetivos del pago (identidad, integridad e indivisibilidad) y en el que no se contraviene de ningún modo el tenor de la obligación. Los daños y perjuicios deben ser consecuencia inmediata y directa de la falta de cumplimiento de la obligación, ya sea que se hayan causado o que necesariamente deban causarse.

3.3. PROTECCIÓN DEL CRÉDITO

Es el medio que el ordenamiento jurídico pone a disposición del acreedor para que ejercite los derechos y acciones del deudor, siempre que no sean de carácter personalísimo y que el deudor no haya ejercitado, siempre que el patrimonio del obligado no ofrezca otra posibilidad de satisfacer el crédito. 3.3.1. ACCIONES Las acciones y obligaciones son títulos valores que se compran y se venden en la bolsa de valores por empresas que previamente han reunido ciertos requisitos. Comprar una acción es muy distinto a comprar una obligación, por tanto, son instrumentos diametralmente diferentes. 3.3.1.1. OBLICUA, PAULIANA Y CONTRA SIMULACIÓN Acción oblicua = cobrar deudas del deudor. Acción Pauliana = revocar actos jurídicos reales por perjuicio a los acreedores. Acción de Simulación = demostrar que un acto jurídico es inexistente 3.3.1.2. DERECHO DE RETENCIÓN Derecho de retención es la facultad que otorga la ley en casos concretos y determinados al poseedor de un bien ajeno, para conservar esa posesión hasta que el propietario le pague lo que le adeude, relacionado con ese mismo bien o con el acto o hecho jurídico del que se derive la posesión