



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Este documento aborda los conceptos de atribuciones, facultades y potestades reservadas a los hombres al momento de suscribir el pacto constitucional, que son ejercidas erga omnes. Se trata también de la garantía como remedio para el pleno ejercicio de los derechos y la reparación de un derecho constitucional violado. Se explica la distinción entre derechos naturales y derechos positivos, y se detallan diversos derechos como la libertad, la igualdad, la libertad de expresión y la libertad de culto. Además, se abordan conceptos relacionados como la libertad de trabajo, los bienes susceptibles de propiedad privada y la propiedad intelectual.
Qué aprenderás
Tipo: Apuntes
1 / 7
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
Declaración: es una forma general, una afirmación, una elección entre posibles, una toma de postura de la Nación, considerada en sí misa y en su relación con otros Estados, las provincias, la Iglesia, etcétera. Derechos: son atribuciones, facultades, potestades expresamente reservadas por los hombres para sí al momento de suscribir el pacto constitucional, destinados a ser ejercido erga omnes Garantía: es un remedio, un camino o vía procesal en manos de los ciudadanos para asegurar el pleno ejercicio de los derechos y lograr la reparación de un derecho constitucional violado, menoscabado, etcétera. La Escuela de Derecho Natural o iusnaturalismo sostiene que estos derechos son inherentes al hombre por ser tal, los denomina derechos naturales del hombre Para las teorías iuspositivistas, los hombres gozan de los derechos que le otorga y reconoce el Estado en su conformación y orden jurídico, de modo tal que solo podrán ser titulares y ejercer aquellos que el orden jurídico positivo les concede Los derechos enumerados son aquellos expresamente incluidos en el texto en su redacción original y las posteriores incorporaciones. Los derechos no enumerados e s t á n incluidos en el art. 33 y dan cobertura a las personas por futuras situaciones amenazantes de la dignidad del hombre que no hubieran podido tenerse en cuenta en la enumeración al momento de sancionarse la reforma. La libertad Quizás, el término libertad sea el concepto jurídico más difícil de definir. Tanto es así que se intentó definir al esbozar conceptos negativos, tales como la ausencia de prohibición, sin embargo, para la ciencia jurídica quien esgrime este concepto no dice prácticamente nada. Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe La libertad puede considerarse en diversos aspectos. Libertad civil: que incluye querer, ejecutar, exteriorizar todo acto de voluntad dentro de los límites del orden jurídico, sin reconocer voluntad superior o coacción de ninguna naturaleza. Libertad de conciencia: es interna y está destinada a elevar el pensamiento. Libertad de culto: protección de la práctica religiosa, implica exteriorización. La igualdad El principio de la igualdad de todas las personas ante la ley, según ciencia y espíritu de la constitución, no es otra cosa que el derecho a que no se establezcan excepciones o privilegios que se excluyan a unos de lo que se concede a otros en iguales circunstancias. Fueros personales
En lo relativo a este tipo de fueros, tuvieron significancia durante la monarquía absoluta en que los nobles eran sometidos a jueces y procesos especiales, conformado por pares, lo que se traduce en una flagrante violación a la igualdad frente a la ley Libertad de expresión De este derecho básico se desprenden otros: derecho a escuchar, a informarse, a guardar silencio, a la protección de la fuente de información, a la libertad de la creación artística Derecho a réplica
. Permite otorgar a quien hubiera sido agraviado por un medio de información, el mismo espacio para poder responder o replicar y h a c e r uso de este medio para su defensa Libertad física y locomoción se dice que es el derecho a no ser arrestado sin causa justa y sin forma legal. Apareja, también, la libertad de locomoción y la libertad de circulación. Libertad de intimidad Presupone la tutela jurídica de la vida privada Libertad de conciencia y de culto mientras que la libertad de conciencia no trasciende la órbita de la persona, la libertad de culto necesariamente es exteriorizada y trasciende a la sociedad, se exteriorizan rituales, y prácticas familiares y comunitarias Libertad de trabajo y ejercer toda industria lícita Este concepto del trabajo en relación de dependencia modifica su estructura por la inclusión de los derechos sociales. En este caso, la Constitución protege el trabajo por iniciativa propia y el ejercicio de la producción de bienes y servicios, y su comercialización. Bienes susceptibles de propiedad privada De esta distinción depende la extensión del derecho abstracto, importa distinguir qué bienes integran los dominios públicos y cuáles el dominio privado. La propiedad intelectual “Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley” La expropiación Distinto es el caso de expropiación por razones de utilidad pública. Linares Quintana lo define al sostener que es el acto por el cual el Estado priva a una persona de un bien determinado, con fines de utilidad pública o interés general calificados por ley, y mediante una justa y previa indemnización. La confiscación Las requisiciones eran actos de castigo y represalia que tenían lugar en la etapa histórica de la lucha entre unitarios y federales. Bielsa lo justifica para casos de guerra y temporariamente
El estado de sitio Se define como un estado de emergencia que constituye un remedio defensivo extraordinario que la Constitución otorga a los poderes políticos del Estado, para que en situaciones de excepción puedan hacer uso de mayores facultades. Organización del poder en el Estado argentino Sistema Representativo La forma representativa presupone que el gobierno actúa en representación del pueblo y que el pueblo se gobierna a sí mismo por medio de sus representantes. Se identifica con la democracia como forma de gobierno o democracia popular. “Artículo 1°- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución”. 1Artículo 22- El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de este, comete delito de sedición. Es el constitucionalismo que a fines del siglo XVIII el que considera a la representación como emanado del principio de soberanía popular. De esta manera se salva a priori del gobierno popular Para Goldschmidt entre la democracia directa e indirecta hay una diferencia de grado. En cambio, Jean Davin resalta que en este sistema es el pueblo mismo el que gobierna o se considera que gobierna, pero por medio de representantes agrupados en instituciones (parlamento) que él elegirá. La soberanía Doctrinariamente es la cualidad del poder que, al organizarse jurídica y políticamente, no reconoce dentro del ámbito de relaciones que rige otro orden superior de cuya normación positiva derive lógicamente su propia validez normativa La soberanía no tiene titular ni residen en nadie. La Constitución Nacional no incluye ninguna definición de soberanía. Pero aluden a ella en los artículos 33 y 37. En conclusión, esta idea de representación es una ficción jurídica. El derecho toma estas ficciones jurídicas cuando es imprescindible, es decir, para proteger ciertos intereses relevantes El régimen es representativo y no participativo, ya que la participación del pueblo se limita a la elección de diputados, a lo que se suma que la representación de estos es libre Artículo 33- Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno Artículo 39- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce mese
Artículo 40- El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular Requisitos de la iniciativa popular. La iniciativa popular deberá deducirse por escrito y contendrá: a) La petición redactada en forma de ley en términos claros: b) Una exposición de motivos fundada: c) Nombre y domicilio del o los promotores de la iniciativa d) Descripción de los gastos y origen de los recursos que se ocasionaren durante el período previo a presentar el proyecto de iniciativa popular ante la Cámara de Diputados: e) Los pliegos con las firmas de los peticionantes, con la aclaración del nombre, apellido, número y tipo de documento y domicilio que figure en el padrón electoral. Iniciativa: facultad que asiste a los electores de proponer una reforma de la constitución, una ley o una ordenanza municipal, puede ser: A) Formulada: contiene un texto final y la votación debe efectuarse sobre ese texto. B) No formulada: es una sugerencia y una recomendación Referéndum: es la ratificación o desaprobación de las leyes por el pueblo, es la facultad del pueblo de participar en la actividad constitucional, legislativa o administrativa, acepta o rechaza por medio del sufragio las resoluciones.
. Puede ser: a) Constitucional, legislativo o administrativo b) Facultativo u obligatorio: Antelegem: tiene lugar para decidir la conveniencia de sancionar o modificar el acto o Poslegem: para ratificar la aprobación o enmienda del acto Sufragio Cumple dos funciones
Sin lugar a dudas es la tarea legislativa la más importante en manos del Congreso, allí radica su rol en la función gubernativa y de organización de la convivencia social. Poder Judicial El Poder Judicial de la Nación será ejercido por una Corte Suprema de Justicia, y por los demás tribunales inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Nación