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reolución 2353 cierre niño jesus de praga, Apuntes de Derecho Civil

reolución 2353 cierre niño jesus de praga

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 21/02/2022

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REPÚBLICA DE COLOMBIA
ALCALDIA DE PASTO
SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL
RESOLUCION No
'7
3 5 3
DE 2009
DIC.
2009
Por medio de la cuál se autoriza el cierre de un establecimiento de educación.
EL SECRETARIO MUNICIPAL DE EDUCACION,
En uso de las atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las conferidas
en la Ley 715 de 2001, Decreto 0318 del 2008 y demás normas concordantes corno
Reglamentarias y
CONSIDERANDO:
Que, acorde con la ley 715 del 2001, en su Art. 7° establece como competencia de
los distritos y municipior, certificados, las de dirigir, planificar y prestar el servicio
educativo en los niveles de Preescolar, Básica y Media, en condiciones de
equidad, eficacia y calidad, como también las de administrar, ejerciendo las
facultades señaladas en el artículo 153° de la Ley 115 de 1994, las instituciones
educativas y la organización de la prestación del servicio educativo en su
jurisdicción.
Que, el artículo 3 de la ley 115 de 1994, establece que el servicio educativo será
prestado en las Instituciones Educativas del Estado, igualmente los particulares
podrán fundar establecimientos educativos en las condiciones que para su
creación y gestión establezcan las normas pertinentes y la reglamentación del
gobierno nacional.
Que mediante escrito radicado bajo el número 38735 del 4 de diciembre de 2009,
la Junta Directiva de la Fundación Ambiental Niño Jesús de Praga, solicita el
cierre del Liceo Niño Jesús de Praga .
Que La Junta Directiva de la Fundación Ambiental Niño Jesús de Praga, informa
que debido a varios inconvenientes de tipo económico principalmente entre otros
determinaron que el año escolar 2009-2010 será el último de su existencia.
Que por lo anteriorme •:e expuesto se solicita a la Secretaría de Educación
Municipal el cierre del Centro Educativo a partir de abril de 2010, cuando finaliza la
primera fase de transición al calendario A. Por lo anterior se solicita mantener la
vigencia de un año para la aprobación de estudios que concede la Ley.
Que mediante Oficio SEM — SV-Nc. 503 del 9 de diciembre de 2009, el
Coordinador del Grupo de Supervisión y Vigilancia de la Secretaría de Educación
Municipal de Pasto, Mag. Nelson Jairo Dávila, solicita a esta dependencia, que se
proyecte el respectivo acto administra tivo que autorice el cierre del Liceo Niño
Jesús de Praga, a partir del mes de ab 11 de 2010, que funciona en la Calle 18 No.
22-69 de esta ciudad.
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REPÚBLICA DE COLOMBIA

ALCALDIA DE PASTO

SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL

RESOLUCION No '7 3 5 3 DE 2009

DIC. (^2009) Por medio de la cuál se autoriza el cierre de un establecimiento de educación.

EL SECRETARIO MUNICIPAL DE EDUCACION,

En uso de las atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las conferidas en la Ley 715 de 2001, Decreto 0318 del 2008 y demás normas concordantes corno Reglamentarias y

CONSIDERANDO:

Que, acorde con la ley 715 del 2001, en su Art. 7° establece como competencia de los distritos y municipior, certificados, las de dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de Preescolar, Básica y Media, en condiciones de equidad, eficacia y calidad, como también las de administrar, ejerciendo las facultades señaladas en el artículo 153° de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y la organización de la prestación del servicio educativo en su jurisdicción.

Que, el artículo 3 de la ley 115 de 1994, establece que el servicio educativo será prestado en las Instituciones Educativas del Estado, igualmente los particulares podrán fundar establecimientos educativos en las condiciones que para su creación y gestión establezcan las normas pertinentes y la reglamentación del gobierno nacional.

Que mediante escrito radicado bajo el número 38735 del 4 de diciembre de 2009, la Junta Directiva de la Fundación Ambiental Niño Jesús de Praga, solicita el cierre del Liceo Niño Jesús de Praga.

Que La Junta Directiva de la Fundación Ambiental Niño Jesús de Praga, informa que debido a varios inconvenientes de tipo económico principalmente entre otros determinaron que el año escolar 2009-2010 será el último de su existencia.

Que por lo anteriorme •:e expuesto se solicita a la Secretaría de Educación Municipal el cierre del Centro Educativo a partir de abril de 2010, cuando finaliza la primera fase de transición al calendario A. Por lo anterior se solicita mantener la vigencia de un año para la aprobación de estudios que concede la Ley.

Que mediante Oficio SEM — SV-Nc. 503 del 9 de diciembre de 2009, el Coordinador del Grupo de Supervisión y Vigilancia de la Secretaría de Educación Municipal de Pasto, Mag. Nelson Jairo Dávila, solicita a esta dependencia, que se proyecte el respectivo acto administra tivo que autorice el cierre del Liceo Niño Jesús de Praga, a partir del mes de ab 11 de 2010, que funciona en la Calle 18 No. 22-69 de esta ciudad.

RESOLUCION No 3 5 3^ DE 2009

(

Que mediante Decreto No. 0318 de fecha 10 de junio de 2008, el Alcalde de Pasto, Dr. EDUARDO ALVARADO SANTANDER, delegó en el Secretario de Educación Municipal las funciones de administrar el personal directivo, docente y administrativo del sector educativo oficial; atender solicitudes y peticiones en materia educativa que eleven los servidores públicos del sector o la comunidad en general; efectuar el control, inspección y vigilancia de los establecimientos educativos oficiales y privados del Municipio; realizar toda actividad y tarea que verse sobre la dirección, conducción y administración de las Instituciones y Centros Educativos oficiales de preescolar, básica primaria, básica secundaria y media, entre otras.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Autorizar El cierre del Liceo Niño Jesús de Praga a partir del mes de abril de 2010 ubicado en la Calle 18 No. 22-69 de esta ciudad.

ARTICULO SEGUNDO: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición que deberá interponerse ante la Secretaría de Educación Municipal de Pasto dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMINIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE

Dada en San Juan de Pasto, a los 2 1 DIC. 2009

C R BASTIDAS— ORRES Se etario de Educación Municipal.

Vo Bo Nelson Jairo ávila Coordinador rupo de upervisión, Inspección y Vigilancia ¿EM Pasto

Proyectó: Liliana Villota V. Abogada Oficina Jurídica SEM Pasto.