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el registro de adhesión ya sea escrito o en linea.
Tipo: Apuntes
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TITULOS DE CREDITO FERNANDO FIGUEROA TORRES
Donde obtendremos y aqueridemos conocimientos sobre el contrato de adhesión en la Profeco, la cual se tomara en cuenta que es un contrato de adhesión que es un documento para la aplicación de adquisición de un producto o para brindar un servicio, donde se mencionará los contrato tipos y se mencionará los contratos de adhesión obligatorios y voluntarios; la cual en el obligatorio donde las personas tienen la obligación de cumplir la siguientes normas que se ha acepta y en el voluntario donde la persona por su propio interés acepta los términos que haya aceptado. En la cual se podrá informar y poder llevar acabo el procedimiento del contrato de adhesión la cual nos permitirá realizar acabo para un fin determinado ya sea por un bien objeto material o un servicio. Se obtendrá conocimiento del método de proceso y método de registro e identificar que artículos se encuentra con el tipo de contrato que se llevara a cabo a su fin determinado. A la vez el registro de modo público la cual cualquier persona que tenga el capacidad, edad de poder hacer ese tipo de registro.
Artículo 90 de la LFPC señala que no serán válidas las clausulas cuando: I. Permitan al proveedor modifica unilateralmente el contenido del contrato, o sustraerse unilateralmente de sus obligaciones. II. Liberen al proveedor de su responsabilidad civil, excepto cuando el consumidor incumpla el contrato; III. Trasladen al consumidor o a un tercero que no sea parte del contrato la responsabilidad civil del proveedor; IV. Prevengan términos de prescripción inferiores a los legales; V. Prescriban el cumplimiento de ciertas formalidades para la procedencia de las acciones. VI. Obliguen al consumidor a renunciar a la protección de esta ley o lo sometan a la competencia de tribunales extranjeros. De acuerdo con la Dirección General de Contratos de Adhesión, Registro y autofinanciamiento de Profeco, algunas Cláusulas abusivas o desproporcionadas son consideradas como tal cuando. En las operaciones a crédito, el proveedor se reserve la facultad de modificar el tipo de interés acordado. El precio final aumente sobre el convenido, sin reconocer al consumidor el derecho de rescindir el contrato. El precio se determine hasta el momento de la entrega del bien o servicio. No contemplen la indemnización por una cantidad equivalente a cantidades abonadas por el consumidor si la rescisión del contrato es imputable al proveedor. Permitan al proveedor imponer y cobrar servicios adicionales, sin que el consumidor cuente con la opción de aceptarlos o rechazarlos. Omitan la fecha de entrega de los bienes o servicios. Condicionen la suscripción de un contrato de adhesión al envió de información con fines mercadotécnicos publicitarios.
Eximan de responsabilidad al proveedor por los daños que cause al consumidor. Los plazos de garantía sean inferiores a los establecidos en la LFPC. Establezcan única, mente causas de incumplimiento por parte del consumidor, que originan la terminación o rescisión del contrato y no se especifican las del proveedor. Las penas convencionales (porcentajes o cantidades de dinero) en caso de incumplimiento se establezcan solo para el consumidor, o cuando existan ambas, estas sean desproporcionadas. Impongan plazos forzosos en la presentación de servicio justificar tal situación; que dichos plazos sean excesivos, o que establezcan penas convencionales superiores al saldo pendiente de cubrir de dicho plazo. No se determine el otorgamiento de bonificación o compensación al consumidor cuando el servicio no se preste en la forma y términos convenidos. REGISTRÓ PÚBLICO DE CONTRATOS DE ADEHSIÓN Profeco pone a tu disposición el registro público de Contratos de Adhesión (RPCA) en el cual, a través de un análisis de los contratos obligatorios o voluntarios proporcionados por los proveedores, y sus documentos anexos esta institución revisa que se ajusten a los dispuestos por la Ley Federal de Protección al Consumidor, a las Normas Oficiales Mexicanas. (NOM) correspondiente o cualquier otra disposición. Derivado del análisis, puede otorgar o no su inscripción al Registro o solicitar cambios al contrato. La importancia de este análisis radica en brindarte certeza de que el acto jurídico celebrado con el proveedor a través de contrato, cumple con las disposiciones de la LFPC y otros ordenamientos jurídicos aplicables a la relación de consumo. De acuerdo con el artículo 86 de la LFPC, la Secretaria de Economía, mediante las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), podrá sujetar
Existen dos tipos de contrato que se registran ante Profeco:
que te encuentres al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones contractuales y se venza el plazo mínimo pactado, sin que ello implique la suspensión o la cancelación de la prestación de servicios básicos. Si un proveedor desea realizar una modificación en las obligaciones o condiciones del contrato, será indispensable solicitar nuevamente el trámite de revisión y modificación ante la procuraduría, quien en caso de aprobarlo, lo registrará como un nuevo contrato con otros datos de registro y dará de baja el contrato anterior del RPCA. Además, Profeco te informará por los medios disponibles tal efecto y cuando sea una cancelación de registro del contrato. Si existieran algunas diferencias entre el texto del contrato registrado ante Profeco y utilizado en la compra venta del bien o servicio y estas son en tu perjuicio, se considerarán no puestas y sin validez. Por lo anterior, es importante que consultes previamente el contrato ante Profeco y si te detectas diferencia denuncies al proveedor. También, si consideras que el contrato de algún proveedor contiene cláusulas abusivas o inequitativas y su registro no es obligatorio, puedes denunciarlo en esta institución. En estas situaciones, la Procuraduría inicia un Procedimiento por Infracciones a la Ley (PIL) y en su caso, realiza una verificación al proveedor por comercializar sin cumplir ante la Ley. Asimismo, si un proveedor no registra su contrato o se le negó el registro, no producirá efecto alguno en tu contra por el incumpliendo con la normatividad aplicable de la LFPC o las NOM. Recuerda, cuando algún proveedor o prestador de servicios no respeta el precio, plazos, términos, entregas, condiciones, características, garantías, intereses, o algún otro compromiso referente a la contratación, puedes presentar que tu queja Profeco a través de los siguientes medios:
Procuraduría, deberás presentar copia de tu identificación oficial y del apoderado, así como carta poder firmada ante dos testigos. En el caso de personas morales, deberá presentar acta constitutiva y poder notarial del representante legal, así como copia de la identificación oficial del representante legal; Cedula de identificación fiscal, para expedición de comprobante fiscal. Modelo de contrato electrónico (en formato Word); excepto en los casos de adopción de contratos tipo. En su caso, los que adicionalmente señalen la Ley, las Normas Oficiales Mexicanas y demás ordenamientos aplicables. CONTRATOS DE ADHESIÓN DE REGISTRO OBLIGATORIO. No. LEY O NORMA OFICIAL MEXICANA QUE ORDENA LA OBLIGATORIDAD DEL REGISTRO.
Artículos reformados por el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2018. (las reformas a esos artículos se incluyeron en el texto de los modelos de contratos de adhesión.) PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE REPARACIÓN Y/O MANTENIMINETO DE Artículos 7, 7 BIS, 10, 56, 77 y 81 de la Ley
VEHÍCULOS. Federal de Protección al Consumidor. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE REPARACIÓN Y/O MANTENIMINETO DE APARADOS ELECTRODOMÉSTICOS O A BASE DE GAS. Artículos 7, 7 BIS, 10, 56, 77 y 81 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EVENTOS SOCIALES. Artículos 7, 7 BIS, 10 y 56 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS. Artículos 7, 7 BIS, 10 y 56 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE REMOZAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE INMIEBLES Y MUEBLES. Artículos 7, 7 BIS, 10 y 56 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Norma Oficial Mexicana NOM-179- SCFI- Servicios de Mutuo con interés y garantía prendaria.
Pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación Norma Oficial Mexicana
FUNERARIOS Artículos 7, 7
Norma Oficial Mexicana NOM-148- SCFI-2008, Prácticas comerciales- Comercializa ción de animales de compañía o de servicios, y prestación de servicios para su cuidado y adiestramient o
Artículos 7, 7 BIS, 10, 56 y 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Norma Oficial Mexicana NOM-160- SCFI-2014, Prácticas comerciales- Elementos normativos para la comercializac ión de vehículos nuevos
Artículos 7, 7 BIS, 10, 56 y 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Norma Oficial Mexicana, NOM-154- SCFI-2005, Equipos contra incendio- Extintores-
Artículos 7, 7 BIS, 10, 56 y 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Servicio de mantenimient o y recarga. Artículo 73 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Artículos 7, 7 BIS, 10, 56 y 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Artículo 63 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
No existe Contrato de Adhesión TIPO NOM- 029-SCFI- 2010 Prácticas comerciales- Requisitos informativos para la prestación del servicio de tiempo compartido y ARTÍCULO 64 Y 65 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓ N AL CONSUMID OR.
No existe Contrato de Adhesión TIPO
cumplimiento de los mismos. Asimismo, deberán señalar el número de registro otorgado por la Procuraduría. En el artículo indica la manera en la que el sujeto estará determinado a unas cláusulas para determinar su cumplimiento del contrato. ARTÍCULO 86 BIS.- En los contratos de adhesión de prestación de servicios deben incluirse por escrito o por vía electrónica los servicios adicionales, o conexos, que pueda solicitar el consumidor de forma opcional por conducto y medio del servicio básico. El proveedor sólo podrá prestar un servicio adicional o conexo no previsto en el contrato original si cuenta con el consentimiento expreso del consumidor, ya sea por escrito o por vía electrónica. En este artículo nos confirma que la manera de realizar el contrato de adhesión será de manera escrita o vía electrónica.
CONCLUSION: Ahora podemos saber que como se puede realizar el registro de contrato de adhesión para poder llevar a cabo cada una de sus partes, ya que puede ser acudiendo a la Profeco o hacerlos en línea, cada uno tiene sus beneficio y consecuencia de cada proceso para llevar a cabo el registro. Nos ayudara en que artículos de la ley federal de comercio se estará regulando los registros de adhesión con la finalidad de saber cómo se llevara a cabo dicho proceso, nos indicara sobre los diferentes Contratos tipos para poder saber en qué contrato de objeto o servicio se tomara a acabo. Aqueridemos conocimiento del procedimiento a seguir y en que artículos se regularan para poder llevar el contrato de adhesión para llegar a un fin. De manera de que al momento de un registro de adhesión ante la Profeco. Obtendremos conocimiento sobre el registro de contrato de adhesión en línea para llevar acabo nuestro fin. Y saber los puntos en que se estará conformado el registro en línea. Al final se obtendrá conocimiento de lo que es un registro de contrato de adhesión ya sea escrita o en línea con el fin de que la persona determine el método de registro y la trasparencia en que se va realizar el tipo de contrato. Cada información recaudada en este libro se podrá consultar en las páginas oficiales de la PROFECO.