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reformas de la ley federal de los trabajadores
Tipo: Apuntes
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LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL
Ley federal de los trabajadores al servicio del estado de 1963 Las personas integrantes de la Comisión de Conflictos Laborales del Poder Judicial de la Federación deberán reunir los requisitos que señala el artículo 121 de esta Ley. Las personas a que se refieren los incisos a) y c) de las fracciones I y II del artículo 154 de esta Ley, deberán ser además, licenciadas y licenciados en derecho y durarán en su encargo seis años. La persona representante del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación durará en su encargo sólo tres años. Las personas integrantes de la Comisión disfrutarán del sueldo que les fije el presupuesto de egresos y únicamente podrán ser removidas por causas justificadas y por quienes les designaron Los miembros de la Comisión Substanciadora deberán reunir los requisitos que señala el artículo 121 de esta Ley. El designado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y el tercer miembro, deberán ser además, licenciados en derecho y durarán en su encargo seis años. El representante del Sindicato durará en su encargo sólo tres años. Los tres integrantes disfrutarán del sueldo que les fije el presupuesto de egresos y únicamente podrán ser removidos por causas justificadas y por quienes les designaron. Articulo 156
Artículo reformado DOF 07- 06- Ley federal de los trabajadores al servicio del estado de 1963 La Comisión de Conflictos Laborales del Poder Judicial de la Federación se reunirá cuantas veces sea necesario, para conocer y resolver por mayoría los conflictos laborales que se le presenten. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se reunirá cuantas veces sea necesario, para conocer y resolver los dictámenes que eleve a su consideración la Comisión Substanciadora.