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¿Qué son los drechos humanos? ¿Cuáles son los derechos humanos?, Resúmenes de Derecho Constitucional

Habla sobre los derechos humanos de los ciudadanos mexiquenses de niños, niñas y adolescentes.

Tipo: Resúmenes

2022/2023

Subido el 22/10/2023

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¿Qué son los derechos humanos?
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos
los seres humanos, sin distinción alguna de
nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional
o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra
condición. Todos tenemos los mismos derechos
humanos, sin discriminación alguna.
Los derechos humanos son inalienables. No deben
suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según
las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se
puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal
de justicia dictamina que una persona es culpable de
haber cometido un delito.
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como
obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los
deberes, en virtud del derecho internacional, de
respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La
obligación de respetarlos significa que los Estados
deben abstenerse de interferir en el disfrute de los
derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de
protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de
los derechos humanos contra individuos y grupos. La
obligación de realizarlos significa que los Estados deben
adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de
los derechos humanos básicos. En el plano individual,
así como debemos hacer respetar nuestros derechos
humanos, también debemos respetar los derechos
humanos de los demás.
¿Cuáles son los derechos humanos?
Derecho a la vida
Toda persona tiene derecho a que su vida sea
respetada. Este derecho debe conceptualizarse en dos
sentidos:
a) Como una obligación para el Estado de respetar la
vida dentro del ejercicio de sus funciones;
b) Como una limitación al actuar de los particulares,
para que ninguna persona prive de la vida a otra.
Derecho a la igualdad y prohibición de
discriminación
Todas las personas tienen derecho a gozar y disfrutar de
la misma manera los derechos reconocidos por la
Constitución, los tratados internacionales y las leyes.
Se prohíbe toda exclusión o trato diferenciado motivado
por razones del origen étnico o nacional, género, edad,
discapacidades, condición social, condiciones de salud,
religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o
cualquier otra que atente contra la dignidad humana y
tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y
libertades de las personas.
De igual manera, queda prohibida toda práctica de
exclusión que tenga por objeto impedir o anular el
reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos
consagrados en nuestro orden jurídico.
En México los títulos de nobleza, privilegios u honores
hereditarios no tendrán validez.
El principio de la no discriminación se complementa con
el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de
la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos
los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos”.
Derecho de las niñas, niños y adolescentes
Los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes
están previstos en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en
las demás disposiciones aplicables, esencialmente en la
Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley
General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
(publicada el 4 de diciembre de 2014), la cual reconoce
a niñas, niños y adolescentes como titulares de
derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa y
no limitativa, señala los siguientes:
I. Derecho a la vida, a la supervivencia y al
desarrollo;
II. Derecho de prioridad;
III. Derecho a la identidad;
IV. Derecho a vivir en familia;
V. Derecho a la igualdad sustantiva;
VI. Derecho a no ser discriminado;
VII. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a
un sano desarrollo integral;
VIII. Derecho a una vida libre de violencia y a la
integridad personal;
IX. Derecho a la protección de la salud y a la
seguridad social;
X. Derecho a la inclusión de niñas, niños y
adolescentes con discapacidad;
XI. Derecho a la educación;
XII. Derecho al descanso y al esparcimiento;
XIII. Derecho a la libertad de convicciones éticas,
pensamiento, conciencia, religión y cultura;
XIV. Derecho a la libertad de expresión y de acceso a
la información;
XV. Derecho de participación;
XVI. Derecho de asociación y reunión;
XVII. Derecho a la intimidad;
XVIII. Derecho a la seguridad jurídica y al debido
proceso;
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¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito. Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás. ¿Cuáles son los derechos humanos?

Derecho a la vida

Toda persona tiene derecho a que su vida sea respetada. Este derecho debe conceptualizarse en dos sentidos: a) Como una obligación para el Estado de respetar la vida dentro del ejercicio de sus funciones; b) Como una limitación al actuar de los particulares, para que ninguna persona prive de la vida a otra.

Derecho a la igualdad y prohibición de

discriminación

Todas las personas tienen derecho a gozar y disfrutar de la misma manera los derechos reconocidos por la Constitución, los tratados internacionales y las leyes. Se prohíbe toda exclusión o trato diferenciado motivado por razones del origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. De igual manera, queda prohibida toda práctica de exclusión que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos humanos consagrados en nuestro orden jurídico. En México los títulos de nobleza, privilegios u honores hereditarios no tendrán validez. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Derecho de las niñas, niños y adolescentes Los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes están previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás disposiciones aplicables, esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de 2014), la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no limitativa, señala los siguientes: I. Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; II. Derecho de prioridad; III. Derecho a la identidad; IV. Derecho a vivir en familia; V. Derecho a la igualdad sustantiva; VI. Derecho a no ser discriminado; VII. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral; VIII. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal; IX. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social; X. Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad; XI. Derecho a la educación; XII. Derecho al descanso y al esparcimiento; XIII. Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura; XIV. Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información; XV. Derecho de participación; XVI. Derecho de asociación y reunión; XVII. Derecho a la intimidad; XVIII. Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso;

XIX. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes, y XX. Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet. Libertad de la persona En nuestro país se prohíbe la esclavitud en cualquiera de sus formas y toda persona extranjera que llegue a nuestro territorio con esa condición, recobrará su libertad y gozará de la protección de las leyes mexicanas. Así también, están prohibidos los trabajos forzosos y gratuitos o no pagados, por lo que nadie puede ser obligado a prestar trabajos contra su voluntad y sin recibir un pago justo.

Libertad de asociación, reunión y

manifestación

Las personas tienen el derecho: A agruparse pacíficamente con cualquier objeto lícito, pero solamente las ciudadanas y los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país.

Derecho a la vida

Derecho a la igualdad y prohibición de

discriminación

Igualdad entre mujeres y hombres

Igualdad ante la ley

Libertad de la persona

Derecho a la integridad y seguridad

personales

Libertad de trabajo, profesión, industria o

comercio

Libertad de expresión

Libertad de conciencia

Libertad de imprenta

Derecho a la libertad de tránsito y

residencia

Libertad de asociación, reunión y

manifestación

Libertad religiosa y de culto

Derecho de acceso a la justicia

Derecho a la irretroactividad de la ley

Derecho de audiencia y debido proceso

legal

Principio de legalidad

Seguridad jurídica en materia de detención

Seguridad jurídica para los procesados en

materia penal

Derechos de la víctima u ofendido

Seguridad jurídica en las detenciones ante

autoridad judicial

Seguridad jurídica respecto de la

imposición de sanciones y multas

Seguridad jurídica en los juicios penales

Derecho a la inviolabilidad del domicilio

Derecho a la inviolabilidad de

comunicaciones privadas

Derecho a la propiedad

Derechos sexuales y reproductivos

Derecho de acceso a la información

Derechos a la protección de datos

personales

Derecho de petición

Derecho a la ciudadanía

Derecho a la reparación y a la máxima

protección

Derecho a la educación

Derecho a la salud

Derecho a la vivienda

Derecho al agua y saneamiento

Derecho a la alimentación

Derecho a un ambiente sano

Derecho a la identidad y al libre desarrollo

de la personalidad

Derechos de los pueblos y comunidades

indígenas

Derechos agrarios

Derecho de acceso a la cultura

Derecho a la cultura física y al deporte

Derecho al trabajo

Derecho en el trabajo

Derecho a la seguridad social

Derecho de las niñas, niños y adolescentes

Derecho de las personas con discapacidad

Derecho de las personas adultas mayores

Derecho de las personas migrantes

Derecho a la reparación integral del daño

Derecho a la reparación por violaciones a

los derechos humanos

Derecho a la verdad

Derecho a la Reinserción Social

Página de información: https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/cuales- son-los-derechos-humanos