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El Derecho es el conjunto de normas jurídicas creadas por el Estado para regular la conducta humana y solventar los conflictos jurídicos. Se entiende como un ordenamiento, argumentación y conjunto de principios básicos que sirven de base para otras normas. Las ramas del Derecho son el Derecho Administrativo, Civil, Económico, Mercantil, Penal, Constitucional, Ambiental, Comunitario, Consuetudinario y Fiscal. El Derecho Romano ha dejado una gran huella en el Derecho actual.
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Tipo: Apuntes
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De nición › Humanidades ⛪ › Derecho
Se entiende por « Derecho » al conjunto de normas de carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad a n de solventar cualquier con icto de relevancia jurídica que se origine; estas normas son impuestas de manera obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción. Es normativo, ya que está constituido por normas obligatorias de conducta ciudadana. Es bilateral porque necesita de la interactividad de dos o más personas. Es coercitivo, porque en caso de incumplimiento, es aplicable la fuerza para obtener la ejecución de la conducta prescrita.
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Es un conjunto de principios que impone normas y deberes que regulan la conducta humana , y cuya base fundamental es la justicia y la igualdad en una sociedad. De acuerdo a esto, el derecho ayuda a resolver con ictos que se presentan en torno a la convivencia entre ciudadanos. Éste se basa fundamentalmente en las relaciones sociales, éstas determinan su carácter y contenido.
Tiene un carácter general, ya que se aplica a todas las personas. Es evolutivo porque se adapta al desarrollo de la vida social.
El derecho al igual que otras instituciones sociales, participa en la solución de con ictos y di cultades que se relacionan con las necesidades básicas en la vida de los seres humanos. Un ejemplo es, la sociabilidad entre los hombres, lo expuestos que éstos pueden estar ante las constantes violaciones de sus derechos, como por ejemplo la escasez de productos necesarios para su subsistencia. Estas circunstancias pueden llevar a una colaboración entre los ciudadanos, pero también puede provocar con ictos entre ellos.
Por todo lo señalado anteriormente se puede decir que, una de nición del derecho es, resolver y evitar con ictos entre los ciudadanos, así como proporcionar medios que hagan posible la cooperación social.
La introducción al derecho se fundamenta en unos principios básicos, los cuales, a pesar de no estar integrados de manera formal dentro de los ordenamientos jurídicos, sirven de base para otros enunciados normativos o reúnen de manera teórica el contenido de un grupo de ellos.
Estos principios son utilizados por los jueces y legisladores para interpretar normas jurídicas, cuya aplicación resulta confusa.
Algunos principios generales del derecho son: equidad, libertad, justicia, inocencia, igualdad, fraternidad, legalidad, separación de funciones, debido proceso, entre otros.
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De sus ramas se derivan las distintas tesis o premisas que hablan de defensa, protección , aplicación y uso de correcto de este.
El derecho efectivo o positivo está formado por las leyes, normativas, reglamentos y resoluciones creadas por el Estado para la conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los ciudadanos. Son leyes que son analizadas, reformadas y promulgadas por una asamblea repleta de diputados que llegan a un consenso para evaluar las futuras leyes a promulgarse. El derecho subjetivo en cambio, es la facultad propia de un sujeto para adoptar o no, cierta conducta. Es el derecho que la misma persona impone a n de modelar su comportamiento.
Los postulados que se mencionaron anteriormente muestran las raíces del derecho , pero también muestran sus características más endebles, como lo es la bilateralidad, es decir, se conforma un juzgado donde se presenta un juez que conforme a su raciocinio elabora juicios de valor para determinar alguna preventiva en caso de incumplimiento de alguna norma establecida bajo el dogma del derecho efectivo.
Es imperativo ya que impone un deber de conducta (como pagar impuestos) y atributivo por lo mencionado anteriormente respecto a la facultad para exigir el cumplimiento del imperativo.
A continuación, las ramas que conforman el derecho:
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1.- CONCEPTO DE DERECHO.- La palabra proviene del vocablo latino directum, que signi ca no apa arse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley, lo que se dirige o es bien dirigido. En general se entiendo por Derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento esta prevista de una sanción judicial. “El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que con erenfacultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo n es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, ce eza, igualdad, libe ad y justicia”.
1.1.- DERECHO COMO ORDENAMIENTO.- Es aquel conjunto de normas que tratan de regular la conducta humana mediante ordenamientos, permisiones y prohibiciones. 1.2.-DERECHO COMO FENÓMENO SOCIAL.- Aquel ordenamiento Jurídico que nace para el efecto de regular la conducta entre los individuos, como grupo. Y tiene cabida, mientras que se encuentre en una sociedad. 1.3.-DERECHO COMO VALOR.- Es el conjunto de disposiciones que adquieren rango obligatorio y que se encuentran al servicio de valores sociales, además de tener una nalidad axiológicamente respetable. 1.4.- DERECHO COMO ARGUMENTACIÓN.- Es aquel conjunto de
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Se encarga de regular todo en relación al comercio en todos sus niveles, es decir, está estrechamente vinculado con los comerciantes y el derecho privado. Su principal función es velar por que el desarrollo y funcionamiento de las actividades económicas sean correctas, como es el caso de la protección al consumidor , este debe establecer las normativas para la intervención de los poderes públicos. Sus características son:
Se re ere a las leyes o principios que dictan las relaciones entre los diferentes países. Es decir, es la encargada de regular las relaciones entre las naciones , a través de bienes en común a nivel mundial como lo es el medio ambiente y las aguas internacionales. Su mayor objetivo es que entre las naciones reine una relación de armonía y colaboración.
Está constituido por una serie de elementos, normas jurídicas, tratados y convenciones internacionales que establecen cómo debe ser el comportamiento de los países y demás agentes de carácter internacional.
Algunos de los temas de los que se ocupa el derecho internacional son:
Los delitos internacionales. Los derechos humanos. Refugiados. Las migraciones. El desarme nuclear y cualquier otro tipo de armamento que dañe la humanidad. Los problemas de nacionalidad. El trato a los prisioneros. Las conductas durante los períodos de guerra.
Comprende aquellas leyes que establecen una serie de comportamientos en el ambiente laboral.
Este se caracteriza por ser bilateral, ya que reglamenta la relación entre el patrón y el trabajador , al igual que se dedica a defender los derechos de la clase obrera los protege y limita las potestades de los patrones.
Las fuentes del derecho laboral son:
Tratados internacionales. Laudo arbitral. Contrato de trabajo. Convenio colectivo. Legislación formada por la ley orgánica, ley ordinaria, la Constitución y los reglamentos. La costumbre. La jurisprudencia La doctrina.
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Son leyes y preceptos erigidas por Estado para ser puesta en práctica a la hora de cometerse un delito. El concepto de derecho penal se basa en una serie de disposiciones jurídicas que se encarga de regular la autoridad punitiva del estado, determinado con hechos y castigados por la ley a través de penas, condenas y/o normas de seguridad por cometer delitos en contra de la seguridad de los individuos, el estado o la sociedad.
Dentro de este se encuentra el derecho penal sustantivo, el cual es conocido como las leyes penales o código penal, sus normas son establecidas por el Estado, donde se establecen los delitos y sus penas.
Abarca las normas y estatutos que rigen a una sociedad para pensar y juzgar los delitos cometidos en cuanto al derecho natural y material de una persona.
Este tipo que estudia la regulación de la iglesia católica en el ámbito jurídico. Este derecho está constituido por dos factores: por factores divinos, que según se dice, son consecuencias jurídicas de la voluntad de Cristo y que es por esta razón, que se le llama Derecho Divino. Por factores humanos denominados derechos eclesiástico. Su máxima autoridad es el Papa y el Colegio Episcopal.
Esta rama encargada de controlar, analizar y dirigir la leyes fundamentales y establecidas en la Constitución o Carta Magna de un Estado.
Las principales características del Derecho Constitucional son:
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Son fundamentos establecidos por las autoridades competentes para regular el ordenamiento jurídico de una Nación. De una manera más amplia, el concepto de ley está basado en toda norma de carácter jurídico , origen estatal y de una manera escrita.
Son los juicios que reiteradamente mani esta el Tribunal Supremo en sus sentencias sobre un tema determinado. Éstas se emiten en ocasiones en los juicios establecidos para su resolución.
La jurisprudencia emitida por éste máximo tribunal, sirve de guía en la actuación de los tribunales y jueces inferiores que, serán cuidadosos en no objetarlas, ya que de ser así caerían en una infracción de la doctrina de dicho tribunal.
Es el estudio cientí co que realizan los juristas sobre el derecho, buscando la interpretación de sus normas y poder criticarlas o modi carlas de ser necesario.
Esta fuente es fundamental en su creación, mejoras y renovación, de igual manera, en la formación de nuevos juristas y su capacidad para ser legisladores.
Desde una de nición de carácter jurídicao, se re erela costumbre son los usos o costumbres populares de una sociedad, que adoptan un carácter jurídico. Estas costumbres sólo serán aprobadas y tomadas en cuenta como defecto de ley adaptable, siempre y cuando esté bajo los reglamentos de la moral , el orden público.
Este puede ser enmarcado en las ciencias de la sociedad, como instrumento de la organización social. La ley es una ciencia que depende del contenido que se le dé al concepto de derecho: como una experiencia humana contemplada en su totalidad, o como el orden de un Estado en particular.
Si bien es posible evaluar como ciencia social lo que se ha logrado a través de los sistemas legales más exitosos en cada momento histórico, parece difícil estimar como cientí cos todos los sistemas legales vigentes. Sin embargo, los logros del derecho no deben buscarse en las formulaciones literarias de los autores que exponen o re exionan sobre él, sino en las manifestaciones de los sistemas legales, tanto en su aspecto normativo como en su aplicación.
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Mabel García, Silvana
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Es el reglamento institucional y normativo que rige la conducta humana en una sociedad, basado en los fundamentos de la seguridad y la justicia. Las principales características de este son:
En Mesopotamia, Palestina, Egipto, Fenicia y Grecia están entre las primeras civilizaciones en crear normativas de conductas basadas en principios establecidos por las costumbres, pero de índole constitutivos.
Después de grandes esfuerzos, el Imperio Romano fue el primero en crear las normativas jurídicas necesarias para resguardar sus fronteras y sus habitantes, el derecho actual contiene numerosas consideraciones del derecho romano.
Tiene un signi cado de igualdad de todos los individuos ante las leyes, sin esta característica no es posible desarrollar el ordenamiento jurídico, gracias a ella los poderosos están obligados a someterse a sus preceptos. Por esta razón, para los ciudadanos es obligatorio cumplir con el ordenamiento jurídico, de lo contrario serán sancionados y al mismo tiempo, se garantiza la presentación de sus derechos y libertades.
Está centrado en la plataforma de la cultura y en el conjunto de reglas obligatorias en la conducta. Por esta razón, es de gran importancia el signi cado de derecho en la familia de las normas.
Esta particularidad se re ere a que, es necesaria la interacción entre dos o más personas, sometidas totalmente a la ley, por encima de cualquier tipo de impulsos o voluntades.
Es la imposición de favorecer lo que es el derecho y las normas jurídicas, ante la coercibilidad social.
Este se protege a través de esta característica, de ser susceptible a la violación de sus normas, por esta razón son sancionados quienes incurran en esta transgresión. Esta protección es extendida inclusive frente al Estado.
Disponible en: h p://redalyc.uaemex.mx/src/inicio/A PdfRed.jsp? iCve=
EL DERECHO COMO CIENCIA INVENIO, vol. 14, núm. 26, junio, 2011, pp. 13- Universidad del Centro Educativo Latinoamericano Rosario, Argentina
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