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Nulidad y Caducidad de Patentes y Marcas según Ley de Propiedad Industrial, Apuntes de Derecho Civil

Las causas de nulidad y caducidad de patentes y marcas según la ley federal de protección de la propiedad industrial (lfppi) mexicana. Se abordan casos de nulidad por no considerarse un invento, derechos otorgados a quien no debían, solicitudes divisionales con reivindicaciones no permitidas y confusión o similitud con marcas ya registradas. Además, se discuten las causas de caducidad de patentes y marcas a los 20 años sin prorrogas para patentes y 10 años con orden judicial para marcas.

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 19/05/2022

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Fuente:
LEY FEDERAL
DE PROTECCION
A LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL.
Nulidad de patentes.
La nulidad de patentes se declara en el artículo 154 de la LFPPI,
una patente podría llegar hacer nula cuando la patente no se
considere un invento, cuando se le haya dado el derecho a
quien no se debía de dar, como por ejemplo que se le den los
derechos a quien no es el autor, cuando sea resultado de una
solicitud divisional pero que estas traigan consigo
reivindicaciones que traiga materia que estas sean gestionadas
en desobediencia con lo prevenido en el artículo 100.
Estos ejemplos de nulidad se ejecutarán en una forma
inmediata en el momento que se surtan sus efectos.
Nulidad de una marca.
Una de las principales formas de nulidad de una marca es que
haya confusión o similitud con ciertos aspectos en una marca
ya registrada.
A esto se le llama una nulidad relativa ya que existe la
confusión ya sea como se menciono con un signo ya registrado
o ya sea también de mala fe.
También existe la nulidad absoluta cuando un digno distintivo
no es apto y no se diferencia de los ya existentes.
La nulidad relativa será solicitada por una persona que está
interesada y la absoluta podría ser por cualquier persona o por
oficio.
Caducidad de Patente:
Las patentes se caducan a la vigencia de estos la cual es a los
20 años esto sin prorrogas, cuando el pago para seguir con los
derechos vigentes no se sigue pagando y cuando no se
renueven.
Caducidad de una marca:
La caducidad de una marca seria cuando se caduca su
vigencia la cual es de 10 años y por una orden judicial.

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Fuente: LEY FEDERAL DE PROTECCION A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL. Nulidad de patentes. La nulidad de patentes se declara en el artículo 154 de la LFPPI, una patente podría llegar hacer nula cuando la patente no se considere un invento, cuando se le haya dado el derecho a quien no se debía de dar, como por ejemplo que se le den los derechos a quien no es el autor, cuando sea resultado de una solicitud divisional pero que estas traigan consigo reivindicaciones que traiga materia que estas sean gestionadas en desobediencia con lo prevenido en el artículo 100. Estos ejemplos de nulidad se ejecutarán en una forma inmediata en el momento que se surtan sus efectos. Nulidad de una marca. Una de las principales formas de nulidad de una marca es que haya confusión o similitud con ciertos aspectos en una marca ya registrada. A esto se le llama una nulidad relativa ya que existe la confusión ya sea como se menciono con un signo ya registrado o ya sea también de mala fe. También existe la nulidad absoluta cuando un digno distintivo no es apto y no se diferencia de los ya existentes. La nulidad relativa será solicitada por una persona que está interesada y la absoluta podría ser por cualquier persona o por oficio. Caducidad de Patente: Las patentes se caducan a la vigencia de estos la cual es a los 20 años esto sin prorrogas, cuando el pago para seguir con los derechos vigentes no se sigue pagando y cuando no se renueven. Caducidad de una marca: La caducidad de una marca seria cuando se caduca su vigencia la cual es de 10 años y por una orden judicial.