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Los principios clave de la contratación pública en españa: el principio de planeación, el principio de publicidad y el principio de imparcialidad. El principio de planeación busca garantizar una diligente administración pública en los procesos contractuales, el principio de publicidad busca la transparencia y la participación ciudadana en la contratación, y el principio de imparcialidad busca una selección de contratistas equitativa y sin discriminación. El documento también presenta el sistema electrónico secop, el medio oficial de información sobre contrataciones públicas.
Qué aprenderás
Tipo: Resúmenes
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Principio de planeación: De acuerdo con lo dicho por la ex Magistrada del Consejo de Estado, la finalidad del principio de planeación se alude a todo lo concerniente con: la elección del contratistas, la celebración de contratos, su ejecución y liquidación, con el objetivo de que esta serie de procesos contractuales no se lleven de manera improvisada, sino que por el contrario la administración realice una planeación diligente, cumpliendo con la buena administración pública, entendida como un derecho fundamental de los ciudadanos. Principio de publicidad: De acuerdo con lo anterior se evidencia que lo que busca la Administración Pública con este principio es publicar los contratos que se lleven a cabo por medio de una comunicación masiva que permita informar, persuadir y conseguir un pronunciamiento por parte de aquellas personas que reciben dicha información, razón por la cual, el Gobierno Nacional desarrolla un sistema electrónico para la contratación pública (SECOP) por medio del cual los proponentes podrán conocer de las convocatorias y las reglas del proceso de selección, de manera que los participantes puedan presentar sus observaciones, así mismo, es abierta al público con el fin de brindarle a los interesados la oportunidad de participar bien sea como proponentes o veedores, convirtiéndose dicho Sistema en el único medio de información para las entidades que contratan, los entes de control y ciudadanía en general. Principio de imparcialidad: De acuerdo con lo anterior a través de este principio lo que se pretende es que se logre una selección de contratistas ajustada a los parámetros establecidos por el pliego de condiciones, sin discriminacion alguna y sin tener en consideración factores de afecto o interés.