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Principios Constitucionales Los principios constitucionales son las bases fundamentales sobre las cuales se construye un Estado. Estos principios, que son considerados verdades incuestionables en un momento histórico determinado, reflejan los valores y la visión de justicia de una sociedad. En otras palabras, son las reglas básicas que guían y organizan el funcionamiento del Estado, asegurando el respeto a los derechos y libertades de todos sus ciudadanos. Estos principios sirven como faro para garantizar la estabilidad y la vigencia de la Constitución.
Tipo: Resúmenes
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Principios Constitucionales Los principios constitucionales son las bases fundamentales sobre las cuales se construye un Estado. Estos principios, que son considerados verdades incuestionables en un momento histórico determinado, reflejan los valores y la visión de justicia de una sociedad. En otras palabras, son las reglas básicas que guían y organizan el funcionamiento del Estado, asegurando el respeto a los derechos y libertades de todos sus ciudadanos. Estos principios sirven como faro para garantizar la estabilidad y la vigencia de la Constitución.
- El principio de protección al servidor público: Garantiza que las relaciones laborales entre el Estado y sus empleados se basen en condiciones justas y equitativas. Esto implica que los servidores públicos, tanto aquellos con vínculos laborales contractuales como los que tienen una relación laboral legal y reglamentaria, estén protegidos contra prácticas laborales abusivas como la deslaboralización, la desregularización y la flexibilización. El principio de estabilidad laboral: Busca garantizar que los trabajadores, tanto públicos como privados, tengan la seguridad de mantener su empleo. Esta seguridad laboral no es absoluta, pero sí debe existir un equilibrio entre los derechos del empleador y los del trabajador. El empleador debe ofrecer condiciones laborales justas, como una remuneración adecuada, y el trabajador debe cumplir con sus obligaciones. En el caso de los servidores públicos, la estabilidad laboral puede ser aún más protegida, especialmente para aquellos que tienen condiciones especiales, como personas con discapacidad. La jurisprudencia ha establecido diferentes tipos de estabilidad laboral para los servidores públicos, y ha definido los requisitos para su reconocimiento Condición más beneficiosa: Supone que frente a cambios normativos que merman beneficios laborales de los trabajadores que se encuentran con relación del trabajo en curso, no pueden ser afectados con las nuevas disposiciones, de resultar estas últimas menos favorables, deberán seguirse aplicando las disposiciones derogadas para proteger la condición o situación jurídica que legítimamente les prometía un mejor amparo.
In dubio pro operario: El in dubio pro operario es un concepto jurídico del derecho del trabajo que permite al juez, ante la duda legítima sobre el sentido de una norma laboral, preferir aquella interpretación que sea más favorable al trabajador. Principio de favorabilidad: El principio de favorabilidad en materia laboral, consagrado en los artículos 53 de la Constitución Política y 21 del Código Sustantivo del Trabajo, consiste en la obligación de todo servidor público de optar por la situación más favorable al empleado, en caso de duda en la aplicación e interpretación jurídicas. Primacía de la realidad : Prima la realidad sobre las formas de los contratos de trabajo. Irrenunciabilidad de los Derechos: Tanto la Constitución como el CST establecen la irrenunciabilidad de los derechos laborales, es decir, que los trabajadores no pueden renunciar a los beneficios mínimos establecidos por la ley. Primacía de la Realidad sobre la Formalidad: Reconoce la importancia de la realidad de las relaciones laborales y establecen que la forma en que se presentan estas relaciones no debe prevalecer sobre el fondo de las mismas. Principio de Protección a la maternidad y al trabajador menor de edad: Se establece la protección del embarazo de la madre gestante antes, durante y después del parto, del niño por nacer y de su entorno familiar como derecho fundamental que el Estado y la sociedad tienen el deber de proteger y salvaguardar.