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Conceptos básicos de personalidad jurídica y capacidad en derecho, Apuntes de Derecho

Los conceptos básicos de personalidad jurídica y capacidad en derecho. Se explica qué se considera persona física y persona moral, así como los atributos de la personalidad. También se detalla la capacidad de goce y la capacidad de ejercicio, y se explica el derecho al nombre. útil para estudiantes de derecho que necesiten una introducción a estos conceptos.

Tipo: Apuntes

2022/2023

A la venta desde 23/11/2023

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Según la ley, una persona existe desde que nace, ates es parte del cuerpo de la mujer.
Se considera que el ser humano nació cuando respira.
La ley considera que un ser humano es persona cuando es viable, es decir, cuando ya vivió, por lo menos 24 horas.
"El ser humano desde que nace y es viable o es registrado"
Atributos de la personalidad:
Son características propias de loa identidad de las personas físicas o jurídicas, estas características o atributos implican derechos y obligaciones que son
inseparables del ser humano, estos atributos son: la capacidad, el nombre, el domicilio, el estado civil, la nacionalidad y el patrimonio.
PERSONA FÍSICA: El ser humano, el hombre en cuanto tiene obligaciones y derechos, existen:
Física, individual, substancial.
Ser racional por naturaleza.
Haber concebido.
PERSONA MORAL: Es algo intangible, algo que existe únicamente en un papel. Conjunto de personas físicas que se unen con un fin en común, cuentan
con un patrimonio y personalidad propias.
Capacidad: Aptitud de una persona física y moral para ser titular de derechos y obligaciones, ejercitarlos y comparecer en un tribunal para ejercerlos
por propio derecho. Existe la capacidad de goce y la capacidad de ejercicio.
Capacidad de goce
a)
Para las personas físicas se adquiere desde que nacemos y se pierde hasta que se muere, pero desde el momento en que es concebido, entra bajo la
protección de la ley.
Los menores de edad tienen solamente capacidad de goce.
Para las personas morales se obtiene desde el momento en que se constituye.
Capacidad de ejercicio
b)
Para las personas físicas: Es la aptitud o capacidad de ejercer que tiene la persona para hacer valer por si mismo sus derechos y cumplir por sí mismo
con sus obligaciones. *Si cometes un delito, estás en coma, etc., se pierde esta capacidad*
La adquiere cuando cumple la mayoría de edad o cuando se casan o cuando se convierten en padres o en la emancipación.
Para las personas morales de adquiere si la persona representante tiene esta capacidad, es decir, si es mayor de edad.
Nombre: Toda persona tiene derecho a que se le designe de un nombre, puesto que este sirve para individualizar y distinguir a una persona de las
otras, ya que tiene las siguientes características.
Para persona físicas es el sustantivo o sustantivos propios que sirven para designar a una persona, individualizarla y distinguirlas unas de otras;
está formado por el nombre patronímico o apellido que va ligado al nombre de pila, el cual determina en cada sujeto su identificación personal.
*El único nombre prohibido a nivel internacional es Hitler*
Para personas morales el nombre puede ser de dos tipos, puede ser de una razón social ( ej. "Zapaterías 3 hermanos")en el nombre se indica el giro del
negocio o indica el nombre de alguno de los socios, o como denominación social (ej. "Coca-Cola") se forma libremente, normalmente son nombres de
fantasía, nombres que no indica nada.
Persona
miércoles, 29 de marzo de 2023
11:20 a. m.
Derecho página 1

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Según la ley, una persona existe desde que nace, ates es parte del cuerpo de la mujer.

Se considera que el ser humano nació cuando respira.

La ley considera que un ser humano es persona cuando es viable, es decir, cuando ya vivió, por lo menos 24 horas.

"El ser humano desde que nace y es viable o es registrado"

Atributos de la personalidad:

Son características propias de loa identidad de las personas físicas o jurídicas, estas características o atributos implican derechos y obligaciones que son

inseparables del ser humano, estos atributos son: la capacidad, el nombre, el domicilio, el estado civil, la nacionalidad y el patrimonio.

PERSONA FÍSICA: El ser humano, el hombre en cuanto tiene obligaciones y derechos, existen:

Física, individual, substancial.

  • Ser racional por naturaleza.
  • Haber concebido.

PERSONA MORAL: Es algo intangible, algo que existe únicamente en un papel. Conjunto de personas físicas que se unen con un fin en común, cuentan

con un patrimonio y personalidad propias.

Capacidad: Aptitud de una persona física y moral para ser titular de derechos y obligaciones, ejercitarlos y comparecer en un tribunal para ejercerlos

por propio derecho. Existe la capacidad de goce y la capacidad de ejercicio.

a) Capacidad de goce

Para las personas físicas se adquiere desde que nacemos y se pierde hasta que se muere, pero desde el momento en que es concebido, entra bajo la

protección de la ley.

Los menores de edad tienen solamente capacidad de goce.

Para las personas morales se obtiene desde el momento en que se constituye.

b) Capacidad de ejercicio

Para las personas físicas: Es la aptitud o capacidad de ejercer que tiene la persona para hacer valer por si mismo sus derechos y cumplir por sí mismo

con sus obligaciones. Si cometes un delito, estás en coma, etc., se pierde esta capacidad

La adquiere cuando cumple la mayoría de edad o cuando se casan o cuando se convierten en padres o en la emancipación.

Para las personas morales de adquiere si la persona representante tiene esta capacidad, es decir, si es mayor de edad.

Nombre: Toda persona tiene derecho a que se le designe de un nombre, puesto que este sirve para individualizar y distinguir a una persona de las

otras, ya que tiene las siguientes características.

Para persona físicas es el sustantivo o sustantivos propios que sirven para designar a una persona, individualizarla y distinguirlas unas de otras;

está formado por el nombre patronímico o apellido que va ligado al nombre de pila, el cual determina en cada sujeto su identificación personal.

El único nombre prohibido a nivel internacional es Hitler

Para personas morales el nombre puede ser de dos tipos, puede ser de una razón social ( ej. "Zapaterías 3 hermanos")en el nombre se indica el giro del

negocio o indica el nombre de alguno de los socios, o como denominación social (ej. "Coca-Cola") se forma libremente, normalmente son nombres de

fantasía, nombres que no indica nada.

Persona

miércoles, 29 de marzo de 2023 11:20 a. m.

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