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El Sistema Financiero Peruano: Tipos de Créditos y Operaciones, Diapositivas de Administración de Empresas

OPERACIONES BANCARIAS Y FINANCIERAS

Tipo: Diapositivas

2022/2023

Subido el 15/08/2023

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javier-colca-cruz 🇵🇪

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INTRODUCCIÓN

Explicaré cómo funciona el Sistema Financiero: El sistema financiero traslada fondos de

aquellos que tienen un excedente (unidades superavitarias) a aquellos que no los tienen

(unidades deficitarias) y lo puede hacer a través de los mercados financieros o mediante el

uso de intermediarios financieros. Un ejemplo simple lo aclara.

Si una persona desea ahorrar para el futuro puede guardar el dinero bajo el colchón, esperar

que pase el tiempo y usarlo cuando lo considere conveniente. La alternativa es acudir al

sistema financiero y aparecen dos opciones: colocar el dinero en un banco para ganar un

interés (una cuenta de ahorro) o invertirlo en algún instrumento financiero, con algún riesgo

pero con mayor rentabilidad. Desde luego que para hacerlo es necesario tener algún nivel de

educación financiera o en su defecto acudir a los que saben, como los bancos u otras

instituciones financieras. De aquí surgen dos conclusiones: en primer lugar, la confianza es un

elemento clave; en segundo lugar, la institución financiera, para poder pagar el interés o

invertir el dinero, debe usar un dinero que no le pertenece y generar una ganancia para quien

depositó el dinero y también para sí misma, como pago por el trabajo realizado. ¿Y qué pasa

si la institución financiera invierte de manera equivocada el dinero de los ahorristas? En

primer lugar existen una serie de regulaciones gubernamentales que evitan que ello ocurra,

pero en caso suceda, el gobierno preserva los intereses del ahorrista a través del seguro de

depósitos. La protección no existe si el individuo opta por una inversión, pues ahí asume un

riesgo, aunque a cambio de ello puede obtener una mayor rentabilidad. La pregunta clave,

entonces es la siguiente: ¿cómo asegura el sistema financiero que los recursos sean asignados

de manera adecuada, es decir, que tengan como destino una inversión productiva?

Un segundo ejemplo. Si una empresa requiere dinero para una inversión productiva y decide

tomar deuda, acude al sistema financiero; enfrenta dos alternativas: emitir bonos o pedir un

préstamo a un banco u otra entidad financiera.

En la primera de ellas habría optado por el financiamiento directo: buscar directamente en los

mercados financieros a algún prestamista; en caso lo encuentre, acuerdan las condiciones del

préstamo; la empresa (el prestatario) emite un título llamado bono, que es un instrumento de

deuda, y lo vende a cambio de efectivo. Así, el bono es un instrumento financiero que

permite que la empresa tome deuda, con lo cual es un activo para quien presta el dinero y un

pasivo para la empresa que asume la deuda. Obsérvese que en la transacción ganan ambas

partes: la empresa, pues consigue los fondos que buscaba y realiza la inversión productiva y el

prestamista, pues obtiene un interés por el dinero prestado.

¿Qué ocurre si la empresa no encuentra quién le pueda prestar? En ese caso, aparece el

financiamiento indirecto, a través de los intermediarios financieros, como por ejemplo un

banco. La empresa acude al banco en la búsqueda del dinero. A su vez, el banco reúne fondos

SISTEMA FINANCIERO PERUANO

CONCEPTO

El sistema financiero está conformado por el conjunto de Instituciones bancarias, financieras y demás empresas e instituciones de derecho público o privado, debidamente autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguro, que operan en la intermediación financiera, actividad habitual desarrollada por empresas e instituciones autorizadas a captar fondos del público y colocarlos en forma de créditos e inversiones. Es el conjunto de instituciones encargadas de la circulación del flujo monetario y cuya tarea principal es canalizar el dinero de los ahorristas hacia quienes desean hacer inversiones productivas. Las instituciones que cumplen con este papel se llaman "Intermediarios Financieros" o "Mercados Financieros". El sistema financiero peruano incluye a diferentes tipos de instituciones que captan depósitos: bancos, empresas financieras, cajas municipales de ahorro y crédito, cajas rurales y el banco de la Nación que es una entidad del estado que fundamentalmente lleva a cabo operaciones del sector público.

OPERACIONES

Las entidades financieras tienen tres tipos genéricos de operaciones de activo:  Operaciones de préstamos  Operaciones de crédito  Operaciones de Intermediación La diferencia básica es que mientras las operaciones de préstamos están vinculadas a una operación de inversión ya sea en bienes de consumo, productivos o de servicios, se conceden para realizar algo concreto; las de crédito no están vinculadas a ninguna finalidad específica, sino genérica. Podemos, por tanto, decir que en un préstamo se financia el precio de algo, mientras que en un crédito se pone a nuestra disposición una cantidad de dinero durante un período de tiempo. Así, tendremos que las Operaciones del préstamo serán de varios tipos en función de las garantías y de la finalidad, dividiéndose principalmente en:  Préstamos de garantía Real  Préstamos de garantía personal Con respecto a los Créditos, las operaciones más usuales son:  Cuentas de crédito  Tarjetas de crédito Las Operaciones de Intermediación son aquellas que no son ni préstamos ni créditos; la operación financiera se ve acompañada por la prestación de una serie de servicios que no son estrictamente financieros. Dentro de este bloque nos encontramos con las siguientes operaciones:  El leasing (alquiler con derecho de compra)  El descuento comercial  Anticipos de créditos comerciales  El factoring  Avales

Definidos cuales son las operaciones de activo más usuales, vamos a ver cuál es su distribución entre los dos grandes grupos de clientes bancarios.

La empresa suele utilizar las siguientes operaciones.

a) Operaciones a corto plazo  Descuento comercial  Anticipos de créditos comerciales. Póliza de crédito  Factoring

b) Operaciones a largo plazo  Préstamos con garantía hipotecaria  Préstamos con garantía personal  Leasing

En lo que respecta a personas naturales, los productos más habituales son:

a) Operaciones a corto plazo  Tarjetas de crédito

b) Operaciones a largo plazo  Préstamos hipotecarios  Préstamos personales.

OPERACIONES BANCARIAS

Las operaciones de activo para las entidades financieras, implican prestar recursos a sus clientes acordando con ellos una retribución que pagarán en forma de tipo de interés, o bien acometer inversiones con la intención de obtener una rentabilidad.

En general, las operaciones de activo suponen un riesgo para la entidad financiera ante la posibilidad de impago total o parcial de un préstamo o un crédito. Teniendo en cuenta esta característica podríamos descomponer las cuentas de activo para los bancos en dos tipos genéricos:

A. Operaciones que conllevan movimientos de fondos y en las que el banco experimenta un riesgo:  Operaciones de préstamo.  Operaciones de crédito en cuenta corriente.  Descuento de efectos.  Etcétera.

B. Operaciones que en principio, no representan movimiento de dinero, puesto que únicamente representan un compromiso por parte del banco, pero

Las principales garantías que exigen las entidades financieras para dar conformidad a las operaciones de crédito o préstamo son las reales: prenda e hipoteca, y las personales: respondiendo de la deuda con todo el patrimonio presente y futuro, o los avales de terceros que responden subsidiariamente del pago, en caso de que el deudor principal no devuelva el dinero al banco.

Fiscalmente, es indiferente disponer de recursos ajenos a través de póliza de crédito o contrato de préstamo. Para las personas jurídicas los gastos de formalización y los intereses son deducibles como gastos. Sin embargo, para las personas físicas es necesario distinguir entre lo que serían gastos empresariales o gastos personales que no impliquen inversión estricta. Así, existen deducciones de los intereses en ciertos regímenes de tributación para personas físicas, siempre que se trate de un préstamo o crédito para la inversión, es decir, que la financiación esté destinada a la adquisición de elementos y bienes afectos a la actividad profesional o empresarial, en contraposición a lo que sería en préstamo o crédito al consumo, que no goza de ninguna ventaja fiscal. De igual forma, los préstamos hipotecarios se benefician de un tratamiento fiscal muy favorable cuando el particular obtiene los fondos con el objeto de adquirir o mejorar la vivienda habitual.

CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES BANCARIAS

A ctualmente, los servicios bancarios se pueden clasificar en tres grandes grupos:

1. Las operaciones de activo para las entidades financieras, implican prestar recursos a sus clientes acordando con ellos una retribución que pagarán en forma de tipo de interés, o bien acometen inversiones con la intención de obtener una rentabilidad.

2. Las operaciones de pasivo son aquellas en las que las entidades financieras, básicamente, se dedican a la captación de recursos financieros, y a cambio, se comprometen a pagar, generalmente en forma de interés, una rentabilidad a los clientes, bien sean depositantes de dinero o bien de activos financieros. 3. Servicios comisionarios, en los que las entidades financieras realizan operaciones de mediación (transferencias, giros, efectos tomados al cobro, etc...) y de custodia (alquiler de cajas de seguridad, etc...), cobrando por las mismas las oportunas comisiones.

I. Préstamos

Los préstamos, como operación de activo de las entidades de crédito, suponen una herramienta de financiación muy utilizada por el público en general. Se basa en la cesión por parte del prestamista de una cantidad de dinero, al prestatario, comprometiéndose éste, a devolverlo en la forma y en los plazos contratados.

El plazo de la operación se determina en función del importe máximo de la cuota y el tipo de interés adoptado. El tipo de interés puede ser:

Fijo : a lo largo de la vida del préstamo, el tipo de interés se mantiene constante. La ventaja para el cliente, es que las cuotas a pagar son iguales durante toda la operación , así que en base a ésta, se calcula el plazo del préstamo. Dicho plazo, suele ser inferior al plazo ofrecido en préstamos a interés variable, en general, no supera los 15 años, debido a que para la entidad implica asumir mayor riesgo concediendo a tipo fijo. Este riesgo se materializa en el caso de subida de los tipos de interés, puesto que la cuota que paga un cliente con préstamo a tipo fijo, es constante, estaría pagando menos que el tipo de interés que se paga en el mercado al haberse encarecido.

Asociado al mayor riesgo, además de limitaciones en el plazo, las comisiones son más elevadas, tanto las de apertura, para trasladar la demanda a préstamos a tipo variable, como las de cancelación, para el caso contrario, en que la evolución del interés en el mercado fuera descendente, y el elevado coste de cancelar el préstamo, haga que el prestatario renuncie a tal posibilidad.

Variable : en el contrato de préstamo se especifica un índice aplicable durante toda la vida de la operación, al que se le añade un diferencial constante. Al ir referenciado a un índice, cuando éste aumente, el tipo de interés, y por lo tanto la cuota, aumentan, y viceversa. Estas revisiones suelen ser anuales, por lo tanto, la cuotas a pagar, durante el año, hasta la siguiente revisión serán idénticas.

Las entidades financieras utilizan índices con plazos determinados, el más habitual, para operaciones a un año. El Banco de España publica mensualmente los tipos de índices oficiales sobre los que referenciar los préstamos, los que se aplican con mayor asiduidad son el euribor, el mibor (en préstamos abiertos con anterioridad al euribor), el rendimiento interno de Deuda Pública, el tipo activo de referencia de las cajas de ahorro ( índice CECA) y el índice de referencia de los préstamos hipotecarios (IRPH) de los bancos, de las cajas, o del conjunto de entidades.

Por lo tanto, el tipo de interés a pagar por el préstamo, viene definido por el índice negociado con el banco más el diferencial, y el redondeo, si así se encuentra estipulado en el contrato. El hecho de aplicar un tipo de interés que se ajusta a la realidad del mercado, implica cierta seguridad para ambas partes, y esto supone que la entidad ofrece amplias posibilidades para contratar el plazo de la operación que mejor se adecue a la capacidad económica del prestamista.

Mixto : es una combinación de los anteriores, surge para subsanar las desventajas individuales de ambos. En el inicio de la operación, se aplica un tipo de interés fijo, durante un tiempo superior al año, normalmente oscila entre dos y cinco años, y transcurrido este tiempo, se referencia a un índice al que se le añade un diferencial, como un préstamo a tipo variable, durante el tiempo que resta a la amortización final de la operación.

cada operación en particular, para poder seleccionar la alternativa económica y financiera más adecuada. Información que obligatoriamente tienen que procurar las entidades financieras.

La principal diferencia entre una operación de préstamo y una de crédito, radica en el plazo y en la forma de disposición del capital. El plazo de la operación también suele ser distintivo de un préstamo personal o un préstamo hipotecario, pero en este caso, la diferencia estriba en las garantías que hay que aportar para disponer del capital.

PRÉSTAMO PERSONAL

La entidad financiera pone a disposición del prestatario una suma de dinero que podrá usar libremente sin necesidad de destinarlo al consumo de un bien o asunto específico. Como operación de activo para el banco, supone un riesgo, y para tener seguridad de recuperar el dinero prestado, analizará y estudiará la solvencia y la situación patrimonial del solicitante en los términos ya vistos, puesto que, el titular del préstamo personal responde con todo su patrimonio, tanto presente como futuro, y esta es la garantía de la operación.

Como norma general, el plazo es a corto o medio, el importe no supera al concedido en préstamos hipotecarios, característica que hace que los gastos y comisiones aumenten el coste real de la operación.

Los gastos que repercute la entidad al cliente, son la comisión de apertura o de estudio que se generan por la gestión y tramitación del préstamo, (no pueden cobrar separadamente ni comisión de estudio ni de administración), integrada por un porcentaje sobre el nominal, y en ocasiones con un mínimo, aplicando el mayor; interviene en la firma un fedatario público, el corredor de comercio, que aplica un porcentaje sobre el principal solicitado; y la mayoría de las entidades exigen como requisito un seguro de vida indicando como beneficiario al prestamista.

Otros posibles gastos a añadir al préstamo, son las amortizaciones parciales o la cancelación anticipada de la operación, que cobrarán en forma de porcentaje sobre el capital amortizado.

PRÉSTAMO HIPOTECARIO

La característica distintiva de estos préstamos es la garantía que asegura la operación, es decir, el inmueble que queda hipotecado, y en caso de impago por parte del prestatario, el banco se resarce de la deuda pendiente vendiendo, a través de subasta pública, el bien afecto al contrato de préstamo.

El hecho de que el préstamo esté respaldado por una garantía real, implica que el tipo de interés aplicado sea inferior al que se ofrece para préstamos con garantía personal. No obstante, el banco realizará el estudio previo a la concesión, del patrimonio y solvencia del solicitante, sea persona física o jurídica.

En base a este estudio y a la tasación del inmueble, se limita el importe máximo del préstamo, concediendo, en general, una cuantía inferior al 100% del valor del bien.

El plazo, al igual que el importe, es superior al otorgado en préstamos personales, y depende de la modalidad de préstamo que se haya seleccionado y de la cuota periódica a pagar.

Comparativamente, los gastos anexos al hipotecario, son mas elevados que los soportados por otros préstamos, gastos que al distribuirlos en más largo plazo de tiempo, financieramente diluyen su efecto en el cálculo del TAE.

Surgen unos gastos con antelación a la formalización del contrato de préstamo: la tasación del inmueble y la comprobación del estado de cargas de la vivienda en el Registro de la Propiedad que corresponda. Otros gastos derivados de la constitución del préstamo, son las comisiones de apertura y estudio, el notario como fedatario público, la inscripción en el Registro de la Propiedad de las escrituras de préstamo hipotecario, los impuestos de actos jurídicos documentados recaudados por cada comunidad autónoma, un porcentaje sobre el valor de la responsabilidad hipotecaria, la gestoría encargada tramitar las gestiones anteriores, gasto éste que aunque pueda parecer accesorio, en general, es ineludible, del mismo modo que los seguros de vida de los titulares y de incendios del bien hipotecado.

Otra comisión, negociable, al igual que las ya mencionadas, y como en el caso de los préstamos personales, es la de amortización parcial y cancelación total anticipada de la operación.

Conforme se pagan las cuotas del préstamo, se va amortizando el capital prestado, y no se puede reutilizar, pero una vez devuelta la totalidad de la hipoteca concedida, el inmueble queda libre de cargas, por lo que de nuevo puede servir como garantía para financiar otra operación.

Existen una serie de ventajas, frente a otras operaciones, de beneficiarse de los cambios en las condiciones de mercado, como la posibilidad de negociar una novación y pactar los nuevos requisitos, por ejemplo, bajada del tipo de interés, y la subrogación a otra entidad financiera que ofrezca mejores condiciones, en cualquiera de los dos casos, resulta imprescindible calcular el coste que conllevan para decidir si interesa llevarlas a cabo.

II. Créditos

PÓLIZA DE CRÉDITO

Las pólizas de crédito o líneas de crédito constituyen un elevado porcentaje del total de las operaciones de activo de los bancos, gracias a su operatividad, las empresas, en general, financian las insuficiencias transitorias de tesorería, debido a la falta de regularidad en las entradas y salidas de dinero, sin necesidad de invertir en la adquisición de bienes o servicios concretos que haya que detallar a la entidad.

TARJETAS DE CRÉDITO

Las tarjetas bancarias resultan una herramienta muy ágil y cómoda para realizar pagos y

cobros, actualmente aceptan las tarjetas en la mayoría de los establecimientos a la hora de

pagar.

Generalmente, existen dos variedades de tarjetas: las de débito y las de crédito. Las de débito sirven para movilizar los fondos depositados en cuentas corrientes o libretas de ahorro, no tienen límite, excepto el saldo total de la cuenta, por eso, y siguiendo la Recomendación de la Comisión Europea, es conveniente limitar la responsabilidad del usuario a una cantidad máxima, no representan un riesgo para la entidad, se carga automáticamente en cuenta la operación de compra o disposición de efectivo. Estas operaciones no suponen coste para el usuario, excepto para el caso de utilizar cajeros de una entidad diferente a pesar de pertenecer a la misma red emisora de la tarjeta. Otro gasto asociado a las tarjetas de débito que puede surgir, dependiendo de la entidad y de los servicios contratados, es su renovación anual o bianual, o incluso pueden cobrar la apertura o emisión.

Las tarjetas de crédito son igualmente un medio de pago, pero la entidad concede al titular un crédito en lugar de disponer de los saldos que mantenga en cuenta.

Es un producto muy versátil aceptado en multitud de establecimientos tanto nacionales como internacionales, y la utilización en países de la zona euro no comporta comisiones adicionales. De este modo, se puede pagar compras o sacar dinero en efectivo aunque no se disponga de fondos en el momento de realizarlos, puesto que el cargo se realiza en función de las necesidades del cliente, aunque generalmente se estipula en contrato que se haga a final de cada mes o principio del siguiente sin el gravoso pago de intereses.

En tal caso, si se emplea para realizar compras, no supone coste para el poseedor de la tarjeta, no así, si la disposición es de dinero en un cajero automático, por lo que el banco cobrará una comisión con un mínimo. Y en ambos casos, cuando se desee aplazar o fraccionar el pago más tarde del día designado, (ultimo del mes o primeros días del siguiente) se deberán abonar los correspondientes intereses, que desde luego, son bastante elevados, existiendo distintas modalidades de amortización del capital prestado.

Como consecuencia del riesgo que implican para la entidad, ofrecen unos límites de disposición mensual del crédito y el cual oscila según sean las tarjetas clásicas o las tarjetas de crédito oro que a la vez que aumenta ese límite, incrementa el coste anual de renovación, que es una comisión fija.

11. SERVICIOS QUE BRINDAN LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS.

Están referidos a conjunto de operaciones que brindan las instituciones financieras a sus clientes, entre las cuales tenemos:

Nota: significa= sí, X = no Fuente: Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP, Boletín consolidado del sistema financiero al 31 de diciembre de 2004, http://www.sbs.gob.pe/estadistica/financiera/ 2004/Diciembre/SC-0001-di2004.pdf

  1. OPERACIONES BANCARIAS

Se denominan Operaciones Bancarias a aquellas operaciones de crédito practicadas por un banco de manera profesional, como eslabón de una serie de operaciones activas y pasivas similares.

de las cuentas de activo, ya que los saldos de estas cuentas, aumentan con transacciones de Crédito y disminuyen con las de Débito. La captación de pasivos, es de gran importancia para todo banco, ya que supone las actividades que realiza una institución bancaria para allegarse dinero, esencialmente del público en general. Para que un banco pueda desarrollarse, es necesario que adquiera depósito, pues sin estos es imposible crear una reserva suficiente que le ayude a colocar estos fondos en préstamos e inversiones que le generen dividendos, y que le permitan hacer frente a las demandas de retiro de dinero en efectivo, solicitado por sus clientes.

CUENTAS CORRIENTES

La cuenta corriente bancaria es un contrato en virtud del cual un banco se obliga a cumplir las órdenes de pago de otra persona (llamada "cuentacorrentista" hasta el límite de la cantidad de dinero que estuviere depositado en dicha cuenta, o del crédito que se haya estipulado entre las partes. Es un instrumento básico en el negocio bancario pues permite a los bancos captar dinero del público, con lo que se obtienen fondos para préstamos y otras actividades, ofreciendo a los clientes la seguridad de la custodia de su dinero y un medio de pago ágil y ampliamente aceptado.

La competencia ha llevado a los bancos, en la actualidad, a ofrecer diversos servicios conexos a las cuentas corrientes: pagos de intereses sobre saldos mínimos, servicio de conformación telefónica, bancaelectrónica, etc.

En otras palabras, las cuentas corrientes o depósitos a la vista se caracterizan porque los fondos depositados en ellas son de disponibilidad inmediata y en efectivo, mediante cualquier instrumento facilitado por la entidad para obtener las cantidades de dinero consignadas en ellas, tarjeta de débito o crédito, cheques, pagarés, o personalmente en ventanilla. Dependiendo de la modalidad pactada, ofrecen otro tipo de servicios tales como domiciliar pagos y cobros, ingreso de nómina, realizar transferencias; algunos más específicos como anticipo de nóminas, seguros de asistencia en viajes, seguros de hogar, condiciones ventajosas en préstamos y créditos, etc. La entidad remite al domicilio del titular la información de las operaciones realizadas a través de una cuenta corriente, de forma periódica, quincenal, mensual, etc., en un documento denominado extracto.

CUENTAS DE AHORRO

Las libretas de ahorro o cuentas de ahorro a la vista son productos muy semejantes a las cuentas corrientes y son por definición, contratos de depósito de efectivo, de libre disposición. Todas las operaciones realizadas quedan reflejadas en la libreta que se entrega al titular de la cuenta, popularmente se llamaba "cartilla de ahorros". Las cuentas de ahorros son aquellas cuentas que se consigna en las entidades financieras que tienen entre sus actividades, la captación de fondos y los mismos se mantienen en poder y a disposición de dicha entidad por períodos más largos que los depósitos de cuenta corriente.

El hecho de mantener por un mayor tiempo, los fondos depositados en el banco, pero con la facilidad de convertirlos en dinero corriente (efectivo) en un corto tiempo y sin pérdida de valor, es lo que le asigna a esta clase de depósito la categoría o calificativo de "cuasi-dinero". También se puede decir que es un instrumento que permite disponer de dinero efectivo de forma rápida puesto que se puede hacer por ventanilla, o utilizando algún instrumento de pago que lleve vinculado. Otra característica que cabe señalar es el hecho de que la libreta física permanece en poder del cliente, debiendo actualizarla cuando considere conveniente, él mismo, en los cajeros habilitados para ello, o en cualquier sucursal del banco.

Hasta hace relativamente poco tiempo, las principales diferencias eran que con la libreta de ahorros no se podía operar con cheques, no se disponía de algunos servicios de caja y no admitían descubiertos. Actualmente no ocurre así, cuando se contrata una libreta de ahorros, el banco suele ofrecer instrumentos y servicios similares, asociados a una cuenta corriente. No obstante, en entidades en las que esto no es posible, la solución consiste en vincular una cuenta corriente y otra de ahorro de un mismo titular, para subsanar la limitación que impone la entidad de librar cheques contra una libreta de ahorros, son las llamadas libretas o cuentas de ahorro combinadas. Por otra parte, para hacer retiros de estas cuentas, especialmente cuando se trata de montos elevados, el banco exige un aviso previo por escrito, de tal manera que pueda contar con la liquidez suficiente para cubrir el compromiso. Los bancos reconocen un beneficio trimestral en concepto de interés, por las cuentas de ahorros, que de acuerdo a la reglamentación de la Comisión Bancaria, ese interés es anual, capitalizado trimestralmente, sobre el promedio de los saldos más bajos de cada mes. Cualquier persona mayor de edad, puede abrir este tipo de cuenta. Para el banco, constituye un típico servicio de captación de recursos.

DEPOSITOS A PLAZO FIJO

Son depósitos que se formalizan entre el cliente y el banco por medio de un documento o certificado; se pactan por un monto y plazo determinado y de los mismos no pueden hacerse retiros ni incrementarse ante del vencimiento del plazo pactado. También de dicen que son depósitos que se formalizan entre el cliente y el banco por medio de un documento o certificado; se pactan por un monto y plazo determinado y de los mismos no pueden hacerse retiros ni incrementarse antes del vencimiento del plazo pactado. Los intereses que se pagan por estos depósitos quedan a criterio y política de cada banco.

Estos depósitos son líneas de captación de recursos que, por ser negociados a plazos, no son exigibles a la vista y su entrega al cliente, sólo es exigible a la fecha en que se vence el término de plazo o mediante notificación escrita y previamente entregada al banco. Los recursos obtenidos, el banco los puede usar como activos productivos para préstamos a mediano y largo plazo, inversiones y otros tipos de créditos, que a la vez que conforman el pasivo bancario, condicionan en forma determinante la capacidad productiva de la empresa bancaria.

Una de las modificaciones con respecto al reglamento anterior se refiere a los tipos de créditos. El nuevo documento señala que la cartera de créditos será clasificada en ocho tipos: corporativos, a grandes empresas, a medianas empresas, a pequeñas empresas, a microempresas, de consumo revolvente (se recalculan los intereses cada mes en función de consumos y pagos), de consumo no revolvente e hipotecarios.

El reglamento anterior distinguía solo cuatro tipos de créditos: comerciales, a las microempresas, de consumo e hipotecarios para vivienda.

En cuanto a la clasificación del deudor, se mantienen los aspectos referentes a la puntualidad en los pagos. Así, en la categoría Normal están quienes cumplen puntualmente el pago de sus obligaciones; en la categoría Con Problemas Potenciales se consideran atrasos que no excedan los 60 días; en Deficientes, atrasos mayores de 60 días y menores de 120; en Dudosos, atrasos mayores de 120 y menores de 365 días; y en Pérdida, atrasos mayores de 365 días.

TIPOS DE CRÉDITO

Una de las innovaciones en el nuevo reglamento es la ampliación de los tipos de créditos que se pueden otorgar superando la antigua clasificación que solo los diferenciaba en Créditos Comerciales, a las Micro Empresas (MES), de Consumo e Hipotecarios para Vivienda, siendo que, la nueva clasificación introduce 8 nuevos tipos de créditos los cuales se otorgaran dependiendo la capacidad de pago del solicitante, y su recalificación tomará en cuenta el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda).

CRÉDITOS CORPORATIVOS

Se ha precisado que este tipo de créditos solo se otorgan a Personas Jurídicas que durante los dos últimos años han registrado un nivel de ventas anual mayor a S/.200 millones, siempre que cuente con estados financieros auditados, debiendo recalificarse el tipo de crédito como crédito a gran empresa si las ventas anuales de la empresa disminuye a un nivel no mayor a S/.200 millones durante dos (2) años consecutivos, también se considerarán como corporativos a los créditos soberanos, a los créditos concedidos a bancos multilaterales de desarrollo, a entidades del sector público, a intermediarios de valores, a empresas del sistema financiero, a los patrimonios autónomos de seguros de crédito y a fondos de garantía constituidos conforme a Ley.

CRÉDITOS GRANDES EMPRESAS

Ahora se considerará dentro de esta tipología a aquellos créditos otorgados a personas jurídicas quienes además de poseer una de las siguientes características, cumplen con los plazos en ellas establecidos: a) Sus ventas anuales sean mayores a S/.20 millones pero no mayores a S/.200 millones en los dos (2) últimos años, de acuerdo a los estados financieros mas recientes del deudor.

b) El deudor haya mantenido en el último año emisiones vigentes de instrumentos representativos de deuda en el mercado de capitales.

Asimismo en el literal a), se condiciona la reclasificación como créditos corporativos a aquellas empresas que además de tener en los dos (2) años siguientes ventas anuales que excediesen los S/.200 millones, cuenten obligatoriamente con estados financieros anuales auditados; En el mismo sentido, en el literal b), se ha incluido la obligación de reclasificar estos créditos como créditos a medianas empresas, a pequeñas empresas o a microempresas, si las ventas anuales de la empresa disminuyen a un nivel no mayor de S/.20 millones durante dos (2) años consecutivos y si el deudor no ha mantenido emisiones vigentes de instrumentos de deuda en el último año, esta reclasificación se hará según corresponda en función del nivel de endeudamiento total en el sistema financiero en los últimos (6) meses.

CRÉDITOS MEDIANA EMPRESA

Se estableció como únicos requisitos para pertenecer a esta tipología que los créditos otorgados a personas jurídicas tengan un endeudamiento total en el sistema financiero superior a S/.300, 000 en los últimos seis (6) meses y no cumplan con las características para ser clasificados como créditos corporativos o a grandes empresas. Se ha mantenido la posibilidad de recalificar este tipo de crédito como crédito a grandes empresas o corporativo o reclasificarlo como créditos a pequeñas empresas o a microempresas, dependiendo el nivel de endeudamiento de la empresa.

Asimismo se ha precisado que pertenecen a esta categoría los prestamos a personas naturales que posean un endeudamiento total superior a S/.300,000 en los últimos (6) meses, siempre que una parte de ellos corresponda a créditos a pequeñas empresas o a microempresas, caso contrario permanecerán clasificados como créditos de consumo; Si posteriormente el endeudamiento total del deudor en el sistema financiero, (sin incluir créditos hipotecarios), se redujera a un nivel no mayor de S/.300,000 en los próximos (6) meses consecutivos se deberán reclasificar dichos créditos como créditos de consumo (revolvente y/o no revolvente) y a pequeña empresa o microempresa, según corresponda.

CREDITOS A PEQUEÑAS EMPRESAS

Estos créditos son otorgados a personas naturales o jurídicas quienes deben destinarlos a financiar actividades de producción, comercialización o prestación de servicios y cuyo endeudamiento total, (sin incluir los créditos hipotecarios para vivienda), es superior a S/.20, 000 pero no mayor a S/.300,000 debiendo dicho monto haberse mantenido así, en los últimos seis (6) meses.

Al igual que los demás tipos de créditos esta tipología puede recalificarse, pudiendo pasar a ser un crédito a mediana empresa si en los siguientes seis (6) meses sobrepasa los S/.300, o recalificarse como crédito a microempresa si disminuye a un nivel no mayor a S/.20,000 por seis (6) meses consecutivos.