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Este documento de la licenciatura en derecho de la universidad de campeche explica las fuentes del derecho que generan obligaciones, siguiendo la enseñanza de gayo y justiniano. Se distinguen contratos, delitos, cuasicontratos y cuasidelitos.
Qué aprenderás
Tipo: Apuntes
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Las fuentes de las obligaciones son los hechos jurídicos que dan origen a ellas. Gayo enseñaba todavía a mediados del siglo II, en sus Instituciones, que todas las obligaciones nacían de contratos o de delitos. 5.1 Gayo nos señala que las fuentes de las obligaciones son dos: el contrato y el delito Entendiendo por contrato el acuerdo de voluntades sancionado por el derecho civil, pudiéndose manifestar estas voluntades mediante palabras (verbis), por escrito (litteris), por la entrega de una cosa (re) o por mediox del consentimiento (consensu). Lo anterior nos proporcionará la base para una futura clasificación de los contratos en relación con su perfeccionamiento. Por lo que se refiere a las obligaciones que nacen de un delito, no se agruparán en varios géneros sino que formarán uno solo, ya que las nacidas del que efectuase un hurto, arrebatara violentamente bienes (rapiña), causase cualquier clase de daño o bien cometiese una injuria, son todos ellos hechos contrarios al derecho que traerán como consecuencia la obligación de reparar el perjuicio ocasionado. Luego, Justiniano, amplió la lista de las fuentes de las obligaciones, señalando cuatro: contratos, delitos, cuasicontratos y cuasidelitos. 5.2Esta clasificación justinianea tiene la cualidad de señalar de forma definitiva cuáles son las principales fuentes de las obligaciones, pero adolece del defecto de que dentro de ellas no quedan comprendidos todos los hechos que pueden dar origen a una obligación, hechos que por ningún motivo fueron desconocidos por Justiniano y que fue enumerando a lo largo de su obra.