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El documento es aplicable dentro de la materia de problemas costeros ambientales, que se imparte en el ITCH. Se describe de forma clara los articulos relacionadas con la actividad de remoción de vegetación para el cambio de uso de suelo natural a uno distinto, indicando desde el inicio el trámite q se realiza ante una dependencia federal, en etse caso SEMARNAT.
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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Particulares: En las oficinas (Espacio de contacto ciudadano: ECC) de la Delegación Federal de la SEMARNAT. Entidades y dependencias de la administración pública: En las oficinas de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos.
Cuando el desarrollo de actividades u obras requiera realizar la remoción total ó parcial de la vegetación en terrenos forestales. VI. Cambio de uso del suelo en terreno forestal: La remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales (Art 7; LGDFS);
3.1 Adquisición de formato e5cinco. http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/pagosat5.html
3.2. Formato de solicitud para el CUSTF https://www.gob.mx/tramites/ficha/solicitud-de-cambio-de-uso-de-suelo-en-terrenos-forestales/SEMARNAT
4.1. Del Reglamento de la LGDFS.
I. Acahual, vegetación secundaria nativa que surge de manera espontánea en terrenos preferentemente forestales que estuvieron bajo uso agrícola o pecuario en zonas tropicales y que: a) En selvas altas o medianas, cuenta con menos de quince árboles por hectárea con un diámetro normal mayor a veinticinco centímetros, o bien, con un área basal menor a cuatro metros cuadrados por hectárea, y b) En selvas bajas, cuenta con menos de quince árboles por hectárea con un diámetro normal mayor a diez centímetros, o bien, con un área basal menor a dos metros cuadrados por hectárea;
4.2. ¿QUE ES EL ETJ? Es el documento que el interesado presenta ante la autoridad, para demostrar la factibilidad de la autorización del cambio de uso de suelo en terrenos forestales por excepción (Art. 117 Ley derogada; Art. 93 nueva Ley). Articulo 117. La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. Estos estudios se deberán considerar en conjunto y no de manera aislada. … Artículo 93. La Secretaría autorizará el cambio de uso de suelo en terrenos forestales por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos cuyo contenido se establecerá en el Reglamento, los cuales demuestren que la biodiversidad de los ecosistemas que se verán afectados se mantenga, y que la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación se mitiguen en las áreas afectadas por la remoción de la vegetación forestal. …
6.1. Elaboración del ETJ (Art. 121 para cumplir con el artículo 93 de la LGDFS.
Clima, Geología, Topografía, Tipo de suelo, Estado de conservación del suelo, Hidrología superficial y subterránea.
Describir la metodología utilizada para la toma de datos del inventario flora y fauna. Vegetación: Tipo de vegetación, Caracterización de la vegetación, estado de conservación de la misma, análisis de diversidad de la vegetación por estrato registrado. Fauna: Caracterización de la fauna, listado por grupo de fauna, análisis de diversidad por grupo de fauna.
Determinación de la existencia o inexistencia de tierras frágiles, Ubicación georreferenciada de tierras frágiles.
Art. 7 LGDFS fracción LXI. Servicios ambientales.
Flora y fauna
Estimación de la erosión del suelo potencial, actual y con medidas de prevención y/o mitigación.
Estimación de la infiltración y escurrimiento, con proyecto, sin proyecto y con medidas de prevención y mitigación.
Prestador de servicios técnicos (copia del RFN), Colaboradores o participantes, Firmas
Estimación de los costos de: Las actividades de reforestación. La implementación de las obras de conservación de suelo. La implementación de las actividades de mantenimiento.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Convenios o tratados internacionales. Planes de Desarrollo en sus diferentes niveles (PND, PDU, PMD, etc. Leyes y sus Reglamentos (Federales, Estatales y Municipales) Normas Oficiales Mexicanas.