




















































































Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Son las normas de la universidad
Tipo: Tesis
1 / 92
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
(Aprobadas por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 2006-07-635 de Fecha 25-04-2006)
Dr. Luís Enrique Gallardo Rector
Dr. Ramón Galindo Vicerrector Académico
Dr. Gustavo Buitrago Vicerrector Administrativo
Dra. Alix Bautista Secretaria
pp. INTRODUCCIÓN …………………………………………………………………………... 6
CAPÍTULOS I. DISPOSICIONES GENERALES ………………………………………… 7 II. DE LA DEFINICIÓN DEL TRABAJO DE ESPECIALISTA TÉCNICO, TRABAJO ESPECIAL DE GRADO, TRABAJO DE GRADO Y TESIS DOCTORAL…………………………………………………………………… 8 III. DE LA NATURALEZA DE LOS TRABAJOS DE ESPECIALISTA TÉCNICO, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES…………………………………….. 8 De la Investigación de Campo………………………………………….. 9 De la Investigación Documental…………………………………... 10 De los Proyectos Factibles…………………………………………. 11 De los Proyectos Especiales……………………………………….. 11 De las otras Modalidades para los Trabajos de Especialista Técnico y Especial de Grado……………………………………………… 12 IV. DE LOS ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS PARA TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES………………………………………… 13 V. DE LAS COMISIONES TÉCNICAS DE TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES……………………………………………………………… 18 VI. DE LOS TUTORES…………………………………………………………… 19 VII. DE LA PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORAL……………………………………………………………. 21 VIII. DEL JURADO EVALUADOR…………………………………………………… 22 IX. DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE ESPECIALISTA TÉCNICO, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES……………………………………………... 24 De las Páginas Preliminares………………………………………………… 24 Del Texto………………………………………………………………………... 27 De los Materiales de Referencia……………………………………………. 30 X. DE LAS CITAS Y NOTAS……………………………………………………….. 31
Evaluación Cualitativa de la Versión Preliminar del Trabajo de Grado (Maestría)………………………………………………………. 58 Evaluación Cualitativa de la Presentación Oral del Trabajo de Grado (Maestría) ……………………………………………………... 64 Revisión del Trabajo de Grado (Proyecto Factible)………………………. 66 Revisión del Trabajo de Grado (Trabajo de Campo)…………………… 75 Revisión del Trabajo Especial de Grado (Monografía)…………………. 83 Instrumento de Evaluación del Trabajo Especial de Grado……………. 88
El Consejo Universitario, en uso de la atribución conferida en el numeral 10, del Artículo 5, del Reglamento General de la Universidad dicta las siguientes:
NORMAS PARA LA ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE TRABAJOS TÉCNICOS, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1: Las siguientes disposiciones establecen las condiciones, procedimientos y criterios exigidos por la UNERG para la elaboración y presentación de los Trabajos de Especialista Técnico, Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Grado de Maestría y Tesis Doctorales, a los cuales hacen referencia los artículos 98 al 125, contenidos en los capítulos I, II, III y IV, del Título V del Reglamento de Estudios de Postgrado de esta Universidad.
ARTÍCULO 2: El Trabajo de Especialista Técnico, el Trabajo Especial de Grado, el Trabajo de Grado y la Tesis Doctoral constituyen un requisito terminal en la formación del aspirante al grado de Especialista Técnico, Especialista, Magíster o Doctor, respectivamente.
ARTÍCULO 3: El Trabajo de Grado y la Tesis Doctoral requerirán de la elaboración, presentación, defensa y aprobación de los mismos ante un jurado evaluador, conforme a los lapsos señalados en los artículos 101 y 102 del Reglamento de Estudios de Postgrado vigente.
ARTÍCULO 4: El Trabajo de Especialista Técnico y el Trabajo Especial de Grado comprenderán la elaboración, presentación y aprobación del mismo ante un jurado calificador. Su presentación y aprobación deberá cumplirse en un plazo máximo de tres (03) años para el Especialista Técnico, y cuatro (04) años para el Especialista, contados a partir del inicio de los estudios correspondientes. ARTÍCULO 5: Los Trabajos de Especialista Técnico, Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Grado y Tesis Doctorales deben ser el producto de una investigación o estudio en forma personal e individual del aspirante, que representen, por su metodología, contenido, enfoque y desarrollo, un aporte significativo al conocimiento del tema, y demostrar independencia de criterio intelectual y científico.
ARTÍCULO 6: Los estudiantes deben preparar su Trabajo de Especialista Técnico, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado o Tesis Doctoral con la asesoría de un Tutor designado conforme a los procedimientos y requisitos establecidos en el Reglamento de Estudios de Postgrado de la UNERG. Sin embargo, tanto la selección del tema como la conceptualización, diseño y ejecución del proyecto son de entera responsabilidad del estudiante.
ARTÍCULO 7: El Trabajo de Especialista Técnico debe demostrar el desarrollo de habilidades y destrezas o el manejo instrumental de los conocimientos adquiridos por el aspirante o la aspirante en la respectiva área del saber. Su presentación y aprobación deberá cumplirse en un plazo máximo de tres (03) años, contados a partir del inicio de los estudios correspondientes.
ARTÍCULO 8: El Trabajo Especial de Grado debe ser el resultado de la aplicación de los conocimientos y tecnologías adquiridos por el aspirante o la aspirante durante sus estudios para propiciar innovaciones y mejoras en las distintas áreas del saber. Su presentación y aprobación deberá cumplirse en un plazo máximo de cuatro (04) años a partir del inicio de los estudios correspondientes.
ARTÍCULO 9: El Trabajo de Grado de Maestría consiste en un estudio altamente reflexivo y científico que demuestre la capacidad crítica, analítica, constructiva y el dominio técnico y metodológico de los métodos de investigación propios del área de conocimiento respectivo, sustentados con independencia de criterios en la solución de problemas reales que contribuyan al desarrollo científico, humanístico y tecnológico del país. Su presentación y aprobación deberá cumplirse en un plazo máximo de cuatro (04) años contados a partir del inicio de los estudios correspondientes.
ARTÍCULO 10: La Tesis Doctoral debe constituir un aporte original relevante a la ciencia, la tecnología, o a las humanidades, y reflejar la formación humanística y científica del autor. La tesis deberá ser preparada expresamente para la obtención del grado de Doctor o Doctora, bajo la dirección de un tutor y se presentará en un plazo máximo de cinco (05) años contados a partir del inicio de los estudios correspondientes. La defensa y aprobación de la misma se hará mediante un examen público y solemne conforme a lo establecido en la Ley y demás disposiciones.
ARTÍCULO 11: El Trabajo de Especialista Técnico, el Trabajo Especial de Grado, el Trabajo de Grado y la Tesis Doctoral son trabajos inéditos que deben ser presentados en idioma castellano y no pueden ser utilizados para optar a otro (s) grado (s) académico (s).
CAPÍTULO III DE LA NATURALEZA DE LOS TRABAJOS DE ESPECIALISTA TÉCNICO, TRABAJOS ESPECIALES DE GRADO, TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES
ARTÍCULO 12: Los Trabajos de Especialista Técnico, Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Grado de Maestría y las Tesis Doctorales pueden realizarse siguiendo cualquiera de los paradigmas o enfoques de investigación propios de la
d) Evaluativo e) Interpretativo f) Reflexivo-crítico
ARTÍCULO 17: El ámbito de la investigación, en cuanto al número de unidades de datos, debe justificarse en función de los objetivos del trabajo a desarrollarse y la posibilidad real que tiene el estudiante de recolectar la información en el tiempo exigido para el desarrollo y presentación de los Trabajos de Especialista Técnico, Trabajos de Grado de Especialización, de Maestría o de Tesis Doctoral.
ARTÍCULO 18: Según el problema y las disciplinas en las cuales se ubique la temática del estudio, el diseño de la Investigación de Campo puede ser de tipo: a) Experimental, cuasi experimental o ex post-facto. b) Encuesta, panel, estudio de casos o estudio censal. c) Investigación-acción, investigación sobre la práctica, investigación participante; estudios etnográficos, etnometodológicos, holísticos, biográficos, fenomenológicos, de análisis sistémico, de análisis de contenido; otros diseños de investigación dentro de los enfoques cualitativo, interpretativo, de crítica social u otros enfoques emergentes. d) Estudios de costo - beneficio, y de costo – efectividad. e) Prueba de modelos estadísticos, econométricos y matemáticos en general. f) Estudios lingüísticos, geográficos y otros propios del campo de la especialidad. PARÁGRAFO ÚNICO: El estudiante, con la asesoría del tutor, seleccionará el enfoque y diseño apropiado, tomando como referencia las características del problema a estudiar, los objetivos de la investigación y la naturaleza de la disciplina en la cual se ubique; así como también su perspectiva sobre el avance del conocimiento en el área de su especialidad y los modos de aproximarse al estudio de la realidad. Parte Segunda De la Investigación Documental
ARTÍCULO 19: Se entiende por Investigación Documental el estudio de problemas con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su naturaleza, con apoyo, principalmente, en fuentes bibliográficas y documentales. La originalidad de este estudio se refleja en el enfoque, criterios, conceptualizaciones, conclusiones y recomendaciones propias del autor. Según los objetivos del estudio propuesto y la disciplina en la cual se ubique su temática estos trabajos pueden ser: a) Estudios de desarrollo teórico: presentación de nuevas teorías, conceptualizaciones o modelos interpretativos originales del autor, a partir del análisis crítico de la información empírica y teorías existentes.
b) Revisiones críticas del estado del conocimiento: integración, organización y evaluación de la información teórica y empírica existente sobre un problema, focalizando ya sea en el progreso de la investigación actual y las posibles vías para su solución, en el análisis de la consistencia interna y externa de las teorías y conceptualizaciones para señalar sus fallas o demostrar la superioridad de unas sobre otras, o en ambos aspectos. c) Estudios comparados: análisis de semejanzas, diferencias y tendencias sobre características o problemas de la temática de cada programa tomando en consideración la realidad social, política, económica, cultural, ambiental, etc., con fundamento en información publicada. d) Estudios de investigación histórica, literaria, matemática, médica, educativa, y otros propios de las especialidades de los programas de postgrado que ofrece la institución, que cumplan con lo establecido en el numeral anterior.
ARTÍCULO 20: Según la especialidad del postgrado, los trabajos de investigación con base documental se elaborarán tomando en consideración los objetivos del estudio propuesto en los cuales se ubique la temática. Parte Tercera De los Proyectos Factibles
ARTÍCULO 21: El Proyecto Factible consiste en elaborar una propuesta de un modelo operativo viable, o una solución factible a un problema de tipo práctico, para satisfacer necesidades de una institución o grupo social. La propuesta debe tener apoyo en una investigación de campo, o en una investigación de tipo documental; y puede referirse a la formulación de políticas, programas, tecnologías, métodos o procesos.
ARTÍCULO 22: El Proyecto Factible comprende las siguientes etapas: diagnóstico, planteamiento y fundamentación teórica de la propuesta, procedimiento metodológico, actividades y recursos necesarios para su ejecución, análisis y conclusiones sobre la viabilidad y realización del proyecto; y en caso de su desarrollo, la ejecución de la propuesta y la evaluación tanto del proceso como de sus resultados.
ARTÍCULO 23: Los Trabajos de Grado de Especialista Técnico, Trabajo Especial de Grado y Trabajos de Grado en esta modalidad, deben abarcar la formulación y demostración de la factibilidad del proyecto indicado en el artículo anterior; mientras que la Tesis Doctoral debe cubrir, además, las etapas de ejecución y evaluación del proyecto.
Parte Cuarta De los Proyectos Especiales
ARTÍCULO 24: La modalidad de Proyectos Especiales permite la elaboración de Trabajos de Especialista Técnico, Trabajos de Grado de Especialización, de Maestría y
d) Recopilaciones acerca de un tema o sobre la obra de un autor, que conlleven un esfuerzo original de análisis, organización y síntesis del material. e) Otras que se establezcan en los diseños curriculares de los programas.
ARTÍCULO 29: Los Informes de Proyectos Acción resultan de actividades de intervención, cambio e innovación en organizaciones y sobre situaciones reales; conceptualización y formulación de soluciones; acción sobre la realidad; evaluación de resultados; reflexión y análisis de las experiencias; aportes para la consolidación de modelos teóricos o para la reformulación y enriquecimiento de estructuras organizativas, objetivos, programas, procesos, métodos, recursos o cualquier otro aspecto de la realidad.
ARTÍCULO 30: Las Memorias de Pasantías son el resultado de una actividad de práctica profesional en roles y contextos organizacionales y sobre situaciones reales, bajo la supervisión de la Institución. Están sustentadas en los procesos de: observación, acopio y registro de información, análisis reflexivo y crítico sobre la realidad y los problemas confrontados, así como también sobre la propia actuación del estudiante; interpretación y síntesis de las experiencias a la luz del conocimiento teórico adquirido en el programa correspondiente; y visualización de acciones para contribuir a la solución de problemas y al mejoramiento cualitativo de la práctica en sus procesos y resultados.
CAPÍTULO IV DE LOS ANTEPROYECTOS Y PROYECTOS PARA TRABAJOS DE GRADO Y TESIS DOCTORALES
ARTÍCULO 31: Cuando el participante de un programa de Especialización Técnica o de Especialización haya cursado y aprobado la asignatura Metodología de la Investigación presentará el Anteproyecto de Especialización Técnica o de Especialización según sea el caso ante la Comisión Técnica de Trabajo de Grado del programa respectivo, en un lapso no mayor a diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de culminación del período académico en el que cursa dicha asignatura. PARÁGRAFO PRIMERO: El facilitador de la asignatura Metodología garantizará que el Anteproyecto se circunscriba a alguna de las líneas de trabajo del programa y que cumpla con los criterios de coherencia, pertinencia, relevancia y vigencia. PARÁGRAFO SEGUNDO: La aprobación del Anteproyecto constituye un requisito para inscribirse en la asignatura Seminario de Trabajo Técnico o Seminario de Trabajo Especial de Grado, según sea el caso.
ARTÍCULO 32: Una vez que el participante de un programa de Maestría haya cursado y aprobado Seminario II o Proyecto II, inscribirá el Anteproyecto de Trabajo de Grado ante la Comisión Técnica de Trabajo de Grado respectiva, en un lapso no mayor a diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de culminación del período académico en el que cursó dicha unidad curricular.
PARÁGRAFO PRIMERO: El facilitador de Seminario II o Proyecto II velará por que el Anteproyecto se ajuste al diseño de investigación seleccionado, cumpla con los criterios de pertinencia, coherencia, vigencia y relevancia, y se enmarque en alguna de las líneas de investigación definidas en el programa.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La aprobación del Anteproyecto de Trabajo de Grado es un requisito para cursar la asignatura Seminario III o Proyecto III y para la presentación del Proyecto de Trabajo de Grado ARTÍCULO 33: Cuando el participante del programa Doctoral haya cursado y aprobado el equivalente a 8 U.C., inscribirá el Anteproyecto de Tesis Doctoral ante la Comisión Técnica del Doctorado, un lapso no mayor a treinta (30) días hábiles una vez cursadas dichas unidades curriculares. Corresponde al Consejo de Estudios de Postgrado definir sobre la excepción de esta norma en los casos que a su juicio lo justifiquen. PARÁGRAFO PRIMERO: El Anteproyecto de Tesis Doctoral debe estar enmarcado dentro de las líneas de investigación establecidas por el programa. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las normas e instructivo para presentar los anteproyectos y proyectos de Tesis Doctoral estarán definidas en el programa Doctoral respectivo. ARTÍCULO 34: El esquema de los Anteproyectos para Trabajos de Especialista Técnico, Trabajos Especiales de Grado y Trabajos de Grado, se ajustará al diseño de investigación seleccionado y tendrá la siguiente estructura: a) Título tentativo. b) Carta de presentación del tutor. c) Delimitación del objeto de investigación. d) Alcances de la investigación. e) Formulación de objetivos. f) Elementos teóricos que sustentan la investigación. g) Vías metodológicas para el desarrollo de la investigación. h) Referencias bibliográficas. i) Currículum vitae del tutor. PARÁGRAFO ÚNICO: El Anteproyecto tendrá una extensión aproximada de veinte (20) páginas y su presentación se ajustará a lo establecido en los capítulos IX, X y XI de las presentes Normas.
ARTÍCULO 35: Cuando el participante de un Programa de Especialización Técnica o de Especialización haya cursado y aprobado el Seminario de Trabajo de Especialización Técnica o el Seminario de Trabajo Especial de Grado, según sea el caso, inscribirá el Proyecto de Trabajo de Especialista Técnico o el de Especialización ante la Comisión Técnica de Trabajo de Grado respectiva, en un lapso no mayor de diez (10) días hábiles a la fecha de culminación de la mencionada unidad curricular.
PARÁGRAFO ÚNICO: El proyecto de Tesis Doctoral deberá ser presentado siguiendo las normas definidas para tal fin en el Programa Doctoral respectivo.
ARTÍCULO 39: La página del título debe contener:
ARTÍCULO 40: La página de la constancia de aceptación del tutor debe indicar que ha leído el contenido del Anteproyecto o del Proyecto según sea el caso, y que está dispuesto a asumir la tutoría del estudiante. (Ver modelo en anexo A-2).
ARTÍCULO 41: El índice de contenido es una relación de los títulos, y de las secciones y sub- secciones del trabajo. Los títulos deben ir en negritas y los sub-títulos correspondientes en minúscula. (Ver modelo en anexo A-3)
ARTÍCULO 42: El resumen es una exposición corta y clara del tema seleccionado, de la metodología que se propone seguir y de los aportes e importancia del trabajo. No debe exceder trescientas (300) palabras escritas a un espacio. (Ver modelo en anexo A-4).
ARTÍCULO 43: El texto del anteproyecto y del proyecto se compone de una serie de secciones y sub-secciones organizadas para presentar, en forma ordenada, la información relativa a los aspectos señalados en los artículos 33 y 37 de este Normativo, con un estilo similar al utilizado en la preparación de artículos para revistas especializadas.
ARTÍCULO 44: La organización de los encabezamientos, la elaboración de citas y notas, el registro de referencias bibliográficas y la transcripción del texto, deberán seguir las especificaciones contenidas en las presentes Normas.
ARTÍCULO 45: La lista de referencias incluye las fuentes que han sido citadas en el Trabajo. Esta lista se presenta ordenada alfabéticamente según el criterio de autoría, siguiendo las normas internacionales (APA, VANCOUVER, entre otras).
ARTÍCULO 46: Como anexos al Proyecto, se podrá incluir información adicional que sirva para ampliar o apoyar alguno de los puntos tratados en el texto: instrumentos de investigación, glosario, encuestas, datos estadísticos u otros, a criterio del autor, siempre y cuando no exceda el límite de páginas establecidas para el proyecto.
ARTÍCULO 47: Los Proyectos deben ser consignados ante la Comisión de Trabajos de Grado del Programa de Postgrado al cual pertenece, en cuatro (04) ejemplares, con la constancia de aceptación del Tutor y el comprobante de cancelación de los derechos de tramitación (aranceles correspondientes). Las copias del proyecto se distribuyen así:
ARTÍCULO 48: Cuando el tutor propuesto no pertenezca a la planta profesoral de postgrado de la UNERG (ordinarios o contratados), los proyectos se deben acompañar de un resumen del currículum vitae del mismo.
ARTÍCULO 49: Una vez entregadas las copias del Proyecto, el Coordinador del Programa de Postgrado, según sea el caso, debe remitir las mismas a los miembros restantes de la Comisión, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles para su evaluación. En el oficio de envío se debe indicar la fecha en que se reunirá la Comisión para considerar el proyecto. El resultado debe ser comunicado por escrito al estudiante, en un lapso no mayor de treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de consignación de la documentación referida en el artículo 47.
ARTÍCULO 50: En la evaluación de los proyectos se considerarán los siguientes aspectos:
a) Pertinencia del tema con las líneas de investigación del Programa. b) Relevancia del tema por los aportes al desarrollo social, científico e institucional en el área de estudio. c) Vigencia en relación con la actualidad y contemporaneidad tanto en lo referente al debate teórico-metodológico actual en la ciencia como al desarrollo local, regional y nacional. d) Coherencia entre la fundamentación epistemológica, las bases teóricas y las alternativas metodológicas seleccionadas. e) Pertinencia y vigencia de la revisión de la literatura en relación con los objetivos del estudio. f) Pertinencia de la estrategia metodológica propuesta con relación al problema y a los objetivos del estudio. g) La claridad formal del lenguaje, la corrección gramatical y la coherencia del estilo. h) La factibilidad del proyecto en función del tiempo y de los recursos con que cuenta el estudiante.
ARTÍCULO 51: Si a juicio de la Comisión de Trabajo de Grado, el proyecto requiere ser reformulado o modificado, el estudiante debe presentar una nueva versión, en
ARTÍCULO 58: En cada programa de postgrado funcionará una Comisión Técnica de Trabajo de Grado y/o Tesis Doctoral designada por el Consejo de Estudios de Postgrado, para apoyar a los diferentes programas de Postgrado de la Universidad Rómulo Gallegos y con orientación para la elaboración de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales. Dicha comisión estará integrada como mínimo por el Coordinador de programa de postgrado, quien la presidirá; un asesor metodológico y el coordinador de la línea de investigación en la cual se haya inscrito el trabajo.
ARTÍCULO 59: Las Comisiones tendrán las siguientes funciones:
Asistir al participante en la solución de cualquier problema técnico que se le presente en el desarrollo de su trabajo de investigación. Velar por el cabal cumplimiento de los criterios, normas y procedimientos para la elaboración, presentación y evaluación de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales, aprobados por el Consejo Universitario de la Universidad Rómulo Gallegos. Revisar los anteproyectos, proyectos y versiones preliminares de Trabajos de Grado y Tesis Doctorales y realizar las observaciones necesarias, tomando en consideración los siguientes criterios: pertinencia, relevancia, vigencia y coherencia. Aprobar los anteproyectos y proyectos de investigación de Trabajos de Grado y Tesis Doctoral. Elaborar los diferentes instrumentos necesarios para el proceso de evaluación de los anteproyectos, proyectos de investigación, la versión preliminar, y defensa de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales. Orientar al participante en la elección de la temática de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales brindándole información sobre: Áreas y líneas de investigación definidas en cada programa de Postgrado. Programas de investigación existentes en el Postgrado y en la Universidad. Conformar registro actualizado de los profesionales que reúnan las condiciones de acuerdo a la naturaleza del programa, sus características particulares y/o perfil de docente-investigador requerido para ser designados como asesores, tutores y jurados evaluadores de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales. Informar al Consejo de Estudios de Postgrado sobre los anteproyectos, proyectos y versiones preliminares inscritos, aprobados y no aprobados.
Asistir al Decanato de Postgrado de la Universidad en la programación y logística para la presentación y defensa de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales. Proporcionar a los participantes de la información requerida para el uso de los servicios de biblioteca, centros de información y documentación, procesamiento de datos, etc. y, en general, de todos aquellos recursos que puedan ser utilizados por los participantes para la elaboración de los Trabajos de Grado y Tesis Doctorales.
ARTÍCULO 60: En la concepción y desarrollo del Trabajo de Especialista Técnico, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado o Tesis Doctoral, el estudiante es asesorado por un tutor calificado en el campo al cual corresponda el tema objeto de estudio. Para la designación de los tutores, según sea el caso, se requiere: a) El cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento de Estudios de Postgrado, Capítulo II, Título V, Artículos 103 y 104, además de las indicadas en el Artículo 66 de este Normativo. b) La aceptación por escrito del tutor, de asesorar el proyecto de investigación de Especialista Técnico, Especialista, Magíster o Doctor, según sea el caso, y consignarla ante el Coordinador del Programa de Postgrado, quien la presentará al Director Académico de Postgrado. La aceptación deberá ser explícita en cuanto al compromiso que se asume de asesorar al estudiante hasta el momento de la evaluación y/o defensa del Trabajo de Especialista Técnico, Trabajo Especial, Trabajo de Grado de Maestría o Tesis Doctoral. c) La aprobación en primera instancia por parte de la Comisión de Trabajo de Grado del Programa correspondiente en el caso de los Trabajos de Grado. d) La aprobación en primera instancia de la Comisión Técnica del Doctorado, en el caso de Tesis Doctoral. e) La aceptación y aprobación del tutor propuesto será elevada por el Director Académico ante el Consejo de Estudios de Postgrado en forma escrita.
ARTÍCULO 61: Cuando por circunstancias de fuerza mayor, un tutor deba ser sustituido, se debe seguir nuevamente el procedimiento para el nombramiento del sustituto, según el Artículo 106 del Reglamento de Estudios de Postgrado de esta Casa de Estudios.
ARTÍCULO 62: Aprobado el proyecto, el cronograma de actividades a cumplir deberá ser respetado por el Tutor y el estudiante. Copia del mismo será entregada al Coordinador del programa respectivo, en el momento de la notificación de aprobación del proyecto.