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Orientación Universidad
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Derecho Internacional Público: Relevancia e Integración, Ejercicios de Derecho

Una actividad integradora para la asignatura "internacionalización del derecho en su ámbito público" de la licenciatura en derecho de la universidad abierta y a distancia de méxico (unadm). La actividad se centra en analizar la relación entre el derecho interno del estado mexicano y el derecho internacional público, explorando conceptos como la definición del derecho internacional público, su evolución histórica, y la aplicación de la convención de viena sobre el derecho de los tratados. El documento incluye ejercicios y preguntas para estimular la reflexión y el análisis crítico sobre la temática.

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 28/02/2025

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UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO.
DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS.
LICENCIATURA EN DERECHO.
MODULO 14
Internacionalización del derecho en su ámbito público.
UNIDAD 1
Internacionalización del derecho en su ámbito público.
SESIÓN 1
Naturaleza del Derecho Internacional Público.
ACTIVIDAD INTEGRADORA
Relevancia del Derecho Internacional.
DOCENTE:
Mtra. Martha Elena Córdoba Roldan.
ALUMNO (A):
Gloria Alejandra Osorio Cerino
MATRICULA:
ES202110618
FECHA DE ENTREGA:
29 DE AGOSTO DE 2022
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¡Descarga Derecho Internacional Público: Relevancia e Integración y más Ejercicios en PDF de Derecho solo en Docsity!

UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO.

DIVISIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS.

LICENCIATURA EN DERECHO.

MODULO 14

Internacionalización del derecho en su ámbito público.

UNIDAD 1

Internacionalización del derecho en su ámbito público.

SESIÓN 1

Naturaleza del Derecho Internacional Público.

ACTIVIDAD INTEGRADORA

Relevancia del Derecho Internacional.

DOCENTE:

Mtra. Martha Elena Córdoba Roldan.

ALUMNO (A):

Gloria Alejandra Osorio Cerino

MATRICULA:

ES

FECHA DE ENTREGA:

29 DE AGOSTO DE 2022

Actividad 1. El Derecho Internacional Público y su relación con el Derecho

interno de los Estados.

El Derecho Internacional consiste en el conjunto de leyes que dirigen y administran

las relaciones de los sujetos de la comunidad internacional. De ellas, las relaciones

de los Estados han resultado ser un tema complejo, debido a que la Carta Magna de

cada nación hace que sus vínculos sean dinámicos y diversos.

Con el propósito de analizar las relaciones entre el Derecho Interno del Estado

mexicano y el Derecho Internacional Público, elabora la siguiente actividad.

  1. Lee en el texto de apoyo los apartados “Definición del Derecho Internacional

Público” hasta el subtema “Sociedad internacional y comunidad

internacional”.

Actividad complementaria: Envíe un resumen de la parte correspondiente.

Contenido de un resumen: Brevedad y claridad del tema. Visión general

sobre el mismo. Descripción objetiva. Síntesis de los datos más relevantes.

Derecho Internacional Público

Para que se pueda hablar y comprender lo que es el Derecho Internacional

Público como lo estudiamos en esta primera sesión debemos definirlo como

el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones internacionales y

toda interacción entre dos o más Estados u organismos internacionales,

profundizando más en el tema e investigando un poco encontramos que el

Derecho Internacional ha existido desde tiempos muy antiguos y que ha

regulado las relaciones entre los ciudadanos romanos y los denominados

bárbaros, esto es, los ciudadanos de aquellos pueblos que no se

encontraban bajo el dominio de Roma.

Grocio, fue el fundador del Derecho Internacional, además de ser el autor de

“Del Derecho de la Guerra y de la Paz” de 1625, esto fue el primer estudio

sobre la Guerra, y donde se hablaba de las relaciones de paz.

comunidad internacional; es decir, elaboradas por sus propias fuentes

fundamentadas en tratados y costumbres.

El Derecho Internacional Público, es transversal, inter y multidisciplinar con

respecto a las áreas del Derecho y con otras ciencias. Bajo estos supuestos,

las personas físicas y morales se obligan como sujetos secundarios; esto es,

se hallan como Estados o sujetos directos, lo que es incorrecto, toda vez que

la elaboración de leyes y tratados internacionales corre a cargo del

consentimiento de Estados en concordancia con sus estatutos internos.

El sistema internacional es un sistema jurídico específico diferente del que

rige dentro de los Estados. Su carácter específico deriva de los sujetos a los

que se aplica y de la ausencia de órganos centralizados. El derecho

internacional tiene como sujeto, a entidades muchas veces muy complejas

como son por ejemplo los Estados, que tienen entre sí muchas diferencias en

lo que se refiere a su nivel de desarrollo económico, social y cultural; es decir,

el derecho interno tiene como sujetos a los individuos y a las personas

morales, entidades menos complejas que el conjunto de Estados que

interactúan en las relaciones internacionales.

En las relaciones internacionales se carece de órganos que centralicen la

función legislativa, ejecutiva y judicial como sucede en el interior de los

Estados. No existen órganos que tengan como función el hacer el derecho,

ejecutarlo o que tengan el monopolio de la jurisdicción internacional; más

bien son los mismos sujetos del derecho internacional quienes crean el

derecho, aplican el derecho, muchas veces en forma coactiva, y son ellos

también quienes deciden si se someten o no a la jurisdicción internacional.

Ha sido difícil por tofo esto que se determinen las normas que regulan al

Derecho Internacional Público y comprender las relaciones con el Estado,

todo esto crea la incertidumbre de hasta qué punto es por obligatoriedad que

se deban cumplir dichas normas y como pueden dejarse sin efecto , pero en

el Derecho Internacional público se regulan muchas de estas normas por la

Convención de Viena, y desde esta convención en adelante se han seguido

aplicando convenciones en los continentes que crean tratados

internacionales. Estas normas obligan a los Estados a cumplir los pactos y

tratados realizados.

Según lo que podemos estudiar México forma parte de la Convención de

Viena y aun que tiene su propio sistema jurídico que se refiere a su Derecho

Interno el cual se refiere a las leyes creadas en su congreso de la Unión y su

propia Constitución, en cuanto a los tratados internacionales es donde será

regido por las leyes de la Convención de Viena en esta convención en su

Artículo 27 prohíbe que los estados usen sus leyes internas (Derecho Interno)

para la defensa o incumplimiento de los tratados Internacionales Su artículo

27 regula que “una parte no podrá invocar las disposiciones de su Derecho

interno como justificación del incumplimiento de un tratado”; todo esto será a

reserva del Articulo 46 de la Misma Convención que faculta a los Estados

para utilizar su Legislación interna si es que existe una violación que dañe al

derecho interno de ese estado.

  1. Esquematiza la relación que establece el Estado mexicano con el Derecho

Internacional, conforme a la exposición presentada en el texto de apoyo.

  1. Espera a que tu docente en línea haga la asignación del tema de estudio.

Realiza una línea del tiempo a partir del Ius Gentiun Romano y su evolución,

hasta el Siglo XVI aparece el derecho internacional público a la actualidad.

 Desmembramiento del sacro

imperio -romano (ius Gentium),

 Renacimiento

 La paz de Westfalia

 Instituciones de neutralidad

 Tratados de Utrecht

 Tratado con el que se inicia el

derecho de Ginebra)

 Revolución Francesa

(aportaciones al Derecho

Internacional Público)

 Guerras Napoleónicas

 Congreso de Viena

(aportaciones)

 Santa Alianza

 Primera guerra Mundial

 Segunda Guerra Mundial

  1. A partir de dicho tema, responde las siguientes preguntas:

 ¿Cuál es la posición en la que se coloca el Derecho de Gentes?

Como hemos estado estudiando el Derecho de Gentes es un preámbulo para

e Derecho Internacional en si pues el Derecho de Gentes se manejó de

manera Interna en Roma siendo este un antecesor del Derecho Internacional

Público, son los principios que se tomaron en cuenta a mi punto de vista para

poder ir desarrollando las normas que si regulan de manera Internacional a

los países Hoy en día a través de los tratados.

 ¿Las disposiciones del Derecho Internacional tienen relación directa del

Estado con los ciudadanos? Justifica tu opinión.

Tienen relación con los ciudadanos al hacer valer sus derechos o garantías,

pero por medio de los tratados internacionales que se firman para

salvaguardar las garantías de los individuos en cada país, pero no tienen una

relación directa con los ciudadanos si no con las acciones que se realizan de

manera internacional con los países los sujetos de Derecho Internacional son

los Estados que firman los tratados para regular la paz entre ellos sin

embargo si el Derecho Internacional.

Trasgrede los ordenamientos jurídicos internos puede ser utilizado el sistema

Jurídico interno para debatir en que se está perjudicando según lo dice la

Convención de Viena.

 ¿Las leyes presentadas son imperativas o dispositivas? Argumenta tu

respuesta.

Al firmar los Convenios internacionales como en el Caso de México hay un

compromiso de hacer imperativas las leyes presentadas respetando los

convenios y tratados en los que los Estados son firmantes.

La mayoría es dispositiva, pero cuando se habla de Derecho Internacional

Público es particular, y cuando se refiere al Derecho Internacional Público, en

Ese planteamiento de Estado Liberal involucra por primera vez la so

popular. Se le legitimidad y codificación al DIP. Se ratifica la igualdad

los Estados.

Universal de los Derechos

del Hombre se produce la

Revolución Francesa en

James Monrroe 5º Presidente de USA que propone la no intervenció

y América en el congreso de Viena.

En 1810 se inicia la

Revolución Americana en

Caracas

En que se establecieron normas sobre el uso de la fuerza por los Es

usos de los buenos oficios, la mediación y el arbitraje.

Conferencias de Paz de La

Haya de 1899 y 1907

Nace la Liga de las Naciones.

Termina la primera guerra

mundial en 1918 – 1919

con el tratado de Versalles.

Nace la ONU, representando el acontecimiento más resaltante para

Surge la segunda guerra

mundial 1939 – 1945

En ella se suscriben la Convención sobre Asilo Territorial, la Conven

Asilo Diplomático y la Convención sobre el Fomento de las Relacion

Interamericanas.

La Décima Conferencia

Internacional Americana se

celebra en Caracas,

Venezuela en 1954.

Se han regulado aspectos que han sido retomados en el sistema uni

lo son: el Principio de la No Intervención, la Solución Pacífica de las

Controversias, la Igualdad Jurídica entre Nacionales y Extranjeros pa

goce de los Derechos Civiles, la regulación de Instituciones como la

el Asilo.

Siglo XIX

Conceptos de Plataforma Continental y de Mar Patrimonial.

Últimas décadas del siglo

XIX

general, son imperativas, como lo regulan los artículos 53, 64 y 71 de la

Convención de Viena.

 ¿Qué teorías consideras las más apropiadas para explicar las relaciones y

diferencias entre el derecho interno y el Derecho Internacional?

Para nuestro país considero más apropiado explicar que es una teoría

monista Nacionalista ya que se basa en decir la teoría monista que el orden

normativo debe ser uno solo y que hay independencia entre lo nacional y lo

internacional para explicar que nuestro país se rige por una teoría

Nacionalista basta con decir que el sistema Interno estará por encima del

Internacional pero respetando los convenios y tratados también estipulado

por la constitución de nuestro país.

requerían seguridad

y estabilidad

económica; por ello,

se dieron a la tarea

de buscar y firmar

alianzas, pactos y

convenios, con el fin

de mantener la paz y

resguardar sus

fronteras mediante el

envío de

embajadores a

países firmantes. Al

principio estos

acuerdos se

consideraban

divinidades

autorizadas por

Dios, en la

actualidad se

conocen como

tratados.

acuerdo de la

Pacificación de

Gante entre la

corona española y

los estados

generales de las

provincias de los

Países Bajos.

Mediante el edicto,

los firmantes se

comprometían a:

 Aceptar los

acuerdos

contenidos

en la

Pacificación

de Gante.

 Las

provincias

rebeldes

reconocían a

Felipe II

acuerdos se

consideraban

divinidades

autorizadas por

Dios, en la

actualidad se

conocen como

tratados.

poder regio llegó a

ser arbitrario y con

frecuencia opresor.

catolicismo de

las provincias

rebeldes;

 Los tercios

españoles,

italianos,

alemanes y

borgoñones

deberían

abandonar el

país veinte días

después de la

ratificación del

edicto por Felipe

II;

 Ambas partes

firmantes

renunciarían a

toda alianza

contraria al

edicto;

 Amnistía

como su rey y

Don Juan de

Austria como

su tutor.

 La vuelta al

catolicismo

de las

provincias

rebeldes. La

llegada del

archiduque

Matías con la

pretensión de

erigirse en

gobernador

de los Países

Bajos y la

utopía del

retorno al

catolicismo

de las

provincias

general.

Cristianismo)

reconocieron y

ampararon el

“principio de

igualdad legal de los

Estados”, sin

desigualdad y sin

objeto de religión o

forma de gobierno.

Tercera

(siglos XVIII

y XIX)

Estaba basada en la

existencia de una

comunidad

internacional.

Es la consecuencia

de la Revolución de

la Independencia de

los Estados Unidos,

de fecha 1776 y la

Revolución

Francesa de 1789”.

Se creó la Sociedad

de las Naciones, la

Corte Permanente

de Justicia

Internacional y la

Organización

Internacional del

Trabajo,

consolidando y

pregonando la paz.

Comunidad

Internacional.

La Corte Internacional

de Justicia, como

tribunal, y la

Organización de las

Naciones Unidas, con

el fin de acabar con los

efectos que había

dejado la Segunda

Guerra Mundial.

Cuarta

(siglo XX)

La consolidación

del Derecho

Internacional

Las leyes de

Derecho

Internacional, tales

La Doctrina Calvo y

la Doctrina Drago

cuyos fines son

Sociedad de las

Naciones Unidas

La codificación del

Derecho Internacional.

deviene de la

contribución de los

Estados americanos,

que han introducido

y ratificado leyes

valiosas y han sido

pioneros en materia

de cooperación y

coordinación

internacional.

como: el

reconocimiento de

la beligerancia; el

procedimiento de

conciliación

internacional y la

mejora al arbitraje.

prohibir los abusos

en las protestas

extranjeras; la

disminución y

limitación de los

armamentos.

Realice una investigación de los siguientes puntos y en un breve resumen explique

cómo se interrelacionan y su relevancia para el derecho internacional actual:

  1. Consecuencias jurídicas internacionales del ataque a las Torres Gemelas el

11 de septiembre en los Estados Unidos (en su caso instrumentos e

instituciones que surgieron como resultado del conflicto)

Desarrollo

El 11 de septiembre de 2001 como fue de conocimiento a nivel internacional tuvieron

lugar unos dramáticos ataques terroristas suicidas en Estados Unidos: cuatro

aeronaves comerciales de pasajeros fueron secuestradas, y tres de ellas fueron

lanzadas deliberadamente por los secuestradores contra las dos Torres Gemelas

del World Trade Center en Nueva York –los edificios más altos de la ciudad- y contra

la sede del Departamento de defensa –el conocido Pentágono -, en las afueras de la

capital estadounidense, Washington. Como consecuencia de la enorme violencia de

los ataques suicidas, se produjo el desplome de las Torres Gemelas y de los demás

rascacielos del World Trade Center, lo que conllevó la muerte de miles de personas

y una enorme conmoción en todo el mundo, al ser esta devastación retransmitida en

directo por televisión.

Fue decretado el cierre del espacio aéreo y de las fronteras terrestres de Estados

Unidos, la Bolsa de Nueva York permaneció cerrada durante varios días, y las

fuerzas armadas estadounidenses fueron puestas en estado de máxima alerta en

todo el mundo.

El carácter de los atentados y la procedencia de los terroristas centró desde el

principio las sospechas de su autoría en una organización de militantes islámicos

fundamentalistas llamada al-Qaeda (“La Base”), dirigida y financiada por el saudí

Osama bin Laden, y con bases y campos de entrenamiento en Afganistán gracias al

apoyo recibido del régimen talibán gobernante en ese país.

Los atentados fueron condenados enérgicamente por la comunidad internacional, y

provocaron un proceso generalizado de concienciación del peligro representado por

el terrorismo. Así, el Consejo de Seguridad de la ONU calificó esos actos como una

amenaza a la paz y la seguridad internacionales y, actuando en virtud del Capítulo

VII de la Carta de las Naciones Unidas, decidió que los Estados adoptaran todo tipo

de medidas para prevenir y reprimir las actividades terroristas -resolución 1373

(2001), de 28 de septiembre de 2001.

Por su parte, el Gobierno de Estados Unidos, con el apoyo de sus países aliados de

la Alianza Atlántica, se comprometió a liderar una guerra contra el terrorismo, y

envió fuerzas militares a Asia Central en preparación de una eventual acción de

represalia contra alQaeda que, en caso de no encontrar colaboración antiterrorista

en el régimen talibán, podría extenderse contra el propio Gobierno de Afganistán. En

esa línea, la OTAN invocó, por primera vez en su historia, el artículo 5 del Tratado

del Atlántico Norte, en virtud del cual un ataque contra un Estado miembro de la

Alianza es considerado como un ataque contra los demás Estados miembros, que

quedan así obligados a prestar asistencia al aliado atacado.

Como he indicado, Estados Unidos consideró que los responsables de los ataques

padecidos se encontraban en el territorio de Afganistán, donde podían entrenarse

bajo la protección y ayuda del régimen talibán dirigente del país. Por ello, emprendió

desde octubre de 2001 –con ayuda del Reino Unido y el apoyo de los dirigentes

europeos- una sistemática campaña de bombardeo aéreo selectivo de objetivos

militares y paramilitares de ese país bajo el nombre de “Operación Libertad

Duradera”, combinándola con su apoyo a la guerrilla interna anti-talibán del Frente

Islámico Unido para la Salvación de Afganistán – más conocida como la Alianza del

Norte-, que luchaba desde hacía tiempo contra el régimen de los talibanes.

En menos de dos meses se alcanzó el objetivo de desalojar del poder al régimen

talibán, comenzaron a desplegarse fuerzas militares norteamericanas en territorio

afgano, y se reunieron los diversos grupos políticos, étnicos y tribales afganos en

Bonn, firmando el 5 de diciembre de 2001 el Acuerdo sobre las disposiciones

provisionales en el Afganistán en espera que se restablezcan las instituciones

pertinentes de gobierno. Este acuerdo significaba un primer paso hacia la

consolidación de un gobierno de amplia base, estableciendo mientras tanto una

Autoridad Provisional y previendo el posible despliegue de una fuerza internacional

de seguridad. Sobre esa base, el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, tras la

petición en ese sentido de la Autoridad Provisional de Afganistán y ante el