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modelo de una demanda civil, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Civil

es un tipo de modelo de demanda civil la cual puede ser modificable, obvio tiene errores ya que lo hicieron los de primer año

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2024/2025

Subido el 25/06/2025

kanekis-uwu
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SEÑOR JUEZ PUBLICO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO
Demanda de protección de derecho sucesorio del
nasciturus con solicitud de medida cautelar de no
innovar.
Otrosíes.
EMILI ANDREA VARGAS ANDRADE mayor de edad, estado civil viuda, con C.I. 8268905,
domiciliada en ZONA SUR, CALLE 14 DE CALACOTO Nº 1250, ENTRE AV. ARUQUIPA Y CALLE 13. en
representación legal de mi hijo por nacer, ante su autoridad con el debido respeto expongo y
solicito:
I. ANTECEDENTES
1.1 En fecha 13 de junio del año 2025, falleció mi esposo RAÚL MIGUEL CÁRDENAS REYES, con
quien contraje matrimonio legalmente y cuyo certificado adjunto.
1.2 Actualmente me encuentro embarazada de 8 (OCHO MESES) de nuestro primer hijo,
situación que puede comprobarse con el certificado médico que se adjunta como prueba.
1.3 Mi esposo falleció sin haber otorgado testamento, por lo que corresponde abrir la sucesión
hereditaria ab intestato.
1.4 Los hermanos del fallecido, a pesar de conocer mi estado de embarazo, han iniciado actos de
partición de los bienes hereditarios excluyendo completamente a mi hijo por nacer.
1.5 Esta conducta vulnera los derechos hereditarios de mi representado, quien conforme al
Artículo 1, parágrafo II del Código Civil, es considerado nacido para todo lo que pudiera
favorecerle.E
II. FUNDAMENTO LEGAL
De conformidad con el Artículo 1, parágrafo II del Código Civil, que establece:
“Al que está por nacer se lo considera nacido para todo lo que pudiera favorecerle”, y en virtud
del principio del favor hereditatis y el interés superior del menor consagrado también en la
Constitución y el Código Niña, Niño, Adolescente, mi hijo por nacer tiene derecho legítimo a
participar en la sucesión de su padre fallecido.
Si el nasciturus nace con vida, entonces adquiere derechos plenos sobre la herencia de su padre.
El nacimiento con vida se presume mientras no se demuestre lo contrario.
Por tanto, el nasciturus debe ser considerado heredero hasta que se demuestre lo contrario.
III. PETITORIO
Por lo expuesto, a su autoridad PIDO admite mi demanda de PROCESO CAUTELAR de prohibición
de innovar y contratar sobre bienes hereditarios, para lo cual solicito
1. Que reconozca el derecho sucesorio del hijo por nacer (nasciturus), representado legalmente
por su madre.
2. Que disponga la paralización inmediata de cualquier acto de partición, disposición o
adjudicación de los bienes hereditarios, hasta que nazca el menor y se formalice su filiación.
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¡Descarga modelo de una demanda civil y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

SEÑOR JUEZ PUBLICO EN MATERIA CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO

Demanda de protección de derecho sucesorio del

nasciturus con solicitud de medida cautelar de no

innovar.

Otrosíes.

EMILI ANDREA VARGAS ANDRADE mayor de edad, estado civil viuda, con C.I. N° 8268905 , domiciliada en ZONA SUR, CALLE 14 DE CALACOTO Nº 1250, ENTRE AV. ARUQUIPA Y CALLE 13. en representación legal de mi hijo por nacer, ante su autoridad con el debido respeto expongo y solicito: I. ANTECEDENTES 1.1 En fecha 13 de junio del año 2025, falleció mi esposo RAÚL MIGUEL CÁRDENAS REYES, con quien contraje matrimonio legalmente y cuyo certificado adjunto. 1.2 Actualmente me encuentro embarazada de 8 (OCHO MESES) de nuestro primer hijo, situación que puede comprobarse con el certificado médico que se adjunta como prueba. 1.3 Mi esposo falleció sin haber otorgado testamento, por lo que corresponde abrir la sucesión hereditaria ab intestato. 1.4 Los hermanos del fallecido, a pesar de conocer mi estado de embarazo, han iniciado actos de partición de los bienes hereditarios excluyendo completamente a mi hijo por nacer. 1.5 Esta conducta vulnera los derechos hereditarios de mi representado, quien conforme al Artículo 1, parágrafo II del Código Civil, es considerado nacido para todo lo que pudiera favorecerle. II. FUNDAMENTO LEGAL De conformidad con el Artículo 1, parágrafo II del Código Civil, que establece: “Al que está por nacer se lo considera nacido para todo lo que pudiera favorecerle”, y en virtud del principio del favor hereditatis y el interés superior del menor consagrado también en la Constitución y el Código Niña, Niño, Adolescente, mi hijo por nacer tiene derecho legítimo a participar en la sucesión de su padre fallecido. Si el nasciturus nace con vida, entonces adquiere derechos plenos sobre la herencia de su padre. El nacimiento con vida se presume mientras no se demuestre lo contrario. Por tanto, el nasciturus debe ser considerado heredero hasta que se demuestre lo contrario. III. PETITORIO Por lo expuesto, a su autoridad PIDO admite mi demanda de PROCESO CAUTELAR de prohibición de innovar y contratar sobre bienes hereditarios, para lo cual solicito

  1. Que reconozca el derecho sucesorio del hijo por nacer (nasciturus), representado legalmente por su madre.
  2. Que disponga la paralización inmediata de cualquier acto de partición, disposición o adjudicación de los bienes hereditarios, hasta que nazca el menor y se formalice su filiación.
  1. Que se disponga la reserva de la porción hereditaria que legalmente le corresponda. Negar al hijo por nacer el derecho a la herencia no solo vulnera la ley, sino también la moral básica de cualquier sociedad justa. ¿Cómo podemos llamar ‘familia’ a quienes buscan repartirse lo que no les pertenece, sabiendo que hay un hijo legítimo por llegar? IV. PRUEBA Ofrezco en calidad de prueba: Certificado de matrimonio (Prueba 1) Certificado médico de embarazo (Prueba 2) Certificado de defunción del padre (Prueba 3) OTROSÍ 1.- Solicito como medida cautelar la prohibición de enajenar y/o dividir los bienes de la sucesión, en resguardo de los derechos del nasciturus, hasta resolución final. OTROSÍ 2.- A efectos de citación, señalo como domicilio de los coherederos (hermanos del fallecido) el ubicado en: [dirección]. OTROSÍ 3.- Domicilio procesal: señalo el ubicado en [tu domicilio o estudio jurídico]. Es cuanto solicito con amparo en derecho. La Paz, 16 de junio del 2025 Firma [Nombre completo de la madre] C.I. [número]