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Modelo de contrato para las alcaldías municipales, Ejercicios de Derecho Contractual

contrato para personal de CPS en las alcaldias

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 06/08/2020

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SECRETARIA DE MOVILIDAD
TRANSITO Y TRANSPORTE
Lebrija, Santander, 24 de octubre de 2019
Doctor
RORBERT ANDERSON ESTUPIÑAN GUZMAN
Secretario de Movilidad, Tránsito y Transporte de Lebrija.
REFERENCIA: Requerimiento Contrato de Prestación de Servicios profesionales.
De manera atenta y de acuerdo al asunto de la referencia, me permito solicitar se estudie la
posibilidad de tramitar a través de su Despacho contrato de prestación de servicios con el siguiente
perfil:
“APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS
PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL
EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS
COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-08
CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE
UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL,
BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8
CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL
MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-
DOC: 2018684060077”
Lo anterior, teniendo en cuenta la necesidad de esta Oficina Asesora para continuar con
actividades que apoyen el logro de las metas trazadas por el municipio de Lebrija.
JUAN MANUEL DIAZ JAIMES
Secretario general
Lebrija, Santander, 24 de octubre de 2019
AMBIENTE, VIDA Y DESARROLLO
2016-2019
Palacio Municipal Calle 11 No. 8-59 Parque Principal, Lebrija – Santander. Tel: 656 71 00 - 656 63 13
www.lebrija-santander.gov.co E-mail: alcaldia@lebrija-santander.gov.co
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TRANSITO Y TRANSPORTE

Lebrija, Santander, 24 de octubre de 2019 Doctor RORBERT ANDERSON ESTUPIÑAN GUZMAN Secretario de Movilidad, Tránsito y Transporte de Lebrija. REFERENCIA : Requerimiento Contrato de Prestación de Servicios profesionales. De manera atenta y de acuerdo al asunto de la referencia, me permito solicitar se estudie la posibilidad de tramitar a través de su Despacho contrato de prestación de servicios con el siguiente perfil:

“APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS

PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL

EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS

COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-

CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE

UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL,

BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8

CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL

MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-

DOC: 2018684060077”

Lo anterior, teniendo en cuenta la necesidad de esta Oficina Asesora para continuar con actividades que apoyen el logro de las metas trazadas por el municipio de Lebrija. JUAN MANUEL DIAZ JAIMES Secretario general Lebrija, Santander, 24 de octubre de 2019

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TRANSITO Y TRANSPORTE

Doctor JUAN MANUEL DIAS JAIMES Secretaria General Referencia: Certificación sobre disponibilidad de personal de planta Municipio Atentamente, me permito solicitar certificación donde conste que en la planta de personal del Municipio de Lebrija, Santander, no existe el personal suficiente e idóneo para desarrollar el

siguiente objeto o actividades : “APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA

REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA

ELECTRICA DEL EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR

ALLEGADOS COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-

08 CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE

UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL,

BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8

CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL

MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-DOC:

Cordialmente, RORBERT ANDERSON ESTUPIÑAN GUZMAN Secretario de Movilidad, Tránsito y Transporte de Lebrija. LA SUSCRITA SECRETARIA GENERAL

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ESTUDIOS PREVIOS

De acuerdo a lo requerido por los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 2.2.1.1 2.1.1 del Decreto 1082 de 201 5 , se describe a

continuación la conveniencia y oportunidad de la contratación para: “APOYO TECNICO AL

COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE

PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL EQUIPO DE

CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS COMO

MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-08 CUYO

OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE UN(01)

INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL,

BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8

CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL

MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-

DOC: 2018684060077”. para lo cual ha de tenerse en cuenta lo siguiente:

a) Que el contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión es un contrato estatal que presupone la contratación de una persona natural o jurídica que por su experiencia y conocimiento reconocido está en capacidad para desarrollar unas determinadas actividades encomendadas. b) Que la Ley 80 de 1993 en el numeral 3º de su artículo 32 determinó que son contratos de prestación de servicios aquellos destinados al desarrollo de actividades relacionadas con la administración y funcionamiento de la entidad, los cuales no generan relación laboral ni prestaciones sociales y su celebración es por el término estrictamente indispensable. c) Que de conformidad con lo expuesto en la Circular Conjunta del 19 de Octubre del 2010, emanada por la Contraloría General de la República en cualquiera de los eventos en que se presente la contratación por prestación de servicios deberán observarse los precisos parámetros definidos en el artículo 1º del Decreto 2209 de 1998 según el cual para éste tipo de contrataciones debe existir certificación del jefe del organismo en que se dé cuenta de alguna de las siguientes situaciones: 1) imposibilidad de atención de la actividad con personal de planta, 2) cuando el desarrollo de la actividad requiere grado de especialización y, 3) cuando existiendo personal de planta éste no es suficiente. d) Que dentro del presente procedimiento se observa que existe certificación en donde consta la imposibilidad de que sea prestado este servicio con personal de planta, así mismo se han revisado las condiciones de idoneidad y experiencia que se requieren para la contratación de este tipo de servicios.

1. DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. De conformidad con lo establecido en los artículos 311 y 315 de la Constitución Nacional es facultad del Alcalde asegurar la acción administrativa del Municipio, asegurar el cumplimiento de las funciones y de la prestación de los servicios a su cargo, defender los intereses del mismo, promover su mejoramiento y desarrollo bajo parámetros de una Administración pública moderna y cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. Para lo cual los Municipios gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la ley. El municipio de Lebrija Santander, a fin de garantizar el funcionamiento y ejecución de labores que le son propias de acuerdo con la constitución y la ley y luego de un análisis situacional, requiere Dada la importancia de la realización de los protocolos de pruebas para las muestras de semáforo LED y el Equipo de control local, solicitados en el proceso de Licitación Pública N° LP- LEB-2019-08, y cuyo objeto es la Construcción, implementación e instalación de un (1) intersección semaforizada, localizada en la vía principal Bucaramanga - Barrancabermeja carrera 9, con calle 8 correspondiente al sistema de semáforos inteligentes (SSI) del municipio de Lebrija – Santander, y teniendo en cuenta que actualmente el municipio de Lebrija no cuenta con el personal idóneo y con experiencia para dirigir, analizar y evaluar los parámetros técnicos establecidos de conformidad con el Numeral 5.19 del Pliego de Condiciones Definitivo; Lo anterior surge debido a que la entidad busca garantizar a los proponentes una calificación transparente, imparcial y objetiva en la asignación de la calificación de ser Habilitado / No Habilitado en este componente técnico.

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Que, en virtud, de lo anterior expuesto, El Municipio de Lebrija, requiere contratar la “APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-08 CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL, BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8 CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-DOC: 2018684060077”, la cual satisface una necesidad de la administración. JUSTIFICACIÓN

2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.

“APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE

LOS PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA

DEL EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR

ALLEGADOS COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-

LEB-2019-08 CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E

INTALACIÓN DE UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA

VIA PRINCIPAL, BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON

CALLE 8 CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES

SSI DEL MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE

INVERSI-DOC: 2018684060077

2.1 ALCANCE DEL OBJETO:

En desarrollo del objeto el contratista se compromete con el Municipio de Lebrija:

1-. Asesorar y apoyar al Municipio de Lebrija en la realización de los protocolos de

pruebas de compatibilidad solicitados en el Proceso de Selección bajo la Modalidad de

Licitación Pública N° LP-LEB-2019-08, y cuyo objeto es la Construcción, implementación

e instalación de un (1) intersección semaforizada, localizada en la vía principal

Bucaramanga - Barrancabermeja carrera 9, con calle 8 correspondiente al sistema de

semáforos inteligentes (SSI) del municipio de Lebrija – Santander.

2-. Realizar la revisión de las muestras allegadas por los proponentes del Proceso N° LP-

LEB-2019-08, en el cual se verifique que cumple con la compatibilidad física, eléctrica y

electrónica del Semáforo LED y Equipo de Control Local.

3-. Presidir la realización de los protocolos de pruebas y realizar las respectivas

observaciones y/o respuestas que se generen en el normal desarrollo y/o con

posterioridad del comité técnico de protocolo de pruebas asignado para el Proceso de

Selección N° LP-LEB-2019-08, de conformidad con lo expuesto el Cronograma del

mencionado proceso.

4-. Emitir un Informe Final de Evaluación de protocolos de prueba en el cual se identifique

cada uno de los parámetros calificados y previamente solicitados a los proponentes, de

acuerdo con el Numeral 5.19 del Pliego de Condiciones Definitivo del Proceso N° LP-LEB-

2.2 PERFIL DEL CONTRATISTA:

El contratista deberá acreditar que tiene la capacidad jurídica, legal y que cumple con los requisitos solicitados e idoneidad exigida para la prestación de servicios profesionales, ya cual debe reposar en el formato único de la hoja de vida, en las copias de los diplomas y certificaciones que para el efecto anexe el contratista. Para este caso el proponente deberá acreditar su condición de tecnólogo electrónico con experiencia en semaforización.

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“ART. 2º—DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas: ….

4. CONTRATACIÓN DIRECTA. La modalidad de selección de contratación directa, solamente procederá en los siguientes casos: ….h) Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo puedan encomendarse a determinadas personas naturales;” EL DECRETO 1082 DE 2015, SOBRE CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS EN SU ARTÍCULO 2.2.1.2.1.4.9 ESTABLECE: ….. “Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con e l área de que se trate”. La presente contratación de conformidad con el numeral 3 artículo 2.2.1.1 2.1.1 del Decreto 1082 de 201 5 , se realizará bajo la modalidad de contratación directa por tratarse de un contrato de prestación de servicios profesionales. 5. EL ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO CON PRECISIÓN LAS VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA RESPECTIVA CONTRATACIÓN, ASÍ COMO SU MONTO Y EL DE LOS COSTOS PARA LA ENTIDAD ASOCIADOS A LA REALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El Municipio ha calculado el valor del contrato de prestación de servicios profesionales por un valor de TRES MILLONES DOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($3.200.000), para la ejecución, este incluye todas las variables que afectan el valor del mismo, costos directos e indirectos, incluyendo los descuentos ordenanza les, municipales y legales pagaderos por mensualidades vencidas. (Numeral 4, artículo 2.2.1.1 2.1.1 del Decreto 1082 de 2015). 5.1 FUENTE DE FINANCIACIÓN: El valor del contrato se podrá soportar con cargo al CDP No. 19.00865 de fecha 21 de octubre de 2019, RUBRO: GI.9.1.1.01.01.07.02 MEJORAMIENTO, OPTIMIZACION DE INFRAESTRUCTURAY REDES PEATONALES (LIBRE DESTINACION), por valor de TRES MILLONES DOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($3.200.000) del presupuesto General de Gastos de la vigencia fiscal 2019. 5.2 ESTUDIO DEL SECTOR a.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del decreto 1082 de 2015, la Entidad Estatal debe hacer durante la etapa de planeación el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de riesgo, de lo cual debe dejar constancia en los Documentos del Proceso. b.- Según lo señalado en el documento expedido por Colombia Compra eficiente “ Guía para la elaboración de estudios de sector ”, en un contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión, el análisis del sector depende del objeto del contrato y de las condiciones de idoneidad y experiencia que llevan a contratar a la persona natural o jurídica que está en condiciones de desarrollar el objeto del Proceso de Contratación. c.- La duración de la prestación de servicios será de quince (15) días desde la fecha de suscripción del acta de inicio. d.- Dentro de este proceso contractual, atendiendo la experiencia e idoneidad que se han exigido, así como las aptitudes que deberá acreditar el contratista, la calidad del servicio profesional exigido, el conocimiento requerido y la experiencia, se pactara una remuneración por la prestación

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de servicios de la siguiente forma: El valor que pagará el Municipio de Lebrija, se efectuará A través de un (01) PAGO, por la suma de TRES MILLONES DOCIENTOS PESOS MCTE ($3.200.000) , previa presentación del informe de cumplimiento a satisfacción del objeto contractual dado por el supervisor designado por el Municipio, al igual que el pago del sistema de seguridad social integral y parafiscal, de conformidad con el Artículo 23 parágrafo 1 de la Ley 1150 de 2007, los cuales involucra los costos directos e indirectos, dentro de los cuales estarían los tributos de orden nacional, departamental y municipal a que haya lugar.

6. LA JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE. Por tratarse de un contrato de prestación de servicios de apoyo a la gestión, se debe verificar la idoneidad y experiencia del contratista, y no requiere la existencia de varias propuestas, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 201 5. En virtud a ello, el Municipio de Lebrija requiere contratar los servicios profesionales y de apoyo a la gestión de personal idóneo de acuerdo al requerimiento hecho ante este despacho. 6.1 PERFIL DEL CONTRATISTA Se requiere una persona natural con título tecnólogo electrónico y con experiencia en semaforización mínimo de 2 años. DOCUMENTOS SOPORTES DE LA PROPUESTA: El contratista deberá presentar propuesta, de conformidad con las siguientes condiciones: a) Deberá estar firmada en original por proponente. b) En la carta de presentación se manifestará en forma clara y expresa que el proponente no está incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad y prohibiciones y/ o conflictos de intereses establecidos en la Constitución Política o la ley. c) En la carta de la propuesta se sintetizarán las actividades que comprenden la propuesta, las cuales se deberán sujetar a las especificaciones y exigencias previstas en el presente estudio y en la invitación a presentar propuesta de la entidad, el término de duración del contrato, el precio estimado por el servicio, la forma de pago, y la vigencia de la propuesta, la cual no podrá ser inferior a un (1) mes, indicar la dirección y el teléfono del proponente. d) Junto con la propuesta se deberá anexar los siguientes documentos:  Formato único de hoja de vida del Departamento Administrativo de la Función pública DAFP (SIGEP), para persona natural o jurídica, según en la calidad en que se presente la propuesta.  Declaración de bienes y Rentas formato Departamento Administrativo de la Función pública DAFP (SIGEP) del último año gravable.  Acreditar la experiencia conforme los requisitos señalados en este estudio previo  Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía,  Fotocopia RUT  Certificado de Antecedentes Procuraduría  Certificado de antecedentes Fiscales,  Certificado antecedentes judiciales,  Examen médico pre ocupacional  Pago de seguridad social como independiente. 7. SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN, Y MITIGACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES PARA EL PRESENTE CONTRATO TIPIFICACION ESTIMACION ASIGNACION CONTRATISTA ENTIDAD Cumplimiento Que no se realice oportunamente el servicio o bien ofrecido, ocasionando con ello trastornos en el normal funcionamiento de los compromisos de la Administración X Incremento del precio Cambio de las condiciones iniciales para X

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PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL EQUIPO DE

CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS COMO

MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-08 CUYO

OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE UN(01)

INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL,

BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8

CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL

MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-

DOC: 2018684060077”

RORBERT ANDERSON ESTUPIÑAN GUZMAN

Secretario de Movilidad, Tránsito y Transporte de Lebrija. Funcionario/Contratista Cargo/Contrato Firma Revisó Abog. Carlos Fernando Quesada León Asesor Jurídico Externo INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA Lebrija, 25 de octubre de 2019 Señor TOBIAS OSORIO CONTRERAS Carrera 17 a No. 60-07 apartamento 201 Barrio ricaute Bucaramanga

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REF.: INVITACIÓN A PRESENTAR PROPUESTA

Por medio de la presente me permito invitarle a presentar propuesta para la contratación que esta entidad efectuara cuyo objeto es “APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019- CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL, BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8 CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-DOC: 2018684060077” con un presupuesto oficial de TRES MILLONES DOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($3.200.000), DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A PRESTAR: En desarrollo del objeto el contratista se compromete con el Municipio de Lebrija: 1-. Asesorar y apoyar al Municipio de Lebrija en la realización de los protocolos de pruebas de compatibilidad solicitados en el Proceso de Selección bajo la Modalidad de Licitación Pública N° LP-LEB-2019-08, y cuyo objeto es la Construcción, implementación e instalación de un (1) intersección sanforizada, localizada en la vía principal Bucaramanga - Barrancabermeja carrera 9, con calle 8 correspondiente al sistema de semáforos inteligentes (SSI) del municipio de Lebrija – Santander. 2-. Realizar la revisión de las muestras allegadas por los proponentes del Proceso N° LP-LEB- 2019-08, en el cual se verifique que cumple con la compatibilidad física, eléctrica y electrónica del Semáforo LED y Equipo de Control Local. 3-. Presidir la realización de los protocolos de pruebas y realizar las respectivas observaciones y/o respuestas que se generen en el normal desarrollo y/o con posterioridad del comité técnico de protocolo de pruebas asignado para el Proceso de Selección N° LP-LEB-2019-08, de conformidad con lo expuesto el Cronograma del mencionado proceso. 4-. Emitir un Informe Final de Evaluación de protocolos de prueba en el cual se identifique cada uno de los parámetros calificados y previamente solicitados a los proponentes, de acuerdo con el Numeral 5.19 del Pliego de Condiciones Definitivo del Proceso N° LP-LEB-2019-08. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA:

1. El Contratista se obliga a ejecutar el objeto del contrato y a desarrollar las actividades específicas en las condiciones pactadas. 2. El CONTRATISTA debe tener en cuenta lo establecido para el efecto en el artículo 5 de la ley 80 de 1993 y el artículo 50 de ley 789 de 2002. 3. Estar afiliado a entidad de seguridad social de acuerdo a las normas legales vigentes. 4. Estar afiliado a ARL según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 1562 de 2012. 5. El Contratista debe custodiar y a la terminación del presente contrato devolver los insumos, suministros, herramientas, dotación, implementación, inventarios y/o materiales que sean puestos a su disposición para la prestación del servicio objeto de este contrato. 6. Además de las obligaciones aquí previstas, el Contratista deberá cumplir con aquellas que la ley le imponga, por ejemplo, el registro de información y documentos en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público, SIGEP. 7. Prestar la colaboración necesaria para el desarrollo del objeto del contrato. 8. Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo de este contrato, evitando dilaciones y en trabamientos que puedan presentarse. 9. No acceder a amenazas o a peticiones de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho informando inmediatamente a la Entidad y demás autoridades competentes cuando se presenten peticiones o amenazas. REQUISITOS DEL CONTRATISTA Y/O CALIDADES:

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Para el pago será necesario el informe de cumplimiento a satisfacción del objeto contractual dado por el supervisor designado por el Municipio, al igual que el pago del sistema de seguridad social integral y parafiscal, de conformidad con el Artículo 23 parágrafo 1 de la Ley 1150 de 2007. ENTREGA DE LA PROPUESTA La propuesta deberá entregarse por parte del contratista con documentos exigidos para este tipo de contratación de conformidad con la norma existente, en el Despacho del Alcalde Municipal el día 01 de noviembre de 2019. Atentamente, RORBERT ANDERSON ESTUPIÑAN GUZMAN Secretario de Movilidad, Tránsito y Transporte de Lebrija. ACTA DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE REQUISITOS El Municipio de Lebrija -Santander no cuenta con el personal de planta suficiente, necesaria o

disponible para atender la necesidad propuesta, es decir, para lograr la “APOYO TECNICO AL

COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE

PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL EQUIPO DE CONTROL

LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS COMO MUESTRA AL

PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-08 CUYO OBJETO ES:

CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE UN(01) INTERSECCIÓN

SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL, BUCARAMANAGA,

BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8 CARRESPONDIENTE AL

SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL MUNICIPIO DE LEBRIJA-

SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-DOC: 2018684060077”.

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Apreciados los documentos de la propuesta técnico-económica, presentada por TOBIAS OSORIO CONTRERAS el día 1 de noviembre de 2019, se puede inferir la existencia de los siguientes documentos: La propuesta técnico económica misma, su hoja de vida con anexos que soportan su experiencia, formato único de hoja de vida, pero también su idoneidad pues allegó título bachiller, diploma de tecnólogo en electrónica, junto a los demás documentos que acreditan estudios académicos y de experiencia; además adjunta los certificados que demuestran su habilitación para celebrar contratos con entidades públicas y ausencia de impedimentos o inhabilidades que le impidan contratar. De todos los documentos presentados se extracta que el oferente si cumple las exigencias insertas en el estudio previo elaborado y que forma parte de este procedimiento contractual del Estado bajo las reglas de la contratación estatal directa. Considerada la hoja de vida se pudo establecer que TOBIAS OSORIO CONTRERAS, cumple con las condiciones de idoneidad y experiencia que fueron definidas como básicas por la Administración Municipal para atender el objeto del presente contrato y poder pactar. El Municipio cuenta con la disponibilidad presupuestal necesaria y suficiente para atender las condiciones económicas resultantes de un posible contrato. En consideración a lo anterior, TOBIAS OSORIO CONTRERAS, es persona capaz y cuenta con la idoneidad y experiencia requerida para la celebración del CONTRATO ESTATAL DE “APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019-08 CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL, BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8 CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL MUNICIPIO DE LEBRIJA- SANTANDER SEGÚN: PROYECTOS DE INVERSI-DOC: 2018684060077”. con la eficiencia, calidad y calificación requeridas por la entidad territorial. Se expide la presente constancia evaluativa y de verificación, hoy 01 de noviembre de 2019. RORBERT ANDERSON ESTUPIÑAN GUZMAN Secretario de Movilidad, Tránsito y Transporte de Lebrija. Funcionario/Contratista Cargo/Contrato Firma Revisó Abog. Carlos Fernando Quesada León Asesor Jurídico Externo CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE APOYO A LA GESTION CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE LEBRIJA Y TOBIAS OSORIO CONTRERAS N° ____________- 2019 CONTRATISTA: TOBIAS OSORIO CONTRERAS IDENTIFICACION: 13846387 DE BUCARAMANGA OBJETO: “APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA ELECTRICA DEL EQUIPO DE CONTROL LOCAL Y SEMAFORO LED VEHICULAR ALLEGADOS COMO MUESTRA AL PROCESO DE LICITACION PUBLICA IP-LEB-2019- CUYO OBJETO ES: CONSTRUCCIÓN, IMPLEMENTACIÓN E INTALACIÓN DE UN(01) INTERSECCIÓN SEMAFORICA, LOCALIZADA EN LA VIA PRINCIPAL, BUCARAMANAGA, BARRANCABERMEJA CARRERA 9 CON CALLE 8 CARRESPONDIENTE AL SISTEMA DE SEMAFOROS INTELIGENTES SSI DEL

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protocolos de pruebas y realizar las respectivas observaciones y/o respuestas que se generen en el normal desarrollo y/o con posterioridad del comité técnico de protocolo de pruebas asignado para el Proceso de Selección N° LP-LEB-2019-08, de conformidad con lo expuesto el Cronograma del mencionado proceso. 4-. Emitir un Informe Final de Evaluación de protocolos de prueba en el cual se identifique cada uno de los parámetros calificados y previamente solicitados a los proponentes, de acuerdo con el Numeral 5.19 del Pliego de Condiciones Definitivo del Proceso N° LP-LEB-2019-08. CLAUSULA SEGUNDA. - DURACIÓN: Este contrato de prestación de servicios tendrá vigencia de QUINCE (15) DIAS contados a partir de la suscripción del acta de inicio. CLAUSULA TERCERA. -VALOR DEL CONTRATO: Para los efectos fiscales y legales EL CONTRATANTE pagará AL CONTRATISTA por el servicio descrito en la cláusula primera de este contrato la suma de TRES MILLONES DOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($3.200.000), sabiendo que dicha contraprestación se pagará efectiva y realmente, así: El valor que pagará el Municipio de Lebrija, se efectuará a través UN (1) PAGO MENSUALE por la suma de TRES MILLONES DOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($3.200.000). PARAGRAFO PRIMERO: Para ello la CONTRATANTE se obliga a consignar el valor antes descrito, previos los descuentos de oficina pagadora del Municipio, mediante el giro de título valor cheque para ser cobrado por ventanilla o transferencia en efectivo a la cuenta de ahorros que el contratista indique al presentar la correspondiente factura e informe de actividades, o ya con pago a favor del autorizado que el CONTRATISTA indique. De acuerdo a lo anterior el contratista deberá presentar ante EL MUNICIPIO la correspondiente cuenta de cobro de servicios junto a un informe escrito de actividades realizadas durante el periodo de ejecución que haya transcurrido, bien desde el inicio, desde el pago anterior que se le haya efectuado. PARAGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA, autoriza a la CONTRATANTE, para que por conducto de su oficina de pagaduría, efectúe en cada pago, las deducciones por concepto de los gravámenes municipales, departamentales o nacionales que se llegaren a causar conforme a derecho por tal desembolso, y para que sean transferidos al fondo u organismo correspondiente. CLAUSULACUARTA. - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: Este deberá facilitar acceso a la información que sea necesaria, y estará obligado a cumplir con los estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento, es especial lo relacionado con la cláusula tercera. En documento público, EL CONTRATANTE certificará, para cada pago, que el CONTRATISTA ha cumplido hasta la fecha con el objeto del contrato. CLAUSULA QUINTA. - OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: A) Cumplir en forma idónea la ejecución del contrato. B) Prestar los servicios acordes con la descripción y las especificaciones del contrato o de seguridad exigida. C) Cumplir con los pagos de las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales cuando a ello esté obligado, incluido el contenido de la ley 1562 de 2012 y el decreto 723 de 2013 sobre riesgos laborales. D) Cumplir con el objeto del contrato, conforme a los documentos del proceso, la propuesta y el contrato que se suscriba. E) Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato se le impartan por parte del MUNICIPIO. F) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos. G) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho. H) Mantener la reserva sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del contrato. I) Mantener vigentes toda la garantía que amparan el cumplimiento del contrato en los términos del mismo, cuando se hayan requerido. J) Las demás actividades que se relacionen con el objeto contractual. CLAUSULA SEXTA.- INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con EL CONTRATANTE y sus derechos se limitarán de cumplimiento de las obligaciones del CONTRATANTE y al pago de la contraprestación estipulada por la prestación del servicio. CLAUSULA SEPTIMA.- DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será el Municipio de Lebrija, Santander. CLAUSULA OCTAVA: Los gastos que se generen para el cumplimiento del objeto del contrato estarán a cargo DEL CONTRATANTE , salvo los referidos a comunicaciones vía Internet, celular, teléfono fijo, transporte, alojamiento y manutención que deba sufragar el contratista parta cumplir el objeto o para realizar visita de trabajo al MUNICIPIO. CLAUSULA NOVENA: - CADUCIDAD: EL CONTRATANTE podrá declarar la caducidad administrativa del presente contrato cuando se presenten hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo DEL CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencia que pueda conducir a su paralización. La forma y procedimiento para su declaratoria se regirá al tenor del art. 18 de la Ley 80 de 1.993. CLAUSULA DECIMA. - PENAL – PECUNIARIA: Las partes acuerdan como sanción pecuniaria el equivalente al diez (10%) por ciento del valor total del contrato, en caso de incumplimiento a las obligaciones contractuales, que deberá pagar la parte que incumpla a favor de aquella que haya cumplido o se hubiere allanado a cumplir. PARAGRAFO PRIMERO. - El simple retardo en la ejecución de las obligaciones aquí surgidas constituirá incumplimiento y permitirá a la parte cumplida o a la que se haya allanado a cumplir o hacer las exigencias de ley. CLAUSULA DECIMA PRIMERA. - GARANTÍA: No se exigirá garantía teniendo en cuenta lo señalado en el artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto 1082 de 2015, de conformidad con lo señalado en el estudio previo. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: CLAUSULA DE INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne a la entidad CONTRATANTE de los reclamos, demandas, acciones legales o costos que se generen por daños y lesiones causadas a personas o propiedades de terceros ocasionados por el CONTRATISTA o sus representantes durante la ejecución del contrato. CLAUSULA DECIMA TERCERA.- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: El valor monetario que EL CONTRATANTE se compromete a pagar por el presente contrato, se hará con cargo al Presupuesto de gastos de inversión 2019, según Certificado de disponibilidad presupuestal No. 19-00865 de fecha 21 de octubre de 2019, RUBRO: GI.9.1.1.01.01.07.02,– Denominado modernización administrativa y actualización de manual de funciones, por valor de TRES MILLONES DOCIENTOS DE PESOS M/TE ($3.200.000) del presupuesto General de Gastos de la vigencia fiscal 2019. CLAUSULA DECIMA CUARTA. - DE LA CESION DEL CONTRATO: El presente contrato no podrá ser cedido a ningún título por EL CONTRATISTA sin el consentimiento previo y escrito del CONTRATANTE. CLAUSULA DECIMA QUINTA. - REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El

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presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes interesadas, como producto del acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y su elevación por escrito. Deberá efectuarse luego el registro presupuestal. CLAUSULA DECIMA SEXTA: EL CONTRATISTA manifiesta que se obliga a cumplir con lo dispuesto en el art. 282 de la ley 100 de 1.993, 797 de 2002, 828 de 2003 y 1562 de 2012, junto al decreto reglamentario 723 de 2013, en cuanto al pago de aportes al régimen de salud, pensiones y riesgos laborales a demostrarlo ante LA CONTRATANTE al momento en que se le vaya a realizar el pago. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA: La supervisión del contrato será efectuada por el inspector de tránsito, quien deberá certificar el cumplimiento progresivo del mismo, al momento del pago al contratista; además cumplirá las exigencias y obligaciones que la ley le impone a quien supervisa el contrato estatal. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: Se deja expresa constancia de que el presente contrato estatal de prestación de servicios se realiza de manera directa por el CONTRATANTE únicamente en consideración especial a la persona, capacidad, idoneidad, responsabilidad y experiencia demostrada por la persona que aquí se contrata, advirtiendo que no existe en la planta de personal del MUNICIPIO un funcionario con este perfil, experiencia e idoneidad que pueda atender tales tareas. EN CONSTANCIA, SE FIRMA ALOS EN SEÑAL DE APROBACIÓN POR LOS QUE EN EL INTERVINIERON. ROBERTH ANDERSON ESTUPIÑAN GUZMAN TOBIAS OSORIO CONTRERAS Secretario de movilidad tránsito y transporte Contratista Funcionario/Contratista Cargo/Contrato Firma Revisó Abog. Carlos Fernando Quesada León Asesor Jurídico Externo Lebrija, Santander, 01 de noviembre de 2019

Señor

JOSÉ GREGORIO NIÑO REYES

Agente de Tránsito.

Alcaldía de Lebrija

Ref: Designación de Supervisión. Por medio de la presente le comunico que ha sido designado como supervisora del contrato que se suscriba con el objeto a desarrollar “APOYO TECNICO AL COMITÉ EVALUADOR PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROTOCOLOS DE PRUEBAS DE COMPATIBILIDAD FISICA

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