Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

mediacion notarial y la función del notario como mediador, Diapositivas de Derecho Civil

presentación sobre mediación y la función de notario como mediador

Tipo: Diapositivas

2018/2019

Subido el 24/06/2019

Valeria.Hernadez_1
Valeria.Hernadez_1 🇲🇽

1 documento

1 / 55

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
MEDIACIÓN EN
EL DERECHO
NOTARIAL
Escuela Libre de Derecho de Puebla A.C.
Mtra. Deyanira Serrano del Razo
Derecho Notarial
27 de octubre del 2017
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe
pff
pf12
pf13
pf14
pf15
pf16
pf17
pf18
pf19
pf1a
pf1b
pf1c
pf1d
pf1e
pf1f
pf20
pf21
pf22
pf23
pf24
pf25
pf26
pf27
pf28
pf29
pf2a
pf2b
pf2c
pf2d
pf2e
pf2f
pf30
pf31
pf32
pf33
pf34
pf35
pf36
pf37

Vista previa parcial del texto

¡Descarga mediacion notarial y la función del notario como mediador y más Diapositivas en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

MEDIACIÓN EN

EL DERECHO

NOTARIAL

Escuela Libre de Derecho de Puebla A.C. Mtra. Deyanira Serrano del Razo Derecho Notarial 27 de octubre del 2017

FORMAS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTO

QUE LA DOCTRINA RECONOCE:

 Autotutela  Heterocomposición  (^) Autocomposición

AUTOCOMPOSICIÓN

 Es la renuncia del derecho propio en beneficio del interés ajeno.  Es una solución que proviene de la voluntad de una o ambas partes.  Unilaterales: desistimiento, allanamiento.  Bilaterales: Mediación.

 La autotutela y la autocomposición tienen como característica afín que son formas de resolver controversias sin que un tercero decida el asunto.

CRISIS DE LA JUSTICIA

 El Poder Judicial no se da abasto para cumplir con la demanda que le exige la sociedad.  Difícil acceso a la justicia, costos altos.  (^) Falta de conocimiento sobre los MASC por la sociedad en general.  Los profesionales en derecho.

MASC

“Son los procesos alternativos al proceso judicial disponibles para la resolución de un conflicto, en los cuales más que imponer una solución permite a las partes crear su propia solución”.

CARACTERISTICAS DE LOS

MASC

 (^) Desarrollan el principio de autonomía de la voluntad privada, bajo ciertos límites.  (^) Constituyen una justicia distinta a la del Órgano judicial, pero igualmente obligatoria.  (^) Medio de acercamiento real a la justicia.  (^) Permiten el cumplimiento voluntario de la justicia.  (^) Son un medio de descongestión de los tribunales

 (^) Se refiere a que las partes pueden realizar los pactos que estimen pertinentes, siempre que no transgredan las leyes.  (^) (principio de autonomía de la voluntad privada bajo ciertos límites).  (^) Estos métodos han sido incursionados cada vez más en las distintas ramas del Derecho. Así en países como México, Panamá, Costa Rica, Colombia, Chile, Argentina, por mencionar algunos, las instituciones que velan por los derechos humanos, tienen incluso la atribución para conciliar en algunas materias.

JUSTICIA DISTINTA A LA JUDICIAL

PERO IGUALMENTE OBLIGATORIA

 La obligatoriedad de la solución dada por los MASC es una característica importante que pone fin a la controversia en forma definitiva.  Los MASC representan una oportunidad de aliviar la carga del órgano jurisdiccional del Estado, permitiendo que éste se centre en aquellos casos que verdaderamente ameritan la intervención del Juez.

FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL  Artículo 17 párrafo 4º, el reconocimiento constitucional de los mecanismos alternativos de solución de controversias. 

  • ”… Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial…“

MOVIMIENTO LEGISLATIVO MEXICANO  El 29 de diciembre de 2014 se publicó la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.  (^) Legislaciones estatales.

VOLUNTARIEDAD

 (^) La participación de los mediados en el procedimiento de la mediación debe ser por su propia decisión”.  (^) No se debe obligar a las partes en conflicto a asistir y/o quedarse a participar en este procedimiento.  (^) De igual forma, no pueden ser obligados a compartir información y menos a llegar a un acuerdo.  (^) Este principio vale en todo el procedimiento: las  (^) decisiones en el proceso de mediación las toman las partes, no el mediador.

INFORMACIÓN

 El mediador debe explicar con claridad todos los detalles del trabajo que se va a realizar dentro del proceso: su rol, el de las partes y otros intervinientes, así como las diferentes etapas en que consiste la mediación.

FLEXIBILIDAD

 (^) El procedimiento de mediación debe evitar toda forma estricta para poder responder a las necesidades particulares de los mediados.  (^) El mediador evitara sujetarse al cumplimiento de formas y solemnidades rígidas. Aunque la mediación posea una estructura a la que se le atribuyen distintas etapas y reglas mínimas, esto no debe de interpretarse como un procedimiento rígido.  (^) El mediador no debe limitar la duración de la negociación entre los mediados.