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Pacto de Reserva de Dominio en Colombia: Conceptos, Requisitos y Aplicaciones, Apuntes de Derecho Contractual

Este documento proporciona una explicación detallada del pacto de reserva de dominio en colombia, un acuerdo legal que permite al vendedor conservar la propiedad de un bien hasta que el comprador complete el pago total. Se analizan los requisitos, efectos, ventajas y desventajas de este pacto, así como la normativa legal que lo regula. Se incluyen ejemplos prácticos y casos de aplicación en la compraventa comercial.

Tipo: Apuntes

2023/2024

Subido el 18/03/2025

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stephanie-martinez-32 🇨🇴

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Reserva de dominio
Es un acuerdo o pacto que se establece entre un comprador y un vendedor, por medio del
cual el vendedor conserva la propiedad que se incluye en el pacto hasta que se complete el
total del importe pactado.
El pacto de reserva es un acuerdo que se realiza basado en la venta a crédito, siendo una
forma de garantía en la que el comprador garantiza que realizará el pago correspondiente,
cumpliendo su obligación.
Lo encontramos regulado en el artículo 952 del código de comercio <PACTO DE
RESERVA DE DOMINIO> El vendedor podrá reservarse el dominio de la cosa vendida,
mueble o inmueble, hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio.
Cuando se vende una cosa o propiedad, el vendedor transfiere el dominio de la propiedad al
comprador, es decir, la titularidad del dominio pasa a quien la ha comprado, pero ese
dominio puede ser reservado por el vendedor, de manera que no se transfiere con la
compraventa.
Al incluir en el contrato una cláusula de reserva de dominio, el comprador no será el real
propietario hasta tanto no cumpla la condición y se formalice la transferencia del dominio,
por lo que la reserva de dominio actúa como garantía para el vendedor.
Efectos
La reserva de dominio es el pacto en el que el vendedor no transmite la propiedad de lo
vendido cuando la entrega al comprador, hasta que se abona el precio acordado. Si el pago
total no fuera realizado, el vendedor del bien puede volver a tener propiedad sobre el mismo.
O sea, se le hace la restitución del bien.
Características
La reserva de dominio se redacta en una cláusula en el contrato de la compraventa.
Se utiliza este recurso para la compraventa de bienes muebles.
Este acuerdo puedes realizarse en cuanto se trate de bienes identificables, como en
los vehículos, donde se pueden aportar los datos específicos del bien.
El vendedor mantiene la titularidad del bien, pero el comprador puede hacer uso de
él con la condición de no transferirlo.
Se trata de un traspaso de propiedad diferido a un término determinado
permaneciendo el vendedor como propietario de la cosa, concediendo el uso y goce
al comprador.
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Reserva de dominio Es un acuerdo o pacto que se establece entre un comprador y un vendedor, por medio del cual el vendedor conserva la propiedad que se incluye en el pacto hasta que se complete el total del importe pactado. El pacto de reserva es un acuerdo que se realiza basado en la venta a crédito, siendo una forma de garantía en la que el comprador garantiza que realizará el pago correspondiente, cumpliendo su obligación. Lo encontramos regulado en el artículo 952 del código de comercio El vendedor podrá reservarse el dominio de la cosa vendida, mueble o inmueble, hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio. Cuando se vende una cosa o propiedad, el vendedor transfiere el dominio de la propiedad al comprador, es decir, la titularidad del dominio pasa a quien la ha comprado, pero ese dominio puede ser reservado por el vendedor, de manera que no se transfiere con la compraventa. Al incluir en el contrato una cláusula de reserva de dominio, el comprador noserá el real propietario hasta tanto no cumpla la condición y se formalice la transferencia del dominio, por lo que la reserva de dominio actúa como garantía para el vendedor. Efectos La reserva de dominio es el pacto en el que el vendedor no transmite la propiedad de lo vendido cuando la entrega al comprador, hasta que se abona el precio acordado. Si el pago total no fuera realizado, el vendedor del bien puede volver a tener propiedad sobre el mismo. O sea, se le hace la restitución del bien. Características  La reserva de dominio se redacta en una cláusula en el contrato de la compraventa.  Se utiliza este recurso para la compraventa de bienes muebles.  Este acuerdo puedes realizarse en cuanto se trate de bienes identificables, como en los vehículos, donde se pueden aportar los datos específicos del bien.  El vendedor mantiene la titularidad del bien, pero el comprador puede hacer uso de él con la condición de no transferirlo.  Se trata de un traspaso de propiedad diferido a un término determinado permaneciendo el vendedor como propietario de la cosa, concediendo el uso y goce al comprador.

Sala civil de la corte suprema de justicia en sentencia 6351 del 11 de junio de 2001, con ponencia del magistrado Manuel Ardila Velásquez, señala: No se remite a duda, entonces, que el ataque advino insustancial; y que, efectivamente, se pactó en este caso la reserva del dominio. Ahora, esto en pie y dada la naturaleza del comentado pacto, nada impide ya afirmar que no anduvo errado el tribunal cuando estimó que la entrega que se realizó del automotor en virtud del contrato de compraventa celebrado en condiciones tales, no convirtió al comprador - hoy recurrente- en poseedor. Más bien se trataría de todo lo contrario, puesto que la cláusula de no transferir el dominio de los bienes sino en virtud de la paga del precio implica, de suyo, en lo pertinente, un expreso señalamiento de las partes acerca de que la entrega que de la cosa se realice en esas condiciones, carece de toda connotación dominial; y ello por contera significa que quien la recibe, arranca como un mero tenedor de esta.»  Esto es importante porque si el contrato no se cumple luego el comprador no puede alegar posesión para efectos de una posible prescripción adquisitiva de dominio. En Colombia, el pacto de reserva de dominio es reconocido como una figura contractual regulada por el Código de Comercio y el Código Civil, y se utiliza principalmente en compraventas a crédito, especialmente para bienes muebles, como vehículos, maquinaria, y electrodomésticos. Requisitos del pacto de reserva de dominio en Colombia Formalización escrita: El pacto debe constar en el contrato de compraventa, ya que no opera de forma tácita.

  • Nombres, apellidos, documento de identificación y domicilio del comprador y del vendedor.
  • Precio de la venta y la forma de pago.
  • Fecha de vencimiento de la obligación.
  • Relación de los bienes vendidos y, el lugar donde permanecerán.
  • Estipulación acerca de la reserva del dominio de los bienes.

Condición de cumplimiento: Se estipula que el dominio del bien se transfiere únicamente cuando el comprador cumple con el pago total del precio acordado. Registro (en ciertos casos): Bienes muebles registrables (vehículos, maquinaria, etc.): El pacto debe inscribirse en el Registro de Instrumentos Públicos y Privados o el registro correspondiente (como el RUNT para vehículos), para ser oponible frente a terceros.

5. ¿Qué ocurre si el comprador paga parcialmente? Mientras no se complete el pago total, la propiedad del bien sigue siendo del vendedor. Sin embargo, las partes pueden renegociar los términos o establecer acuerdos sobre pagos pendientes. 6. ¿Se puede pactar reserva de dominio sobre bienes inmuebles? Sí, pero es menos común. Para que sea válido, debe constar en escritura pública y registrarse en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Ventajas del pacto de reserva de dominio en Colombia Para el vendedor:

  • Garantiza el derecho de propiedad sobre el bien hasta recibir el pago completo.
  • Facilita el proceso de recuperación del bien en caso de incumplimiento. Para el comprador:
  • Permite adquirir bienes de alto valor sin tener que pagar la totalidad del precio de manera inmediata.
  • Le da acceso al uso del bien mientras realiza los pagos. Artículos que regulan este tema en Colombia Normativa del Código de Comercio Artículo 952: Establece que, en los contratos de compraventa, las partes pueden acordar que la transferencia del dominio esté supeditada al cumplimiento de una condición, como el pago total del precio. Artículo 953: Señala que el comprador adquiere la posesión del bien, pero no su propiedad hasta que se cumpla la condición pactada. Artículo 1173: Regula los contratos de compraventa a crédito y permite incluir cláusulas como el pacto de reserva de dominio, siempre que esté claramente estipulado. Artículo 1175:

Permite al vendedor retener el dominio del bien mientras no se haya recibido el pago total o el cumplimiento de otras condiciones. Artículo 922: Sobre la obligación de inscribir contratos que afecten bienes muebles registrables, para que sean oponibles frente a terceros. Normativa del Código Civil Artículo 1857: Permite que las partes en un contrato de compraventa pacten condiciones suspensivas o resolutorias, como la reserva de dominio. Artículo 1546: Establece que, en caso de incumplimiento, la parte cumplida (en este caso, el vendedor) puede exigir la resolución del contrato, que incluye la devolución del bien. Decreto 2269 de 1993: Regula el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), donde se deben inscribir los contratos con reserva de dominio que involucren vehículos. Pacto de reserva de dominio en la compraventa comercial En el contrato de compraventa comercial se puede establecer una cláusula de reserva de dominio, la cual consiste en que el dominio de la cosa vendida se mantiene en cabeza del vendedor, pues solo puede pasar a manos del comprador cuando este haya pagado de manera íntegra el precio de la cosa o producto. El inciso primero del artículo 952 del Código de Comercio señala: El vendedor podrá reservarse el dominio de la cosa vendida, mueble oinmueble, hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio. El pacto de reserva de dominio puede efectuarse tanto en la venta de bienes muebles como inmuebles. Esta figura se da cuando el pago de la cosa debe realizarse por cuotas o plazos con la finalidad de que el comprador cumpla su obligación a cambio deobtener la propiedad. La reserva de dominio tiene como objetivo que, en caso de que el compradorno cumpla