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Manual de inteligencia, Guías, Proyectos, Investigaciones de Ciencias Forestales

Es un manual sobre inteligencia

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2022/2023

Subido el 15/04/2023

daniel-mendez-62
daniel-mendez-62 🇨🇴

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MFE 2-0
INTELIGENCIA
EJÉRCITO NACIONAL
DE COLOMBIA
SEPTIEMBRE 2017 | PÚBLICO
PÚBLICO
MFE 2-0
INTELIGENCIA
MFE 2-0
INTELIGENCIA
SEPTIEMBRE 2017
EJÉRCITO NACIONAL
DE COLOMBIA
CEDOC
COMANDO DE
EDUCACIÓN Y DOCTRINA
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Vista previa parcial del texto

¡Descarga Manual de inteligencia y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Ciencias Forestales solo en Docsity!

MFE 2-

INTELIGENCIA

EJÉRCITO NACIONAL

DE COLOMBIA

P Ú B L I C O^ SEPTIEMBRE^2017 |^ PÚBLICO

MFE 2-

INTELIGENCIA

SEPTIEMBRE 2017

EJÉRCITO NACIONAL

DE COLOMBIA

MANUAL FUNDAMENTAL DEL EJÉRCITO MFE 2-0 INTELIGENCIA PÚBLICO Septiembre 2017

IMPRESO POR IMPRENTA MILITAR DEL EJÉRCITO

Restricciones de distribución: ninguna. Se autoriza su distribución pública.

Esta publicación está disponible en el portal del Centro de Doctrina del Ejército - CEDOE www.cedoe.mil.co

IV

MANUAL FUNDAMENTAL DEL EJÉRCITO INTELIGENCIA EJC MFE 2- PÚBLICO SEPTIEMBRE 2017

ARTÍCULO 2° La retroalimentación relevante sobre el contenido del ma- nual y las recomendaciones a que dé lugar la aplicación del mismo deben ser presentadas al Comando de Educación y Doctrina del Ejército, a fin de estudiarlas y tenerlas en cuen- ta para su perfeccionamiento conforme lo establece el De- creto No. 1605 de 1988 y el Capítulo II, sección B, numeral 4, literal b, sub numeral 4 del “Reglamento de Doctrina y Publi- caciones Militares del Ejército EJC 1-01 de 2017”.

ARTÍCULO 3° Disponer la publicación e implementación de la actualización del Manual aprobado en la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II, numeral 3, literal c), sub numeral 1, sub literal (c) y numeral 4 literal i) del Decreto No. 1605 de 1988 y en el Capítulo II, sección B, numeral 4 del “Re- glamento de Doctrina y Publicaciones Militares del Ejército EJC 1-01 de 2017”.

ARTÍCULO 4° La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedi- ción.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de septiembre de 2017.

General ALBERTO JOSÉ MEJÍA FERRERO Comandante del Ejército Nacional

V

MFE 2-0, C

FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA EJÉRCITO NACIONAL

COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA

INTELIGENCIA

El MFE 2-0,Inteligencia, aprobado según Resolución 01649 del 5 de agosto de 2016 cambia así:

  1. Este cambio contiene una nueva estructura en la publicación, teniendo en cuenta que se introduce el numeral 2.Marco legal de inteligencia y contrainteligencia.
  2. Cambia el términocapacidades de inteligencia pordisciplinas de inteligencia.
  3. Modifica los pasos del proceso de inteligencia.
  4. El signo + identifica el nuevo material.
  5. La modificación de la estructura del MFE 2-0, cambio 1, no per- mite remover e insertar páginas.
  6. Archive esta página de seguimiento de cambios al inicio de la publicación para futuras referencias.

Cambio 1 Manual fundamental del Ejército N.º 2- Público Septiembre de 2017

REMOVER LAS PÁGINAS ANTIGUAS INSERTAR LAS PÁGINAS NUEVAS

MFE 2- INTELIGENCIA

VII

CONTENIDO

PRÓLOGO IX

INTRODUCCIÓN XI

1. INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA 1

1.1. Inteligencia 1 1.2. Contrainteligencia 2

2. MARCO LEGAL DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA 3

2.1. Límites y fines de la inteligencia y contrainteligencia 3 2.2. Principios de inteligencia y contrainteligencia 4 2.3. Autorización 7

3. INTELIGENCIA EN OPERACIONES TERRESTRES UNIFICADAS 10 4. INTELIGENCIA EN APOYO DEL COMANDANTE Y DE LOS TOMADORES DE DECISIONES 12

4.1. Preparación de inteligencia del campo de combate (PICC) 13 4.2. Metodología de diseño del Ejército, PMTD, PMATD y proceso de sincronización 14 4.3. Recolección de información 14 4.4. Apoyo al proceso de selección y priorización de blancos 14 4.5. Evaluación 14

5. FUNCIÓN DE CONDUCCIÓN DE LA GUERRA INTELIGENCIA 15

5.1. Tareas de la FCG Inteligencia 16 5.2. Recolección de información 20 5.3. Unión de esfuerzos de inteligencia 22 5.4. Competencias distintivas de la inteligencia 24

5.5. Proceso de inteligencia 28 5.6. Disciplinas de la inteligencia 32

CONCLUSIÓN 33

GLOSARIO 35

1. Abreviaturas, siglas y acrónimos 35 2. Términos 37

FIGURAS

Figura 1 Conducción de la inteligencia y contrainteligencia en el Ejército XIII

En mi calidad de jefe del Departamento de Inteligencia y Con- trainteligencia del Ejército es mi intención que la especialidad se proyecte como el arma que le permita al Ejército ser una fuerza interoperable exitosa, en un escenario conjunto y mul- tinacional, como lo ha sido a través de su gloriosa historia.

Brigadier General JOSÉ ARMANDO SERPA HERNÁNDEZ Jefe del Departamento de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército

MFE 2- INTELIGENCIA

XI

INTRODUCCIÓN

Se requiere focalizar e intensificar el esfuerzo de la inteli- gencia y contrainteligencia para asegurar que el Ejército Na- cional de Colombia siga siendo una fuerza terrestre exitosa, dado que precisa una inteligencia detallada en un ambiente operacional complejo, a fin de apoyar las diferentes opera- ciones militares conjuntas y multinacionales, y una contrain- teligencia sincronizada en el análisis de la información y las variables operacionales y de la misión para la protección de la Fuerza.

Así las cosas, el manual fundamental del Ejército (MFE) 2-0, Inteligencia, provee las bases doctrinales comunes de la in- teligencia y contrainteligencia, explica su propósito de mane- ra general, establece sus roles en las operaciones militares, determina su apoyo en el proceso militar para la toma de decisiones (PMTD) y, particularmente, describe el papel de la inteligencia como una función de conducción de la guerra (FCG) y el apoyo que da a la FCG Protección. Lo anterior, en el marco del desarrollo de actividades determinadas en la Ley 1621 de 2013.

Es decir, el propósito de esta publicación es presentar los principios fundamentales que rigen la inteligencia y la con- trainteligencia, en el entendido de que son el eje de las ope- raciones militares, siempre con absoluto respeto y apego a la Constitución Política y a las leyes colombianas alineadas a la normatividad internacional vigente. Por consiguiente, tiene como principal audiencia a los oficiales, suboficiales,

MFE 2- INTELIGENCIA

XIII

INTELIGENCIA EN OTU

| Figura 1 | Conducción de la inteligencia y contrainteligencia en el Ejército

INTELIGENCIA CONJUNTA

OPERACIONES TERRESTRES UNIFICADAS (OTU)

La inteligencia y la contrainteligencia son el producto del pla- neamiento, recolec- ción, análisis y difusión de la información, con el fin de satisfacer las necesidades del co- mandante en cuanto al ambiente operacional para el planeamiento y la conducción de las operaciones actuales o futuras.

  • La inteligencia es conjunta, interagen- cial, interguberna- mental y multina- cional.
  • La acción unificada proporciona un en- tendimiento del am- biente operacional, proyecciones y capa- cidades de la amena- za, complementando la unión de esfuer- zos de Inteligencia.

“Tareas ofensivas, defensivas, de estabilidad o de apoyo de la defensa a la autoridad civil ejecutadas simultáneamente para capturar, retener y explotar la iniciativa y consolidar ganancias para prevenir el conflicto, configurar el ambiente operacional y ven- cer en la guerra como parte de la acción unificada” (MFRE 3-0).

UNIÓN DE ESFUERZOS DE INTELIGENCIA

La inteligencia se sincroniza con los asociados de la AU para lograr unidad de esfuerzo y cumplir con la intención del comandante. La unidad de esfuerzos de Inteligencia es crítica para lograr el cumplimien- to de la misión. La inteligencia y contrainteligencia reducen la incertidumbre operacional. FACILITA El entendimiento de la situación al comandante y a quienes toman decisiones EJECUTADA A TRAVÉS DE La función de conducción de la guerra Inteligencia Conjunto de tareas y sistemas relacionados entre sí para facilitar el entendimiento del enemigo, el terreno, las condiciones del tiempo atmosférico y las consideraciones civiles (MFE 3-0). Actividades de inteligencia y contrainteligencia Tareas desarrolladas en la generación de fuerza y generación de combate unidas por un proceso continuo que apoya las operaciones y en cumpli- miento del marco legal (Ley 1621 de 2013).

XIV

El Ejército conduce la función de conducción de la guerra Inteligencia a través de las actividades de inteligencia y contrainteligencia en las siguientes construcciones doctrinales y siguiendo el marco jurídico establecido en la Ley 1621 de 2013

LAS COMPETENCIAS DISTINTIVAS

DISCIPLINAS DE LA INTELIGENCIA

PROCESOS DE INTELIGENCIA

Actividades básicas y tareas usadas para describir la función de conducción de la guerra Inteligencia y optimizar la comunidad de inteligencia

Un amplio proceso para apoyar las operaciones

Los fundamentos que juntos constituyen el esfuerzo de inteligencia

GUIADOS POR

  • Sincronización de Inteligencia.
  • Operaciones de Inteligencia y contrainteligencia.
  • Análisis de Inteligencia. - Planeamiento y dirección. - Recolección de información. - Procesamiento. - Difusión y retroalimentación. - Contrainteligencia. - Inteligencia humana. - Inteligencia geoespacial. - Inteligencia de señales. - Inteligencia técnica. - Ciberinteligencia. - Guerra electrónica. - Inteligencia de medidas y huellas distintivas. - Inteligencia de fuentes abiertas. - Inteligencia estratégica.

MANDO TIPO MISIÓN

  • Apoyar el entendimiento del am- biente operacional.
  • Apoyar la generación de fuerza.
  • Conducir la recolección de infor- mación.
  • Apoyar el proceso de selección y priorización de blancos.

TAREAS

  • Apoyar la protección de la fuerza.
  • Apoyar la seguridad pública.
  • Apoyar la seguridad nacional.
  • Apoyar la defensa nacional.
  • Apoyar las actividades del ciberespacio y del espectro electromagnético. LAS CUALES APALANCAN Unión de esfuerzos de inteligencia
  • Comunidad de inteligencia conjunta.
  • En la arquitectura de la inteligencia.
  • En los profesionales de Inteligencia.

2

  • Apoyar la toma de decisiones del comandante.
  • Generar alternativas para la respuesta militar sobre las intenciones enemigas.

[1-4] Como función de conducción de la guerra (FCG) Inteli- gencia, responde a los requerimientos en apoyo de las ope- raciones militares y a los planes y políticas emitidos por el Departamento de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejér- cito. Este esfuerzo provee información e inteligencia a todas las FCG y apoya directamente el ejercicio del mando tipo misión (MTM) a través de la conducción de las operaciones militares.

[1-5] Como función general, la inteligencia es conjunta, inte- ragencial y multinacional, basada en la sincronización de las disciplinas de inteligencia propias y de los asociados de la acción unificada (AU), para el adecuado empleo de las capa- cidades de la comunidad de inteligencia conjunta (CIC).

1.2. CONTRAINTELIGENCIA

[1-6] La contrainteligencia es el conjunto de actividades destinadas a la preservación de personal, instalaciones, infraestructura, equipos, material e información que están encaminadas a identificar, prevenir, detectar, interrumpir, explotar, contrarrestar, disuadir, desinformar y neutralizar la recolección de información de inteligencia extranjera y servicios de seguridad, organizaciones terroristas, agentes locales y otras amenazas (MFRE 2-0), las cuales preten- dan invalidar, retrasar, impedir o bloquear el empleo de los

3

MFE 2- INTELIGENCIA

medios, equipos, material e instalaciones dispuestos en el área de operaciones, obstaculizar el mando tipo misión, ex- poner vulnerabilidades internas y alterar u ocultar datos de interés de la amenaza que ocasionen la disminución de la eficiencia del actuar militar.

2. +MARCO LEGAL DE INTELIGENCIA Y CONTRAINTELIGENCIA

[2-1] El marco legal de inteligencia y contrainteligencia se rige por la Ley estatutaria 1621 de 2013 y por el Decreto compila- torio del sector administrativo de defensa 1070 de 2015.

2.1. LÍMITES Y FINES DE LA INTELIGENCIA Y

CONTRAINTELIGENCIA

[2-2] Los límites y fines de la función de inteligencia y con- trainteligencia están descritos en el artículo 4 de la Ley 1621 de 2013.

[2-3] Dicha función estará limitada en su ejercicio al respe- to de los Derechos Humanos (DD. HH.) y en el cumplimiento estricto de la Constitución Política, la Ley y el Derecho Inter- nacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Dere- chos Humanos.

[2-4] Ninguna información de inteligencia o contrainteligen- cia podrá ser obtenida con fines diferentes de:

5

MFE 2- INTELIGENCIA

la actividad se dirija de forma adecuada hacia la realización de las tareas durante su aplicación.

2.2.1. Principio de necesidad

[2-7] “La actividad de inteligencia y contrainteligencia debe ser necesaria para alcanzar los fines constitucionales de- seados; es decir que podrá recurrirse a esta siempre que no existan otras actividades menos lesivas que permitan alcan- zar tales fines” (Ley 1621, 2013, art. 5).

2.2.2. Principio de idoneidad

[2-8] “La actividad de inteligencia y contrainteligencia debe hacer uso de medios que se adecuen al logro de los fines definidos en el artículo 4 de esta Ley; es decir que se deben usar los medios aptos para el cumplimiento de tales fines y no otros” (Ley 1621, 2013, art. 5).

2.2.3. Principio de proporcionalidad

[2-9] “La actividad de inteligencia y contrainteligencia deberá ser proporcional a los fines buscados y sus beneficios deben exceder las restricciones impuestas sobre otros principios y valores constitucionales. En particular, los medios y métodos empleados no deben ser desproporcionados frente a los fi- nes que se busca lograr” (Ley 1621, 2013, art. 5).

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2.2.4. Reserva

[2-10] “Por la naturaleza de las funciones que cumplen los organismos de inteligencia y contrainteligencia sus docu- mentos, información y elementos técnicos estarán ampara- dos por la reserva legal por un término máximo de treinta (30) años contados a partir de la recolección de la informa- ción y tendrán carácter de información reservada.

[2-11] Excepcionalmente, y en casos específicos, por reco- mendación de cualquier organismo que lleve a cabo activi- dades de inteligencia y contrainteligencia, el presidente de la República podrá acoger la recomendación de extender la reserva por quince (15) años más, cuando su difusión supon- ga una amenaza grave interna o externa contra la seguridad o la defensa nacional, se trate de información que ponga en riesgo las relaciones internacionales, esté relacionada con grupos armados al margen de la ley, o atente contra la in- tegridad personal de los agentes o las fuentes” (Ley 1621, 2013, art. 33).

2.2.5. Principio de compartimentación

[2-12] La compartimentación hace referencia a conocer la información estrictamente necesaria para el desarrollo de la misión; no significa ocultarla.

[2-13] Con ello se pretende garantizar el uso de la informa- ción de acuerdo con el grado de clasificación y el cargo y la función del profesional de inteligencia, lo cual ofrece segu- ridad y garantiza el secreto de la información, actividad y