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Liquidación de la herencia con sociedad conyugal de Blanca Lilia Soto de Ospina, Ejercicios de Derecho

El trámite notarial de liquidación de la sucesión intestada con sociedad conyugal de blanca lilia soto de ospina, quien falleció el 23 de junio de 2021 en el municipio de rionegro, antioquia. El documento incluye información sobre los herederos (cónyuge y tres hijas), el inventario y avalúo de los bienes de la causante, así como el trabajo de partición y adjudicación de la liquidación conyugal y de herencia. Se detallan los bienes inmuebles pertenecientes a blanca lilia soto de ospina, su valor y la forma de adjudicación a los herederos. El documento también contiene un poder otorgado por los herederos a una abogada para que los represente en el trámite notarial. Este documento podría ser útil para estudiantes de derecho, especialmente aquellos interesados en el área de derecho de sucesiones, así como para profesionales del derecho que necesiten referencia sobre este tipo de trámites notariales.

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 07/06/2024

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DOCTOR
CARLOS MARIO LONDOÑO CORREA
NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE SANTA BÁRBARA
REFERENCIA: LIQUIDACIÓN DE LA HERENCIA CON SOCIEDAD CONYUGAL
CAUSANTE: BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO
DORA MARIA CARDONA LONDOÑO con T.P. Nº272727, expedida por el Ministerio
de Justicia, mayor de edad, identificado como aparece al pie de mi firma, como
apoderado de los señores DARIO DE JESUS OSPINA SOTO Identificado con cc
741101, LUZ AMANDA OSPINA SOTO cc 39385141 y SANDRA MARIA OSPINA
SOTO mayores de edad, plenamente capaces, vecinos de Santa Bárbara-Ant,
quienes en su calidad de, cónyuge, hijas, obrando de común acuerdo y cuya
representación acredito con el poder anexo a la presente, manifiesto a usted el
propósito que me asiste para adelantar en esta Notaría la liquidación de la herencia
con sociedad conyugal de la causante, señora BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA,
de acuerdo con el trámite previsto por el Decreto 902 de 1988, modificado y
adicionado por el Decreto 1729 de 1989. Para el efecto me permito acompañar a
esta solicitud los documentos indicados en el artículo 588 del C.P.C.:
Acta de defunción del causante, actas del estado civil de los herederos, cónyuge
sobreviviente, acta de matrimonio de la causante , el inventario y avalúo de los
bienes, la relación del pasivo de la herencia y de la sociedad conyugal, y el
respectivo trabajo de partición y/o adjudicación.
Es de anotar también lo siguiente:
PRIMERO: Que el último domicilio del causante señora BLANCA LILIA SOTO DE
OSPINA o el asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Santa Bárbara- Ant.
SEGUNDO: Mis poderdantes declaran que no conocen otros interesados de igual o
mejor derecho del que ellos tienen y que desconocen la existencia de legatarios o
acreedores en la relación de activos y pasivos que se acompaña a esta solicitud.
Mis poderdantes aceptan la herencia con beneficio de inventario (o si fuera el caso,
de modo puro y simple).
En consecuencia, hago a usted las siguientes peticiones:
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DOCTOR

CARLOS MARIO LONDOÑO CORREA

NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE SANTA BÁRBARA

REFERENCIA: LIQUIDACIÓN DE LA HERENCIA CON SOCIEDAD CONYUGAL

CAUSANTE: BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO

DORA MARIA CARDONA LONDOÑO con T.P. Nº272727, expedida por el Ministerio

de Justicia, mayor de edad, identificado como aparece al pie de mi firma, como

apoderado de los señores DARIO DE JESUS OSPINA SOTO Identificado con cc

741101 , LUZ AMANDA OSPINA SOTO cc 39385141 y SANDRA MARIA OSPINA

SOTO mayores de edad, plenamente capaces, vecinos de Santa Bárbara-Ant,

quienes en su calidad de, cónyuge, hijas, obrando de común acuerdo y cuya

representación acredito con el poder anexo a la presente, manifiesto a usted el

propósito que me asiste para adelantar en esta Notaría la liquidación de la herencia

con sociedad conyugal de la causante, señora BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA,

de acuerdo con el trámite previsto por el Decreto 902 de 1988, modificado y

adicionado por el Decreto 1729 de 1989. Para el efecto me permito acompañar a

esta solicitud los documentos indicados en el artículo 588 del C.P.C.:

Acta de defunción del causante, actas del estado civil de los herederos, cónyuge

sobreviviente, acta de matrimonio de la causante , el inventario y avalúo de los

bienes, la relación del pasivo de la herencia y de la sociedad conyugal, y el

respectivo trabajo de partición y/o adjudicación.

Es de anotar también lo siguiente:

PRIMERO: Que el último domicilio del causante señora BLANCA LILIA SOTO DE

OSPINA o el asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Santa Bárbara- Ant.

SEGUNDO : Mis poderdantes declaran que no conocen otros interesados de igual o

mejor derecho del que ellos tienen y que desconocen la existencia de legatarios o

acreedores en la relación de activos y pasivos que se acompaña a esta solicitud.

Mis poderdantes aceptan la herencia con beneficio de inventario (o si fuera el caso,

de modo puro y simple).

En consecuencia, hago a usted las siguientes peticiones:

1. Admitir la presente solicitud, por ajuste a la ley.

2. Informar a la oficina de cobranzas de la Administración de Impuesto

Nacionales correspondiente.

3. Ordenar la publicación del edicto emplazatorio para que comparezcan las

personas que se crean con derecho a intervenir en este trámite

sucesoral.

4. Que se tenga al suscrito como apoderado de los mencionados solicitantes

para todos los efectos legales.

Para esta solicitud me fundamento en los Decretos 902 de 1988, 1729 de 1989 y

588 del C.P.C. y demás normas concordantes del C.C. y C.P.C.

Atentamente,

DORA MARIA CARDONA LONDOÑO

CC 8419459 Y TP 272727 C.S.J

SEXTO:

Los herederos aceptan la herencia con beneficio de inventario, conforme el precepto del artículo 1304 del Código Civil. SÉPTIMO : LUZ AMANDA OSPINA SOTO ,SANDRA MARIA OSPINA SOTO Y DARIO DE JESUS OSPINA SOTO conforme al mandato legal, bajo la gravedad de juramento declaran de manera expresa que no conocen otros herederos o cesionarios con igual o mejor derecho para suceder a BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA. También desconocen la existencia de legatarios o acreedores de ninguna especie. OCTAVO : Según el inventario o avalúo de bienes sociales que se anexa, el activo líquido asciende a la suma de $81.170.289 suma que será usada para la liquidación de la herencia. NOVENO: No existen bajas de las señaladas en el artículo 1060 del Código Civil. DÉCIMO: Que la voluntad de mis poderdantes, que son plenamente capaces, es la de adelantar ante su notaría la liquidación de la sociedad conyugal y la herencia de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA. II. SOLICITUDES PRIMERA: Adelantar el trámite notarial de liquidación de sociedad conyugal y de herencia BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA. 1 Es necesario tener en cuenta los órdenes hereditarios contenidos en el artículo 1045 y siguientes del Código Civil. SEGUNDA : Realizar la citación de las personas que se crean con derecho a concurrir a este proceso liquidatorio, por medio de la publicación del edicto de emplazamiento. TERCERA: Se den los avalúos de que trata la misma disposición a la oficina de Cobranzas de la Administración de Impuestos Nacionales y a la Oficina de Supernotariado. CUARTA : Se comunique la iniciación de este trámite a la Superintendencia de Notariado y Registro para lo de su competencia. QUINTA : Se comunique la iniciación de este trámite a la Unidad de Gestión y Parafiscales (UGPP) para lo de su competencia. SEXTA :

Otorgar la escritura pública que contenga el acto de liquidación notarial de sociedad conyugal y de herencia por causa de muerte de la causante. III. ANEXOS

  1. Copia auténtica del registro civil de nacimiento de LUZ AMANDA OSPINA SOTO N° 583 Y SANDRA MARIA OSPINA SOTO N°99 de Notaria Unica de Santa Bárbara-Ant
  2. Copia auténtica del registro civil de defunción de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA Número 09717661 Fecha 29 Junio de 2021.
  3. Copia auténtica del registro civil de nacimiento de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA Número 182 Fecha 20 de Agosto de 1949 Notaria Unica de Santa Bárbara -Ant.
  4. Copia auténtica del registro civil de matrimonio de entre BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA y DARIO DE JESUS OSPINA SOTO Número 6316256 Fecha 21 de Septiembre de 2023
  5. Copia de la cédula de los señores LUZ AMANDA OSPINA SOTO, SANDRA MARIA OSPINA SOTO Y DARIO DE JESUS OSPINA SOTO.
  6. Copia de la cédula de causante BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA

7. Copia de la cédula y Tarjeta profesional del apoderado DORA MARIA CARDONA

LONDOÑO

  1. Poder debidamente presentado por LUZ AMANDA OSPINA SOTO, SANDRA MARIA OSPINA SOTO Y DARIO DE JESUS OSPINA SOTO.
    1. Inventario y avalúo de bienes.
    2. Trabajo de partición y adjudicación conyugal o la herencia, se incluyen los siguientes documentos Activos: Bienes Inmuebles: Copia reciente de los Certificados de Tradición y Libertad de todos los inmuebles. Fotocopias simples de las escrituras públicas de compra de los inmuebles. Originales de los recibos de pago de impuesto predial para el año en curso. Paz y Salvo por valorización expedido por el IDU (este deberá solicitarse una vez adelantado el trámite ya que su vigencia es de 30 días.)

DOCTOR

CARLOS MARIO LONDOÑO CORREA

NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE SANTA BÁRBARA

REFERENCIA: INVENTARIO Y AVALÚO SUCESIÓN INTESTADA CON SOCIEDAD

CONYUGAL

CAUSANTE: BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO

DORA MARIA CARDONA LONDOÑO con T.P. Nº272727, expedida por el Ministerio

de Justicia, mayor de edad, identificado como aparece al pie de mi firma, como

apoderado de los señores DARIO DE JESUS OSPINA SOTO Identificado con cc

741101 , LUZ AMANDA OSPINA SOTO cc 39385141 y SANDRA MARIA OSPINA

SOTO cc 39386302, presento ante usted el inventario y avalúo de la liquidación de la

sucesión intestada con sociedad conyugal de DARIO DE JESUS SOTO OSPINA, LUZ AMANDA OSPINA SOTO,SANDRA MARIA OSPINA SOTO y herencia por causa de muerte de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA quien se identificaba en vida con cédula de ciudadanía número 22039774 de Santa Bárbara -Ant; quien falleció el día 23 de junio de 2021 y su último domicilio y asiento de sus negocios fue Santa Bárbara -Ant. I. INVENTARIO Y AVALÚO SOCIEDAD CONYUGAL

  1. ACTIVO SOCIAL 1.1. BIENES A NOMBRE DE DARIO DE JESUS SOTO OSPINA PARTIDA PRIMERA : Descripción del bien : Un lote de terreno que se tomara de otro de mayor extensión,extensión situada en este municipio en el paraje Alto del Barro ,se comprende por los siguientes linderos,por el oriente y nororiente con Marcos Grajales,por el suroccidente y noroccidente,con el vendedor Valentin Soto,este lote se destinará para la construcción de una pequeña casa campesina y tiene de oriente a occidente 35 metros con 20 cms; de norte a sur en la parte ancha 24 metros y en el pie (oriente en 8 metros aproximadamente). Lo anterior fue adquirido en mayor extensión por compra a Barbara Rosa Suaza por medio de la escritura 74 de 25 de enero de 1962. Tradición: Adquiere DARIO DE JESUS OSPINA SOTO por compra hecha a Valentin Soto Castañeda mediante escritura de compra venta 297 del 11 de abril de 1981 de la Notaría única de Santa Bárbara -Ant. Valor de la partida: $81.170. TOTAL ACTIVOS A NOMBRE DE DARIO DE JESUS OSPINA SOTO: ($81.170.289) Ochenta y un millones,ciento setenta mil doscientos ochenta y nueve pesos m/l 1.2. BIENES A NOMBRE DE BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA

PARTIDA PRIMERA : Descripción del bien: un lote de terreno tomado de uno de mayor

extensión; situado en el paraje “El Barro” jurisdicción del municipio de Santa Bárbara

que está comprendido por estos linderos : por la parte de encima con Emilio Soto;

por un costado con el divisionario Tiberio Soto; por el pie,cañada arriba con Victor

Raigoza; y por el lado restante con la divisionaria Ana Leticia Soto; tiene una

superficie o cabida de aproximadamente trescientos cuarenta y tres,con ochenta y

tres(343,83)metros cuadrados,pero se adjudica como cuerpo cierto.se adjudica en la

suma de VEINTICINCO MIL PESOS : $25.000,00.

Tradición:

Adquirió la causante el bien inmueble referido por adjudicación de sucesión del

Señor Valentin Soto conforme a los datos relacionados en la hijuela #1 según

escritura nro 46 de enero 23 de 1993 de la notaría única de Santa Bárbara: Valor de

la partida: $ 93.651. TOTAL ACTIVOS A NOMBRE DE BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA: ($93.651.774) Noventa y tres millones seiscientos cincuenta y un mil,setecientos setenta y cuatro pesos m/l ACTIVO BRUTO SOCIAL: ($81.170.289) Ochenta y un millones,ciento setenta mil doscientos ochenta y nueve pesos m/l

  1. PASIVO SOCIAL 2.1. PASIVO A NOMBRE DE DARIO DE JESUS OSPINA SOTO ($00.000) TOTAL PASIVOS A NOMBRE DE DARIO DE JESUS OSPINA SOTO ($ 00.000) cero pesos m/l 2.2. PASIVO A NOMBRE DE BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA ($00.000)cero pesos m/l PASIVO SOCIAL: ($00.000) CERO PESOS M/L ACTIVO LÍQUIDO SOCIAL: ($81.170.289) Ochenta y un millones,ciento setenta mil doscientos ochenta y nueve pesos m/l GANANCIALES: ($81.170.289) Ochenta y un millones,ciento setenta mil doscientos ochenta y nueve pesos m/l Dividido en 2= 81.170.289 / 2= 40.585.145.Correspondiente al cónyuge sobreviviente y 40.585.145 Correspondiente a los herederos(Hijas) II. INVENTARIO Y AVALÚO HERENCIA Se elaboró con participación de los herederos el siguiente inventario y avalúo de bienes, con la observación de los requisitos de ley: ACTIVO PARTIDA PRIMERA: Descripción del bien : Un lote de terreno que se tomara de otro de mayor extensión,extensión situada en este municipio en el paraje Alto del Barro ,se comprende por los siguientes linderos,por el oriente y nororiente con Marcos Grajales,por el suroccidente y

DOCTOR

CARLOS MARIO LONDOÑO CORREA

NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE SANTA BÁRBARA

REFERENCIA: TRABAJO DE PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN

CONYUGAL Y DE HERENCIA POR CAUSA DE MUERTE

CAUSANTE: BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO

DORA MARIA CARDONA LONDOÑO con T.P. Nº272727, expedida por el Ministerio

de Justicia, mayor de edad, identificado como aparece al pie de mi firma, como

apoderado de los señores DARIO DE JESUS OSPINA SOTO Identificado con cc

741101 , LUZ AMANDA OSPINA SOTO cc 39385141 y SANDRA MARIA OSPINA

SOTO cc 39386302,herederos y cónyuge que me otorgan el poder; presento ante usted el

trabajo de partición y adjudicación de la liquidación de la sociedad conyugal y de herencia por causa de muerte de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA , identificada con cédula de ciudadanía número 22039744 de Santa Bárbara-Ant quien falleció el día 23 de junio de 2021 y su último domicilio y asiento de sus negocios fue Santa Bárbara-Ant. I. ADJUDICACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL Los activos sociales de la sociedad conyugal quedarán repartidos de la siguiente manera: Para el cónyuge DARIO DE JESUS OSPINA SOTO identificado con cédula de ciudadanía número 741101, Le corresponde por gananciales la suma de $40.585.145 que se pagarán así: PRIMERA PARTIDA Descripción del bien: Un lote de terreno que se tomara de otro de mayor extensión ,extensión situada en este municipio en el paraje Alto del Barro ,se comprende por los siguientes linderos,por el oriente y nororiente con Marcos Grajales,por el suroccidente y noroccidente,con el vendedor Valentin Soto,este lote se destinará para la construcción de una pequeña casa campesina y tiene de oriente a occidente 35 metros con 20 cms; de norte a sur en la parte ancha 24 metros y en el pie (oriente en 8 metros aproximadamente). Lo anterior fue adquirido en mayor extensión por compra a Barbara Rosa Suaza por medio de la escritura 74 de 25 de enero de 1962. Tradición se adjudica por la suma de $40.585.145 Para el cónyuge DARIO DE JESUS OSPINA SOTO. Para BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA identificada con cédula de ciudadanía número 22039744 Le corresponde por gananciales la suma de $40.585.145 que se pagarán así: PRIMERA PARTIDA Descripción del bien Un lote de terreno que se tomara de otro de mayor extensión,extensión situada en este municipio en el paraje Alto del Barro ,se comprende por los siguientes linderos,por el oriente y nororiente con Marcos Grajales,por el suroccidente y

noroccidente,con el vendedor Valentin Soto,este lote se destinará para la construcción de una pequeña casa campesina y tiene de oriente a occidente 35 metros con 20 cms; de norte a sur en la parte ancha 24 metros y en el pie (oriente en 8 metros aproximadamente). Lo anterior fue adquirido en mayor extensión por compra a Barbara Rosa Suaza por medio de la escritura 74 de 25 de enero de 1962. Tradición Se adjudica por la suma de $40.585.145 para BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA II. ADJUDICACIÓN DE LA HERENCIA Se llevan a cabo las siguientes adjudicaciones:

1. Hijuela para LUZ AMANDA OSPINA SOTO con cédula de ciudadanía número 39385141 Le corresponde a la heredera a título de herencia la suma de $20.292.572 que se pagarán así: PARTIDA PRIMERA: Descripción del bien Un lote de terreno que se tomara de otro de mayor extensión,extensión situada en este municipio en el paraje Alto del Barro ,se comprende por los siguientes linderos,por el oriente y nororiente con Marcos Grajales,por el suroccidente y noroccidente,con el vendedor Valentin Soto,este lote se destinará para la construcción de una pequeña casa campesina y tiene de oriente a occidente 35 metros con 20 cms; de norte a sur en la parte ancha 24 metros y en el pie (oriente en 8 metros aproximadamente). Lo anterior fue adquirido en mayor extensión por compra a Barbara Rosa Suaza por medio de la escritura 74 de 25 de enero de 1962. Tradición **Se adjudica esta hijuela por la suma de $20.292.

  1. Hijuela para SANDRA MARIA OSPINA SOTO** con cédula de ciudadanía número 39386302 Le corresponde al heredero a título de herencia la suma de $20.292.572 que se pagarán así: PARTIDA PRIMERA : Descripción del bien Un lote de terreno que se tomara de otro de mayor extensión, situada en este municipio en el paraje Alto del Barro ,se comprende por los siguientes linderos,por el oriente y nororiente con Marcos Grajales,por el suroccidente y noroccidente,con el vendedor Valentin Soto,este lote se destinará para la construcción de una pequeña casa campesina y tiene de oriente a occidente 35 metros con 20 cms; de norte a sur en la parte ancha 24 metros y en el pie (oriente en 8 metros aproximadamente). Lo anterior fue adquirido en mayor extensión por compra a Barbara Rosa Suaza por medio de la escritura 74 de 25 de enero de 1962. Se adjudica esta hijuela por la suma de $20.292.
  2. Hijuela para LUZ AMANDA OSPINA SOTO con cédula de ciudadanía número 39385141 Le corresponde al heredero a título de herencia la suma de $46.825.887 que se pagarán así: PARTIDA SEGUNDA: Descripción del bien :

HIJUELA 1 PARTIDA PRIMERA

  1. Hijuela para LUZ AMANDA OSPINA SOTO con cédula de ciudadanía número 39385141 Le corresponde al heredero a título de herencia la suma de $20.292. HIJUELA 2 PARTIDA PRIMERA
  2. Hijuela para SANDRA MARIA OSPINA SOTO con cédula de ciudadanía número 39386302 **Le corresponde al heredero a título de herencia la suma de $20.292. HIJUELA 1 PARTIDA SEGUNDA
  3. Hijuela para LUZ AMANDA OSPINA SOTO** con cédula de ciudadanía número 39385141 Le corresponde al heredero a título de herencia la suma de $46.825. HIJUELA 2 PARTIDA SEGUNDA
  4. Hijuela para SANDRA MARIA OSPINA SOTO con cédula de ciudadanía número 39386302 Le corresponde al heredero a título de herencia la suma de $46.825.

COMPROBACIÓN: $ Se deja así concluida la petición de liquidación de la sociedad conyugal y de la herencia, el inventario y avalúo de bienes y el trabajo de partición que me fue encomendado, en todo de conformidad con las normas del Código Civil. Señor Notario, DORA MARIA CARDONA LONDOÑO CC. 39207934. T.P. 272727No. CSJ.

DOCTOR

CARLOS MARIO LONDOÑO CORREA

NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE SANTA BÁRBARA

REFERENCIA: PODER Trámite notarial de liquidación de la sucesión intestada con

sociedad conyugal de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA

DARIO DE JESUS OSPINA SOTO Identificado con CC 741101 , LUZ AMANDA

OSPINA SOTO CC 39385141 y SANDRA MARIA OSPINA SOTO CC 39386302

obrando en nombres propios, en calidad de cónyuge sobreviviente y herederos hijas de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA, quien en su vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 22.039.774 de Santa Bárbara-Ant conferimos poder especial, amplio y

suficiente a DORA MARIA CARDONA LONDOÑO abogada en ejercicio, identificado

con la cédula de ciudadanía número 8419459 de Barbosa-Ant y portador de la tarjeta profesional número 272727 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que actúe en nuestros nombres y representación en el trámite notarial de liquidación de la sucesión testada con sociedad conyugal de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA. Nuestro apoderado queda facultado para:

  1. Presentar la liquidación de la sociedad conyugal entre DARIO DE JESUS OSPINA SOTO Y BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA y La liquidación de la sucesión testada entre los herederos, en calidad de hijas LUZ AMANDA OSPINA SOTO Y SANDRA MARIA OSPINA SOTO.
  2. Presentar la relación de bienes relictos, inventario y avalúo de bienes, solicitud e informaciones sobre el causante, trabajo de partición y adjudicación de bienes.
  3. Suscribir la correspondiente escritura pública y las adiciones o correcciones necesarias, que en definitiva solemnice la actuación notarial y registral. Para estos efectos, bajo la gravedad de juramento, manifestamos:
  4. Somos herederos en calidad de cónyuge, hijas de BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA 2. Desconocemos la existencia de otros herederos de igual o mejor derecho ni la existencia de otros legatarios, acreedores o cesionarios.
  5. Los bienes inventariados son los únicos existentes, desconociendo la existencia de más activos y pasivos sucesorales. Sírvase Señor Notario, reconocerle personería jurídica a nuestra apoderada.

Testamento, documento de donde nace este negocio juridico –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ESCRITURA PÚBLICA. –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– No 1194 DEL 03/06/2022 NÚMERO: 20 ----------------------------------------- –––––––––––––––––– FECHA DE OTORGAMIENTO: TRES (03) DE JUNIO DE 2022. –––––––––––––– ACTO: TESTAMENTO ABIERTO y REVOCATORIA DE TESTAMENTO. –––––– TESTADORA: BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO identificada con la cédula de ciudadanía número 22039744 DE STA BARBARA-ANT ----------------------------------------------------- –––––––––––––––––––––––––––––––– TESTIGOS TESTAMENTARIOS: Las señoras OLIVA LONDOÑO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No 21535824, domiciliada en Medellín, en la Calle 80 #40-25, con teléfono móvil número 3005787598, correo LONDONS@GMAIL.COM MARIA TERESA GUERRA, mujer, mayor de edad, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No 43185729, domiciliada en Medellín, en la CALLE 82#38-16, correo GUERRAST@GMAIL.COM ALEXANDRA GARCIA, mujer, mayor de edad, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No 42832945, con teléfono móvil No 3213520978.


---------------------------–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––----------- NOTARIA 10 DEL CIRCULO DE MEDELLÍN. –––––––––––----------------------------- En el municipio de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia,a los tres (03) días del mes de junio del año dos mil veintidós (2017), ante mí FERNANDO COLORADO Notario 10 encargado del Círculo Notarial de Medellín nombrado mediante Resolución 152816 de la S.N.R, y ante los testigos instrumentales, las señoras OLIVA LONDOÑO, mujer, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No 21535824, domiciliada en Medellín, en la Calle 80 # 40-25, con teléfono móvil número 3005787598, correo LONDONS@GMAIL.COM MARIA TERESA GUERRA, mujer, mayor de edad, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No 43185729, domiciliada en Medellín, en la CALLE 82 # 38-16, correo GUERRAST@GMAIL.COM ALEXANDRA GARCIA, mujer, mayor de edad, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No 42832945, con teléfono móvil No 3213520978. Todos ellos dicen ser personas hábiles e idóneas para testificar y que no concurren en ninguna causal de impedimento legal. Acto seguido ante el suscrito Notario Décimo Encargado de Medellín y en compañía de los testigos antes referidos, compareció la señora BLANCA LILIA SOTO DE OSPINA, quien actúa como TESTADORA a quien el suscrito Notario procedió a identificar con cédula de ciudadanía 22039744 STA BARBARA-ANT expedida el 04/01/1977, la cual exhibió y a las preguntas generales de ley respondió: mi nombre e identificación como quedaron escritas, de estado civil CASADA, con unión marital de hecho, tengo 2 hijas legítimas, no tengo hijos extramatrimoniales, y adoptivos. Quien se encuentra en su entero y cabal juicio, y manifiesta su propósito de otorgar Testamento Abierto, al efecto lo deja consignado en los siguientes términos: PRIMERA: Me llamo BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO, Casada, unión marital de hecho, nacida en San José de la Montaña, departamento de Antioquia, el 8 de agosto de 1957, tengo 64 años de edad, soy hija legítima de GABRIEL OSPINA Y AURELIA SOTO de Medellín.

SEGUNDA: Me casé por el rito civil dos (2) veces, la primera con Oscar James Clough Robleto y la segunda con DARIO DE JESUS OSPINA SOTO. La primera Unión matrimonial terminó en divorcio, con sentencia proferida del juzgado 19 de familia de Medellín. TERCERA: Declaro que tuve 2 hijas legítimas, no tuve hijos extramatrimoniales ni adoptivos. CUARTA: Para todos los efectos de este instrumento, manifiesto que no he hecho donaciones por causa de muerte y que otorgué testamento abierto consignado en Escritura Pública número 40, el 10 de enero de 2006, en la Notaría Décima de Medellín, revocado el 2 de mayo de 2019, mediante Escritura Pública 574 QUINTA: Por medio de este acto notarial dejo sin efecto y por consiguiente REVOCO totalmente las disposiciones testamentarias consignadas en escritura pública número 574 de 2 de mayo 2019, otorgada en la Notaría 10 de Medellín; la cual fue registrada en el Libro de Testamentos Tomo 20 folio 112-, Número 1245 el día 30 de agosto de 2019 en la Oficina de Registro de II. PP. de Medellín Zona Norte. –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Como me hallo en cabal y completo uso de mis facultades mentales, es mi voluntad otorgar por medio de esta escritura pública, y con el cumplimiento de las solemnidades legales, mi testamento, y manifestar que es mi deseo que éste sea tenido como la expresión de mi última voluntad.--------------------------------------------- SEXTA: Declaro como mis herederas universales a mis hijas LUZ AMANDA OSPINA SOTO Y SANDRA MARIA OSPINA SOTO , identificadas con C.C. 39385141 y 39386302, expedidas en sta Barbara Antioquia respectivamente SÉPTIMA: Dispongo que los bienes que tengo o llegare a dejar como de mi propiedad, en COLOMBIA,, al momento de fallecer, sean para mis hijas LUZ AMANDA OSPINA SOTO Y SANDRA MARIA OSPINA SOTO , identificadas con C.C. cc 39385141 y 39386302, expedidas en sta Barbara Antioquia respectivamente. —--------------------------------------------------------------------------------- OCTAVA: Declaro que este acto testamentario lo otorgo en el pleno goce de mis facultades mentales y que mando y quiero que se tenga como la expresión de mi única y última voluntad tomada en forma espontánea, deliberada y libre. –––––––– En los anteriores términos dejo consignada mi última voluntad, la cual debe ser respetada en su integridad. ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Se obró conforme a minuta presentada por la TESTADORA. –––––––––––––– Así otorgó su testamento, la señora BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO en presencia del suscrito Notario y de los testigos nombrados. –––––––––––––––– Leído que fue el presente testamento a los otorgantes por el suscrito Notario, en alta y perceptible voz, en un solo y continúo acto y en presencia de las testigos al principio enunciadas, la TESTADORA lo aprobó y lo firma junto con dichos testigos por ante mí, el Notario que de todo lo expuesto doy fe. –––––––––––––––

Correspondiente a la Esc Número: 1194 DEL 03/06/2022. —------ ––––––––––––––––––– Resolución 00755 del 26 de enero de 2022. ––––––––––––––––––––––––––––––--------- Derechos Notariales$ 132.400. ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––--------- Gastos Generales $ 101.800. ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––------- Aporte superintendencia $ 10.700. – Aporte Fondo $ 10.700. –––––––––––––––––------- Retención en la fuente $ 0. ––––––– Iva $ 44.498. –––––––––––––––––––––––––-------- Leído el presente instrumento, los otorgantes, lo aprobaron y firmaron en señal de aceptación. ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– BLANCA LILIA OSPINA DE SOTO C.C.C DIRECCIÓN: CALLE 20 # 13- MUNICIPIO: SANTA BARBARA ANTIOQUIA TELÉFONO FIJO O CELULAR: PROFESIÓN: AGRICULTORA ACTIVIDAD ECONÓMICA:CAMPESINA ESTADO CIVIL:CASADA E-MAIL PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE DECRETO 1674 DE 2016 SI NO ___ CARGO: FECHA VINCULACION: FECHA DESVINCULACIÓN: Nota: Para lo correspondiente al trámite notarial que he solicitado, autorizo el tratamiento de mis datos personales (Ley 1581 de 2012) de manera voluntaria, previa, explícita e inequívoca. Viene de la hoja notarial No: PO008077609. –––––––––––––––––––––––––––––– Correspondiente a la Esc Número: 1194 DEL 03/06/2022. ––––––––––––––––––– OLIVA LONDOÑO, C.C. 21535824 de Medellin DIRECCIÓN: calle 80 # 40- MUNICIPIO: Medellin TELÉFONO FIJO O CELULAR: PROFESIÓN: ACTIVIDAD ECONÓMICA: Costurera ESTADO CIVIL: Casada E-MAIL PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE DECRETO 1674 DE 2016 SI___NO___ CARGO: FECHA VINCULACION: FECHA DESVINCULACIÓN: Nota: Para lo correspondiente al trámite notarial que he solicitado, autorizo el tratamiento de mis datos personales (Ley 1581 de 2012) de manera voluntaria, previa, explícita e inequívoca.

FERNANDO COLORADO LONDOÑO

NOTARIA DECIMA DEL CIRCULO DE MEDELLIN