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Ley Olimpia: Violencia Digital y Protección de la Intimidad Sexual, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

Este documento explora la ley olimpia, una legislación mexicana que busca proteger la intimidad sexual de las personas en el ámbito digital. Se analiza la definición de violencia digital, las sanciones aplicables, los daños que puede causar y la importancia de la ley para prevenir y combatir el ciberacoso y la difusión no consentida de contenido íntimo. El documento también incluye información sobre la historia de la ley, su aplicación en diferentes estados de méxico y la importancia de la denuncia.

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 29/11/2024

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LEY OLIMPIA
MONICA DANIELA MERAZ SOTO
DIVISION DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL INSTITUTO 18 DE MARZO.
TEC Y METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA
M4D1
LIC. MARICRUZ ENRÍQUEZ PÉREZ
24 DE FEBRERO DEL 2023
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¡Descarga Ley Olimpia: Violencia Digital y Protección de la Intimidad Sexual y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho solo en Docsity!

LEY OLIMPIA

MONICA DANIELA MERAZ SOTO

DIVISION DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL INSTITUTO 18 DE MARZO.

TEC Y METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA

M4D

LIC. MARICRUZ ENRÍQUEZ PÉREZ

24 DE FEBRERO DEL 2023

INDICE

  • OBJETIVO ……………………………..…………………………………………………………..
  • PLANTEAMIENTO ….……………………………………..…………………………………….
  • DESARROLLO …………………………………………………………………..………………..
  • ¿QUÉ ES LA VIOLENCIA DIGITAL? ……...…………………………………………………..
  • ¿QUÉ ES LA VIOLENCIA MEDIATICA? ……………………………………………………..
  • ¿POR QUÉ SANCIONA? …………………………………………………………………………
  • A QUIENES SANCIONA ……………………………..…………………………………………...
  • DATOS IMPORTANTES ………………………………………………………………………….
  • ¿ESTA MAL SEXTEAR O COMPARTIR PACKS? ………………………………………..…
  • TOP 5 PARA SEXTING MENOS INSEGURO ………………………………………………….
  • ¿COMO ACTRUAR SI ERES VICTIMA? ………………………………………………………
  • SI TE AMENAZAN ………………………………………………………………………………..
  • PENALIZACION …………………………………………………………………………………
  • DAÑOS TRAS VIVIR UNA CIBER VIOLENCIA ……………………………………………...
  • JUSTIFICACION …………………………………………………………………………………
  • ¿POR QUE DEBES DENUCIAR? ………………………………………………………………
  • METODO CUALITATIVO ……..................................................................................................
  • CONCLUSION ………………………………………………………..…………………………

DESARROLLO

INICIO

La Ley Olimpia es la denominación que adquiere un conjunto de reformas legislativas en distintos estados de México encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciber violencia o violencia digital. Donde se dio inicio a la denominada “Ley Olimpia” fue en el 2014 raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el estado de Puebla. ¿QUE ES LA LEY OLIMPIA? La ley Olimpia no es como tal a una ley si no a un conjunto de reformas legislativas que hablan sobre la violencia digital y sanciona a todos aquellos que lleguen a violar la intimidad sexual de las personas sin su consentimiento. ¿QUÉ ES LA VIOLENCIA DIGITAL? La Ley Olimpia define la violencia digital como actos de acoso, hostigamiento, amenaza, vulneración de datos e información privada, así como la difusión de contenido sexual (fotos, videos, audios) sin consentimiento y a través de las redes sociales, atentando contra la integridad, la libertad, la vida privada y los derechos, principalmente de las mujeres.

¿QUÉ ES LA VIOLENCIA MEDIÁTICA?

Además de la violencia digital, la Ley Olimpia contempla sancionar la violencia en los medios de comunicación. Esto se refiere a los actos realizados a través de cualquier medio de comunicación que promueven directa o indirectamente estereotipos sexistas, apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, producen o permiten la difusión de discurso de odio sexista y discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres. ¿POR QUE SANCIONA? Esta ley aplica cuando difunden, se es cómplice, publica, hace visibles contenidos íntimos reales o alterados, videos, fotografías, imágenes sin el consentimiento de las personas (delitos contra la intimidad sexual). Incluso, la sexualización/cosificación (poner a una persona como objeto) a través de difusión o producción de videos o imágenes. Así como, el acoso o insultos relacionados a la difusión de imágenes, audios y videos de contenido íntimo sexual por medios: digitales y de comunicación que atenten contra los derechos de las personas. ¿A QUIENES SANCIONA?

  • Conyugue.
  • Concubinario/Concubina.
  • Cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.
  • A algún servidor publico en ejercicio de sus funciones.
  • Cuando se cometa contra una persona que no pueda comprender el significado delo hecho.

TOP 5 PARA SEXTING MENOS INSEGURO.

  • Hay que recordar que cuando se comparten imágenes siempre hay que cuestionarse todo.
  • Que no se vea tu rostro o algo que te identifique.
  • Utiliza plataformas menos inseguras (como Instagram, telegram,).
  • Borra los contenidos después de enviarlos (chats cifrados y con mensajes que se autodestruyan, es decir, que no haya rastro).
  • ¿Conoces a quién se le manda el contenido? Debe ser totalmente identificable (es decir, saber todo de esa persona, dónde vive, etcétera).
  • Adviértele que si se difunde el contenido habrá una denuncia. ¿CÓMO ACTUAR SI ERES VICTIMA?
  • Borra amigos que no conozcas, pon en privado cuentas, desvincula álbumes de cuentas de redes sociales, cifrado extremo.
  • Guarda pruebas y recopila evidencia.
  • Denuncia ante el MP o desindexa contenido, es decir, denuncia las páginas o redes sociales donde se difunde aplicando a “programa piloto” para que se borren fotografías de medios digitales.
  • Cuando se denuncie en redes se debe cuidar el debido proceso (poner rayitas en los ojos y evitar colocar nombre completo de la persona exhibida).

SI TE AMENAZAN

  • Mantén la calma.
  • Guarda evidencia y pruebas.
  • Seguridad digital.
  • Denuncia (MP o en medios digitales).
  • Ten presente la secuencia de hechos. PENALIZACION Esta sería la sentencia en los diferentes estados de la República Mexicana. CDMX: De 4 a 6 años de prisión y multa de 500 o 1000 unidades de medida. JALISCO: De 1 a 8 años de prisión y multa de 1000 o 2000 unidades de medida. NVO. LEON: De 6 meses a 4 años de prisión y multa de 800 a 200 cuotas. DGO: De 4 a8 años de prisión y multa de 288 a 566 unidades de medida. PUEBLA: De 3 a 6 años de prisión y multa de 1000 a 2000 veces la unidad de medida. COAHUILA: De 3 a 6 años de prisión y multa de 200 a 500 días multa.

JUSTIFICACION

Esta ley que tipifica la violencia digital protege a las mujeres y sus cuerpos al castigar el delito de violación a la intimidad sexual con agravante si es cometido por alguien con quien la víctima haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza (se incrementa el doble o triple de pena) o exista alguna amenaza. La ley Olimpia nos ayudó a que muchas mujeres tengan mas cuidado sobre su vida sexual tras una pantalla de celular, también oriento mucho más del tema, de el que hacer y como comportase tras vivir este tipo de suceso. Se logro hacer esta ley y es un logro para cada una de las personas que pasaron por este tipo de violación ya que se pudo poner un penalización, castigo o multa a las personas que hagan mal uso de esas evidencias envidas por la confianza depositada en ellos. POR QUÉ DEBES DE DENUNCIAR:

  • Para exigir justicia al estado.
  • Para que haya una investigación
  • Para tener todos los elementos y exhibir al abusador en las redes socio digitales sin violar el debido proceso
  • Otras mujeres sepan del violentador
  • Exigir bajen contenido íntimo

Gracias a la lucha constante de las mujeres en el 2018: se logró que se reconociera la violencia digital como una modalidad de delito y se sancione hasta con 6 años de prisión a quienes comparten materiales íntimos sin consentimiento. En el 2019 a partir de este año se pudo hacer una denuncia ante el MP. Donde se pusieron a buscar a fondo desde donde se filtraban las imágenes, desde que dispositivo lo hacían y a cuantas personas se les había sido envidadas las evidencias. Y en el grandioso 2022 la ley aplica a toda la República Mexicana contando con 29 entidades que aplican y penalizan esta ley. METODO CUANTITATIVO Mi método de estudio es el cuantitativo ya que se basa mucho a estadísticas y a porcentajes de las mujeres que han sido víctimas, siendo el caso de que 9.4 millones de mujeres han sufrido ciberacoso, en el que el 55% de los agresores son hombres. Actualmente, en Zacatecas hay 88 casos de violencia digital, siendo las víctimas mujeres de entre 18 y 29 años de edad. El porcentaje se eleva a 29.2% si hablamos de grupos de mujeres entre 12 y 19 años de edad, las conductas mas frecuentes fueron recibir insinuaciones o propuestas sexuales con 35.9%; contacto mediante identidades falsas con 33.3% y recibir mensajes ofensivos con 32.8%. Así mismo una encuesta elaborada por el INEGI, señala que, de los 77 millones de internautas mayores de 12 años en México, el 21% reportaron ser víctimas de ciberacoso, es decir, 16 millones de mexicanos.

CONCLUSION

Concluyo que a favor de la ley Olimpia porque la verdad ayuda mucho a aquellas personas que por malas decisiones o por confiar de más pues se equivoca y no sabe qué hacer en esos casos. Sobre todo, en mi persona me ayuda mucho a tener más cuidado si es que lo llegara hacer y a cómo actuar y el que hacer si se sale de control lo que hice. También me interesa mucho saber del tema para que yo misma pueda brindar información a todas las mujeres que necesiten saber qué hacer y con quien ir a denunciar. En lo personal me parece muy frustrante el hecho de no por ni siquiera confiar en mi pareja amorosa y poder ser libre sin miedo a que el día de mañana usen mi intimidad para chantajearme y manipularme, lastimosamente nuevamente la mujer es quien debe cuidarse y protegerse mucho más para que no vaya a hacer una víctima más.

BIBLIOGRAFIAS

Bibliografía

EXPANSION POLITICA. (s.f.). Obtenido de https://gaceta.unadmexico.mx/historico-anual/66- 2022/marzo-abril-2022/genero/112-de-que-trata-la-ley-olimpia GACETA. (04 de 09 de 2022). Obtenido de https://gaceta.unadmexico.mx/historico-anual/66- 2022/marzo-abril-2022/genero/112-de-que-trata-la-ley-olimpia ORDEN JURIDICA. (s.f.). Obtenido de http://ordenjuridico.gob.mx/violenciagenero/LEY