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Este documento analiza la relación entre las diferentes escuelas del derecho y los modelos de organización social del estado de derecho y el estado social de derecho. Se explora cómo las escuelas del derecho natural y el positivismo jurídico han influido en el desarrollo del estado de derecho clásico, mientras que otras corrientes como el historicismo y el 'derecho vivo' han contribuido al surgimiento del estado social de derecho. Se destaca la importancia del estado social de derecho para superar las limitaciones del estado de derecho clásico y ofrecer una respuesta más completa a las necesidades de la sociedad moderna, garantizando una mayor justicia social a través de la intervención estatal y la protección de derechos sociales. El documento también analiza los principios fundamentales del estado de derecho y cómo han sido moldeados por las diferentes escuelas del derecho a lo largo de la historia.
Tipo: Resúmenes
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Las Escuelas del Derecho y el Estado Social de Derecho vs el Estado de Derecho. Aldo Mosquera Filosofía del derecho constitucional y razonamiento jurídico Universidad Autónoma Maestría en Derecho 2024
Introducción El estudio de las escuelas del derecho resulta fundamental para comprender la evolución del pensamiento jurídico y su influencia en los modelos de organización social. En este contexto, el Estado Social de Derecho y el Estado de Derecho se erigen como dos paradigmas jurídicos que han marcado el desarrollo del derecho moderno, y su relación con las escuelas del derecho es compleja y multifacética.
1. El Estado Social de Derecho El Estado Social de Derecho, como modelo de organización social, surge en respuesta a las limitaciones del Estado de Derecho clásico para afrontar los desafíos sociales y económicos del siglo XX. En este sentido, diversas escuelas del derecho han contribuido a la conceptualización y desarrollo del Estado Social de Derecho, aportando diferentes perspectivas y enfoques. El estudio del derecho ha sido enriquecido por diversas escuelas de pensamiento que han influido en la evolución del Estado de Derecho y el surgimiento del Estado Social de Derecho. Dos de las más influyentes son la Escuela del Derecho Natural y la Escuela Positivista. La Escuela del Derecho Natural, representada por pensadores como John Locke, Charles Montesquieu e Immanuel Kant, concibe el derecho como un orden moral universal, descubierto a través del uso de la razón (Locke, 1690/2003; Montesquieu, 1748/1995; Kant, 1785/2012). Estos filósofos influyeron en la idea de limitar el poder del Estado y proteger los derechos individuales, sentando las bases para el desarrollo del Estado de Derecho clásico. Por otro lado, la Escuela Positivista, encabezada por Hans Kelsen, concibe el derecho como un sistema normativo autónomo, separado de consideraciones morales o políticas. Si bien el positivismo jurídico contribuyó a la consolidación del Estado moderno,
La escuela del Derecho Natural concibe el derecho como un orden moral universal, descubierto a través del uso de la razón. Tres de sus principales exponentes son:
Conclusión Las escuelas del derecho, también conocidas como corrientes jurídicas o filosofías del derecho, son diferentes perspectivas o enfoques que buscan explicar la naturaleza, función y alcance del derecho. Estas escuelas han surgido a lo largo de la historia y han contribuido a la evolución del pensamiento jurídico, influenciando los sistemas legales y las prácticas jurídicas en todo el mundo. Conforme a lo anterior, se tiene que el estudio del derecho ha sido enriquecido por diversas escuelas de pensamiento, cuyas ideas han influido en la evolución del Estado de Derecho y el surgimiento del Estado Social de Derecho. Este último modelo, al combinar la primacía del derecho con una mayor preocupación por la justicia social, se ha convertido en un pilar fundamental para la construcción de sociedades más justas y equitativas. Conforme al ejercicio anterior se puede representar en el siguiente cuadro: Escuela del Derecho Estado de Derecho - Clásico Estado Social de Derecho Iusnaturalismo Enfatiza en la existencia de derechos naturales inherentes a todos los seres humanos, superiores a cualquier ley positiva. Estos derechos naturales, como la vida, la libertad y la propiedad, deben ser protegidos por el Estado (Pérez, (2020). Reconoce la existencia de derechos naturales, pero también considera que el Estado tiene la obligación de crear un marco legal y social que permita su pleno ejercicio. El Estado debe intervenir para garantizar la igualdad de oportunidades y la justicia social (García, Fernández & González, 2015). Positivismo jurídico Reconoce la ley como única fuente del derecho, estableciendo un sistema jurídico basado en normas escritas y procedimientos Mantiene la primacía de la ley, pero también reconoce otras fuentes del derecho, como la jurisprudencia y los principios generales del
Corte Constitucional de Colombia. (1998). Sentencia SU-747/98. Recuperado de https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1998/SU747-98.htm García, A., Fernández, B., & González, C. (2015). Derecho administrativo. Valencia: Tirant Lo Blanch. Kant, I. (2012). Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid, España: Alianza Editorial. (Obra original publicada en 1785) Locke, J. (2003). Segundo tratado sobre el gobierno civil. Madrid, España: Alianza Editorial. (Obra original publicada en 1690) López, M. A. (2017). El Estado Social de Derecho y los derechos sociales. En A. A. Fernández & B. B. Gómez (Eds.), Derechos fundamentales y Estado Social de Derecho (pp. 123-156). Madrid: Marcial Pons. Montesquieu, C. (1995). Del espíritu de las leyes. Madrid, España: Tecnos. (Obra original publicada en 1748) Palencia, K. (2018). ¿Cuál estado social de derecho? Repositorio Digital CECAR. Recuperado de https://repositorio.cecar Pérez, J. M. (2020). El derecho fundamental a la educación en el Estado Social de Derecho. Revista Española de Derecho Administrativo , 187(3), 823-845.