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Interpretación Doctrinal: La Ciencia de la Jurisprudencia, Apuntes de Derecho Administrativo

La interpretación doctrinal es la práctica de los doctrinarios, teóricos, juristas, tratadistas y estudiosos del derecho de interpretar la ley. Es una interpretación científica que, aunque no es obligatoria, es predilecta debido a su autoridad. Hoy en día, los servidores públicos deben aplicar la ley a casos concretos y, por lo tanto, interpretarla. La doctrina estudia los orígenes del derecho, investiga el papel histórico de las diversas fuentes y esclarece el significado de las normas. En colombia, la interpretación doctrinal solo tiene autoridad científica y es un criterio auxiliar de la actividad judicial. Los técnicos del derecho estudian la inteligencia de los textos y, gracias a la doctrina, se logra la comprensión, interpretación, integración, sistematización, desarrollo, estudio y enseñanza del derecho.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se realiza la interpretación doctrinal?
  • ¿Qué es la interpretación doctrinal y para qué sirve?
  • ¿Qué papel desempeña la interpretación doctrinal en el derecho colombiano?

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 15/11/2022

usuario desconocido
usuario desconocido 🇨🇴

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INTERPRETACIÓN DOCTRINAL
IMPORTANCIA
Es, como su nombre claramente lo indica, la interpretación practicada por
los doctrinarios, por los teóricos, por los juristas o jurisconsultos, por los
tratadistas, por los estudiosos del derecho, y en general por quienes se
dedican a la ciencia del derecho; de ahí que también se le conozca a esta
Interpretación como “científica”.La Interpretación doctrinal si bien se
caracteriza por no ser obligatoria, sin embargo, por su carácter científico y
por la autoridad de quienes la practican, es la que termina siendo predilecta
Hoy en día los servidores públicos de entidades descentralizadas del orden
nacional, departamental o municipal en ejercicio de sus funciones deben
aplicar la ley a casos concretos y en consecuencia deben interpretarla.
La doctrina estudia los manantiales de donde brota el derecho: investiga el
papel histórico y las relaciones existentes entre las diversas fuentes;
esclarece el significado de las normas y elabora, para entender en toda su
extensión, el significado de los modelos jurídicos.
APORTES AL MUNDO JURÍDICO
En el caso colombiano, esta clase de interpretación solo tiene autoridad
científica; según el artículo 230 de la Constitución Política de Colombia de
es un criterio auxiliar de la actividad judicial. Esto da como resultado que
sus interpretaciones sean mas armónicas y concordantes.
Dicha interpretación es de suma utilidad, por cuanto está a cargo de los
técnicos del Derecho, y éstos estudian la inteligencia de los textos en sus
glosas, exegesis o comentarios
La doctrina/es labor de los estudiosos del derecho, que incide en ocasiones
en la creación y aplicación del derecho, y gracias a ella se logra la
comprensión, interpretación, integración, sistematización, desarrollo,
estudio y enseñanza del derecho. La doctrina jurídica, al igual que en otras
disciplinas, ha sido objeto de una evolución paulatina que partió de la
tradición oral y a la que se sumó en algún estadío la escritura, que ha
permitido preservar el conocimiento y transmitirlo a lo largo de
generaciones.
QUIEN LA DEFIENDE
Ludwig Enneccerus, refiriéndose a la Interpretación doctrinal o científica, afirma
que ésta con frecuencia se divide en/gramatical/y/lógica,/“según que derive sus
argumentos del lenguaje (es decir, de las leyes de la gramática y del uso del
lenguaje) o de su relación con otras leyes, del mayor valor de uno u otro resultado.
Según Guastini, «la interpretación doctrinal de una cierta disposición en realidad
puede ser entendida como recomendaciones, dirigidas a los jueces, para atribuir a
aquella disposición un cierto significado En los sistemas jurídicos modernos los
juristas no están jurídicamente habilitados para “decidir” el significado de los textos
normativos: pueden solo avanzar sugerencias o propuestas. Sus propuestas
interpretativas pueden, de hecho, ejercer influencia sobre las orientaciones
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¡Descarga Interpretación Doctrinal: La Ciencia de la Jurisprudencia y más Apuntes en PDF de Derecho Administrativo solo en Docsity!

INTERPRETACIÓN DOCTRINAL

IMPORTANCIA

 Es, como su nombre claramente lo indica, la interpretación practicada por

los doctrinarios, por los teóricos, por los juristas o jurisconsultos, por los

tratadistas, por los estudiosos del derecho, y en general por quienes se

dedican a la ciencia del derecho; de ahí que también se le conozca a esta

Interpretación como “científica”.La Interpretación doctrinal si bien se

caracteriza por no ser obligatoria, sin embargo, por su carácter científico y

por la autoridad de quienes la practican, es la que termina siendo predilecta

 Hoy en día los servidores públicos de entidades descentralizadas del orden

nacional, departamental o municipal en ejercicio de sus funciones deben

aplicar la ley a casos concretos y en consecuencia deben interpretarla.

 La doctrina estudia los manantiales de donde brota el derecho: investiga el

papel histórico y las relaciones existentes entre las diversas fuentes;

esclarece el significado de las normas y elabora, para entender en toda su

extensión, el significado de los modelos jurídicos.

APORTES AL MUNDO JURÍDICO

 En el caso colombiano, esta clase de interpretación solo tiene autoridad

científica; según el artículo 230 de la Constitución Política de Colombia de

es un criterio auxiliar de la actividad judicial. Esto da como resultado que

sus interpretaciones sean mas armónicas y concordantes.

 Dicha interpretación es de suma utilidad, por cuanto está a cargo de los

técnicos del Derecho, y éstos estudian la inteligencia de los textos en sus

glosas, exegesis o comentarios

 La doctrina es labor de los estudiosos del derecho, que incide en ocasiones

en la creación y aplicación del derecho, y gracias a ella se logra la

comprensión, interpretación, integración, sistematización, desarrollo,

estudio y enseñanza del derecho. La doctrina jurídica, al igual que en otras

disciplinas, ha sido objeto de una evolución paulatina que partió de la

tradición oral y a la que se sumó en algún estadío la escritura, que ha

permitido preservar el conocimiento y transmitirlo a lo largo de

generaciones.

QUIEN LA DEFIENDE

 Ludwig Enneccerus, refiriéndose a la Interpretación doctrinal o científica, afirma que ésta con frecuencia se divide en gramatical y lógica, “según que derive sus argumentos del lenguaje (es decir, de las leyes de la gramática y del uso del lenguaje) o de su relación con otras leyes, del mayor valor de uno u otro resultado. Según Guastini, «la interpretación doctrinal de una cierta disposición en realidad puede ser entendida como recomendaciones, dirigidas a los jueces, para atribuir a aquella disposición un cierto significado En los sistemas jurídicos modernos los juristas no están jurídicamente habilitados para “decidir” el significado de los textos normativos: pueden solo avanzar sugerencias o propuestas. Sus propuestas interpretativas pueden, de hecho, ejercer influencia sobre las orientaciones

jurisprudenciales de la corte (como también no ejercerla de hecho), pero están privadas de efectos jurídicos. Y es por esta razón que, según un cierto modo de ver, los juristas deberían limitarse a hacer un elenco de los posibles significados de los textos normativos, sin escoger o preferir alguno»

COMO SE APLICA LA INTERPRETACIÓN DOCTRINAL

 Es realizada por las personas que se dedican al estudio y ejercicio de la ciencia jurídica, la cual lleva a cabo una constante interpretación de reglas jurídicas en relación con la elaboración de conceptos jurídicos de cara a la sistematización del derecho vigente.  constituye una fuerza de convicción para el juez, el legislador y el desarrollo del derecho consuetudinario, dado que la opinión y la crítica de los teóricos del Derecho influye en la formación de la opinión de los que, posteriormente, crean normas nuevas o aplican las existentes.

Ejemplos

 HOSPITALIZACION (Norma Jurídica): Cuando una persona esta impedido para dedicarse a sus ocupaciones habituales, aunque materialmente no este recluido en una casa de salud, sanatorio u hospital.  Lesión (Norma Jurídica): Toda alteración que cause daños a la salud por medio de una fuente o causa externa.