Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Jurisdicción, Competencia y Acción: Fundamentos del Derecho Procesal, Transcripciones de Derecho Penal

Una introducción al derecho procesal, explorando conceptos clave como la jurisdicción, la competencia y el derecho de acción. Se analizan las funciones del juez, la distribución de la competencia entre diferentes órganos judiciales y los elementos esenciales del derecho de acción, incluyendo el titular, el objeto y el ejercicio de la acción. El documento también aborda el derecho de contradicción, que permite al demandado o querellado controvertir la pretensión del demandante.

Tipo: Transcripciones

2022/2023

Subido el 23/09/2024

jhon-hernan-torres-robinson
jhon-hernan-torres-robinson 🇨🇴

2 documentos

1 / 7

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
CLASE #4
ELEMENTOS DE LA JURISDICCION Y EL JUEZ
El elemento objetivo de la jurisdicción: es la cuestión problemática, siempre tiene que haber una
cuestión problemática para que alguien toque las puertas de la jurisdicción. Siempre tiene que
haber una problemática y todo problema tiene que ser de contenido jurídico para que el estado de
una solución de orden jurídica.
El elemento subjetivo de la jurisdicción: Es la parte que al estado le corresponde y se tiene que
valer de sus agentes bajo el sistema judicial. Tienen la responsabilidad de emitir, fallar, resolver o
solucionar una decisión y quien tiene este poder se le denomina juez.
DIFERENCIAS: EL ELEMENTO OBJETIVO SE REFIERE A LA CUESTION PROBLEMÁTICA Y EL
ELEMENTO SUBJETIVO ES EL QUE TIENE LA CAPACIDAD DE ADOPTAR LA DECISION (JUEZ)
El elemento teleológico: Es la solución que impone la jurisdicción a la situación problemática que
se le planteo.
EL JUEZ: por delegación del estado termina siendo el encargado de la jurisdicción ya que le da una
solución a las cuestiones problemáticas de contenido jurídico que se someten a su investigación.
La jurisdicción del estado se expresa a través del juez
Hay jueces unipersonales o singulares, es decir, un solo juez
Y jueces plurales o colegiados, es decir, dos o mas jueces que resuelven la misma causa
Poderes del juez: tiene poder de investigación, poder de coerción, poder de decisión y poder de
ejecución
PODER DE INVESTIGACION: significa que el juez tiene la potestad de dirigir toda la actividad
encaminada al recaudo de información acerca de la cuestión problemática que está conociendo
PODER DE COERCION: Es la facultad que tiene el juez de remover todos los obstáculos que se
opongan al cumplimiento de su misión (administrar justicia)
PODER DE DECISION: Es la obligación de proveer la solución, con fuerza obligatoria
PODER DE EJECUCION: Es el que impone acatar la solución formulada del juez aun con el empleo
de la fuerza.
Similitudes: Poder de coerción y poder de ejecución (usan la fuerza si es necesario) y su diferencia
es el marco temporal
RESPONSABILIDADES ACTIVIDAD JURISDICCIONAL: Implica responsabilidades cuando el
incumplimiento es defectuoso, es decir, cuando se administra justicia mal, surgen unas
responsabilidades para el estado y también para el que actuó en representación del estado en
esos actos
pf3
pf4
pf5

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Jurisdicción, Competencia y Acción: Fundamentos del Derecho Procesal y más Transcripciones en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

CLASE

ELEMENTOS DE LA JURISDICCION Y EL JUEZ

El elemento objetivo de la jurisdicción: es la cuestión problemática, siempre tiene que haber una cuestión problemática para que alguien toque las puertas de la jurisdicción. Siempre tiene que haber una problemática y todo problema tiene que ser de contenido jurídico para que el estado de una solución de orden jurídica. El elemento subjetivo de la jurisdicción: Es la parte que al estado le corresponde y se tiene que valer de sus agentes bajo el sistema judicial. Tienen la responsabilidad de emitir, fallar, resolver o solucionar una decisión y quien tiene este poder se le denomina juez. DIFERENCIAS: EL ELEMENTO OBJETIVO SE REFIERE A LA CUESTION PROBLEMÁTICA Y EL ELEMENTO SUBJETIVO ES EL QUE TIENE LA CAPACIDAD DE ADOPTAR LA DECISION (JUEZ) El elemento teleológico: Es la solución que impone la jurisdicción a la situación problemática que se le planteo. EL JUEZ: por delegación del estado termina siendo el encargado de la jurisdicción ya que le da una solución a las cuestiones problemáticas de contenido jurídico que se someten a su investigación. La jurisdicción del estado se expresa a través del juez Hay jueces unipersonales o singulares, es decir, un solo juez Y jueces plurales o colegiados, es decir, dos o mas jueces que resuelven la misma causa Poderes del juez: tiene poder de investigación, poder de coerción, poder de decisión y poder de ejecución PODER DE INVESTIGACION: significa que el juez tiene la potestad de dirigir toda la actividad encaminada al recaudo de información acerca de la cuestión problemática que está conociendo PODER DE COERCION: Es la facultad que tiene el juez de remover todos los obstáculos que se opongan al cumplimiento de su misión (administrar justicia) PODER DE DECISION: Es la obligación de proveer la solución, con fuerza obligatoria PODER DE EJECUCION: Es el que impone acatar la solución formulada del juez aun con el empleo de la fuerza. Similitudes: Poder de coerción y poder de ejecución (usan la fuerza si es necesario) y su diferencia es el marco temporal RESPONSABILIDADES ACTIVIDAD JURISDICCIONAL: Implica responsabilidades cuando el incumplimiento es defectuoso, es decir, cuando se administra justicia mal, surgen unas responsabilidades para el estado y también para el que actuó en representación del estado en esos actos

IMPARCIALIDAD DEL SERVIDOR JUDICIAL: El servidor judicial tiene que ser imparcial porque la angustia que es connatural a un proceso Se necesita garantizar un juicio equilibrado en la manera en que el juez que lo dirige sea completamente neutro. IMPARCIALIDAD DEL SERVIDOR JUDICIAL IMPARCIALIDAD SUBJETIVA: Es cuando el juzgador no tiene ningún tipo de parentesco, amistad o enemistad con las partes del proceso IMPARCIALIDAD OBJETIVA: Hace referencia al objeto de la cuestión problemática. El juez debe ser extraño al tema sobre el cual debe juzgar CONCEPTO DE JURISDICCION: La jurisdicción puede definirse como una función básica del estado consistente en la adopción de decisiones mediante las cuales debe proveer una solución definitiva respecto de cada cuestión o situación problemática concreta que surja en el seno de la colectividad CLASIFICACION DE LA JURISDICCION: La jurisdicción no se clasifica porque es una sola AMBITO DE LA JURISDICCION: Es el territorio del estado, porque más allá reñiría con la jurisdicción de otro estado Las personas pueden estar involucradas a nivel de relaciones internacionales y que existan litigios entre dos o más países. Pero eso esta definido por el derecho internacional y tratados de derecho internacional CLASE # 5 LA COMPETENCIA (Confundida por la jurisdicción) Cuando se habla de la jurisdicción penal o civil realmente están hablando de competencia.  No se puede asumir por una sola autoridad  Pluralidad de jueces  Distribuye cargas La competencia es la posibilidad de adm. Justicia en determinado asunto y territorio. DISTRIBUCION DE COMPETENCIA  La hace el legislador  Se distribuye de forma abstracta

El elemento funcional: Competencia vertical, Se presenta en el factor territorial, no es saneable una misma actividad puede ser asumida por diversos jueces pero en diferentes etapas. Jueces primera instancia, juzgación etc. Ejemplo: jueces de casación, solo lo puede hacer la corte suprema de justicia DESPLAZAMIENTO DE LA COMPETENCIA: Cuando un caso concreto un juez no sea de principio competente termina conociendo algo que no le correspondía.  Economía procesal: Cuando se acumulan demandas y el juez municipal no puede por las cuantías entonces la manda al juez civil del circuito.  Factor de conexidad o fuero de atracción  Desplazar la competencia a otro juez que en un principio no era competente DELEGACION DE LA COMPETENCIA: Cuando el juez no se ha desprendido de la competencia si no que pide ayuda a otro juez. El límite del juez es su territorio. (Se le da competencia a otro juez, para que haga algo en específico) CONFLITOS DE COMPETENCIA: Cuando los jueces no quieren coger un proceso. La máxima autoridad resolver el conflicto. ( No es pregunta de parcial). CLASE # DERECHO DE ACCIÓN Se tiene para tocar las puertas de la jurisdicción del estado para buscar una solución jurídica  Ofrece, provee e impone soluciones a las problemáticas de la sociedad Derecho de petición: Genero (Realiza fines) Derecho de Acción: Especie (Realiza un fin específico) CONTENIDO  Responde a una necesidad que tiene cada individuo, exigirle al estado la protección de sus derechos.  Satisfacer el derecho de acción implica disposición de la jurisdicción SUJETOS  Satisface aunque al accionante se le resuelva su situación sin importar su respuesta Titular: (Sujeto activo)-Todas las personas Estado: (Sujeto pasivo)- Titular de resolver la controversia

OBJETO

La Solución del estado al contenido jurídico que se le plantee, es el resultado o respuesta, independientemente del sentido de ella No importa cuántas veces se presente siempre está vigente y presente CONCEPTO DEL DERECHO Es un derecho a la prestación a la jurisdicción, y procura una solución concreta a una problemática de contenido jurídico COMO SE CONSAGRA EL DERECHO DE ACCION AL DERECHO POSITIVO Que es una garantía fundamental EJERCICIO DE LA ACCIÓN  Sean muchas o pocas veces siempre es la misma acción  El ejercicio de la acción es legitimo ACOMULACION DE ACCIONES  Busca varias pretensiones en una sola acción  Existen varios acciones o procesos colectivos CLASIFICACION DE LA ACCION No se clasifica porque es una sola Ficticia: (Real) Bienes, personas y objeto o cosa pactada LA PRETENSIÓN: (Hipótesis- Resultado) Es el planteamiento que se realiza ante la jurisdicción es considerada por un juez ELEMENTOS DE LA PRETENSIONObjeto: No provoca pronunciamiento judicial, es particular y el juez no goza de conceder lo que no se le ha pedido  Causa: Son los hechos y obligaciones se compone de: hechos relevantes y indeterminados. DAME HECHO Y TE DARE DERECHO  Elemento subjetivo: Extremo activo (Demandante, querellado) persigue la lesión, amenaza o insatisfacción del derecho Extremo pasivo ( Demandado, querellado) garantiza la satisfacción CLASES DE PRETENSIONESCiviles y penalesReales, personales y mixtasPretensiones Propias ( Particulares) e impropias (Colectiva)

 Expresar asentimiento  Repeler la pretensión  Mostrar actitud neutra  Formular una nueva pretensión contra el actor Mantener total inactividad: No hacer nada pero tener conocimiento de un caso concreto guarda silencio. Renunciar al derecho de contradicción. En caso civil, es estar aceptando y en penal si se tiene el derecho a guardar silencio. Expresar asentimiento: Es estar de acuerdo con lo que dice la demanda y aceptar la consecuencia jurídica. Conocida como allanamiento, este opera en pretensiones propias. Repeler la pretensión : Oposición: Aceptar la ocurrencia de los hechos, Negar los hechos, Invocar hechos y cuestionar la viabilidad procesal Excepción: alegación a través de la cual se introduce al debate hechos o circunstancias relacionadas con la problemática  Excepciones definitivas o temporales : Definitiva: buscan aniquilar o impedir la pretensión, Temporal: No se puede pedir lo que se está pidiendo  Excepciones propias e impropias: Propias se pueden reconocer a iniciativa del interesado (Interés individual) Impropias declaradas de oficio (D. Publico)  Previas y de mérito: Previas buscan sanear el proceso Mérito aniquilar la pretensión Oposición: Aceptar la ocurrencia de los hechos, Negar los hechos, Invocar hechos y cuestionar la viabilidad procesal Excepción: alegación a través de la cual se introduce al debate hechos o circunstancias relacionadas con la problemática  Excepciones definitivas: buscan poner fin Mostrar un actitud neutra: (Defensores de oficio-civil): No se opone a la pretensión pero tampoco se allana Formular una nueva pretensión contra el actor : Demanda de reconversión, son demandas reciprocas