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Significado Habeas corpus descripción o significado
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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¡No te pierdas las partes importantes!
Carlos Camargo Assis Defensor del Pueblo
Luis Andrés Fajardo Arturo Vicedefensor del Pueblo
Altus Alejandro Baquero Rueda Secretario General
Ángela María Sánchez Rojas Directora Nacional de Promoción y Divulgación de los Derechos Humanos
Lilia Inés Ávila Alférez Autora
Germán Enrique Rojas Rico Diseño de carátula, diagramación e ilustraciones
Sonia Patricia Villalba Orjuela Corrección de estilo
Un especial agradecimiento a las abogadas Ana Ma- ría Sánchez Guevara y Martha Mireya Moreno Pardo, por sus aportes en la revisión de esta cartilla.
ISBN: 978-958-8895-52- Defensoría del Pueblo de Colombia Calle 55 No. 10- Apartado Aéreo 24299 – Bogotá, D. C. Código Postal 110231
Tels.: 314 73 00 - 314 40 00 www.defensoria.gov.co Bogotá, D. C., 2021
Presentación
La Constitución Política de Colombia, promulgada el 4 de julio de 1991, nace a partir del sueño de las colombianas y los colombianos por una nación más pluralista y participativa, con más garantías y derechos. A través de un nuevo pacto social y político, se consagraron diferentes mecanismos constitucionales e instituciones del orden nacional y territorial, di- señados con el fin de consolidar la protección de los derechos undamentales. Desde hace ya casi tres décadas, estos instrumentos se han convertido en las herramientas puestas a disposición de los y las ciudadanas, sin distinción, para exigir el cumplimiento efectivo de sus derechos.
Sin lugar a dudas, uno de los mayores logros de la Carta Política que próximamente cum- plirá treinta años de su promulgación, ue la creación de la figura del Deensor del Pueblo quien, por medio de su magistratura moral, cuenta con el reconocimiento social y ético para garantizar la promoción, divulgación, defensa y ejercicio de los derechos humanos. Bajo ese mandato ético y constitucional, la Defensoría del Pueblo trabaja de manera incan- sable por medio de diferentes estrategias pedagógicas y de divulgación para que la ciuda- danía conozca sus derechos y los mecanismos que le permiten garantizar su cumplimiento frente a las instituciones del Estado.
Así las cosas, en cumplimiento de esa trascendental misión, la Entidad adoptó el Plan Es- tratégico Institucional Nos unen tus derechos; una estrategia que pretende desarrollar di- ferentes planes, programas y proyectos para consolidar la promoción y divulgación de los derechos humanos en Colombia para el periodo 2021-2024. Por ese motivo, en el marco de dicha estrategia, tenemos el orgullo y la oportunidad histórica de presentarle a la ciu- dadanía un texto compuesto por siete (7) Cartillas que desarrollan y recogen los mecanis- mos de protección judicial de los derechos humanos creados en la Carta Política de 1991.
Este conjunto de cartillas fue elaborado con una metodología de preguntas-respuestas, para que, de manera didáctica y por medio de un lenguaje claro, sencillo e incluyente, los ciudadanos y las ciudadanas puedan conocer sobre los diferentes mecanismos cons- titucionales de protección de derechos como: el derecho de petición, el hábeas corpus, el hábeas data, las acciones de tutela, la acción de cumplimiento, las acciones populares y de grupo. Con las cartillas, se podrá orientar a quien las consulte sobre la manera de hacer efectivos la defensa y goce de sus derechos humanos, cuando quiera que estos se encuen- tren amenazados o vulnerados por acciones o por omisiones de quienes deban garantizar- los o protegerlos y podrán ser reproducidas por cualquier medio impreso o audiovisual.
Mi invitación al público es a promover este material y a convertirse en artífices de su pro- pia defensa ante las autoridades públicas.
Defensor del Pueblo
Introducción
La Cartilla desarrolla la acción-derecho constitucional de habeas corpus, mediante la cual se amparan, además del derecho fundamental a la libertad individual, los de- rechos de la vida y la integridad física de las personas privadas de la libertad, entre otros.
Se espera que este documento ayude al proceso de pro- moción y divulgación, y al empoderamiento de la po- blación en general, de la acción-derecho constitucional que, a partir del funcionamiento del nuevo sistema de reserva, donde el derecho es la libertad y la pretensión, el habeas corpus (entre los años 2016 y 2018) se invo- có ante la Corte Constitucional por vía de tutela en 355 oportunidades; en 2019 la Corporación reporta 9 regis- tros entre Sentencias de tutela (T), de Unificación (SU), de Constitucionalidad (C) y Salvamentos de Voto (SV) y; para 2020 no registra 1.
1 Corte Constitucional. Relatoría. Estadística. Derechos Demandados. Período de reporte: enero 2019-diciembre 2020
DIVULGACIÓN DE LOS MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
Con su presentación se garantizan otros derechos fundamentales como la libertad indi- vidual, la integridad física (no ser desaparecido, torturado o sometido a penas crueles, inhumanas o degradantes) y la vida de las personas que se encuentran privadas de la libertad.
4 Ver Sentencia C-042 de 2018.
CARTILLA 3 - HABEAS CORPUS
Cualquier persona a nombre propio o en beneficio de un tercero puede promover la ac- ción de habeas corpus para solicitar la protección del derecho fundamental a la libertad, cuya vulneración se puede originar en una privación ilegal de ésta o en una prolongación indebida de la misma.
Si la persona privada de la libertad está limitada para presentar la acción personalmen- te, puede hacerlo a través de un tercero (aun sin consentimiento y/o encargo). La Defen- soría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación están también autorizadas para interponer el mecanismo.
CARTILLA 3 - HABEAS CORPUS
2.1 ¿Qué debe contener la petición dehabeas corpus?
Aunque se caracteriza por la informalidad, el escrito de habeas corpus debe contener, por lo menos, la siguiente información:
y trámite del
habeas corpus
DIVULGACIÓN DE LOS MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
Sí. El Código Penal Colombiano señala como delito el desconocimiento del artículo 30 de la Carta Política:
ARTÍCULO 177. Desconocimiento de habeas corpus. El juez que no tramite o decida dentro de los términos legales una petición de habeas corpus o por cualquier medio obs- taculice su tramitación, incurrirá en prisión de dos (2) años a cinco (5) años y pérdida del empleo o cargo público.
DIVULGACIÓN DE LOS MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
Defensoría del
Pueblo
En el marco de sus competencias institucionales, la Defensoría del Pueblo desarrolla las siguientes actividades relacionadas con el derecho-acción de habeas corpus :
Se ejerce por solicitud de parte o de manera oficiosa (bajo el entendido que la sola pri- vación arbitraria de la libertad pone en estado de indefensión a la persona afectada y a sus familiares).
Por solicitud de parte cuando exista vacío de defensa respecto de la persona privada de la libertad de manera ilegal o prolongada, es decir, cuando se encuentra en imposibili- dad de promover por sí misma la defensa de su derecho a la libertad individual.
De oficio cuando exista una ostensible violación de derechos undamentales de la per- sona privada de la libertad, que no pueda promover su propia defensa, en virtud de su manifiesto estado de indeensión.
Tratándose de la interposición institucional del derecho-acción de habeas corpus , la Di- rección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales imparte las directrices y coordina la delegación, asistencia y asesoría de los Defensores Regionales, Personeros Municipales y Defensores Públicos.
Los citados funcionarios pueden presentar también el recurso de apelación cuando este sea desavorable, dentro de los tres (3) días calendarios siguientes a su notificación, únicamente cuando la decisión judicial ha sido adversa a la parte en favor de la cual se pretende impugnar institucionalmente y, lo interpondrá, aun cuando la Defensoría del Pueblo no lo haya presentado.
5 Ver Resolución 638 de 2008. Por medio de la cual se precisan y complementan los Lineamientos Generales para el Litigio Defensorial.
CARTILLA 3 - HABEAS CORPUS
En cumplimiento de la función constitucional (ordinal 1, artículo 282, Constitución Política), la Defensoría del Pueblo orienta y asesora en el ejercicio de sus derechos a los habitantes del terri- torio nacional y a los colombianos en el exterior.
Promueve que las personas y las comunidades materialicen sus derechos humanos, mediante un trabajo pedagógico como el que en este capítulo se presenta, para que se apropien del dere- cho-acción de habeas corpus y sean artífices de su propia defensa ante los jueces competentes.
CARTILLA 3 - HABEAS CORPUS
(Si el habeas corpus se invoca por prolongación ilegal de la privación de la libertad)
El señor_________________ se encuentra recluido en ___________________ desde el día _____. Con fecha _____, se profirió auto que decreta su libertad, habiéndose cumplido la pena requerida, pero hasta la echa no ha sido liberado.
Juramento
Bajo la gravedad del juramento, manifiesto que ningún otro uncionario conoce o ha decidido sobre esta acción.
Fundamentos de derecho
Fundamento esta petición, señor Juez, en los artículos 30 y 85 de la Constitución Política; y en la Ley 1095 de 2006.
Solicitud
Eectuada la verificación de la violación de las garantías constitucionales y legales, solicito a usted ordenar la libertad inmediata del señor _____________ y compulsar copias para que se inicien las investigaciones a que hubiere lugar.
Recibo correspondencia y notificaciones en (dirección y teléono de quien interpone el derecho-acción de habeas corpus. Recuerde que también puede incluir el correo electrónico).
Del señor Juez, atentamente,
Nombres y apellidos Cédula de ciudadanía
DIVULGACIÓN DE LOS MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
Glosario
Es una medida que afecta el derecho de libertad individual de una persona natural por un periodo de tiempo breve. La puede llevar a cabo, por ejemplo, un miembro de la Poli- cía Nacional en una estación de policía o en un CAI antes de la puesta a disposición ante un juez.
Control bajo el ejercicio dehabeas corpus:
Se ejercita o acude a esta acción-derecho cuando una persona natural considera que se encuentra privada de la libertad de manera ilegal y/o prolongada.
Facultad atribuida a los jueces (unipersonales o colegiados) de verificar la adecuación de las decisiones de los poderes públicos a la Constitución y a la ley.
Son aquellos derechos inherentes que pertenecen o que corresponden a toda persona humana en razón de su dignidad.
En la Constitución Política de Colombia están consagrados en el Título II, entre otros, la vida, la igualdad, la intimidad personal, el libre desarrollo de la personalidad, la libertad de conciencia, de culto y de expresión, la honra, la paz, el trabajo, el debido proceso y la educación.
Se presenta cuando una persona natural es detenida, privándola de la posibilidad de trasladarse libremente de un lugar a otro y obligándola a permanecer en un determina- do sitio contra su voluntad. 6
6 Ver Delitos de detenciones ilegales (España) , Wikipedia, párr. 1.