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Control de Detención e Imputación: Análisis del Código Nacional, Resúmenes de Derecho

Este documento proporciona un análisis detallado de la audiencia inicial de control de detención/formulación de imputación en el marco del código nacional de procedimientos penales. Se exponen los pasos clave de la audiencia, los derechos del imputado, las responsabilidades del ministerio público y la víctima, y se analizan las diferentes etapas del proceso, incluyendo la solicitud de medidas cautelares y la vinculación a proceso.

Tipo: Resúmenes

2024/2025

Subido el 19/03/2025

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AUDIENCIA INICIAL
Apertura de audiencia
Auxiliar de sala: Siendo las ____ horas del día ____ del año ______, nos
encontramos constituidos en la sala ____________para celebrar la audiencia de
control de la detención/formulación de la imputación dentro de la causa penal
________ que se instruye en contra de ___________ por el delito de ________________.
Se solicita a los asistentes, en términos del artículo 58 del Código Nacional de
Procedimientos Penales, permanecer en esta sala de manera respetuosa y en
silencio. Se les recuerda que se encuentra estrictamente prohibido introducir
equipos o instrumentos que permitan grabar imágenes de video, sonidos o
gráficas; tampoco deberán introducir armas ni adoptar un comportamiento
intimidatorio, provocativo, contrario al decoro, ni alterar o afectar el desarrollo
de la audiencia. En caso de hacerlo se aplicará alguna de las medidas previstas
en el artículo 355 del citado código, que pueden consistir desde el
apercibimiento hasta el arresto por treinta y seis horas.
Por último solicito a los asistentes ponerse de pie para recibir al (la) juez(a)
________________________, quien presidirá la audiencia. Asistentes: De pie. El (la)
juez(a) ingresa a la sala.
Juez(a): Tomen asiento por favor. Asistentes toman asiento Siendo el día _____
del mes de _____ del año _____, a las _____ horas, este órgano jurisdiccional
procede a llevar a cabo la audiencia inicial de control de la
detención/formulación de la imputación con fundamento en el artículo 307 del
Código Nacional de Procedimientos Penales, dentro de la causa penal indicada
por el (la) auxiliar de sala. Le pregunto al (la) auxiliar de sala: ¿Se encuentran
presentes en esta audiencia periodistas o medios de comunicación? (1) En caso
negativo.
Auxiliar de sala: No, señor(a) juez(a), no se encuentran periodistas o medios de
comunicación en esta audiencia. Pasar a “Individualización de las partes” (punto
2). (2) En caso afirmativo. Auxiliar de sala: Sí, señor(a) juez(a), se encuentran en
esta audiencia periodistas y medios de comunicación. Juez(a): Informo a los
periodistas y medios de comunicación presentes que conforme al artículo 55
del Código Nacional de Procedimientos Penales, uno de los derechos del (la)
acusado(a) corresponde a no ser expuesto a los medios de comunicación de
acuerdo a la fracción XIV del artículo 113 del referido código. En virtud de lo
anterior, se instruye a los periodistas y a los medios de comunicación a efecto
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AUDIENCIA INICIAL

Apertura de audiencia Auxiliar de sala: Siendo las ____ horas del día ____ del año ______, nos encontramos constituidos en la sala ____________para celebrar la audiencia de control de la detención/formulación de la imputación dentro de la causa penal ________ que se instruye en contra de ___________ por el delito de ________________. Se solicita a los asistentes, en términos del artículo 58 del Código Nacional de Procedimientos Penales, permanecer en esta sala de manera respetuosa y en silencio. Se les recuerda que se encuentra estrictamente prohibido introducir equipos o instrumentos que permitan grabar imágenes de video, sonidos o gráficas; tampoco deberán introducir armas ni adoptar un comportamiento intimidatorio, provocativo, contrario al decoro, ni alterar o afectar el desarrollo de la audiencia. En caso de hacerlo se aplicará alguna de las medidas previstas en el artículo 355 del citado código, que pueden consistir desde el apercibimiento hasta el arresto por treinta y seis horas. Por último solicito a los asistentes ponerse de pie para recibir al (la) juez(a) ________________________, quien presidirá la audiencia. Asistentes: De pie. El (la) juez(a) ingresa a la sala. Juez(a): Tomen asiento por favor. Asistentes toman asiento Siendo el día _____ del mes de _____ del año _____, a las _____ horas, este órgano jurisdiccional procede a llevar a cabo la audiencia inicial de control de la detención/formulación de la imputación con fundamento en el artículo 307 del Código Nacional de Procedimientos Penales, dentro de la causa penal indicada por el (la) auxiliar de sala. Le pregunto al (la) auxiliar de sala: ¿Se encuentran presentes en esta audiencia periodistas o medios de comunicación? (1) En caso negativo. Auxiliar de sala: No, señor(a) juez(a), no se encuentran periodistas o medios de comunicación en esta audiencia. Pasar a “Individualización de las partes” (punto 2). (2) En caso afirmativo. Auxiliar de sala: Sí, señor(a) juez(a), se encuentran en esta audiencia periodistas y medios de comunicación. Juez(a): Informo a los periodistas y medios de comunicación presentes que conforme al artículo 55 del Código Nacional de Procedimientos Penales, uno de los derechos del (la) acusado(a) corresponde a no ser expuesto a los medios de comunicación de acuerdo a la fracción XIV del artículo 113 del referido código. En virtud de lo anterior, se instruye a los periodistas y a los medios de comunicación a efecto

de permanecer en el lugar en el cual han sido ubicados, y se abstengan de grabar y transmitir por cualquier medio la presente audiencia. 2) Individualización de las partes Juez(a): Una vez abierta la audiencia, procederemos con la etapa de individualización. Se inicia con el Ministerio Público, víctima u ofendido(a) (de estar presente), su asesor(a) jurídico(a) (de estar presente), defensor(a) e imputado(a). Tiene la voz el Ministerio Público. Ministerio Público: Licenciado(a) ___________, con cédula profesional número _______, con domicilio para recibir notificaciones en ______ y (si lo considera conveniente), manifestando como medio para ser notificado el correo electrónico, fax, teléfono o cualquier otro _______. Juez(a): Tiene la voz el (la) víctima u ofendido(a). Víctima u ofendido(a) (de estar presente): ___________, con domicilio para recibir notificaciones en ______ y (si lo considera conveniente), manifestando como medio para ser notificado el correo electrónico, fax, teléfono o cualquier otro _______. Juez(a): Dirigiéndose a la víctima u ofendido(a). Señor(a) _____ de conformidad con la fracción I, del inciso C del artículo 20 constitucional, tiene usted derecho a ser asesorado por abogado, el cual puede elegir libremente; si usted no quiere o no puede nombrar a un abogado, este órgano jurisdiccional le designará un asesor jurídico público. ¿A quién nombra usted como asesor? Víctima u ofendido(a): Designo a ___________. Juez(a): Este órgano jurisdiccional tiene por nombrado asesor(a) jurídico(a) al (la) licenciado(a) __________________ para todos los efectos legales que haya lugar. Le recuerdo a la víctima u ofendido (a) que durante cualquier etapa del procedimiento, podrá actuar por sí o a través de su asesor(a) jurídico(a), quien sólo promoverá lo que previamente usted le haya informado ¿Ha comprendido esto? Víctima u ofendido(a): Sí, señor(a) juez(a). Juez(a): Tiene la voz el (la) asesor(a) jurídico(a) de la víctima u ofendido(a) para que proceda con su individualización. Asesor(a) jurídico(a) (de estar presente): Licenciado(a) ___________, con cédula profesional número _______, con domicilio

Juez(a): Les informo a las partes que el domicilio que han proporcionado será el lugar donde recibirán las notificaciones durante el proceso; en caso de modificación, deberán informarlo oportunamente ya que de no hacerlo así, serán notificados de conformidad con lo señalado en la fracción II, del artículo 82 del código adjetivo en la materia, es decir, mediante lista, estrado o boletín judicial, según corresponda. Asimismo, se les informa que todas las resoluciones dictadas en forma oral en esta y en las subsiguientes audiencias, de ser el caso, se tendrán por notificadas a los intervinientes en ellas, mismas que están obligados a asistir formalmente, lo anterior con fundamento en el artículo 63 del mencionado código. 3) Verificación de conocimiento de Derechos constitucionales y legales Juez(a): Una vez identificados los asistentes en esta audiencia, le pregunto al (la) imputado (a), señor(a) _________: ¿Le han informado con anterioridad sus derechos constitucionales y legales? Imputado(a): (1) En caso afirmativo. Sí, señor(a) juez(a), me han informado de mis derechos constitucionales y legales. (2) En caso negativo. No, señor(a) juez(a), no me han informado de mis derechos constitucionales y legales. Juez(a): Toda vez que el (la) imputado(a) ha manifestado que no le han sido informados sus derechos constitucionales y legales, este órgano jurisdiccional dará lectura de los mismos. Juez(a): A continuación le pregunto a la víctima u ofendido(a), señor(a) _________: ¿Le han informado con anterioridad sus derechos constitucionales y legales? Víctima u ofendido(a): (1) En caso afirmativo. Sí, señor(a) juez(a), me han informado de mis derechos constitucionales y legales. ( 2) En caso negativo. No, señor(a) juez(a), no me han informado de mis derechos constitucionales y legales. Juez(a): Toda vez que la víctima u ofendido(a) ha manifestado que no le han sido informados sus derechos constitucionales y legales, este órgano jurisdiccional dará lectura de los mismos.

4) Calificación de la detención. Juez(a): Se da uso de la voz al Ministerio Público para que justifique los motivos de la detención. Ministerio Público: Toda vez que el motivo de esta etapa de la audiencia es únicamente argumentar y controvertir las circunstancias de la detención, el Ministerio Público deberá limitarse a indicar en forma breve y puntual las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se haya configurado la detención ya sea por flagrancia o caso urgente y señalar los datos de prueba con los que sustenta su exposición, finalizando con la solicitud al órgano jurisdiccional de calificar de legal la detención. Juez(a): Con fundamento en el artículo 66 del Código Nacional de Procedimientos Penales se concede a la víctima, ofendido(a) o su asesor(a) jurídico(a) el derecho a manifestarse en relación con lo señalado por el Ministerio Público conforme a la detención del (la) imputado(a). Asesor(a) jurídico(a): Hace uso de la voz manifestándose sobre la detención. Juez(a): Tiene el uso de la voz el (la) imputado(a) o su defensor(a). Defensor(a): Hace uso de la voz manifestándose sobre la detención. Juez(a): Se cierra el debate y este órgano jurisdiccional procede a resolver en relación con la solicitud del Ministerio Público de calificar de legal la detención del (la) imputado(a). (1) En caso de calificarse legal la detención Una vez escuchadas a las partes, este órgano jurisdiccional advierte que los motivos de la detención expuestos por el Ministerio Público se encuentran justificados en razón de los hechos narrados siguientes:


_________________________________________________________________. Lo anterior se desprende de los datos de prueba ofrecidos en audiencia, siendo de relevancia para la decisión tomada por este órgano jurisdiccional los siguientes:


_____________________________________________. Los anteriores hechos y datos de prueba, hacen llegar a la conclusión de este órgano jurisdiccional, que en el presente caso, en la detención de ____________ se actualiza la hipótesis de flagrancia/urgencia prevista en los numerales 16 constitucional y 146 (150 en caso de urgencia) del Código Nacional de Procedimientos Penales. Asimismo, este órgano jurisdiccional pudo constatar mediante el registro número

Ministerio Público pueda continuar con la investigación y posteriormente solicite audiencia para formular la imputación siguiendo las reglas de la audiencia sin detenido. Gírese oficio al director del centro de reinserción social para los citados efectos. Le pregunto al Ministerio Público: ¿Tiene otra solicitud? Podrá solicitar en esa misma audiencia que se cite en libertad al imputado(a) señalando fecha y hora para que tenga verificativo la audiencia inicial, la que se llevará a cabo dentro de los 15 días siguientes a la solicitud (art. 310 CNPP). También podrá solicitar la orden de aprehensión (art. 143 CNPP). (En caso negativo) Pasar a “Derecho de uso de la palabra al (la) imputado(a) o su defensa” (punto 10) y posteriormente a “Cierre de audiencia 1” (punto 11). (En caso afirmativo, solicitud de audiencia) Ministerio Público: Sí, su señoría, se solicita se fije hora y fecha para la celebración de la audiencia de formulación de la imputación. Juez(a): Atendiendo a la solicitud del Ministerio Público, se cita a ____________ para que se presente el día ____ a la hora _____ ante este juzgado, para la celebración de la audiencia inicial con la formulación de la imputación que haga el Ministerio Público en su contra, quedando todos los presentes debidamente notificados con fundamento en el artículo 63 del código adjetivo en la materia. Pasar a “Derecho de uso de la palabra al (la) imputado(a) o su defensa” (punto 10) y posteriormente a “Cierre de audiencia 2” (punto 11). 5) Formulación de la imputación Juez(a): Con fundamento en el artículo 311 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se da el uso de la palabra al Ministerio Público para que formule su imputación. Señor(a) _______________, le solicito ponga atención a la exposición que hará el Ministerio Público, ya que le comunicará el hecho o los hechos que la ley señala como delito por los que se desarrolla una investigación en su contra. Ministerio Público: En uso de la voz, deberá exponer al (la) imputado(a) el hecho que se le atribuye, la calificación jurídica preliminar, la fecha, lugar y modo de su comisión, la forma de intervención que haya tenido en el mismo, así como el nombre de su acusador (artículo 311 Código Nacional de Procedimientos Penales). Juez(a): Señor(a) ________________: ¿Comprende los hechos que le acaba atribuir el Ministerio Público? Imputado(a): Sí, lo entiendo.

6) Oportunidad de declarar Juez(a): Señor(a) ________________, este órgano jurisdiccional le hace saber que, con fundamento en el artículo 309 del Código Nacional de Procedimientos Penales, tiene usted derecho a declarar en esta audiencia a efecto de contestar la imputación que le acaba de hacer el Ministerio Público. Todo lo que usted declare puede ser utilizado en su contra. Si lo desea puede abstenerse de ello y guardar silencio, lo que no podrá ser utilizado en su contra. Le pido que lo consulte con su defensor(a) y me diga si es su libre decisión declarar en esta audiencia. Imputado(a): (En caso negativo) Pasar a “Vinculación a proceso” (punto 7). (En caso afirmativo) Se pedirá al (la) imputado(a) que pase al estrado. Juez(a): Señor(a) ________________, le solicitaré diversa información general sobre su persona y le informo que, de acuerdo con el artículo 309 del código adjetivo en la materia, no podrá negarse a proporcionar su identidad completa, puede dar sus datos en voz alta o si lo prefiere, estos podrán ser anotados por separado y preservados en reserva. Lo exhorto a conducirse con verdad. ¿Ha entendido lo que le he dicho? Imputado(a): Sí. Imputado(a) proporciona datos de identidad. Juez(a): Señor(a) ________________, va usted a rendir su declaración, posteriormente se le dará el uso de la voz al Ministerio Público, al asesor jurídico de la víctima u ofendido(a) y a su defensa para dirigirle preguntas sobre lo que declare, le informo que no estará obligado a responder las que puedan ser en su contra. ¿Entiende lo que le digo? Imputado(a): Sí, lo entiendo. Juez(a): Proceda ahora a rendir su declaración. Imputado(a): Declara. Juez(a): Señor(a) _______, a continuación se le formularán algunas preguntas sobre lo declarado, le recuerdo que no está obligado a responder aquellas preguntas que puedan ser en su contra, y le pido que de escuchar la palabra “objeción” no conteste a la pregunta formulada hasta que se resuelva sobre dicha incidencia. ¿Comprende lo que le he dicho? Imputado(a): Sí, lo entiendo.

Juez(a): Toda vez que el (la) imputado(a) ______ ha manifestado su deseo de que este órgano jurisdiccional resuelva sobre la solicitud del Ministerio Público de vinculación a proceso en el plazo constitucional de 72 horas/su duplicidad, con fundamento en el artículo 313 del Código Nacional de Procedimientos Penales se fija el día ____ a las ___ horas para la continuación de la presente audiencia inicial. Se informa al (la) imputado(a) sobre su derecho a solicitar el auxilio judicial para citar testigos o peritos a la audiencia de vinculación a proceso, debiendo gestionar dicho auxilio al menos con cuarenta y ocho horas de anticipación a la hora y fecha señaladas para la celebración de la audiencia. En caso contrario, deberá presentar sus medios de prueba a la audiencia de vinculación a proceso. ¿Existe alguna otra solicitud? (En caso afirmativo) Ministerio Público: Sí, señor(a) juez(a), se solicita la imposición de medidas cautelares. Pasar a “Imposición de medida cautelar” (punto 8), posteriormente a “Derecho de uso de la palabra al (la) imputado(a) o su defensa” (punto 10) y finalmente a “Cierre de audiencia 3” (punto 11). (En caso negativo) Pasar a “Derecho de uso de la palabra al (la) imputado(a) o su defensa” (punto 10), y posteriormente a “Cierre de audiencia 4” (punto 11). (2) Continuación de la audiencia inicial Juez(a): Una vez abierta la audiencia e individualizadas las partes, con fundamento en el artículo 315 del Código Nacional de Procedimientos Penales, este órgano jurisdiccional procede a desahogar los medios de prueba (si los hubo) ofrecidos por el (la) imputado(a). Se desahogan las pruebas. Juez(a): Se concede el uso de la voz al Ministerio Público para solicitar y motivar la vinculación del (la) imputado(a) a proceso. Ministerio Público: Expone los datos de prueba con los que considera que se establece un hecho que la Ley señale como delito y la probabilidad de que el (la) imputado(a) lo cometió o participó en su comisión. Juez(a): Se concede el uso de la voz a la defensa para que conteste la solicitud. Defensor(a): Contesta la solicitud. Juez(a): Resuelve. (A) Auto de vinculación. Este órgano jurisdiccional considera que de los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público se desprenden datos de prueba suficientes para establecer que se ha cometido el delito de ______ previsto en ______, y que existe la probabilidad de que el (la) imputado(a) _______ lo cometió o participó en su comisión. Los indicios razonables que así permiten suponerlo son los

siguientes: _______________________________________________________. Asimismo, este juzgado no encuentra causa de extinción de la acción penal o excluyente del delito en el presente caso y, toda vez que se ha formulado la imputación y se ha otorgado al (la) imputado(a) la oportunidad para declarar, resuelve lo siguiente: Con fundamento en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales, este órgano jurisdiccional concluye que se han cumplido los requisitos legales correspondientes y vincula a proceso al (la) imputado(a) _______________________ por los hechos motivo de la imputación. En términos del artículo 67 del referido código, se ordena se transcriba la presente resolución. Juez(a): ¿Existe alguna otra solicitud? (En caso afirmativo) Ministerio Público: Sí, señor(a) juez(a), se solicita la imposición de medidas cautelares. Pasar a “Imposición de medida cautelar” (punto 8). (En caso negativo) Pasar a “Declaración del plazo para el cierre de la investigación” (punto 9). (B) No Vinculación. Opción 1. Este órgano jurisdiccional considera que de los antecedentes de la investigación expuestos por el Ministerio Público no se desprenden datos de prueba suficientes para establecer que se ha cometido el delito de ______ previsto en ______, y que tampoco existe la probabilidad de que el (la) imputado(a) _______ lo cometió o participó en su comisión. Opción 2. Este órgano jurisdiccional considera que de los antecedentes de la investigación, expuestos por el Ministerio Público, se desprenden datos de prueba suficientes para establecer que se ha cometido el delito de ______ previsto en ______, pero no existen datos suficientes para concluir que exista la probabilidad de que el (la) imputado(a) _______ lo cometió o participó en su comisión. De lo anterior, toda vez que de lo expuesto por el Ministerio Público y los medios de prueba desahogados en la presente audiencia (si los hubo), se desprende que _________________________________________________________________. Por los motivos expuestos, y con fundamento en el artículo 319 del Código Nacional de Procedimientos Penales, este órgano jurisdiccional resuelve que no se reúnen requisitos legales necesarios para vincular a proceso al (la) imputado(a) _______________________. Por lo anterior se ordena la inmediata libertad del (la) imputado(a) (si se encontrara privado de su libertad), revocándose la providencias precautorias de _______ de la medida cautelar de ______________ decretada por _________el día ______ (en su caso). Gírese oficio al director del centro de reinserción social para los citados efectos (en su caso). En términos del artículo 67 del referido código, se ordena se transcriba la presente

imputado(a) _________________. (A) En caso negativo El órgano jurisdiccional considera que, aplicando el criterio de mínima intervención según las circunstancias particulares de cada persona, en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución y al principio de proporcionalidad previsto en el artículo 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el presente caso no se justifica la imposición de la medida cautelar de ______________ al (la) imputado(a) _______________, toda vez que de lo expuesto en esta audiencia se desprende que: A.1______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 168 del mencionado código, no demuestra que exista peligro de sustracción del (la) imputado(a) ___________ en el procedimiento. A.2______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 170 del referido código, no demuestra que el (la) imputado(a) ___________represente un riesgo para la seguridad de la víctima u ofendido(a), testigos o para la comunidad. A.3______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 169 del señalado código, no demuestra que exista un riesgo de que el (la) imputado(a) ___________ pudiera obstaculizar el desarrollo de la investigación. Por los motivos expuestos, y con fundamento en el artículo 153 del código adjetivo en la materia, este órgano jurisdiccional niega la solicitud hecha por el Ministerio Público para la imposición de la medida cautelar propuesta. En términos del artículo 67 del Código Nacional de Procedimientos Penales se ordena se transcriba la presente resolución. (B) En caso imposición de medida diferente a la solicitada. El órgano jurisdiccional considera que, aplicando el criterio de mínima intervención según las circunstancias particulares de cada persona, en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución y al principio de proporcionalidad previsto en el artículo 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el presente caso no se justifica la imposición de la medida cautelar de ______________ al (la) imputado(a) _______________, sin embargo, de lo expuesto en esta audiencia, este órgano jurisdiccional considera necesario imponer una medida diversa a la solicitada, menos gravosa, toda vez que se desprende que: B.1_____________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 168 del referido código, demuestra que existe peligro de sustracción del (la) imputado(a) ___________ en el procedimiento.

B.2______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 170 del señalado código, demuestra que el (la) imputado(a) ___________representa un riesgo para la seguridad de la víctima u ofendido(a), testigos o para la comunidad. B.3______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 169 del mencionado código, demuestra que existe un riesgo de que el (la) imputado(a) ___________ pudiera obstaculizar el desarrollo de la investigación. Por los motivos expuestos, y con fundamento en el artículo 157 del Código Nacional de Procedimientos Penales, este órgano jurisdiccional niega la solicitud hecha por el Ministerio Público para la imposición de la medida cautelar propuesta, e impone la medida cautelar de ____________________ prevista en el diverso 155 del señalado código, toda vez que resulta necesario para _____________________ y se ha demostrado en esta audiencia que __________________________. La medida cautelar tendrá una vigencia de ___________________ (en caso de prisión preventiva no podrá exceder de un año) y su evaluación y supervisión estará a cargo de ____________________, para lo cual gírese oficio a dicha autoridad para los efectos que correspondan. En términos del artículo 67 del código adjetivo en la materia se ordena se transcriba la presente resolución. (C) En caso afirmativo Habiendo escuchado a las partes en la presente audiencia, este órgano jurisdiccional considera que aplicando el criterio de mínima intervención según las circunstancias particulares de cada persona; en términos de lo dispuesto en el artículo 19 de la Constitución y al principio de proporcionalidad previsto en el artículo 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en el presente caso se justifica la imposición de la medida cautelar de ______________ al (la) imputado(a) _______________, toda vez que se desprende que: C.1______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 168 del mencionado código, demuestra que existe peligro de sustracción del (la) imputado(a) ___________ en el procedimiento. C.2______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 170 del referido código, demuestra que el (la) imputado(a) ___________representa un riesgo para la seguridad de la víctima u ofendido(a), testigos o para la comunidad. C.3______________________________________________________________, lo cual a criterio de este órgano jurisdiccional, con fundamento en el artículo 169 del señalado código, demuestra que existe un riesgo de que el (la) imputado(a)

partes? Partes: Sí, su señoría.

  1. Derecho de uso de la palabra al (la) imputado(a) o su defensa Juez(a): Dirigiéndose al (la) imputado(a). Señor(a) ________________, en términos del artículo 66 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la ley le concede la oportunidad de hacer uso de la palabra a usted o a su defensor(a). ¿Hay algo que quieran comunicarle a este órgano jurisdiccional? Consúltelo con su defensor(a). Imputado(a) o Defensor(a): Manifiesta lo que a su derecho corresponda. Puede hacerlo desde su lugar.
  2. Cierre de audiencia 1. Calificación de la detención ilegal, sin solicitud de audiencia de imputación. Juez(a): Sin más que resolver, se declara cerrado el debate y la audiencia inicial a las ________ horas del día de hoy, habiéndose calificado de ilegal la detención del (la) señor(a) ______________________ por los motivos expuestos en la presente audiencia. En tal virtud, con fundamento en el artículo 16 constitucional y 308 del código adjetivo en la materia, y en estricto apego a los derechos humanos que rigen a este sistema de justicia penal, se ordena poner en inmediata liberación del (la) señor(a) __________________, sin perjuicio de que el Ministerio Público pueda continuar con la investigación y posteriormente solicite audiencia para formular la imputación siguiendo las reglas de la audiencia sin detenido. Gírese oficio al director del centro de reinserción social para los citados efectos. En términos del artículo 67 del referido código se ordena se transcriba la presente resolución. Todos los intervinientes quedan debidamente notificados con fundamento en el artículo 63 del código adjetivo en la materia. ¿Alguna otra solicitud? Las partes podrán solicitar copia de los contenidos de las carpetas digitales o de parte de ellos (art. 50 CNPP), lo que deberá ser acordado de conformidad en el preciso momento de su solicitud. Así lo resuelve el (la) licenciado(a) _____________________, juez(a) de control _______________. Se levanta la audiencia. 2. Calificación de la detención ilegal, con solicitud de audiencia de imputación. Juez(a): Sin más que resolver, se declara cerrado el debate y la audiencia inicial a las ________ horas del día de hoy, habiéndose calificado de ilegal la detención del (la) señor(a) ______________________ por los motivos expuestos en la presente audiencia. En tal virtud, con fundamento en los artículos 16 constitucional y 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y en estricto apego a los derechos humanos que rigen a este sistema de justicia penal, se ordena poner en inmediata liberación al (la) señor(a) __________________, sin perjuicio de que el Ministerio Público pueda continuar con

la investigación y posteriormente solicite audiencia para formular la imputación siguiendo las reglas de la audiencia sin detenido. Gírese oficio al director del centro de reinserción social para los citados efectos. Asimismo, atendiendo a la solicitud del Ministerio Público se ha fijado el día _____ a las _____ horas para la celebración de la audiencia de formulación de la imputación. En términos del artículo 67 del referido código, se ordena se transcriba la presente resolución. Todos los intervinientes quedan debidamente notificados con fundamento en el artículo 63 del código adjetivo en la materia. ¿Alguna otra solicitud? Las partes podrán solicitar copia de los contenidos de las carpetas digitales o de parte de ellos (art. 50 CNPP), lo que deberá ser acordado de conformidad en el preciso momento de su solicitud. Así lo resuelve el (la) licenciado(a) _____________________, juez(a) de control _______________. Se levanta la audiencia. 3. Acogimiento al plazo constitucional con solicitud de medida cautelar. Juez(a): Sin más que resolver, se declara cerrado el debate y la audiencia inicial a las ________ horas del día de hoy, se fija el día _____ a las ____ horas para la continuación de la presente audiencia de vinculación a proceso. Asimismo, atendiendo a la solicitud hecha por ______________ se ha fijado la medida cautelar de _______________ prevista en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales por una vigencia de ___________________ toda vez que ha quedado demostrada la necesidad de _________________. Notifíquese a ____________________, autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, con el objeto de que ésta dé inicio al proceso de supervisión. (En caso de privación de la libertad) Gírese oficio al director del centro de reinserción social para los citados efectos. En términos del artículo 67 del referido código, se ordena se transcriba la presente resolución. Todos los intervinientes quedan debidamente notificados con fundamento en el artículo 63 del Código Nacional de Procedimientos Penales. ¿Alguna otra solicitud? Las partes podrán solicitar copia de los contenidos de las carpetas digitales o de parte de ellos (art. 50 CNPP), lo que deberá ser acordado de conformidad en el preciso momento de su solicitud. Así lo resuelve el (la) licenciado(a) _____________________, juez(a) de control _______________. Se levanta la audiencia. 4. Acogimiento al plazo constitucional sin solicitud de medida cautelar. Juez(a): Sin más que resolver, se declara cerrado el debate y la audiencia inicial a las ________horas del día de hoy, se fija el día _____ a las ____ horas para la continuación de la presente audiencia de vinculación a proceso. En términos del artículo 67 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se ordena se transcriba la presente resolución. Todos

cerrado el debate y la audiencia inicial a las ________ horas del día de hoy, habiéndose vinculado a proceso al (la) imputado(a) _______________, por los motivos expuestos en la presente audiencia. Asimismo, atendiendo a la solicitud hecha por ______________, se fija la medida cautelar de _______________, prevista en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales por una vigencia de ___________________, toda vez que ha quedado demostrada la necesidad de _________________. (En caso de privación de la libertad) Gírese oficio al director del centro de reinserción social para los citados efectos. Igualmente se señala el plazo de ____________________para el cierre de la investigación complementaria. En términos del artículo 67 del referido código, se ordena se transcriba la presente resolución. Todos los intervinientes quedan debidamente notificados con fundamento en el artículo 63 del código adjetivo en la materia. ¿Alguna otra solicitud? Las partes podrán solicitar copia de los contenidos de las carpetas digitales o de parte de ellos (art. 50 CNPP), lo que deberá ser acordado de conformidad en el preciso momento de su solicitud. Así lo resuelve el (la) licenciado(a) _____________________, juez(a) de control _______________. Se levanta la audiencia. 8. Auto de vinculación a proceso sin solicitud de medida cautelar Juez(a): Sin más que resolver, se declara cerrado el debate y la audiencia inicial a las ________ horas del día de hoy, habiéndose vinculado a proceso al (la) imputado(a) _______________ por los motivos expuestos en la presente audiencia. Igualmente, se señala el plazo de ____________________ para el cierre de la investigación complementaria. En términos del artículo 67 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se ordena se transcriba la presente resolución. Todos los intervinientes quedan debidamente notificados con fundamento en el artículo 63 del referido código. ¿Alguna otra solicitud? Las partes podrán solicitar copia de los contenidos de las carpetas digitales o de parte de ellos (art. 50 CNPP), lo que deberá ser acordado de conformidad en el preciso momento de su solicitud. Así lo resuelve el (la) licenciado(a) _____________________, juez(a) de control _______________. Se levanta la audiencia.