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Preparacion oral para salud mental
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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La salud mental en Argentina ha sido transformada por una serie de reformas normativas que buscan garantizar un modelo de atención más inclusivo, respetuoso de los derechos humanos y centrado en la autonomía del paciente. Estas reformas se han plasmado en leyes fundamentales, como la Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657, el Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Ley 26.934, Plan IACOP), y otras leyes que protegen los derechos de los niños, las personas con identidades de género diversas, y las víctimas de violencia de género. Este marco normativo tiene como objetivo alejarse de los enfoques punitivos y excluyentes, en favor de un modelo de atención que respete la dignidad de las personas y promueva su integración social. La Ley N.º 26.657 de Salud Mental (2010) es la piedra angular de este cambio de paradigma. Establece que la salud mental es un derecho humano y debe ser tratada como parte integral de la salud en general. Según la ley, las personas con padecimientos mentales tienen derecho a recibir atención de salud sin ser estigmatizadas, discriminadas o aisladas. En este marco, la ley promueve la desmanicomialización, proceso mediante el cual se eliminan las instituciones psiquiátricas tradicionales (manicomios) y se fomenta el uso de dispositivos comunitarios que favorezcan la reinserción social. Uno de los principios fundamentales de la ley es que la internación debe ser el último recurso. La ley establece que la internación voluntaria debe ser la primera opción, ya que se entiende que las personas con trastornos mentales tienen derecho a decidir sobre su tratamiento. Sin embargo, en los casos en que el paciente decide abandonar la internación, el equipo de salud debe realizar una evaluación exhaustiva para determinar si existe algún riesgo para la salud del paciente o de otras personas. Si se considera que el paciente está en peligro, se puede recurrir a una internación involuntaria, la cual debe ser aprobada por un Órgano de Revisión independiente que asegure que las decisiones están fundamentadas en criterios médicos y no en un abuso de poder. El proceso de externación de los pacientes es igualmente importante en este cambio de modelo. Aquellos pacientes que han estado internados durante largos períodos deben ser externados gradualmente y acompañados por dispositivos terapéuticos intermedios, como hospitales de día, casas de medio camino y talleres protegidos. Estos dispositivos permiten a los pacientes continuar con su tratamiento en un ambiente que favorezca la integración en la sociedad, evitando el aislamiento y la exclusión social que caracteriza a los hospitales psiquiátricos tradicionales. Estos dispositivos intermedios juegan un papel crucial en la rehabilitación social y laboral de las personas con padecimientos mentales. El Plan IACOP (Ley 26.934), complementario de la Ley 26.657, se enfoca en el abordaje del consumo problemático de sustancias, proponiendo una estrategia que va más allá del enfoque abstencionista- prohibicionista tradicional. El Plan promueve la reducción de riesgos y daños, lo que significa que el consumo de sustancias no se trata como un crimen, sino como un problema de salud pública que debe ser tratado de manera integral. En este enfoque, se busca minimizar las consecuencias negativas del consumo, como la transmisión de enfermedades, a través de medidas como la provisión de jeringas limpias y la creación de salas de consumo supervisado. Este modelo de tratamiento, basado en la reducción de daños, es una alternativa más inclusiva y respetuosa, que no criminaliza a las personas con problemas de consumo, sino que promueve su rehabilitación social y su reintegración en la comunidad. En cuanto a la inflación diagnóstica, este fenómeno se refiere al diagnóstico excesivo de trastornos mentales que a menudo no se basan en una evidencia científica sólida. La medicalización de la vida cotidiana ha generado un aumento en la cantidad de personas diagnosticadas con trastornos como la ansiedad o la depresión, sin tener en cuenta los factores sociales o psicológicos subyacentes. Esto responde a una tendencia a tratar los síntomas con medicación sin considerar el contexto emocional y social del individuo. Este fenómeno está estrechamente relacionado con el modelo médico hegemónico, que ha centrado la atención en los tratamientos farmacológicos, muchas veces a costa de enfoques terapéuticos más holísticos. En contraste, la Ley 26.657 promueve un enfoque más biopsicosocial que no se limita a tratar los síntomas de una enfermedad mental, sino que aborda la problemática desde una perspectiva más amplia, que incluye los factores biológicos, psicológicos y sociales que afectan al paciente. Este enfoque integral considera a la persona en su totalidad, reconociendo que los trastornos mentales no son simplemente disfunciones cerebrales, sino que son influenciados por los contextos de vida y las relaciones interpersonales. Esto ha llevado a la creación de dispositivos intermedios y dispositivos laborales, que permiten que las personas con
trastornos mentales desarrollen habilidades para vivir de manera independiente y participar activamente en la sociedad. El dispositivo "Quereme Así, Piantao" es un ejemplo notable de cómo los dispositivos terapéuticos pueden incluir enfoques innovadores y culturales en el tratamiento de las personas con padecimientos mentales. Este dispositivo crea espacios donde las personas pueden participar en actividades recreativas, artísticas y culturales, promoviendo la inclusión social y la reducción del estigma asociado con las enfermedades mentales. La Ley de Violencia de Género es otra legislación fundamental en este contexto, ya que protege a las mujeres y niñas de todo tipo de violencia, ya sea física, psicológica, económica o sexual. Esta ley establece medidas de protección, como el acompañamiento legal y psicológico para las víctimas de violencia, y permite que las mujeres reciban el apoyo necesario para salir de situaciones de abuso. En el contexto de violencia doméstica, la ley establece mecanismos claros para la protección de los derechos de las víctimas y de sus hijos, garantizando su acceso a refugios seguros, y estableciendo el derecho a vivir una vida libre de violencia. En el ámbito de los derechos de los niños, la Ley 26.061 asegura que los menores de edad sean sujetos de derechos. Esto significa que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser escuchados en las decisiones que afectan sus vidas, y deben ser protegidos de situaciones de abuso y explotación. Esta ley establece que el Estado tiene la obligación de garantizar el bienestar integral de los menores y protegerlos frente a cualquier vulneración de sus derechos. En este sentido, se han creado servicios locales de protección, que son responsables de intervenir en situaciones de violencia familiar o de abandono, y de implementar medidas de abrigo para garantizar la seguridad de los menores. La Ley de Identidad de Género, sancionada en 2012, es otra ley clave en la protección de los derechos de las personas transgénero. Esta ley establece que las personas pueden autopercebirse y modificar su identidad de género en sus documentos oficiales sin necesidad de autorización judicial ni tratamientos médicos previos. La ley reconoce el derecho de las personas trans a vivir conforme a su identidad de género y recibir la atención médica que necesiten sin ser discriminadas. El concepto de adicción y consumo problemático de sustancias también ha evolucionado a lo largo del tiempo. Mientras que la adicción implica una dependencia física y psicológica de la sustancia, el consumo problemático se refiere a la utilización de sustancias en forma que afecta negativamente la vida del individuo, sin necesariamente implicar una dependencia. El tratamiento de los trastornos relacionados con el consumo debe ser integral, reconociendo los factores sociales, emocionales y familiares que contribuyen al consumo, además de ofrecer apoyo médico adecuado. Esto es parte de un enfoque más amplio que no solo busca la abstinencia, sino que también promueve el acceso a la rehabilitación y la reintegración social. La multidisciplina y la transdisciplina son principios fundamentales en la atención integral a la salud mental. La multidisciplina implica la colaboración de diversos profesionales trabajando juntos, pero cada uno desde su propia disciplina. En cambio, la interdisciplina y la transdisciplina buscan ir más allá de los límites de las disciplinas tradicionales, creando nuevos enfoques para tratar los problemas de salud mental. Los equipos interdisciplinares permiten una visión más completa y global de los problemas que enfrenta el paciente, ya que integran conocimientos de distintas áreas de la salud, la educación, la justicia y las ciencias sociales. En resumen, las reformas legislativas y los enfoques terapéuticos promovidos por la Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657, el Plan IACOP, la Ley de Violencia de Género y otras leyes de protección de derechos, constituyen una transformación radical en el tratamiento de la salud mental y el consumo problemático en Argentina. Estas leyes no solo garantizan el acceso a la atención, sino que promueven la inclusión social, la autonomía del paciente y el respeto por los derechos humanos, con el objetivo de eliminar el estigma y la exclusión de las personas afectadas por trastornos mentales.