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Una recopilación de expresiones latinas comúnmente utilizadas en el ámbito jurídico. Abarca una amplia variedad de términos y locuciones latinas que se emplean en diversos contextos legales, como resoluciones judiciales, escritos forenses, principios jurídicos, entre otros. Cada expresión se define y se explica su significado en español, brindando una comprensión más profunda de estos conceptos fundamentales del derecho. Este documento puede ser de gran utilidad para estudiantes de derecho, abogados, jueces y cualquier persona interesada en entender mejor el lenguaje jurídico y su origen latino.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Autor: Belianny colina V-32.207.945. Profesor: Abg Vanessa Ravelo. Punto Fijo, julio 2024
Álter ego: Es una locución latina que puede traducirse como “el otro yo”. El concepto se utiliza para nombrar a una persona en que se tiene confianza absoluta, lo que permite que haga de uno mismo sin restricciones. Puede tratarse, por otra parte, de la persona (real o ficticia) en quien se identifica o se reconoce una imitación o una reproducción de otra. In situ: Es una locución de origen latino que significa “en el lugar”, “en el sitio”, “sobre el terreno”. Suele emplearse para referirse a algo que se observa, que se encuentra o que se ejecuta en el propio lugar donde está o de donde es originario. In utroque jure: La locución latina in utroque jure (o in utroque iure) se aplica a los dobles grados académicos conferidos “en uno y otro derecho”, o “en Leyes y Cánones”, es decir: en derecho civil y canónico. En la actualidad, tales titulaciones se suelen circunscribir al clero católico y abogados matrimonialistas, pero hasta el siglo XIX eran muy frecuentes entre letrados laicos de países católicos y de Alemania. In vitro: El término in vitro es de origen latín que significa “dentro del vidrio”. En consideración de lo anterior, in vitro es la técnica que se realiza fuera del organismo, dentro de un tubo de ensayo, en un medio de cultivo, o en cualquier otro ambiente artificial. Como tal, la expresión “in vitro” es una locución latina que señala a todos los estudios o experimentos que se realizan fuera del organismo. Lato sensu: Es una expresión latina que significa "en sentido amplio". Se emplea, lo mismo que su sinónima sensu amplo, cuando para una palabra, nombre o expresión son posibles dos interpretaciones y una de ellas abarca a la otra, para indicar que el término que acompaña debe interpretarse en el más amplio de sus significados, no en el más restringido.
caso nominativo, en sustitución de quo, en caso ablativo, de lo cual se extrae que su interpretación más cercana al origen de la expresión sea: el error que supone confundir una cosa con otra, o una persona con otra. Requiem: Es la misa de difuntos, un ruego por las almas de los difuntos, llevado a cabo justo antes del entierro o en las ceremonias de recuerdo o conmemoración. Si vis pacem para bellum: Se trata de una frase condicional presentada como una oración adverbial con el verbo en indicativo. Por lo general se esperaría que el verbo principal estuviera en indicativo. El resultado es una forma imperativa: si realmente deseas la paz, prepárate para la guerra. Sine die: Es una locución latina que significa "sin plazo, sin fecha" y se utiliza con frecuencia en Derecho y en administración para decir que algo se pospone indefinidamente. Habitualmente, se usa como predicado en expresiones que indican referencia o aplazamiento. Por ejemplo: “El juez aplazó sine die la vista del juicio”. Stricto sensu: Se entiende por sentido a la capacidad que tiene una persona para reconocer la realidad y vincularse con ella. El sentido es una manera de juzgar o comprender algo, o la habilidad para entenderlo. Lo estricto, en tanto, es lo que se ajusta exactamente a una norma, un precepto, una necesidad, etc. Aquello que se entiende en un sentido estricto, de este modo, no permite dos interpretaciones ni deja lugar a la subjetividad. Sui generis: Es una expresión del latín que significa, literalmente, ‘de su género’ o ‘de su especie’. En este sentido, como sui generis designamos a una cosa que es
singular o excepcional. Así, decimos que algo es sui generis cuando nos resulta inclasificable, fuera de lo común, que se sale de lo acostumbrado: “Ese jarrón de porcelana de tres asas me parece muy sui generis”. Urbi et orbi: Expresión latina que significa ‘a la ciudad y al mundo’ o ‘a todo el mundo’; se aplica a la bendición papal para indicar que se hace extensiva al mundo entero, así como al hecho de contar las cosas o de proclamar algo a los cuatro vientos, de manera que todo el mundo se entere. Velis nolis: Este término se refiere a una expresión de origen latino con variedad del idioma castellano, puede indicar por lo general como buen agrado o por la fuerza, guste o no guste, de una manera o modo forzoso, obligatorio, ineludible, indispensable, precioso, obligado, inexcusable, inevitable o necesario, puede indicar también como tanto si quieres como si no quieres. Ut supra: Es una palabra latina que literalmente puede definirse como “como arriba”. Esta palabra expone el término como la fecha, cláusula o frase escrita más arriba que se encuentra en ciertos documentos, y evitar su repetición. Esta expresión latina y castellana es usualmente utilizada en resoluciones judiciales y en escritos forenses para aludir a un pasaje inserto anteriormente, en otras palabras, esto quiere decir algo que ya se dijo antes o más arriba. Verbi gratia: Verbigracia o verbi gratia es una locución latina aún en uso que significa “ejemplo” o "por ejemplo”. Es muy utilizada con fines didácticos como conector discursivo ejemplificativo.
principio de replicabilidad natural y se encarga de restituir al nexo biológico natural donde este vínculo jurídico no existe por completo. Admissio proter non usum: Es una frase en latin que puede traducirse como "admisión ante la falta de uso". En el derecho romano se señala que la servidumbre voluntaria termina por el no uso. Desaparecía por desuso o inexistencia de prohibición con respecto a los actos contrarios a una acción negativa. Aequitas: Equidad, igualdad, proporcionalidad (se dice de la aplicación de la justicia atemperada de los rigores del derecho y, también, de los principios que deben guiar la facultad discrecional del juez). Consuetudo est servando Contra legem: La costumbre debe ser observada. Contra legem: contra la ley (se dice de la costumbre establecida o de la decisión adoptada en contra de la ley). Dura lex, sed lex: Se traduce como: “La ley es dura, pero es ley”. Los aforismos son sentencias breves que configuran reglas generales del derecho. En este caso, “dura lex, sed lex” estructura un principio general del derecho y una de las bases del ordenamiento jurídico: es obligatorio respetar y aplicar la ley. Además, supone el paso previo a configurar un ordenamiento en el que todas las normas promulgadas protejan y afecten a todos los ciudadanos por igual. Este principio parte de la idea de que para vivir en sociedad es necesario ordenar las relaciones entre privados, los ciudadanos y de entre estos y la Administración. La ley, por tanto, aunque dura, persigue un beneficio social.
Ex injuria jus non oritur: Es un aforismo latino que viene a plasmar un principio jurídico según el cual los hechos ilícitos no pueden nunca crear derecho, no pueden nunca generar derechos. Ex nunc: Es una locución latina que literalmente en español significa "desde ahora". Se utiliza para referirse a que una acción o una norma jurídica, produce efectos desde que se origina o se dicta y no antes, por lo que no existe retroactividad. La locución latina opuesta es ex tunc, que se traduce como "desde entonces". Exequátur: Es el procedimiento a través del cual las sentencias dictadas por autoridades extranjeras, previo cumplimiento de los requisitos de Ley pueden adquirir fuerza ejecutoria en Venezuela. Gratia argumentando: Para argumentar. In Rem: “sobre la cosa”; aplicado a una acción o recurso significa que se sigue contra una cosa y no contra una persona. Silent leges inter arma: Las leyes se quedan mudas ante las armas. Citado en la actualidad para señalar que el uso de las armas y la violencia nos pone dificultades para encontrar soluciones a las controversias que pueden resolverse por la razón y el derecho. Intuitu Personae: Es un término usado en derecho para describir contratos por obligación. Proviene del latín y significa “Atención a la persona“, es usado para describir aquellos contratos hechos entre dos partes y en el cual se debe cumplir a
Onus probandi incumbit actori: “La carga de la prueba incumbe al actor”, es decir a quien alega tal o cual hecho jurídico o material. Pacta sunt servanda: "Los contratos están para cumplirse". Es uno de los principios más importantes en Derecho Civil. Pacta sunt servanda es uno de los principios más importantes en Derecho Civil que quiere decir que los contratos están para cumplirse. Praeter legem: Es un concepto jurídico de la jurisprudencia. Significa que una vista derecha precede a la derecha. Ratio legis: "Razón de la ley" o "razón legal." Es el fundamento que debe inspirar el contenido y alcance de las normas jurídicas que componen el Derecho positivo. Summum ius summa iniuria: Es un aforismo latino que se puede traducir por "sumo derecho, suma injusticia", "a mayor justicia, mayor daño" o "suma justicia, suma injusticia", en el sentido de que la aplicación de la ley al pie de la letra a veces puede convertirse en la mayor forma de injusticia. Ultra petita: Es una locución latina que significa literalmente "más allá de lo pedido". Se utiliza en derecho para señalar la situación en la que una resolución judicial concede más de lo pedido por una de las partes. Tiene su origen en el derecho romano y se resume en el brocardo sententia debet esse conformis libello (literalmente "la sentencia debe ser conforme a la demanda"). Sine qua non: Expresión en latín que en español significa “sin la cual no”. Es una expresión que hace referencia a la condición o acción que es indispensable,
imprescindible o esencial para que suceda algo. La locución “sine qua non” con la cual se alude a una cláusula o condición indica que sin el cumplimiento de esta, es imposible conseguir el objetivo planteado, por lo que el determinado hecho no acontecerá. Vacatio legis: Período que transcurre desde que se publica una norma hasta que entra en vigor, momento este que habitualmente viene establecido en la propia norma. Ad litteram: Es una locución latina que significa "al pié de la letra", "tal como dice el texto". Ad hoc: Significa "para este propósito" o "para esto". Es una frase latina que a menudo se utiliza para indicar que un determinado acontecimiento es temporal y es destinado a ese propósito específico. Annus horribilis: Es una expresión latina, traducible como "año terrible". Esta expresión es utilizada cuando al finalizar el año las cosas no han salido como se esperaban. Accésit: Es un sustantivo masculino, se define como una locución o voz latina en que los certámenes científicos, literarios o artísticos, recompensa inferior inmediata al premio. A priori: Es una locución latina que en español significa “previo a”. Es una expresión que hace referencia a un principio anterior de la experiencia, y se
Abintestato: Es un término jurídico que proviene del latín y que deriva de la palabra ab intestato que significa sin testamento. El abintestato es un procedimiento judicial asociado a la herencia y la adjudicación o transferencia de los bienes. Según la Real Academia Española el abintestato es el procedimiento judicial que adjudica la herencia o bienes de una persona que al morir no deja testamento. Este acto legal se aplica cuando muere una persona, sin dejar un testamento por escrito o cuando se considera nulo al testamento realizado. El abintestato permite que la herencia pase a los parientes más próximos. Se denomina sucesión intestada a esta forma de resolver esta situación judicial. Ab Urbe condita: Es una expresión latina que significa “desde la fundación de la Ciudad” (de Roma), que se sitúa conforme al cálculo de Marco Terencio Varrón en el tercer año de la sexta olimpiada, 753 a. C., aunque se manejaban también otras fechas, como el primer año de la séptima olimpiada según Catón el Viejo. Ad calendas graecas: Es una locución latina de uso actual que significa literalmente "hasta las calendas griegas". Se indica con ello que una cosa no se realizará nunca, ya que en Grecia no existían las calendas. Ad hóminem: Significa literalmente “al hombre, a la persona”. Se aplica al razonamiento o argumento que trata de confundir al adversario oponiéndole sus propias opiniones o actos. Bis dat qui cito dat: Significa “quien da pronto da dos veces”.
Bona fide: Expresión latina equivalente a «de buena fe», «en buen fe». Auténtico, sin mala intención o engaño. En Derecho, actitud de una persona que hace una transacción con propósito honesto (principio de buena fe), por ejemplo, el comprador que trata con un vendedor sin tener conocimiento de que haya fraude por parte de este o sin que tenga noticias de que la propiedad de la cosa comprada esté sujeta a derechos legítimos anteriores de otras personas. Cálamo cúrrente: Es un vocabulario figurado, se empleaba para denotar la manera de hacer cosas como componer versos, escribir, dictar, manuscribir y otras actividades similares. Se dice también con presteza, mucha atención y sin previa reflexión. Cogito ergo sum: “Pienso, luego existo”, es una frase del filósofo y matemático francés René Descartes (1596-1650), la cual resume su proceso intelectual y filosófico que afirma que la única forma de encontrar la verdad es mediante la razón. Procuraba establecer una verdad absolutamente evidente mediante un sistema deductivo sosteniendo que el cogito o pensamiento, que son todos los actos conscientes del espíritu, implica siempre duda. Dudar de todo, según Descartes, es sólo un procedimiento metodológico para encontrar una verdad indubitable, por lo tanto es una duda metódica y no una postura mental definitiva. Corpus delicti: “cuerpo del delito”. Designa al sujeto pasivo o víctima en los delitos contra las personas, o las cosas que han sufrido los efectos del hecho punible (objeto del mismo), como asimismo los instrumentos o medios de que se haya valido el sujeto activo para su realización. También están comprendidos en este concepto, bajo la denominación de piezas de convicción, todos los objetos, huellas y vestigios inclusive, que, no siendo cuerpos del delito ni instrumentos de ejecución, tienen relación con él y pueden servir de prueba o de indicio de culpabilidad de alguna persona o de las circunstancias que la afecten.
In dubio pro operario: Es una locución latina, que expresa el principio jurídico de que en caso de duda en la hermenéutica de la norma, se favorecerá al trabajador. Es un principio interpretativo de Derecho laboral, que podría traducirse como "ante la duda a favor del operario o trabajador". Ut lex moneat igitur oportet: “Es necesario que la ley sea notificada” o “es un deber notificar la ley”.