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Este protocolo, elaborado por el gobierno del estado de chiapas, la secretaría de seguridad y protección ciudadana, la secretaría de salud y el colegio de bachilleres de chiapas, o.p.d., busca prevenir y atender situaciones de consumo y/o distribución de drogas en la población estudiantil de educación media superior. El documento establece estrategias de prevención, incluyendo la participación de padres de familia, y define un procedimiento para la detección, atención y seguimiento de casos de posible consumo de drogas.
Tipo: Traducciones
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El Gobierno del Estado de Chiapas, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana,
Secretaría de Salud y Colegio de Bachilleres de Chiapas, O.P.D. ; así como participación especial de
la Comisión Estatal de los Derechos Humanos del Estado de Chiapas , como órgano autónomo,
Que los signatarios del presente Protocolo son conscientes de la existencia de diversos factores de
riesgo que propician conductas nocivas en la población estudiantil, como núcleo de población
vulnerable,
Que la participación y colaboración interinstitucionales son herramientas eficaces y efectivas para
la atención de dichos factores, aunado a la implementación de objetivos específicos de trabajo
que permitan actuar de manera concreta en esta responsabilidad,
Que es conveniente e inaplazable contar con un instrumento específico para actuar frente a este
tipo de situaciones, específicamente en el caso de drogas dentro de la población estudiantil de
Educación Media Superior, han decidido suscribir el presente:
a. Facilitar mecanismos de actuación para atender situaciones de riesgos psicosociales
b. Consolidar el desarrollo de habilidades socioemocionales
c. Crear ambientes escolares positivos y convivencia escolar sana
d. Erradicar patrones de conducta nocivos
e. Desarrollar en los alumnos la toma de decisiones responsables ante conductas de riesgo
f. Realizar un trabajo colaborativo entre Colegio de Bachilleres de Chiapas, Secretaría de
Seguridad y Protección Ciudadana y Secretaría de Salud, ambas del Gobierno del Estado de
Chiapas, para la prevención, atención, referencia y seguimiento en los casos de los alumnos
con uso y abuso de sustancias adictivas (drogas).
g. Crear redes sociales de protección
h. Promover la prevención del consumo de drogas dentro de los planteles escolarizados y
Centros de Educación Media Superior a Distancia del Colegio de Bachilleres de Chiapas.
i. Promover acciones que permitan la detección del consumo o distribución de drogas dentro de
los planteles escolarizados y Centros de Servicios de Educación Media Superior del Colegio de
Bachilleres de Chiapas.
j. Aplicar las medidas disciplinarias y administrativas de acuerdo a las leyes y/o lineamientos que
rigen la normativa del Colegio, respecto al consumo o distribución de drogas.
k. Dar vista a las autoridades legales competentes sobre el consumo o distribución de drogas
dentro de los planteles del Colegio de Bachilleres de Chiapas.
l. Fomentar entre los alumnos y alumnas una cultura de prevención para los diversos casos de
consumo o distribución de drogas.
m. Trabajar en equipo y coordinación con los padres y madres de familia, tutores, familiares o
quienes detenten la patria potestad o custodia del estudiante, así como personal docente y
directivo de los Planteles escolarizados y Centros de Educación Media Superior a Distancia del
Colegio de Bachilleres de Chiapas en el desarrollo de las acciones de prevención de consumo o
distribución de drogas.
La prevención comprende una serie de actividades que van desde la provisión de las mejores condiciones posibles para la educación de los jóvenes, campañas de información, el control de los factores de riesgo hasta un eficaz proceso de referencia y contra-referencia.
Una difusión apropiada de información y una campaña de sensibilización son elementos esenciales para el éxito de los programas de prevención.
La prevención no es una tarea exclusiva de las instituciones de salud, sino de toda la comunidad, organizaciones civiles, demás instituciones e individuos. Para ello, es necesario como medida de prevención disponer de recursos humanos y suma de voluntades que se esfuercen para generar acciones exitosas.
La promoción de factores de protección en el adolescente, debe involucrar no sólo a profesionales de la salud pública, sino a otras personas que se relacionan, muchas veces durante mayor cantidad de tiempo, como son: los familiares, docentes y los propios adolescentes.
Principalmente hay que promover los modos de vida saludable y responsable entre ellos, práctica de actividades deportivas, culturales y artísticas, una sexualidad responsable, desarrollar múltiples intereses que les permitan un uso adecuado de su tiempo libre, entre otros.
También hay que tener en cuenta las variaciones en el comportamiento escolar: dificultades en el rendimiento habitual, las fugas o riesgo de deserción escolar, las dificultades en las relaciones con maestros y profesores, la presencia de amistades con problemas de conducta, la inadaptación a determinados regímenes escolares (Cfr. Pérez Barrero, 2002).
Con los adolescentes es conveniente que se disponga de un ambiente familiar, de amistad y escolar, que provea de comprensión y apoyo. Asimismo que tanto la familia como la escuela orienten en las competencias, potencien la integración y la interrelación, facilitando la adquisición de habilidades, fomentando la autoestima y el autocontrol, capacitándoles para llegar a ser consecuentes con sus principios, integrados en su grupo y responsables con los compañeros.
El programa de prevención de riesgos psicosociales , busca contribuir a la formación de la cultura de prevención de factores de riesgos psicosociales, poniendo énfasis en situaciones de violencia, conductuales, adicciones, incidencia delictiva y prevención del delito.
tenían mayores probabilidades de consumir algún tipo de droga ilegal. Estos datos coinciden con los teóricos de la adolescencia quienes señalan que en esta etapa se pueden iniciar y desarrollar algunas conductas antisociales entre ellas, el consumo de sustancias adictivas (Farell, Danish & Howard, 1992; Kazdin, 1988).
Dado lo anterior, en nuestro país se han realizado estudios que permiten la identificación de algunas estrategias que pueden ser empleadas para incrementar la disposición de los adolescentes hacia el cambio de un consumo problemático de sustancias (Cfr. Salazar, Martínez y Barrientos, 2009); los que a su vez coinciden con resultados de investigaciones realizadas en otros países (Babor & Grant, 1992; Marlatt, 1999). Por otra parte, en las dos últimas décadas se han desarrollado y evaluado una serie de alternativas de intervención breve para personas que consumen drogas en forma de abuso o con bajo nivel de dependencia, las cuales han mostrado resultados promisorios y constituyen en la actualidad el fundamento de acciones de prevención indicada para esta problemática (Echeverría, Carrascoza & Reidl, 2007; Martínez, Salazar, Pedroza, Ruiz & Ayala, 2008; Martínez, Pedroza, Salazar & Vacio, 2008).
Las adicciones presentan efectos severos, los más graves incluyen una mayor frecuencia del corazón, edema pulmonar, hipertensión arterial, fiebre, hemorragias internas y fallos renales; existen estudios que indican que producen daños cerebrales.
Por supuesto, las adicciones también implican dependencia física y psicológica, ya que si la persona no consume o no toma su dosis diaria, el sujeto comienza con una serie de síntomas fisiológicos como por ejemplo dolor estomacal y temblor de manos; así como síntomas psicológicos como es la ira y la angustia. Estos dos síntomas constituyen lo que es la dependencia a las drogas.
Conscientes de ello, este protocolo y las estrategias surgen de la necesidad de generar y delimitar un marco de actuación frente a situaciones de consumo o distribución de drogas al interior de los Planteles y Centros de Educación Media Superior a Distancia (EMSaD), que conforman el Subsistema de Colegio de Bachilleres de Chiapas, resaltando la importancia de la prevención en la población estudiantil.
Todas las acciones ejecutadas en los Planteles y Centros de Educación Media Superior a Distancia (EMSaD), deben tener un sentido pedagógico y preventivo, por esa razón, ante las crisis de seguridad, no es suficiente establecer un conjunto de procedimientos para enfrentar la emergencia, también se requiere una estrategia integral que incluya el tratamiento educativo de las situaciones, pues de esa manera se fortalecerán los valores que se ponen en juego cuando nos protegemos unos a otros, se promoverá una postura crítica ante las actividades delictivas y el consumo de drogas, además de que la comunidad escolar será capaz de convertir las crisis en oportunidades de crecimiento y desarrollo personal y social.
Los adolescentes tienen derecho a ser tratados de una manera consistente con su sentido de dignidad y valor como menor, en un marco que refuerce en éstos el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales de terceros, considerando su edad, así como la promoción de su reintegración en la sociedad, a fin de que el adolescente asuma un rol constructivo dentro de la misma.
Los derechos de las y los adolescentes son irrenunciables, por tanto, las autoridades son responsables de garantizar su estricto cumplimiento.
Como consecuencia de todo lo anterior, en el presente Protocolo de prevención de riesgos psicosociales se han diseñado interinstitucionalmente, estrategias que permitirán actuar frente a situaciones de consumo y/o distribución de drogas, lo que constituye un instrumento específico de responsabilidad y esfuerzo del gobierno estatal y federal en el cumplimiento de sus políticas públicas de salud.
1.- Durante la primera semana de clases correspondiente al ciclo escolar, los Directores de los Planteles y/o Responsables de los Centros de Educación Media Superior a Distancia, vigilarán que el orientador y/o responsable de orientación educativa participen en una reunión con padres, madres de familia y/o tutores, a fin de hacer de su conocimiento: el plan de actuación frente a situaciones de consumo y/o distribución de drogas al interior del centro educativo, con la intervención de algún especialista, si así se considera.
2.- Los padres, madres de familia y/o tutores del alumno, con posterioridad a la entrega de la información relativa, firmarán un documento en el que afirmen conocer el contenido del presente Protocolo, otorgando su consentimiento informado para que a sus hijos se les apliquen los instrumentos para detectar factores de riesgo con una vigencia de seis meses , el cual deberá renovarse por el mismo periodo; en caso de que no comparezca alguien de los señalados anteriormente, se hará constar y se le citará de nueva cuenta para que asista al día siguiente, o en su caso, en la fecha que se designe para ello.
3.- Iniciado el ciclo escolar, dentro de los primeros 30 días, se aplicará en los centros educativos un instrumento y/o encuesta a los y las estudiantes de Planteles escolarizados y Centros de EMSaD a efectos de detectar posibles factores de riesgo.
La detección de riesgo psicosocial se lleva a cabo a través de diferentes instrumentos, a saber:
Referencia - contrareferencia
Prevención
Contención / atención
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Otras dependencias y/u ONG´S
Orientadores educativos / responsables de programa
UNEME - CAPA
CISAME
Detección de Riesgo Psicosocial
Establecimientos acreditados
Aplicación del POSIT
Orientación educativa Tutorías Construye T Academias Salud
8.- A efectos de respetar y garantizar los Derechos Humanos de los y las estudiantes frente a las acciones que se emprendan al respecto, el COBACH mantendrá comunicación con la Comisión Estatal de los Derechos Humanos a través de la Visitaduría General Especializada de Atención de Asuntos de la Mujer u otra área que el organismo defensor de los Derechos Humanos designe.
9.- Como parte de la coordinación y colaboración interinstitucional que se establecen en este Protocolo, se brindarán servicios de atención y asesoría a través de Áreas y Unidades especializadas, tanto de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana como de la Secretaría de Salud, ambas del Gobierno del Estado de Chiapas.
9.1. Servicios de atención
A. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana brindará capacitación, pláticas, talleres y atención especializada a través del Área de Programas Preventivos y el Área de Servicios Psicológicos de la Unidad de Prevención del Delito y Política Criminal.
Embarazo en Adolescentes: Hoy en día prevenir un embarazo adolescente no deseado de manera efectiva es mucho más fácil que hace algunos años, gracias a los métodos anticonceptivos modernos, los y las jóvenes pueden hacerlo, pues planificar es una decisión libre e individual y un derecho sexual y reproductivo de fácil acceso.
Sexualidad: La población adolescente y joven es una prioridad a nivel mundial. La generación actual es la más grande que se haya registrado en la historia de la humanidad. Las condiciones en las que toman decisiones sobre su sexualidad, los elementos y servicios con los que cuentan para ello, así como las oportunidades de educación y desarrollo disponibles, tienen un importante efecto en su calidad de vida y en las tendencias poblacionales de las siguientes décadas.
Violencia Familiar: Fomentar una actitud de respeto a la dignidad de la persona, independientemente de cuál sea su condición, fundamentada en los principios sociales, de convivencia y éticos para que el respeto por la persona sea fundamental en cada hogar.
Comunicación Familiar: Favorecer las sanas relaciones intrafamiliares y una eficiente acción formativa y educativa en el ámbito familiar y en su relación con los espacios: escolar, laboral y comunitario, a fin de permitirles una sana convivencia entre los diferentes contornos.
Relaciones Interpersonales: Este curso se orientará en desarrollar destrezas para optimizar la autoestima, las habilidades interpersonales, comunicación, liderazgo, control de reacciones tradicionales, malos entendidos, los miedos frente a las situaciones de autoritarismo, logro del respeto, manejo de la competencia, y se mecanicen conductas adecuadas, respetando el "ser" propio y construyendo un "hacer" muy eficaz.
Trabajo en Equipo: El trabajo en equipo se ha convertido casi en la única forma de trabajar. La interdependencia de las personas y de las organizaciones requiere el trabajo en equipo. Diferenciar entre equipo y grupo de trabajo. Solamente si tienen objetivos, procesos y planes comunes se puede considerar que un colectivo de personas es un equipo, en otros casos, forman un grupo de trabajo. Para conseguir un alto rendimiento de nuestra organización mediante el trabajo en equipo.
Manejo de Emociones: El manejo de emociones es la suma de diversas técnicas que nos ayudan a aprovecharlas, así como saberlas manejar para evitar arrepentirnos después. Somos seres emocionales y, por lo tanto, éstas influyen no solo en nuestra manera de ver e interpretar las situaciones y el mundo que nos rodea, sino también a la hora de tomar decisiones y emprender acciones.
Taller Manejo de Estrés: Comprende la formación integral y lograr que los participantes identifiquen y manejen los niveles de ansiedad y de estrés en las diferentes situaciones laborales, con el fin de enfrentarlas del modo más seguro.
Risoterapia: Brinda las herramientas necesarias para afrontar de manera cómica nuestras actividades diarias sin perder el enfoque serio de nuestras responsabilidades.
B. La Secretaría de Salud brindará atención a través de las Unidades de Especialidades Médicas (UNEME).
Las UNEME-CAPA están diseñadas para ofrecer a la población un modelo de detección oportuna para las adicciones que contempla desde la prevención del consumo de sustancias psicoactivas hasta el tratamiento breve, ambulatorio, que sea accesible y de calidad. Este modelo da prioridad a la detección temprana de personas con mayor vulnerabilidad y riesgo como los adolescentes, así como usuarios experimentales, abusadores y con dependencia para evitar la progresión a estados críticos y mejorar la calidad de vida individual, familiar y social.
Pláticas Talleres Conformación de Grupos de Acción Comunitaria
Detección oportuna (pruebas de riesgo psicosocial)
Intervenciones breves para consumidores y familiares
Referencia
Personal de unidades de primer nivel
UNEME-CAPA
CURSO DE CAPACITACIÓN OBJETIVO
Detección, orientación y Consejería en Adicciones
Empoderar a promotores con conocimientos, habilidades y competencias que les permitan llevar a cabo actividades de prevención, detección y consejería en adicciones en ámbitos comunitarios (escuela, barrio, familia, iglesia, empresa, etc.)
Habilidades para la Vida
Empoderar a promotores con conocimientos, habilidades y competencias para formar a niñas, niños y adolescentes en Habilidades para la Vida como una estrategia de prevención del consumo de alcohol, tabaco y de otras drogas, así como para la promoción de estilos de vida saludable.
Mitos y realidades de las drogas
Brindar los elementos teórico-prácticos, a las y los facilitadores para que realicen acciones de prevención del consumo de drogas con las/los jóvenes de su comunidad, a través de pláticas de información
Recomendaciones para prevenir, que tus hijos e hijas utilicen drogas
Brindar a padres y madres de familia información básica sobre el consumo de sustancias adictivas, para prevenir e identificar riesgos en sus hijos (as).
1.- En caso de detectar posibles conductas de consumo de drogas, se integrará un expediente por cada alumno y alumna, cuyo carácter será de extrema confidencialidad, el cual se encontrará bajo resguardo del orientador educativo y/o responsable de orientación, con el conocimiento de los Directores de Plantel y/o Responsables de los Centros de EMSaD.
2.- Inmediatamente después de detectar posibles conductas de consumo de drogas en el alumno o alumna, se le hará del conocimiento al padre, madre de familia o tutor a través de una reunión entre Director o Responsable del Centro de EMSaD, el orientador educativo y/o responsable de orientación y quien comparezca en representación del estudiante, a efecto de que se le explique la metodología utilizada en la encuesta, así como se le ponga a la vista la misma, cabe agregar que dicha reunión deberá quedar debidamente registrada en el expediente que se forme, debiendo el padre, madre de familia o tutor otorgar el consentimiento para que el orientador educativo y/o responsable de orientación pueda tener una entrevista en privado y en extrema confidencialidad con el alumno o alumna. En caso de no recibir el consentimiento para realizar la entrevista, deberá quedar registrado en el expediente que se integre.
3.- Una vez que se tenga el consentimiento expreso del padre, madre de familia o tutor del estudiante, el orientador educativo y/o responsable del programa agendará una reunión en privado y en extrema confidencialidad con el alumno o alumna, en la que se le hará saber que la conversación será protegida por el principio de confidencialidad, dicha reunión deberá quedar debidamente registrada en el expediente que se integre.
4.- En el expediente que se integre deberá explicar, en lo más amplio posible, las conclusiones a las que el orientador educativo y/o responsable del programa ha llegado, así como el método utilizado para el mismo, narrando detalladamente el motivo por el cual se considera que la metodología es la más idónea para aseverar sus conclusiones.
5.- Si durante la entrevista en privado, el alumno o alumna reconoce consumir drogas, se le deberá informar que dicha situación será comunicada al padre, madre, tutor o familiar a efectos de brindarle el apoyo necesario, e implementar las estrategias para combatir dicha conducta. Lo anterior también se hará constar en el expediente correspondiente.
6.- En caso de que el alumno o la alumna, solicite que no se le haga del conocimiento al padre, madre, tutor o familiar, deberá dar los motivos suficientes para que su solicitud sea aceptada, misma que deberá quedar debidamente registrada en el expediente que se integre, sin embargo se le aclarará que se le dará vista a la autoridad correspondiente, para que manifieste lo que a derecho corresponda. De considerarse oportuno, podrá informarse de ello al Departamento Psicopedagógico para que tome constancia de ello.
7.- Solamente cuando haya reconocimiento expreso por parte del alumno o la alumna, o existan elementos suficientemente fundados de acuerdo a las pruebas periciales aplicadas para detectar posibles conductas de consumo de drogas, se le hará de conocimiento al Director o Directora del Plantel, al Departamento Psicopedagógico y al padre, madre de familia o tutor del estudiante, dichas actuaciones deberán quedar debidamente registradas en el expediente que se integre y se deberán manejar con la confidencialidad correspondiente.
8.- Si una vez que se le ha hecho del conocimiento al padre, madre de familia o tutor que represente al estudiante, hubiera oposición para que se refiera al alumno al Departamento Psicopedagógico o a la instancia correspondiente, deberá quedar debidamente registrada en el expediente que se integre, y se le dará vista al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a efectos de que intervenga de acuerdo a las atribuciones que le corresponda.
9.- Si el estudiante que presenta posible consumo estuviera afiliado a algún sistema de salud privado, el padre, madre de familia o tutor que represente al estudiante, podrán contratar o gestionar la ayuda profesional adecuada, quienes a su vez pueden coordinarse con los profesionales de las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana y de Salud, o demás instancias competentes.
10.- Si el alumno o alumna que presenta problemas de consumo haya sido derivado a la red correspondiente, el padre, madre de familia o tutor que lo represente tiene la obligación de realizar las acciones necesarias para que el estudiante reciba la atención profesional adecuada y oportuna y en caso de omisión se le dará vista al Sistema para el Desarrollo Integral de la
5.- Si una vez que se le ha hecho del conocimiento al padre, madre, tutor o familiar que represente al estudiante, hubiera oposición para que se derive al alumno al Departamento Psicopedagógico del COBACH o a la instancia correspondiente, deberá quedar debidamente registrada en el expediente que se forme, y se le dará vista al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a efectos de que manifieste lo que a derecho y de acuerdo a sus facultades y obligaciones corresponden.
6.- Si el estudiante que presenta consumo de drogas estuviera afiliado a algún sistema de salud privado, el padre, madre, tutor o familiar que represente al estudiante, deberán buscar la ayuda profesional adecuada, quienes a su vez pueden coordinarse con los profesionales de las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana y de Salud, o demás instancias competentes.
7.- Si el alumno o alumna que presenta problemas de consumo ha sido derivado a la red correspondiente, el padre, madre, tutor o familiar que lo represente tiene la obligación de realizar las acciones necesarias para que el estudiante reciba la atención profesional adecuada y oportuna y en caso de omisión se le dará vista al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a efectos de que manifieste lo que a derecho y de acuerdo a sus facultades y obligaciones corresponden.
8.- El orientador educativo y/o responsable de orientación dará seguimiento puntual y oportuno al expediente que se haya formado y mantendrá un registro de las acciones realizadas, las cuales considerarán el seguimiento con reuniones entre el alumno o alumna, el padre, madre, tutor o familiar que lo represente, en periodos semanales, quincenales o mensuales, semestrales o anuales, según corresponda la complejidad del caso. El orientador educativo en coordinación con el Director del Plantel o Responsable del Centro de EMSaD y el Departamento Psicopedagógico realizará todas las gestiones internas y con la red comunal para ayudar al alumno y sus familiares con dicha problemática, considerando en todo momento la confidencialidad de quienes participan en el proceso. El seguimiento del caso por parte del COBACH se dará a través del Departamento Psicopedagógico hasta que el alumno o alumna haya egresado o ya no presente signos de consumo.
1.- De acuerdo al artículo 473 fracción I de la Ley General de Salud, deberá entenderse por comercio: “la venta, compra, adquisición o enajenación de algún narcótico” (Droga).
2.- Si algún directivo, docente y/o administrativo de los Planteles o Centros de EMSaD del Colegio, sorprende a algún estudiante en flagrancia o con motivo de las acciones y estrategias emprendidas para la prevención del consumo de drogas, vendiendo, comprando, portando, regalando, distribuyendo o enajenando drogas de cualquier tipo, se le dará aviso al Director o Directora del Plantel o Responsable del Centro, quien a su vez informará de manera urgente al padre, madre, tutor o familiar que represente al estudiante. Al mismo tiempo, se le dará vista de inmediato a la Fiscalía Especializada para la Atención e Investigación de los Delitos Cometidos por los Adolescentes cuya ubicación se encuentra en la 5a. Avenida Sur esquina 16 Poniente, Número 1695, Colonia Xamaipac, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, y con teléfono de contacto: 01 961 61 7 23 00 Ext. 17650, para que realice las diligencias que señala la Ley General de Salud, el Código Penal del Estado de Chiapas, la Ley que establece el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en el estado de Chiapas y/o el Código Nacional de Procedimientos Penales.
3.- Ante tal hecho, se le deberá informar al alumno que dicha situación le será comunicada al padre, madre, tutor o familiar a efectos de brindarle el apoyo necesario, e implementar las estrategias para combatir su conducta, resguardando en todo tiempo la confidencialidad más amplia.
4.- En caso de que el alumno o la alumna, solicite que no se le haga del conocimiento al padre, madre, tutor o familiar, deberá dar los motivos suficientes para que su solicitud sea aceptada, misma que deberá quedar debidamente registrada en el expediente que se forme.
5.- Cualquier directivo, docente y/o administrativo puede detener al estudiante en el momento en que esté cometiendo una conducta que la ley señala como delito o inmediatamente después de haberlo cometido (en flagrancia), poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad correspondiente más cercana. Para ello, existirá un registro inmediato de la detención.
El personal directivo, docente y/o administrativo que intervengan en la detención de un adolescente mencionada en los términos del párrafo anterior, deberán practicarla sin ningún signo de violencia física, moral o emocional, ni de otro tipo, estando obligados a informarle, en un lenguaje simple, libre de tecnicismos, claro y comprensible y de forma inmediata, de los hechos que se le atribuyen, de las razones de su detención y de los derechos que le asisten, así como a garantizar el respeto de los mismos, notificando inmediatamente el hecho de la detención y el lugar de la custodia, en primer término, a los representantes legales del menor y a la Fiscalía Especializada para la Atención e Investigación de los Delitos Cometidos por los Adolescentes cuya