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Estabilidad laboral reforzada: fuero de maternidad, Apuntes de Derecho Laboral

fuero de maternidad, derecho laboral 1, 2023-1

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 12/04/2025

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Fecha: 30 de Marzo de 2023
Tema: Estabilidad laboral reforzada.
Implica:
1. Que la mujer o la persona gestante va a tener una protección especial
durante el embarazo, licencia de maternidad correspondiente a 18
semanas y la lactancia.
2. Hay una presunción legal de que el despido es discriminatorio por la
condición de embarazo de la persona.
3. A título de sanción se le deben pagar 60 días de salario a la persona.
4. También se aplican las demás sanciones laborales.
5. Reconocimiento a cargo del empleador de la licencia de maternidad.
¿Qué pasa si el empleador no tenía conocimiento del estado de embarazo de
la trabajadora?
Sentencia SU-070 de 2013
Si el empleador está enterado aplica un test fuerte de protección
constitucional, conteniendo todas las implicaciones anteriores al igual que el
reintegro y reconocimiento de la licencia por parte del empleador.
Si el empleador no está enterado opera un test de protección constitucional
en virtud del principio de solidaridad, deberá pagarle la licencia de maternidad
y el pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud.
Sentencia SU-075 de 2018
La corte constitucional cambió su decisión, versándose en el principio de que
a lo imposible nadie está obligado, entonces solamente opera esto si la mujer
le dice al empleador que está en embarazo.
oPrueba de embarazo
oIncapacidad por cuestiones de embarazo
oHecho notorio ( a partir del 5to mes se presume)
oQue sea de público conocimiento por los demás compañeros.
Si no sabe, no se aplica la estabilidad laboral reforzada.
Fuero de salud: Ley 361 de 1997 protección especial para personas
incapacitadas y personas con alguna discapacidad (física, psíquica o sensorial).
Nadie puede ser desvinculado por el tema de salud.
Nadie puede dejar de ser vinculado por temas de salud.

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Fecha: 30 de Marzo de 2023 Tema: Estabilidad laboral reforzada. Implica:

1. Que la mujer o la persona gestante va a tener una protección especial durante el embarazo, licencia de maternidad correspondiente a 18 semanas y la lactancia. 2. Hay una presunción legal de que el despido es discriminatorio por la condición de embarazo de la persona. 3. A título de sanción se le deben pagar 60 días de salario a la persona. 4. También se aplican las demás sanciones laborales. 5. Reconocimiento a cargo del empleador de la licencia de maternidad. ¿Qué pasa si el empleador no tenía conocimiento del estado de embarazo de la trabajadora? Sentencia SU-070 de 2013  Si el empleador está enterado aplica un test fuerte de protección constitucional, conteniendo todas las implicaciones anteriores al igual que el reintegro y reconocimiento de la licencia por parte del empleador.  Si el empleador no está enterado opera un test de protección constitucional en virtud del principio de solidaridad, deberá pagarle la licencia de maternidad y el pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud. Sentencia SU-075 de 2018  La corte constitucional cambió su decisión, versándose en el principio de que a lo imposible nadie está obligado, entonces solamente opera esto si la mujer le dice al empleador que está en embarazo. o Prueba de embarazo o Incapacidad por cuestiones de embarazo o Hecho notorio ( a partir del 5to mes se presume) o Que sea de público conocimiento por los demás compañeros.  Si no sabe, no se aplica la estabilidad laboral reforzada. Fuero de salud: Ley 361 de 1997 – protección especial para personas incapacitadas y personas con alguna discapacidad (física, psíquica o sensorial).  Nadie puede ser desvinculado por el tema de salud.  Nadie puede dejar de ser vinculado por temas de salud.