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Este documento analiza el breve pero significativo gobierno de miguel hidalgo y la importancia de su decreto de abolición de la esclavitud el 6 de diciembre de 1810. El decreto comprende cuatro artículos, incluyendo la libertad inmediata para esclavos, la suspensión de tributos para castas y la abolición del papel sellado. El artículo primero del bando de miguel hidalgo es considerado el origen de los derechos humanos en el derecho mexicano, establecidos en la constitución política de los estados unidos mexicanos.
Qué aprenderás
Tipo: Resúmenes
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En el análisis de la lectura podeos notar que realmente efímera – casi más de dos meses– fue la vida del primer gobierno insurgente bajo el mando del caudillo Miguel Hidalgo. Si bien no logró redactar una constitución, sí realizó varios manifiestos y bandos en los que expresaba sus ideas políticas, de libertad, del gobierno y de la sociedad. De acuerdo en lo escrito en el libro de Nuestra Constitución Estos escritos fueron antecedentes para la organización de nuevas formas de organización después de la independencia, tales como el proyecto de constitución apoyado de Ignacio López Rayón 2. Sin embargo, sus actos no dejan lugar a duda sobre las intenciones de sustituir un gobierno tiránico para poner en su lugar otro más cercano a los principios de justicia y a los intereses de la nación.
Reafirmo con lo escrito en la página de la Sedena de archivos históricos del 2010
“La importancia de este documento, es amplia y de gran impacto en todo el mundo, ya que México fue de las primeras naciones que abolió la esclavitud, en todo su territorio; el decreto de referencia inició una tradición, que los mexicanos hemos respetado a lo largo de los últimos 200 años. Prueba de esto, fue que la Constitución de 1917, que rige actualmente a la nación mexicana, en su segundo artículo, relativo a las garantías individuales, prohíbe de manera terminante, la esclavitud en México, y quien llegue a pisar territorio nacional, siendo esclavo, por ese simple hecho recupera su libertad, lo que le es garantizado por el Estado.”
Abolición de la Esclavitud Bando de Miguel Hidalgo, 6 de diciembre de 1810
En su parte decretada, comprende cuatro artículos:
1° Que todos los dueños de esclavos deberán darles libertad dentro del término de diez días, so pena de muerte, la que se les aplicará por trasgresión de este artículo.
2° Que cese para lo sucesivo la contribución de tributos, respecto de las castas que lo pagaban, y toda exacción que a los indios se les exija.
3° Que en todos los negocios judiciales, documentos, escritos y actuaciones, se haga uso del papel común, quedando abolido el del sellado.
4° Que todo aquel que tenga instrucción en el beneficio de la pólvora, pueda labrarla sin más pensión que la de preferir al gobierno en las ventas para el uso de sus ejércitos, quedando igualmente libres todos los simples de que se compone
La importancia máxima de este decreto del punto primero del Bando de Miguel Hidalgo, nos lleva al Artículo 1o cual es utilizado en la actualidad como los Derechos humanos en el Derecho Mexicano, establecido también en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS QUE REFORMA LA DE 5 DE FEBRERO DE 1857 Título Primero
Capítulo I
De los Derechos Humanos y sus Garantías
Denominación del Capítulo reformada DOF 10-06-
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Párrafo reformado DOF 10-06-
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Párrafo adicionado DOF 10-06-
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Párrafo adicionado DOF 10-06-
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.