



Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
El robo y el despojo tienen ciertas similitudes y se utilizan en el ámbito legal, sin embargo, cada una tiene su diferencia que significativa.
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
1 / 6
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
NAUCALPAN DE JUÁREZ A, MARTES 21 DE MAYO DEL 2024 ENSAYO. ROBO Y DESPOJO ALUMNA: KARLA LIZBETH MAESTRA: LIC. LUZ AIDÉ RAMÍREZ ORTEGA GRADO: 1° CUATRIMESTRE
El robo se refiere cuando una persona toma una cosa, ya sea mueble o inmueble sin el permiso del dueño con él propósito de destruirla o apropiarse de ello. Como lo establece el artículo 367 del Código Penal Federal “comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena…”. El robo es un delito grave cuando se utiliza violencia, intimidación o fuerza sobre las cosas y este puede ser penado de manera severa, dependiendo la circunstancia y gravedad del caso. Una de las sanciones en México es la prisión de hasta 1 año y multa de 100 veces el salario (siempre y cuando el abuso no exceda de 200 veces el salario, si esté se excede, los años de prisión y la multa aumentarán). ¿Cuándo se configura el delito del robo? Posesión: Cuando una persona quiere apoderarse de una cosa ajena. Sin permiso: Cuando una persona no tiene el consentimiento del dueño para poseer del objeto. Apropiación: Cuando la persona tiene toda la intención de destruir, quedarse o vender el objeto ajeno. Tipos de robo: Bienes muebles : Se puede dar en una empresa, en una casa habitación, en la calle, entre otras. Y se puede sustraer productos, dinero, objetos de valor, joyas, etc, Bienes inmuebles: Una persona se apropia de manera ilícita de una propiedad inmobiliaria, terrenos, edificios, entre otros. Documentación: Es el robo de cualquier documento certificado, tarjetas de crédito, etc. Los estafadores lo utilizan para cometer fraude o actos ilegales.
El robo y el despojo tienen ciertas similitudes y se utilizan en el ámbito legal, sin embargo, cada una tiene su diferencia que significativa. Robo:
Artículo 370 del Código Penal Federal “Cuando el valor de lo robado no exceda de cien veces el salario, se impondrá hasta dos años de prisión y multa hasta de cien veces el salario.” “Cuando exceda de cien veces el salario, pero no de quinientas, la sanción será de dos a cuatro años de prisión y multa de cien hasta ciento ochenta veces el salario.” “Cuando exceda de quinientas veces el salario, la sanción será de cuatro a diez años de prisión y multa de ciento ochenta hasta quinientas veces el salario.” Cuando un servidor público participa en cualquier tipo de robo las sanciones se le incrementa al doble. (FEDERAL, 2024)
Artículo 395 Se aplicará la pena de tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a quinientos pesos: I.- Al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca; II.- Al que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior, ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permite por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante, y III.- Al que, en los términos de las fracciones anteriores, cometa despojo de aguas. (FEDERAL, 2024)