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ENSAYO ACERCA DEL AMPARO INDIRECTO, Tesis de Derecho

El presente ensayo tiene como fin, analizar el Juicio de Amparo Indirecto en materia civil, sus modalidades, procedencia, improcedencia, así como las distintas violaciones procesales, conceptos de violación formales y de fondo y la suplencia de la queja

Tipo: Tesis

2021/2022

Subido el 14/03/2022

jorgeeglz
jorgeeglz 🇲🇽

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AMPARO INDIRECTO
INTRODUCCIÓN:
El presente ensayo tiene como fin, analizar el Juicio de Amparo Indirecto en
materia civil, sus modalidades, procedencia, improcedencia, así como las distintas
violaciones procesales, conceptos de violación formales y de fondo y la suplencia
de la queja.
Asimismo se analizan las generalidades del juicio de amparo indirecto y se
mencionan algunas características del mismo en materia civil, se hace un análisis
extenso de lo que es la suplencia de la queja en general y de la suspensión del
acto reclamado que principalmente busca el beneficio del quejoso en un juicio de
amparo, al dejar sin efecto temporal el acto que vulnera o perjudica los derechos
del mismo, esto quiere decir detener el acto desde su nacimiento o una vez que se
ha iniciado, impedir su continuidad hasta la conclusión del juicio.
De igual forma es importante comprender la procedencia e improcedencia de
dicho juicio, y conocer las distintas violaciones de fondo y forma, así como las
violaciones que se pueden presentar una vez que se haya iniciado un
procedimiento en juicio, motivo por el cual se puede promover el amparo indirecto,
ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE PUEBLA A.C.
MAESTRÍA EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y AMPARO
MATERIA: AMPARO CIVIL
ALUMNO: LIC. FÉLIX RAFAEL MÉNDEZ RODRÍGUEZ
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AMPARO INDIRECTO

INTRODUCCIÓN:

El presente ensayo tiene como fin, analizar el Juicio de Amparo Indirecto en materia civil, sus modalidades, procedencia, improcedencia, así como las distintas violaciones procesales, conceptos de violación formales y de fondo y la suplencia de la queja. Asimismo se analizan las generalidades del juicio de amparo indirecto y se mencionan algunas características del mismo en materia civil, se hace un análisis extenso de lo que es la suplencia de la queja en general y de la suspensión del acto reclamado que principalmente busca el beneficio del quejoso en un juicio de amparo, al dejar sin efecto temporal el acto que vulnera o perjudica los derechos del mismo, esto quiere decir detener el acto desde su nacimiento o una vez que se ha iniciado, impedir su continuidad hasta la conclusión del juicio. De igual forma es importante comprender la procedencia e improcedencia de dicho juicio, y conocer las distintas violaciones de fondo y forma, así como las violaciones que se pueden presentar una vez que se haya iniciado un procedimiento en juicio, motivo por el cual se puede promover el amparo indirecto, ESCUELA LIBRE DE DERECHO DE PUEBLA A.C. MAESTRÍA EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y AMPARO MATERIA: AMPARO CIVIL ALUMNO: LIC. FÉLIX RAFAEL MÉNDEZ RODRÍGUEZ

EL JUICIO DE AMPARO

El autor Carlos Arellano García, define al amparo mexicano como una institución jurídica por la que una persona física o moral denominada quejosa, ejercita el derecho de acción ante un órgano jurisdiccional ya sea federal o local, para reclamar de un órgano federal, local o municipal denominado autoridad responsable, un acto o ley que el citado quejoso estima vulnera sus derechos o garantías establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o al que se le restituya o mantenga o mantenga en el goce de sus presuntos derechos después de agotar los medios de impugnación ordinarios. El Amparo es un medio de control constitucional por medio del cual se hacen valer los derechos reconocidos en la carta magna, misma que a su vez se encuentra reglamentada por la ley de la materia, la cual establece las disposiciones para ejecutar dicho juicio, así como también establece los tipos de amparo como lo son el directo y el indirecto. AMPARO INDIRECTO En el caso del juicio de amparo indirecto, es aquel que se inicia ante un Juez de Distrito, y que puede llegar también al conocimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o un Tribunal Colegiado de Circuito, por medio del recurso de revisión, razón por la cual también recibe el nombre de amparo bi-instancial. El amparo indirecto es opuesto al directo, que normalmente se tramita en una sola instancia ante los Tribunales Colegiados de Circuito, es decir, directamente y sin desarrollo de otra instancia anterior.

deberá invocarse esta violación como agravio en la segunda instancia si es que se cometió en la primera. La improcedencia por otro lado, es una circunstancia procesal en el juicio, que impide la resolución de fondo del asunto, y cuando es manifiesta e indudable, imposibilita su trámite. Las causas de improcedencia se encuentran establecidas en el artículo 73 de la Ley de amparo vigente. Los conceptos de violación en el juicio de amparo indirecto, pueden ser formales o de fondo, siendo los primeros aquellos que plantean infracciones de índole adjetiva, es decir que son cometidas en el acto reclamado relacionadas con omisiones totales, falta de requisitos de forma o incongruencia interna, y los segundos aquellas cometidas en el acto reclamado, relacionadas con las cuestiones sustanciales que son objeto del debate. De igual forma existen conceptos de violación procesales, los cuales plantean la ausencia de presupuestos procesales o infracciones de carácter adjetivo que se cometieron en el procedimiento que dio origen al acto reclamado. La suplencia de la queja es una institución que amplía las facultades del juzgador en el juicio de garantías o juicio de amparo, en la cual se protege a la parte débil en el proceso y evita la aplicación de leyes inconstitucionales, que consiste en la integración por parte del juez de amparo, de las omisiones, errores o deficiencias en que hubiese incurrido el quejoso, al momento de formular su demanda. La suplencia de la queja actualmente se encuentra regulada en el artículo 79 de la nueva ley de amparo, y del cual deriva el principio de igualdad de partes, el cual consiste en que el juzgador debe conferir a las partes del juicio, las mismas oportunidades procesales para exponer sus pretensiones y excepciones, para probar sus hechos y expresar sus conclusiones.

La suspensión en materia de amparo indirecto, es la medida cautelar por medio de la cual se ordena a las autoridades señaladas como responsables que mantengan paralizada o detenida su actuación durante todo el tiempo que dure el juicio de amparo, hasta que se resuelva el mismo. Por medio de esta se tiende a obrar siempre hacia el futuro y no hacia el pasado, pues la finalidad de este es que no se ejecuten los actos y no queden irreparablemente consumadas las violaciones alegadas en la demanda. Hay dos tipos de suspensión, el primero que es de oficio mismo que se provee en el auto admisorio como lo establecen los artículos 123 y 233 de la ley de amparo, y el segundo que es a petición de parte en la cual se abre un incidente por separado, como lo establece el artículo 124 de la misma ley. El objeto de la suspensión del acto reclamado es básicamente mantener viva la materia del amparo, así como detener el acto que vulnera en este caso los derechos subjetivos del quejoso y evitar que resienta perjuicios irreparables con la ejecución de dichos actos hasta que el procedimiento llegue a su fin. CONCLUSIÓN: Si bien es importante conocer las modalidades del juicio de amparo indirecto para su aplicación, considero que también es importante conocer la ley que lo regula, y los distintos supuestos para los cuales se puede promover el mismo, como lo son las distintas violaciones tanto de fondo y forma, como las procesales que se pueden llevar a cabo durante un procedimiento y que pueden vulnerar los intereses de una persona o en este caso el quejoso. En materia civil existen muchos supuestos, uno de los que llama mucho la atención es el indebido emplazamiento, con el cual una persona recibe un perjuicio al no ser enterada o notificada de un asunto en contra, y por medio de