






Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
fases del juicio oral y como se compone este
Tipo: Diapositivas
1 / 11
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
E S T R U C T U R A D E L J U I C I O O R A L
S E Ñ A L A M I E N T O D E O B J E T O D E J U I C I O El artículo 348 del CNPP define claramente a esta etapa de la cual menciona “que el juicio es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso y debe realizarse sobre la base de la acusación en la cual se asegura la efectiva vigencia de los principios rectores: Inmediación, publicidad, concentración, contradicción y continuidad.
Es el conjunto de datos utilizados para dar un enfoque a lo acontecido, esta se acompaña de elementos probatorios. Utilizando esta teoría se busca reconstruir la versión histórica de los hechos en relación con los diferentes elementos probatorios descubiertos en la etapa anterior. ¿Cuál es la importancia de la oralidad? (^) Se realiza en gran parte del sistema; (^) es importante para las partes quienes deberán explicar sus respectivas teorías y; (^) La forma, dicción, lógica y argumentos de la oralidad los cuales son de gran ayuda para ello
A. Sencillez: Los elementos que la integran cuentan con claridad en los hechos. B. Lógica: Debe guardar armonía y permitir deducir o inferir las consecuencias jurídicas de los hechos que la soportan. C. Suficiencia jurídica: Todo el razonamiento jurídico se soporta en el principio de legalidad, por tanto, llenan, desde el punto de vista del acusador todos los elementos de la conducta punible y de la culpabilidad. D. Flexibilidad: Debe ser lo suficientemente flexible para adaptarse o comprender los posibles desarrollos del proceso sin cambiar radicalmente, porque el cambio de teoría del caso provocaría incertidumbre e incredibilidad.
Teoría fáctica Se hace una reconstrucción de los hechos relevantes o conducentes siempre de manera cronológica, lógica y coherente, también se debe buscar el porqué de los hechos puesto que, si no se lleva a cabo de esta manera, afecta la credibilidad de los hechos. Los hechos contienen el modo tiempo y lugar. Teoría jurídica Es la forma en la cual se pueden adecuar los hechos en un tipo penal establecido en el Código Penal, se hace un encuadramiento de acuerdo a la teoría del caso, se soporta en esta, la tipicidad, la culpabilidad y la antijuricidad. Teoría probatoria La teoría probatoria, va encaminada a relacionar los elementos materiales probatorios, información, evidencia física, servirán para apoyar sus teorías fácticas y jurídicas a la vez, permite establecer las pruebas convenientes que soporten la conducta punible, de responsabilidad del imputado, la ausencia, falla de elementos probatorios o su validez y certeza jurídica.
C A S O P R A C T I C O D E F O R M U L A C I O N D E T E O R I A D E L C A S O QUE EL DIA 4 DE MARZO DE 2012 SIENDO APROXIMADAMENTE LAS 17:00 HORAS, LA VICTIMA DE NOMBRE JAIME JOSUÉ MARTÍNEZ GÓMEZ FUE A LA CASA DE SU EX ESPOSA, LA SEÑORA ROSA EMMA SILVA RAMOS, A VISITARLA A ELLA Y A SU HIJO FABIÁN MARTÍNEZ SILVA. ANTES DE LLEGAR A LA CASA, UBICADA EN LA CALLE 15 DE MAYO, JAIME MARTÍNEZ SE DETUVO EN LA TIENDA DE LA CUADRA PARA COMPRAR CIGARROS Y UN REGALO PARA SU EX ESPOSA; AHÍ INTERCAMBIÓ UNAS PALABRAS CON EL DUEÑO Y SE RETIRÓ HACIA LA CASA DE ROSA EMMA SILVA RAMOS. AL LLEGAR A LA CASA, POR ALGUNA RAZÓN, JAIME MARTÍNEZ DECIDIÓ ENTRAR POR UNA VENTANA Y COMENZÓ A BUSCAR A SU EX ESPOSA Y A SU HIJO. EN LA CASA SÓLO SE ENCONTRABAN ROSA EMMA Y FABIÁN. POSTERIORMENTE, JAIME MARTÍNEZ Y ROSA EMMA SILVA SOSTUVIERON UNA ACALORADA DISCUSIÓN QUE TERMINÓ CON UNA LESIÓN DE ARMA PUNZOCORTANTE EN EL ABDOMEN DE JAIME. INMEDIATAMENTE, ROSA EMMA, POR SUS PROPIOS MEDIOS, TRASLADÓ A SU EX MARIDO AL HOSPITAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DONDE FUE ATENDIDO DE LA LESIÓN MENCIONADA. EN EL LUGAR DE LOS HECHOS, LUEGO DE UNA DENUNCIA CIUDADANA, LOS POLICÍAS ESTATALES ENTREVISTARON A DIVERSOS TESTIGOS Y POSTERIORMENTE ACUDIERON A LAS AFUERAS DEL HOSPITAL MUNICIPAL EN DONDE DETUVIERON A ROSA EMMA POR EL DELITO DEL QUE RESULTE RESPONSABLE.