Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

El Juicio Oral: Una Guía para Estudiantes de Derecho, Diapositivas de Teoría de la Argumentación Jurídica

fases del juicio oral y como se compone este

Tipo: Diapositivas

2020/2021

Subido el 22/03/2021

jorgeeglz
jorgeeglz 🇲🇽

4.3

(3)

16 documentos

1 / 11

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
EL JUICIO ORAL
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa

Vista previa parcial del texto

¡Descarga El Juicio Oral: Una Guía para Estudiantes de Derecho y más Diapositivas en PDF de Teoría de la Argumentación Jurídica solo en Docsity!

E L J U I C I O O R A L

J U I C I O O R A L

1. Esta etapa inicia desde el auto de apertura a juicio hasta la

sentencia.

2. Muestra los puntos esenciales de la litis

3. Supone el derecho que tiene la victima u ofendido para

obtener la reparación del daño y el imputado una sentencia

justa a sus actos, considerados por la ley como delitos.

4. Esta audiencia estará presidida por tres jueces que conocen

de la acusación, las pruebas y la defensa.

E S T R U C T U R A D E L J U I C I O O R A L

  • El presidente del Tribunal da inicio al juicio verificando la presencia de las partes, los testigos y peritos;
  • (^) El MP y el defensor presentan sus alegatos de apertura;
  • (^) Si el acusado lo desea, puede declarar ante el Tribunal de Juicio Oral en ese momento o durante el interrogatorio de la defensa;
  • (^) Cada parte presenta sus pruebas ante el Tribunal y el público (testigos, periciales, documentales, etcétera); primero lo hace el MP y luego el acusado;
  • El Tribunal conoce directamente las pruebas y las valora libremente;
  • El MP y el defensor presentan sus alegatos de clausura;
  • El acusado si estima conveniente interviene, declarándose cerrado el debate;
  • El Tribunal delibera y resuelve si condena o absuelve en un plazo no mayor a 24 horas;
  • (^) Si el Tribunal resuelve condenar, citará a las partes a una audiencia donde se reciban las pruebas y alegatos relativos a la pena que debe imponerse al condenado;
  • Si el Tribunal resuelve absolver, a más tardar en cinco días se da lectura de la sentencia en una audiencia pública.

S E Ñ A L A M I E N T O D E O B J E T O D E J U I C I O El artículo 348 del CNPP define claramente a esta etapa de la cual menciona “que el juicio es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso y debe realizarse sobre la base de la acusación en la cual se asegura la efectiva vigencia de los principios rectores: Inmediación, publicidad, concentración, contradicción y continuidad.

T E O R Í A D E L C A S O E

I M P O R TA N C I A D E L A

O R A L I D A D

Es el conjunto de datos utilizados para dar un enfoque a lo acontecido, esta se acompaña de elementos probatorios. Utilizando esta teoría se busca reconstruir la versión histórica de los hechos en relación con los diferentes elementos probatorios descubiertos en la etapa anterior. ¿Cuál es la importancia de la oralidad?  (^) Se realiza en gran parte del sistema;  (^) es importante para las partes quienes deberán explicar sus respectivas teorías y;  (^) La forma, dicción, lógica y argumentos de la oralidad los cuales son de gran ayuda para ello

U TI L I D A D D E L A T E O R I A

D E L C A S O

A. Sencillez: Los elementos que la integran cuentan con claridad en los hechos. B. Lógica: Debe guardar armonía y permitir deducir o inferir las consecuencias jurídicas de los hechos que la soportan. C. Suficiencia jurídica: Todo el razonamiento jurídico se soporta en el principio de legalidad, por tanto, llenan, desde el punto de vista del acusador todos los elementos de la conducta punible y de la culpabilidad. D. Flexibilidad: Debe ser lo suficientemente flexible para adaptarse o comprender los posibles desarrollos del proceso sin cambiar radicalmente, porque el cambio de teoría del caso provocaría incertidumbre e incredibilidad.

C O N S T R U C C I O N D E L A

TE O R I A D E L C A S O

Teoría fáctica Se hace una reconstrucción de los hechos relevantes o conducentes siempre de manera cronológica, lógica y coherente, también se debe buscar el porqué de los hechos puesto que, si no se lleva a cabo de esta manera, afecta la credibilidad de los hechos. Los hechos contienen el modo tiempo y lugar. Teoría jurídica Es la forma en la cual se pueden adecuar los hechos en un tipo penal establecido en el Código Penal, se hace un encuadramiento de acuerdo a la teoría del caso, se soporta en esta, la tipicidad, la culpabilidad y la antijuricidad. Teoría probatoria La teoría probatoria, va encaminada a relacionar los elementos materiales probatorios, información, evidencia física, servirán para apoyar sus teorías fácticas y jurídicas a la vez, permite establecer las pruebas convenientes que soporten la conducta punible, de responsabilidad del imputado, la ausencia, falla de elementos probatorios o su validez y certeza jurídica.

C A S O P R A C T I C O D E F O R M U L A C I O N D E T E O R I A D E L C A S O QUE EL DIA 4 DE MARZO DE 2012 SIENDO APROXIMADAMENTE LAS 17:00 HORAS, LA VICTIMA DE NOMBRE JAIME JOSUÉ MARTÍNEZ GÓMEZ FUE A LA CASA DE SU EX ESPOSA, LA SEÑORA ROSA EMMA SILVA RAMOS, A VISITARLA A ELLA Y A SU HIJO FABIÁN MARTÍNEZ SILVA. ANTES DE LLEGAR A LA CASA, UBICADA EN LA CALLE 15 DE MAYO, JAIME MARTÍNEZ SE DETUVO EN LA TIENDA DE LA CUADRA PARA COMPRAR CIGARROS Y UN REGALO PARA SU EX ESPOSA; AHÍ INTERCAMBIÓ UNAS PALABRAS CON EL DUEÑO Y SE RETIRÓ HACIA LA CASA DE ROSA EMMA SILVA RAMOS. AL LLEGAR A LA CASA, POR ALGUNA RAZÓN, JAIME MARTÍNEZ DECIDIÓ ENTRAR POR UNA VENTANA Y COMENZÓ A BUSCAR A SU EX ESPOSA Y A SU HIJO. EN LA CASA SÓLO SE ENCONTRABAN ROSA EMMA Y FABIÁN. POSTERIORMENTE, JAIME MARTÍNEZ Y ROSA EMMA SILVA SOSTUVIERON UNA ACALORADA DISCUSIÓN QUE TERMINÓ CON UNA LESIÓN DE ARMA PUNZOCORTANTE EN EL ABDOMEN DE JAIME. INMEDIATAMENTE, ROSA EMMA, POR SUS PROPIOS MEDIOS, TRASLADÓ A SU EX MARIDO AL HOSPITAL MUNICIPAL DE LA CIUDAD DONDE FUE ATENDIDO DE LA LESIÓN MENCIONADA. EN EL LUGAR DE LOS HECHOS, LUEGO DE UNA DENUNCIA CIUDADANA, LOS POLICÍAS ESTATALES ENTREVISTARON A DIVERSOS TESTIGOS Y POSTERIORMENTE ACUDIERON A LAS AFUERAS DEL HOSPITAL MUNICIPAL EN DONDE DETUVIERON A ROSA EMMA POR EL DELITO DEL QUE RESULTE RESPONSABLE.