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Documento power point sobre los códigos fiscales, Diapositivas de Sistema Fiscal

Disposiciones generales del código fiscal

Tipo: Diapositivas

2022/2023

Subido el 29/11/2023

orlando-rocha-bazaldua
orlando-rocha-bazaldua 🇲🇽

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UNIDAD III.DISPOSICIONES
GENERALES DEL CÓDIGO
FISCAL DE LA FEDERACIÓN
DERECHO FISCAL
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¡Descarga Documento power point sobre los códigos fiscales y más Diapositivas en PDF de Sistema Fiscal solo en Docsity!

UNIDAD III. DISPOSICIONES

GENERALES DEL CÓDIGO

FISCAL DE LA FEDERACIÓN

DERECHO FISCAL

ASPECTOS BÁSICOS

DOMICILIO FISCAL

Articulo 10. Se considera domicilio fiscal: i. tratándose de personas físicas: a) cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios. b) cuando no realicen las actividades señaladas en el inciso anterior, el local que utilicen para el desempeño de sus actividades. c) únicamente en los casos en que la persona física, que realice actividades señaladas en los incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitación. Para estos efectos, las autoridades fiscales harán del conocimiento del contribuyente en su casa habitación, que cuenta con un plazo de cinco días para acreditar que su domicilio corresponde a uno de los supuestos previstos en los incisos a) o b) de esta fracción. ii. en el caso de personas morales: a) cuando sean residentes en el país, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio. b) si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, dicho establecimiento; en el caso de varios establecimientos, el local en donde se encuentre la administración principal del negocio en el país, o en su defecto el que designen. Cuando los contribuyentes no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, o hubieran designado como domicilio fiscal un lugar distinto al que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este mismo precepto o cuando hayan manifestado un domicilio ficticio, las autoridades fiscales podran practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades o en el lugar que conforme a este articulo se considere su domicilio, indistintamente

RESIDENCIA

Es un concepto básico para determinar la potestad

tributaria de un país. Así, los países están

capacitados para hacer tributar o bien rentas

obtenidas por los residentes fiscales del país en

cualquier sitio del mundo, o bien rentas obtenidas

en el país por no residentes, pero nunca podrán

hacer tributar rentas obtenidas por no residentes

fuera del país. Los estados tienden a establecer

criterios amplios para lograr un mayor número de

residentes fiscales a los que poder hacer tributar

por sus rentas. En este afán recaudatorio de los

estados es muy posible que una misma persona

sea residente fiscal de varios países al mismo

tiempo

FEUNTES DE

RIQUEZA

En términos sencillos, fuente de riqueza se refiere al lugar en el que se originan o se generan los ingresos. Por fuente de riqueza debemos entender el lugar en donde se producen los hechos generados de los tributos. Es decir, el sitio en donde el sujeto pasivo, percibe el ingreso, rendimiento o utilidad gravados por la ley tributaria, o donde derivan tales percepciones. De tal manera que, cuando este sitio o lugar se localiza en algún punto del territorio nacional, surge para el receptor del beneficio económico la obligación de enterar los tributos o contribuciones federales que procedan conforme a las leyes aplicables. Es muy importante identificar el tipo de ingreso que se obtiene y el lugar donde se encuentra la fuente de riqueza, para determinar si la persona que lo recibe está obligada o no a pagar el impuesto en México, así como, en su caso, la tasa, la forma y la fecha del pago.

  1. Fuente de riqueza ubicada en territorio nacional.
    1. Fuente de riqueza ubicada en el extranjero