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derechos humanos humanismo, Apuntes de Filosofía

apuntes derechos humanos humanismo

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 16/05/2020

celiaanavarro
celiaanavarro 🇪🇸

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LOS DERECHOS HUMANOS
1. Dimensión histórica.
La historia de los DDHH está vinculada a la concepción que de la persona se tiene en cada
momento. La idea de “persona” expresa el valor que representa cada individuo, cada ser
humano. Asociado al concepto de persona encontramos el de “dignidad”.
Derechos humanos en el siglo XVIII
Ilustración+ racionalismo libertad frente al absolutismo.
Liberalismo económico: libertad de comercio e industria.
Liberalismo político: aspiración de la burguesía a participar en las decisiones de
gobierno y a la reducción de desigualdades formales (desmoronamiento fin de
la sociedad estamental).
La revolución de las colonias americanas:
Ningún impuesto sin representación. La discriminación de los colonos, el no reconocimiento de
su ciudadanía plena, en el origen de la sublevación.
La reivindicación de sus derechos:
Sostenemos como evidentes por sí mismas dichas verdades: que todos los hombres
son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables;
que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para
garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan
sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que
una forma de gobierno se vuelva destructora de estos principios, el pueblo tiene
derecho a reformarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno que base sus cimientos
en dichos principios, y que organice sus poderes en forma tal que a ellos les parezca
más probable que genere su seguridad y felicidad. “todos los hombres son creados
iguales; dotados por su Creador de derechos inalienables, entre los que están, la vida,
la libertad, la búsqueda de la felicidad…” (PREÁMBULO Declaración de Independencia
de los EUA, 1776)
No se trata de que el Estado (la nación, el Rey, el Parlamento…) otorgue derechos a los
ciudadanos; los derechos son intrínsecos a las personas. El Estado debe asegurar las
condiciones en las que esos derechos puedan ser ejercidos plenamente.
La Revolución Francesa:
En 1789, la Asamblea Constituyente proclama la “Declaración de los Derechos del Hombre y
del ciudadano”
Se distinguen los derechos del hombre que aplican a todos los seres humanos en tanto
miembros de una sociedad; estos derechos del hombre son los derechos naturales,
anteriores a la creación de la sociedad. Los derechos del hombre son principios
morales que inspiran las relaciones entre los seres humanos.
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LOS DERECHOS HUMANOS

  1. Dimensión histórica. La historia de los DDHH está vinculada a la concepción que de la persona se tiene en cada momento. La idea de “persona” expresa el valor que representa cada individuo, cada ser humano. Asociado al concepto de persona encontramos el de “dignidad”.  Derechos humanos en el siglo XVIII Ilustración+ racionalismo libertad frente al absolutismo.
  • Liberalismo económico: libertad de comercio e industria.
  • Liberalismo político: aspiración de la burguesía a participar en las decisiones de gobierno y a la reducción de desigualdades formales (desmoronamiento fin de la sociedad estamental). La revolución de las colonias americanas: Ningún impuesto sin representación. La discriminación de los colonos, el no reconocimiento de su ciudadanía plena, en el origen de la sublevación. La reivindicación de sus derechos:  Sostenemos como evidentes por sí mismas dichas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se vuelva destructora de estos principios, el pueblo tiene derecho a reformarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno que base sus cimientos en dichos principios, y que organice sus poderes en forma tal que a ellos les parezca más probable que genere su seguridad y felicidad. “todos los hombres son creados iguales; dotados por su Creador de derechos inalienables, entre los que están, la vida, la libertad, la búsqueda de la felicidad…” (PREÁMBULO Declaración de Independencia de los EUA, 1776) No se trata de que el Estado (la nación, el Rey, el Parlamento…) otorgue derechos a los ciudadanos; los derechos son intrínsecos a las personas. El Estado debe asegurar las condiciones en las que esos derechos puedan ser ejercidos plenamente. La Revolución Francesa: En 1789, la Asamblea Constituyente proclama la “Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano”  Se distinguen los derechos del hombre que aplican a todos los seres humanos en tanto miembros de una sociedad; estos derechos del hombre son los derechos naturales, anteriores a la creación de la sociedad. Los derechos del hombre son principios morales que inspiran las relaciones entre los seres humanos.

 En el contrato social que funda la sociedad se originan los derechos ciudadanos como medio para asegurar y garantizar los derechos naturales del ser humano. Al asumir el contrato social el hombre se convierte en ciudadano; su comunidad política, la nación, es la que establece los derechos que le corresponden a través de las leyes. Nadie es titular de derechos jurídicos hasta que estos no son establecidos por el derecho positivo y se plasman en normas jurídicas obligatorias. (La universalidad de los derechos humanos se ve limitada por el hecho de que depende de la voluntad de la comunidad política). En el momento de la Revolución Francesa se contrapone la idea de ciudadano a la de súbdito.  Los ciudadanos son la personificación de los individuos jurídicamente libres, iguales, propietarios y derecho y capacidad para participar políticamente (de manera activa y directa o a través de sus representantes) en la elaboración de las leyes  Los súbditos obedecen pasivamente las leyes que emanan de la autoridad del Monarca y que, además, están muy vinculadas a los privilegios estamentales del Antiguo Régimen La igualdad será una de las conquistas de este momento histórico: igualdad formal y jurídica ante la ley (=fin de los privilegios estamentales)  Se afirma “los hombres nacen y permanecen libres en sus derechos”.  Pero los derechos políticos introducen limitaciones al principio anterior: el derecho al voto solo lo tienen los ciudadanos plenos (ni mujeres, ni niños); que sean sus propios señores (es decir que tengan algún tipo de propiedad –física o intelectual- que les permita mantenerse) y no estén sometidos o al servicio de otros hombres. Se establece una igualdad formal entre todos los seres humanos pero se asumen diferencias materiales que consagran la desigualdad en razón del sexo, la edad, la riqueza, la cultura, la tenencia o no de propiedad… A lo largo del tiempo –siglos XIX y XX- los excluidos reinvindicarán la efectividad de sus derechos y lucharán por el reconocimiento material de su ciudadanía en condiciones de igualdad.  Derechos humanos en el siglo XIX Los trabajadores que habían quedado excluidos de la ciudadanía lucharan por sus derechos políticos (derecho al voto, libertad de expresión, de reunión, de fundar sindicatos…) vinculándolos a la mejora de sus condiciones materiales de vida: salarios, salud, educación… como condición para disfrutar de los derechos políticos. Surge así la reflexión sobre los derechos económicos y sociales que se agregan a los primeros La expansión del capitalismo en el s. XIX y la consolidación de la idea de nación llevó, primero, a unir la soberanía popular con la idea de nación; y después a la idea de proteger a los miembros de la nación mediante el reconocimiento de algunos derechos sociales básicos: educación, derechos vinculados al trabajo; asistencia… El Estado-Nación, en la medida en la que se consolida, aparece como el garante de los derechos humanos y como el espacio en el que estos pueden disfrutarse.

A partir de ahí, las Naciones Unidas trabajaron para conseguir tratados internacionales jurídicamente vinculantes  Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1976).  Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales (1976).

  1. Dimensiones de los derechos humanos. Dimensión moral: Los derechos humanos no nacen del consenso social ni son otorgados por los Estados. Son atributos inderogables del individuo, de la persona humana, inherentes a su propia naturaleza que deben ser respetados en cualquier circunstancia y situación. Son pretensiones morales, principios morales. No están sustentadas en ninguna ley ni en ningún acuerdo social para que sean exigibles. Se fundamentan en la dignidad de la persona humana. Por su fundamento moral, están por encima de cualquier decisión jurídica, consenso social o decisión política Su protección estará mejor asegurada, si estos principios morales son “positivizados” jurídicamente: si son recogidos en normas jurídicas que obligan y son exigibles. Pero, aunque no estén recogidos en normas jurídicas, los derechos humanos siguen existiendo. Dimensión política: En su origen: los DDHH son una respuesta que una comunidad política da a una situación reivindicando una serie de atributos que se estima necesario establecer y respetar porque representan aquello que exige la condición humana. Tienen un carácter histórico, abierto… En la modernidad, los DDHH se han convertido en la base de la legitimidad de cualquier régimen político: el respeto a los DDHH de cualquier orden político es el fundamento de su legitimidad política. Dimensión jurídica: Aunque surgen de una convicción moral y del reconocimiento político, los DDHH tienen una dimensión jurídica; es decir, tienen que plasmarse en leyes y normas jurídicas Así, al plasmarse en derecho positivo, los DDHH son exigibles de manera concreta y sus transgresiones o vulneración pueden ser perseguidas; se pueden restaurar los daños y hay un sistema de garantías previamente establecido. Esto no implica que los DDHH no existan o sean exigibles aunque el derecho positivo de un determinado Estado no los reconozca en su ordenamiento jurídico. El fin de los DDHH es salvaguardar los atributos esenciales del ser humano; por eso, aunque una legislación particular no los reconozca eso no quiere decir que no existan. El reconocimiento legal de los DDHH asegura que los ciudadanos de ese Estado dispondrán de los medios jurídicos efectivos para defender y proteger los Derechos Humanos.
  2. Generaciones de derechos humanos.

DERECHOS DE PRIMERA GENERACION:

Derechos individuales y políticos (Siglo XVIII) Imponen al Estado el deber de abstenerse de interferir en el ejercicio y pleno goce de estos derechos por parte del ser humano. El Estados debe limitarse a garantizar estos derechos, organizando la fuerza pública y creando mecanismos judiciales que los protejan. DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION La constituyen los derechos económicos, sociales y culturales, incorporados en la Declaración de 1948. A partir de ahí surge el constitucionalismo social que tratará de hacer accesibles y disfrutables la exigencia de los derechos sociales y económicos descritos en las normas constitucionales. Estado de Bienestar; Estados Social de Derecho… que implemente programas a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva DERECHOS DE TERCERA GENERACION Surgida en las reflexiones de los años 1980, se vinculan con la solidaridad y la incidencia de estos derechos en la vida de todos, a escala universal. Para su realización se precisa el esfuerzo y la cooperación a nivel planetario. Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, al desarrollo, a la calidad de vida, al medioambiente o las garantías frente a la manipulación genética…

  1. Instituciones de Derechos Humanos. La Declaración Universal ha sido desarrollada en numerosos tratados internacionales (más de medio centenar), pero solo algunos de estos, de importancia fundamental, establecen mecanismos para supervisar su aplicación y el cumplimiento de los derechos reconocidos en los mismos. Los comités encargados de esta función son los llamados órganos creados en virtud de tratados, aunque en general se refieren a ellos como “Comité”. Estos órganos creados en virtud de tratados o “Comités” desempeñan cuatro funciones principales:  Examen de los informes sobre el cumplimiento de los tratados por los Estados Parte.  Examinar quejas (denominadas comunicaciones o peticiones) de particulares o grupos de particulares.  Publicar observaciones generales o recomendaciones sobre los tratados que concretan y articulan los contenidos de los tratados.  Realizar investigaciones cuando reciben informaciones fiables sobre violaciones graves o sistemáticas de derechos humanos. DESARROLLO SOSTENIBLE Punto de partida: redefinir las relaciones de los humanos con la naturaleza.
  • Evidencia científica: Alteraciones en el planeta a causa de la intervención humana ANTROPOCENO (Crutzen/Stoerner).

Retos tecnológicos: población alimentación, seguridad, energía, retos industriales, transporte… LIMITES Gobernanza mundial. Como preservar los bienes ambientales comunes y globales. Problemas que superan las fronteras estatales deben ser coordinados internacionalmente. ¿Cómo hacerlo? Un reto no resuelto de los efectos de la globalización. TRES ASPECTOS DEL DESARROLLO SOSTENIBLE: SOCIEDAD, NATURALEZA, ECONOMÍA Las dimensiones del desarrollo sostenible son:  Sociales: Equidad –Participación- Autodeterminación- Movilidad Social- Preservación de la Cultura.  Económicas: servicios- necesidades de los hogares, crecimiento industrial, crecimiento agrícola, uso eficiente de la mano de obra.  Ambientales: diversidad biológica- recursos naturales, capacidad máxima admisible, agua y aire limpios. Según Brundtland: Es el desarrollo que satisface las necesidades actuales de las personas sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer las suyas. Tipos de capital:  Capital natural (Kn). o Los recursos naturales renovables o no que se usan como insumos de la producción; activos ambientales que cumplen funciones esenciales para garantizar la vida en el planeta (servicios ambientales: equilibrios ecosistémicos, agua, atmósfera, clima...)  Capital económico: (Km) (capital manufacturado). o Son los medios de producción, manufacturados, fabricados por el hombre. o (Por ejemplo: máquinas, herramientas, construcciones, infraestructuras, capital y activos financieros para la producción económica actual o futura).  Capital social (Ks) o Redes, normas, valores y convicciones comunes que facilitan la cooperación y los lazos sociales entre grupos y de la gente dentro de los grupos  Capital humano (Kh) o Conocimientos, capacidades, habilidades aptitudes, competencias y características personales que facilitan la creación del bienestar personal o Incluye la formación (formada o no y la salud). Dos caras del desarrollo sostenible:  Sostenibilidad fuerte: o El Kn no puede ser sustituido por ningún otro (Kn= condiciones de existencia humana; debe ser preservado tal cual; las generaciones futuras no podrán reemplazarlo ni sustituirlo). o Kn crítico: esencial para la vida; Kn no crítico: no esencial para la vida.

o Principio de precaución o La naturaleza tiene un valor intrínseco. o Imposición de límites a los montos de materias y energía que pueden usarse en el desarrollo económico.  Sostenibilidad débil: o Preservar la capacidad de producir. o Intercambiabilidad de distintos tipos de capital (K= Km + Kh + Kn + Ks). o Asegurar en el tiempo un stock equivalente de capital. Corrientes principales dentro del desarrollo sostenible:  Crecimiento sostenido. o Regulación de los costes ambientales. o Confianza tecnológica. o Ecoeficiencia.  Estado estacionario. o Mejora cualitativa sin incrementar la escala física. o Necesidades básicas satisfechas. o Sustitución entre recursos no renovables por renovables.  Conservacionismo bioeconómico. o Abandonar el desarrollo. o Integración y adopción de los ciclos naturales. o Satisfacción autosuficiente de las necesidades, austeridad. Laudato si´:  Estamos ante una crisis socioambiental.  La respuesta es una ecología integral.  La aportación cristiana: fe en la creación. No somos Dios. La tierra nos precede y nos ha sido dada. (LS 67).  La causa última del problema ecológico es humana: el paradigma tecnocráticoantropocentrismo desviado.  Un nuevo estilo de vida.  La Tierra "parece convertirse cada vez más en un inmenso depósito de porquería". Invitación a "limitar al máximo el uso de recursos no renovables, moderar el consumo, maximizar la eficiencia del aprovechamiento, reutilizar y reciclar".  "una general indiferencia" ante el "trágico" aumento de migrantes "huyendo de la miseria empeorada por la degradación ambiental".  critica la privatización del agua, un derecho "humano básico, fundamental y universal" que "determina la supervivencia de las personas".  "los más graves efectos de todas las agresiones ambientales los sufre la gente más pobre" y habla de "una verdadera deuda ecológica" entre el Norte y el Sur". Ecología integral: Cuando no se reconoce (...) el valor de un pobre, de un embrión humano, de una persona con discapacidad, difícilmente se escucharán los gritos de la misma naturaleza.