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Tema 1.- Los derechos Fundamentales en las constituciones de 1857 y 1917.
1. El concepto de derecho fundamental. Antecedentes: o El termino derechos fundamentales aparece en Francia (droits fundamentaux) a finales del sigo XVIII dentro del movimiento que culmina con la expedicion de la Declaracion de los Derechos del hombre y del ciudadano de 1789. o Toma relieve sobre todo en Alemania sobre todo con el nombre de grundrechte adoptada por la constitucion de ese pais en 1949. (recuerda la ley fundamental de bonn, tema 2.) Definiciones: o L. Ferrajioli.- ¿Por qué debemos proteger cierto bien como un derecho fundamental? o DR. MIGUEL CARBONELL SANCHEZ: Los derechos fundamentales son todos aquellos derechos que estan garantizados por un ordenamiento juridico, los que estan previstos en el texto constitucional y en los tratados internacionales. o LUIGI FERRAJOLI: Todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotados del estatus de personas, de ciudadanos o de personas con capacidad de obrar. 2. Derechos humanos, los derechos fundamentales y las garantias. Sus diferencias conceptuales. Garantías: o Dr. Hector Fix Zamudio: Garantía es el medio para garantizar algo, hacerlo eficaz o devolverlo a su estado original en caso de que haya sido tragiversado, violado, no respetado. En sentido moderno una garantia tiene por objeto reparar las violaciones que se hayan producido a los principios valores o disposiciones fundamentales. o Luigi ferrajioli: Obligaciones que derivan de los derechos; asi pues, puede haber garantias positivas y garantias negativas. ▪ Positivas: Abstenciones por parte del Estado y de los particulares en el respeto de algun derecho fundamental. - Primarias o Sustanciales: Son las obligaciones o prohibiciones que corresponden a los derechos subjetivos establecidos en algun texto normativo. ▪ Negativas: Obligacion de actuar positivamente para cumplir con la expectativa que derive de algun derecho.
- Secundarias o Jurisdiccionales: Son las obligaciones que tienen los organos judiciales de aplicar la sancion o declarar la nulidad cuando constaten en el primer caso, actos ilicitos y en el segundo, actos no validos que violen los derechos subjetivos y por tanto violen tambien las garantias primarias. o En conclusion, las garantias individuales no son derechos sustantivos, sino que constituyen el instrumento constitucional para salvaguardar estos. ▪ Garantias constitucionales: Arts. 14 y 16. (ejemplo)
- Debido proceso.
- Fundamentacion y motivacion en todo acto de autoridad. o Protegen los derechos de: ▪ Integridad fisica. ▪ La libertad de los bienes. Derechos Humanos vs. Derechos Fundamentales: o Antonio Perez Luño: Nos dice que el termino derechos humanos aparece como un concepto de contornos más amplios e imprecisos que la nocion de derechos fundamentales. ▪ Derechos humanos: Conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento historico concretan las exigencias de la dignidad, la libertad e igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos juridicos a nivel nacional e internacional. ▪ Derechos fundamentales: Aquellos derechos humanos garantizados por el ordenamiento juridico positivo, en la mayoria de los casos en su normativa constitucional, y que suelen gozar de una tutela reforzada. 3. Naturaleza Juridica. o Son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realizacion efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad juridicamente organizada. Estos derechos establecidos en la Constitucion establecidos en la Constitucion, en los tratados internacionales y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado. CNDH. o Los derechos humanos se fundamentan en valores elementales como: ▪ La vida. ▪ La Igualdad. ▪ La libertad. ▪ La seguridad. ▪ El desarrollo. ▪ La paz.
- Adoptado en el Pacto Internacional de los derechos civiles y politicos, firmado en Nueva York (ONU) el 16 de Diciembre de 1966.
- Aprobado por el el senado el 16 de Diciembre de 1980 y publicado en el DOF el 9 de enero de 1981.
- Fueron los primeros que exigio y formulo el pueblo en la Asamblea Nacional durante la Revolucion francesa en 1789. Lo contituyen principalmente reclamos que motivaron los principales movimientos revolucionarios.
- Derechos: o Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales son distincion de raza, color, idioma, posicion social o economica. o Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad juridica. o Los hombres y las mujeres poseen iguales derechos. o Toda persona tiene derecho circular libremente y a elegir su residencia. o Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. o 2da Genereacion: ▪ Derechos Economicos, Sociales y Culturales.
- Deriva el pacto internacional de derechos economicos, sociales y culturales.
- Adoptado por las Naciones Unidas en Nueva York el 16 de Diciembre de 1966.
- Aprobado por el senado el 18 de diciembre de 1980 y publicado en el DOF el 9 de enero de 1981.
- Se pasa del Estado de derecho al estado social de derecho que da nacimiento al constitucionalismo social.
- Estos representan la demanda de un Estado de Bienestar que implemente acciones, programas y estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva.
- Derechos: o Derecho a un nivel de vida adecuado. (que le asegure a ella y asu familia, salud, alimentacion, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios) o Toda persona tiene derecho a la salud fisica y mental. o Toda persona tiene derecho a la educacion en sus diversas modalidades.
o 3ra Generacion: ▪ Derechos de los Pueblos.
- Promovida a partir de la decada de los setentas para incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos, en un marco de respeto y colaboracion.
- Derechos: o Derecho a la autodeterminacion. (Elegir su forma de gobierno) o Derecho a la independencia economica y politica. o Derecho a la identidad nacional y cultural. o Derecho a la paz. o Derecho a la coexistencia pacifica. o Derecho al uso de los avances tecnologicos y a la tecnologia. o El patrimonio de la humanidad (cultural y natural) o 4ta Generacion: ▪ Siglo XXI:
- Derechos: o Al acceso a internet de Banda Ancha (2010 Finlandia lo incluyo en su constitucion) o El derecho de acceso al agua potable. o A tener una cuenta de correo electronico. o A tener y usar una cuenta de redes sociales. 8. Derechos fundamentales y distribucion de competencias. Division de poderes y los Organos Autonomos Constitucionales. o John Locke (1632 – 1704): Plantea que el ser humano tiene gran tentacion por abusar del poder, por consiguiente, si las personas que tienen el poder de hacer las leyes, tuvieran tambien el poder de ejecutarlas, podrian dispensarse de obedecerlas. o Montesquieu (1689 – 1755) : Nos dice que para que no se pueda abusar del poder, es preciso que por disposicion misma de las cosas, el poder detenga al poder; es decir, que el supremo poder se divida para su ejercicio, y asi, uno a otro se pueda limitar y controlar. o La limitacion a la division de poderes es para locke y montesquieu una garantia ya que cuando se concentra el poder en una misma persona o en el mismo cuerpo de magistrados no hay libertad. o Estas ideas alcanzaron su plenitud durante el siglo XVIII con las ideas de Montesquieu que la division de poderes se comienza a considerar como una de las caracteristicas imprescindiblees del Estado.
▪ Estado Contemporaneo:
- Montesquieu en “El espititu de las leyes” establece la organización del estado contemporaneo, dividiendolo en 3 poderes: o Ejecutivo. o Legislativo. o Judicial. o De la Division de poderes en Mexico: ▪ Art. 3 frac. 2.- Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; ▪ Art. 39.- La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. ▪ Art. 40.- Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental. ▪ Art. 49.- El supremo Poder de la Federacion se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Legislativo: ▪ Art. 50.- El poder Legislativo de los EUM. Se deposita en un congreso general que se dividira en dos camaras, una de diputados y otra de senadores.
- Articulo 56: La camara de senadores se integrará por 128 senadores de los cuales en cada estado y en la cdmx 2 seran elegidos atravez de la votacion mayoritaria y 1 sera asignado a la primera minoria o La de 1ra minoria se le asignara al que haya ocupado el segundo lugar en numero de votos de la entidad que se trate. Y los 32 restantes según el principio de representacion proporcional. o Se renovará cada 6 años. ▪ Seccion iv
▪ De la comision permanente ▪ Articulo 78: durante los recesos del congreso habra una comision permanente compuesta de 37 miembro, 19 diputados y 18 senadores nombrados por sus respectivas camaras ▪ Poder ejecutivo
- Articulo 80: se deposita el ejercicio del supremo poder ejecutivo de la union en un solo individuo que es el presidene de los estados unidos mexxiccanos.
- Articulo 89: las facultades y obligaciones del presidente.
- Promulgar y ejecutar leyes que el congreso expida. Nombrar secretarios de estado. Disponer guardia nacional etc.
- Articulo 90: la aministracion publica federal sera “centralizada y paraestatal” conforme a la ley organica del congreso
- Centralizada: ley organica de la administracion publica federal. Articulo 1:
- Presidencia de la republica, secretarias de estado y la consejeria juridica del ejecutivo federal.
- Paraestatal:
- Organizmos desentralizados. Instituciones nacionales decredito. Instituciones nacionales de seguro de fianzas. Fideicomosos publicos
- (ley federal de las entidades paraestatales) ▪ Poder judicial:
- Articulo 94: se deposita en el ejercicio en una supremacorte de justicia, en un tribunal electoral, en tribunales colegiados y unitarios de circuito y en juzgados de distrito.
- Se conformará por 11 ministros y funcionará en pleno o en salas. ▪ Organos autonomos constitucionales:
- Organos por los cuales esta confiada la actividad directa e inmediata del estado, gozan de plena autonomia, una completa independencia y paridad reciproca.
- Surgen apartir de la segunda guerra mundial
- Caracteristics:
- Forman parte del modelo estatal.
- Participan en la direccion politica del estado. Se ubican fuera de la estructura organica de los poderes tradicionales. Se vuelven necesarios en la medida que si desaparecieran se veria
autoridades competentes tienen el deber de investigar de inmediato la conducta vulneradora a derechos fundamentales en el ambito de sus respectivas competencias. o Instancias en Mexico a las cuales les compete la investigacion: ▪ 33 Organismos publicos de proteccion y defensa a los derechos humanos. (CNDH y estados) ▪ Las procuradorias o fiscalias generales de justicia en la republica mexicana. ▪ Los organos de control interno en cada dependencia gubernamental. (Las contralorias u organos de control y supervision) a veces el contralor pone la sancion.
- Sancionar: o Al terminar la investigacion realizada por el organo estatal competente y una vez que sea acreditada la responsabilidad del o las personas debera imponerse o solicitar la imposicion de las sanciones pertinentes. ▪ Sanciones en Mexico: - Pena privativa de la Libertad. - Sanciones pecuniarias. - Suspension del cargo publico. - Destitucion del cargo publico. - Inhabilitacion para poder ocupar el cargo publico. - Indemnizacion a las victimas.
- Reparar: o Consisten en las medidas que tienden a hacer desaparecer los efectos de las violaciones cometidas a los derechos humanos. Sunaturaleza y su monto dependen del daño ocasionado en los planos tanto material como inmaterial. o Clasificacion de rubros reparables de acuerdo a Theo Ban Voben: ▪ La restitucion. ▪ La indemnizacion. ▪ Proyecto de vida. ▪ La satisfaccion de garantias de no repeticion.
▪ Principios:
- Universalidad.
- Indivisibilidad. “in” negacion.
- Interdependencia. Prefijo inter, “entre”.
- Progresividad. o Para poder justificar una medida regresiva el estado tendra que demostrar: ▪ Existencia de un interes estatal ▪ Inexistencia de cursos de accion alternativos que pudieran ser menos restrictivos del derecho que se haya visto afectado en forma regresiva. 10. Principios Ideologicos y fundamentos filosoficos de los derechos humanos. o Teorias de los Derechos Humanos. (Miguel Carbonell Sanchez) ▪ Iusnaturalista ▪ Positivista ▪ Historicista ▪ Axiologica 11. Extra.- De la forma de gobierno del Estado Mexicano. o Republicana: ▪ Caracteriza al estado en el cual el poder es temporal y se obtiene por medio del sufragio. o Democratica: ▪ Ha sido definida por la existencia de una gama de principios universales, tales como: soberania popular, pueblo y libertad electoral. o Reprersentativa: ▪ Cuando el Pueblo delega soberania en autoridades. o Federal: ▪ Pacto que celebran los estado a traves de la constitucion para formar un gobierno central. En mexico existen 3 esferas de autoridad. (Federal, Municipal y Estatal.)
▪ Desde la perspectiva normativa este es un concepto indeterminado, por lo tanto Francisco Llorente afirma que la igualdad es un concepto relacional ya que se da siempre en una relacion con dos personas o dos objetos. ▪ Francisco Laporta establece cuatro criterios de juicios de relevancia: (que justifican la diferenciacion en la aplicación de la norma)
- Principio de Satisfaccion de las necesidades.
- Principio de retribucion de merecimientos.
- Principio de reconocimiento de aptitudes.
- Principio de consideracion de estatus.
- Derechos de igualdad en la constitucion:
- Se tiene que establecer la dualidad entre igualdad y libertad ya que no podemos concebir uno sin otro, estos en materia constitucional se autoimplican y lo hacen porque como seres atados a un estado se nos confieren libertades y se nos establece en un plano de igualdad como personas.
- Art 1.- Toda persona gozará de los derechos humanos reconocidos en esta constitucion y en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte, asi como de las garantias para su proteccion, cuyo ejercicio no podra suspenderse bajo en las condiciones que esta constitucion establece.
- Art 1.- Parrafo IV: Esta prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territoria nacional alcanzarán por este solo hecho, la libertad y la proteccionde sus leyes.
- Art. 1.- Parrafo V: Que da prohibida toda clase de discriminacion motivada por origen etnico o nacional, el genero , la edad, las discapacidades, la condicion social, las condiciones de salud, la religion, las opiniones, el estado civil o cualquier otra cosa que atente contra la dignidad humana.
- Concepto jurisprudencial de la dignidad humana : La dignidad huamana es el origen, la esencia y el fin de todos los derechos huamanos.
- Codigo penal para el estado de puebla Art. 357.- Se aplicara prision de uno a tres años y de cien a quinientos dias de multa a todo aquel que, por razon del origen etnico o nacional, raza, genero, edad, discapacidad, condicion social o economica, condiciones condiciones de salud, preferencias sexuales etc… atente contra la dignidad humana, la libertad o la igualdad.
- Art 4. Parrafo 1.- El varon y la muejer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
- Art 7.- Ley General de Instituciones y Procedimientos Electrorales.- Igualdad de oportunidades y la paridad entre hombres y muejeres para tener acceso a cargos de eleccion popular.
- Art. 12.- En los Estados Unidos Mexicanos no se concederan titutlos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dara efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país.
- Art. 13.- Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.
- Caso Rosendo Radilla Pacheco:
- En 1974 Fue victima de saparicion forzada por miembros del ejercito, sus familiares prisentaron varias denuncias pero no los pelaron al chile, ni en instancias estatales como federales.
- Hasta el 15 de Noviembre del 2001 la comision mexicana de defensa y promocion de los derechos humanos y una asociacion de familiares desaparecidos y victimas de violaciones a los derechos humanos presentaron una denuncia contra el estado mexicano antes la Comision Interamericana de los Derechos Humanos.
- El estado mexicano no respondio ante las recomendaciones de la comision y dado esto el 15 de noviembre del 2008 esta interpuso una denuncia ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.
- El 23 de Noviembre de 2009 la corte dicto sentencia en contra del estado mexicano notificandolo el dia 15 de Diciembre del mismo año. Se publico un extracto de la sentencia en el DOF el 9 de febrero del 2010. ▪ Ante esta situacion se creo el expediente Varios por el tribunal en pleno el 7 de septiembre del 2010, este atendia: - Determinar cuales son las obligaciones concretas que corresponden al poder judicial de la federacion y la forma de instrumentarlas.
**_2) La prohibicion de la esclavitud.
- Libertad de enseñanza o de catedra. a)** Art. 3.- Fraccioón VII. Las universidades y las demas instituciones de educacion media superior a las que la ley otorgue autonomia, tendran la facultad y la responsabilidad de gobernarse a si mismas. b) Carlos Vidal Prado nos dice que esta libertad de catedra puede verse desde un enfoque positivo y negativo. i) Positivo: **(1)** La libre elecion del objeto, forma, metodo y contenido, frente a cualquier injerencia externa, **(2)** el derecho a expresar opiniones doctrinales, o el derecho a criticar las opiniones cientifcas y los resultados de investigacion de otros. **(3)** La libre evaluacion de los alumnos. **(4)** La obligacion del Estado de proveer los elementos materiales para que la docencia y la investigacion se lleven a cabo. ii) Negativo: **(1)_** El derecho que tienen el docente y el investigador de resistir injerencias externas en los ambitos de su propia autonomia. Es decir, el derechoa verse libres de recibir instrucciones oficiales que se refieran al modo de realizar la docendia o sobre el contenido de la misma. 4) Libertad de procreacion. (Art. 4) a) Art. 4, Parrafo Segundo Constitucional.- Toda persona tiene el derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el numero y el esparcimiento de sus hijos. b) Art. 26 tercer parrafo Const. Poblana.- los poderes publicos garantizaran el desarrollo integral de la familia, con sus derechos y obligaciones. i) Toda persona tiene derecho a planear y decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el esparcimiento de sus hijos. ii) La vida humana debe ser protegida desde el momento de la concepcion, hasta su muerte natural salvo los casos previstos en las leyes. iii) El derecho individual de procreacion significa la posibilidad de tener o no descendencia. c) El delito de aborto tiene carácter de tutela de la libertad reproductiva. i) Art. 339 Codigo Penal del estado de puebla.- Aborto es la muerte del producto de la concepcion en cualquier momento de la preñez.
ii) Art. 343 Codigo Penal del estado de puebla.- Casos en los que el aborto no es punible: (1) Cuando sea causado por la imprudencia de la mujer embarazada. (2) Cuando el embarazo sea el resultado de una violacion. (3) Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte. (4) Cuando el aborto se deba a causas eugenesicas graves, según el dictamen que preciamente rendiran dos peritos médicos. d) El delito de aborto en la ciudad de Mexico: i) Codigo penal de la ciudad de Mexico.- Capitulo V. Aborto (1) Art.- 144.- Aborto es la interrupcion del embarazo despues de la decima segunda semana de gestacion. (a) Embarazo para la ciudad de mexico es la parte del proceso de la reproduccion humana que comienza con la implantacion del embrion en el endometrio. (2) Art. 145.- Se impondrá de tres a seis meses de prision o de 100 a 300 dias de trabajo a favor de la comunidad a la mujer que voluntariamente practique el aborto o consienta. Al que la ayude a abortar se le sancionara con uno a tres años de prision. (3) Art.146.- Aborto forzado es la interrupcion del embarazo en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada. (de cinco a ocho años de prision)(si hay violencia fisica, de ocho a diez años de prision) ii) Casos en los que el aborto no es punible en la ciudad de Mexico: (1) Cuando el aborto sea resultado de una violacion o de una inseminacion artificial. (2) Cuando de no provocarse, la mujer corra peligro de muerte. (3) Cuando el bebe esta defectuoso (fisica o mentalmente) y dos medicos con el consentimiento de su jefa lo quieren matar. (4) Que sea resultado de una conducta culposa de la mujer embarazada. iii) NOM-046SSA2-2005: (1) Ok, los del IMSS o de cualquier dependencia que pueda practicar abortos de acuerdo a lo que la ley señala y especificamente en los casos que la misma establece, de acuerdo a la ley de proteccion de los derechos de las victimas estas tienen que presentar una solicitud por escrito y estar bajo protesta de decir verdad, los de la dependencia no pueden investigar o poner en duda el dicho de la mujer que ha sido violentada por un abuso sexual.
e) Ley de colegiacion obligatoria.- Cosas importantes. i) Faculta a las autoridades para no autorizar, suspender, inhabilitar, o impedir el ejercicio de cualquier actividad profesional y establece como normas supletorias a la ley general de educacion, al codigo civil federal. ii) Propone la creacion del sistema nacional de profesiones, La creacion del registro nacional de actividades profesionales. iii) Regula la naturalez y funciones de los colegios, asi como los derechos y obligaciones de los profesionistas colegiados. f) Certificacion profesional.- Obligatoria. i) Es el procedimiento de constatacion de que un profesionista cuenta con los conocimientos, experiencia y comportamiento profesional ético minimos para su area de ejercicio. ii) Este rubro se ve previsto en la ley de colegiacion obligatoria. iii) Se establece como beneficio principal el que la sociedad receptora de servicios profesionales tenga la certeza y seguridad de que va a tratar con un profesionista que preste servicios de calidad. iv) Los entes certificadores tendran que tramitarse ante la SEP que emitira un certificado de idoneidad, el cual solo tendra vigencia de 5 años. v) La certificacion no sera homologada con un titulo ya que esta sera emitida por entes privados y la titulacion es un tramite estatal. 6) Libertad de expresion y opinion. (Art. 6) a) Art.6.- La manifestacion de las ideas no sera objeto de ninguna inquisicion judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algun delito, o perturbe el orden publico; el derecho de replica sera ejercido en los terminos dispuestos por la ley. El derecho a la informacion sera garantizado por el Estado. (Libertad de expresion) b) Art6. - Toda persona tiene derecho al libre acceso a informacion plural y oportuna, asi como a buscar, recibir y difundir informacion e ideas de toda indole por cualquier medio de expresion. c) Sergio Lopez Ayllón nos dice que la libertad de expresion en sentido amplio contiene las libertades de buscar, recibir y difundir; informaciones, opiniones o ideas, por cualquier medio. d) De igual manera el mismo nos habla del derecho a la informacion como la libertad de cualquier persona de conopcer de manera activa (investigando) o pasiva (recibiendo) las ideas u opiniones, hecho o datos que se producen en la sociedad, que les permiten formarse una opinion.
e) (Derecho a la informacion) Según el Art. 19 de la Declaracion Universal de los Derechos Humanos, es la garantia fundamental que toda persona posee a: i) Atraerse informacion: (1) Acceso a los archivos, registros y documentos publicos. (2) La decision de cada persona para escoger libremente que medio desea leer, escuchar o contemplar. ii) Informar: (1) Libertades de expresion y de imprenta. (2) El de constitucion de sociedades y empresas informativas (vinculado con el derecho de asociacion.) iii) Ser informado: (1) Recibir informacion objetiva, oportuna y veraz. (2) El derecho a enterarse de todas las noticias. (3) Que la informacion es para todas las personas sin exclusion alguna. iv) Jurisprudencia: La informacion protegida constitucionalmente es aquella que es veraz e imparcial. (que este respaldada por un ejercicio razonable de investigacion y comprobacion de su asiento en la realidad). v) Art.73 Las autoridades federales podran conocer de los delitos del fuero comun cuando estos tenagn conexidad con delitos federales, delitos contra periodistas o que atenten contra el derecho a la informacion libertad de expresion y de imprenta. vi) La libertad de expresion es una condicion esencial para que se pueda considerar que existe la democracia en un determinado pais, ya que esta libertad permite que exista la racionalidad discursiva encaminada construir consensos entre los diversos grupos sociales. La libertad de expresion es lo que permite la creacion de la opinion publica, esencial para darle contenido a varios principios del estado constitucional, como lo son algunos derechos fundamentales. f) Evolucion historica de la libertad de expresion: i) “Podre no estar de acuerdo con lo que dices, pero daria mi vida por defender tu derecho a decirlo” Volatire. ii) La libertad de expresion aparece en los primeros textos del constitucionalismo moderno: (1) Declaracion de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Art.-11: “La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos mas preciados del hombre; todo ciudadano puede, por tanto, hablar, escribir e imprimir libremente. (2) Declaracion de Derechos de Virginia (12 de Junio de 1776) Art.- 12: Que la libertad de prensa es uno de grandes baluartes de la libertad, y que jamas puede restringirla un gobierno despotico. (3) Primera enmienda de la constitucion Estadounidense: (17 de Sept. 1787): El congreso no hara ley alguna por la que adopte una religion como oficial del estado. O que coarte la libertad de palabra o de imprenta.