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Derecho penal . Delitos y lesiones identificación, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Civil

Son un caso penal . De agresividad física y mental

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 11/07/2023

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griselda-garcia-13 🇲🇽

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DELITOS DE LESIONES
Delito
Tipo penal
Condena
Lesiones simples
Lesiones levísimas
(dolosas)
Si las lesiones tardan en
sanar quince días o menos
y no ponen en peligro la
vida, de tres a seis meses de
prisión, o de doscientos a
cuatrocientos días multa.
Lesiones leves (dolosas)
Si las lesiones tardan en
sanar más de quince días y
menos de sesenta, y no
ponen en peligro la vida, de
seis meses a dos años de
prisión y multa.
Lesiones leves extendidas
(dolosas)
Si las lesiones tardan en
sanar sesenta días o más
tiempo y no ponen en
peligro la vida, de uno a
tres años de prisión y
multa.
Lesiones graves por
cicatriz permanentemente
notable en la cara
(dolosas)
SI las lesiones dejan
cicatriz permanentemente
notable en la cara, de tres a
cuatro años de prisión y
multa.
Lesiones graves por
disminución o
entorpecimiento
permanentes de una
facultad o de la función de
un órgano o miembro
(dolosas)
Si las lesiones ocasionan
una disminución o
entorpecimiento
permanentes de alguna
facultad, o del
funcionamiento de algún
órgano o miembro, tres a
siete años de prisión y
multa.
Se impondrán de seis
meses a dos años de prisión
si la disminución o
entorpecimiento
permanentes no causan
dolor ni son perceptibles, y
son apenas significativos
tanto para las funciones
orgánicas o corporales de la
víctima, como para el
desempeño de su actividad
profesional o de su
ocupación y para su
imagen. O, en su lugar, se
darán de seis meses a un
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DELITOS DE LESIONES

Delito Tipo penal Condena Lesiones simples Lesiones levísimas (dolosas) Si las lesiones tardan en sanar quince días o menos y no ponen en peligro la vida, de tres a seis meses de prisión, o de doscientos a cuatrocientos días multa. Lesiones leves (dolosas) Si las lesiones tardan en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no ponen en peligro la vida, de seis meses a dos años de prisión y multa. Lesiones leves extendidas (dolosas) Si las lesiones tardan en sanar sesenta días o más tiempo y no ponen en peligro la vida, de uno a tres años de prisión y multa. Lesiones graves por cicatriz permanentemente notable en la cara (dolosas) SI las lesiones dejan cicatriz permanentemente notable en la cara, de tres a cuatro años de prisión y multa. Lesiones graves por disminución o entorpecimiento permanentes de una facultad o de la función de un órgano o miembro (dolosas) Si las lesiones ocasionan una disminución o entorpecimiento permanentes de alguna facultad, o del funcionamiento de algún órgano o miembro, tres a siete años de prisión y multa. Se impondrán de seis meses a dos años de prisión si la disminución o entorpecimiento permanentes no causan dolor ni son perceptibles, y son apenas significativos tanto para las funciones orgánicas o corporales de la víctima, como para el desempeño de su actividad profesional o de su ocupación y para su imagen. O, en su lugar, se darán de seis meses a un

año de trabajo en favor de la comunidad o de libertad supervisada, y de doscientos a cuatrocientos días multa. Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida (dolosas) Si las lesiones infligidas colocan a la víctima en peligro concreto de morir, de tres a ocho años de prisión y multa. Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos (dolosas) Si con las lesiones se produce la pérdida de cualquier función orgánica o la de un miembro, de alguna facultad u órgano, cuyas funciones no pueden ser sustituidas por otro u otros, de cuatro a nueve años de prisión y multa. De igual manera, si las lesiones causan la pérdida de algún órgano, cuyas funciones pueden ser sustituidas por otro u otros, pero cuya pérdida apareja la anulación absoluta de la función, o la muerte de la víctima. Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave (dolosas) Si las lesiones ocasionan la parálisis permanente de ambas piernas, de uno o ambos brazos o de las manos, causando paraplejía permanente de al menos una tercera parte del cuerpo, u originando alguna enfermedad leve, así como si las lesiones dejan una deformidad grave y permanente, de cinco a doce años de prisión y multa. Si en este contexto se causan más lesiones, sólo se imponen penas con respecto a las más graves. Lesiones calificadas Lesiones dolosas Si existen circunstancias calificativas, se aumentará la pena establecida para las lesiones simples,

a las lesiones dolosas de este tipo. Si el acto es cometido por un profesional de la salud, se le impondrá la misma pena que en el caso anterior, más la suspensión de seis meses a dos años en el ejercicio de su profesión. La mujer embarazada no es penada si origina lesiones de este tipo. Lesiones dolosas Si durante el embarazo se causa una lesión al concebido que provoque una enfermedad incurable o una afectación corporal o cerebral significativas de por vida, se impondrán de seis a trece años de prisión y multa. Si el delito es cometido por un profesional de la salud, además de las respectivas penas, se le suspenderá del ejercicio de su profesión de entre dos a cuatro años. Lesiones complementadas por vínculos familiares, minoría de edad o incapacidad Lesiones dolosas Se impondrán las penas señaladas para las lesiones simples en el artículo 200 del Código Penal de Coahuila. Este tipo de delitos pueden llevar a la suspensión de los derechos familiares. Lesiones por operaciones quirúrgicas innecesarias Lesiones culposas graves y leves Se impondrán las penas señaladas para las lesiones simples en el artículo 200 del Código Penal de Coahuila. Lesiones por operaciones quirúrgicas sin consentimiento o desinformadas, que pongan en peligro la vida o causen pérdida de un órgano o miembro Lesiones culposas graves Se impondrán las penas señaladas para las lesiones simples en el artículo 200 del Código Penal de Coahuila. Lesiones por operaciones quirúrgicas incompletas Lesiones culposas graves y leves Se impondrán las penas señaladas para las lesiones simples en el artículo 200

del Código Penal de Coahuila. Lesiones por simulación de operaciones quirúrgicas Lesiones culposas graves y leves Se impondrán las penas señaladas para las lesiones simples en el artículo 200 del Código Penal de Coahuila.

Nota: En la mayoría de los casos pueden ocurrir lesiones culposas que

tendrán una condena menor a las dolosas. Recuérdese que aquellas que son

dolosas son las que se realizan con intención, mientras que las culposas

ocurren por accidente o por un descuido.