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derecho laboral ficha 1, Resúmenes de Derecho Laboral

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Tipo: Resúmenes

2022/2023

Subido el 02/05/2023

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DERECHO DEL TRABAJO I
F I C H A 1
1.1 CONCEPTOS GENERALES DEL DERECHO DEL
TRABAJO:
1.1.1 Definición de Derecho del Trabajo.- Es un conjunto
de las normas jurídicas destinadas a regular las relaciones
obrero-patronales y a resolver los conflictos que surjan con
ocasión de ellas.
Mario de la Cueva señala que el derecho del trabajo es la
norma que se propone realizar la justicia social, en el
equilibrio de las relaciones entre el trabajador y el capital.
Alberto Briseño, refiere que el derecho del trabajo es el
conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto el
equilibrio entre los elementos de la producción patrón y
trabajador, mediante la garantía de los derechos básicos
consagrados a favor de estos últimos.
Guillermo Cabanellas, dice que el derecho del trabajo tiene
por contenido principal la regulación de las relaciones
jurídicas entre empresarios y trabajadores y de unos y otros
con el Estado, en lo referente a trabajo subordinado y también
en lo relativo a las consecuencias jurídicas mediatas e
inmediatas, derivadas de la actividad laboral dependiente.
Una de las definiciones más completas es la proporcionada
por Néstor de Buen Lozano, quien señala que: “derecho del
trabajo es el conjunto de normas relativas a las relaciones que
directa o indirectamente derivan de la prestación libre,
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DERECHO DEL TRABAJO I

F I C H A 1

1.1 CONCEPTOS GENERALES DEL DERECHO DEL

TRABAJO:

1.1.1 Definición de Derecho del Trabajo.- Es un conjunto de las normas jurídicas destinadas a regular las relaciones obrero-patronales y a resolver los conflictos que surjan con ocasión de ellas. Mario de la Cueva señala que el derecho del trabajo es la norma que se propone realizar la justicia social, en el equilibrio de las relaciones entre el trabajador y el capital. Alberto Briseño , refiere que el derecho del trabajo es el conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto el equilibrio entre los elementos de la producción patrón y trabajador, mediante la garantía de los derechos básicos consagrados a favor de estos últimos. Guillermo Cabanellas , dice que el derecho del trabajo tiene por contenido principal la regulación de las relaciones jurídicas entre empresarios y trabajadores y de unos y otros con el Estado, en lo referente a trabajo subordinado y también en lo relativo a las consecuencias jurídicas mediatas e inmediatas, derivadas de la actividad laboral dependiente. Una de las definiciones más completas es la proporcionada por Néstor de Buen Lozano , quien señala que: “ derecho del trabajo es el conjunto de normas relativas a las relaciones que directa o indirectamente derivan de la prestación libre,

subordinada y remunerada, de servicios personales, y cuya función es producir el equilibrio de los factores en juego mediante la realización de la justicia social. ”. Resulta conveniente precisar algunos elementos de la definición de Néstor de Buen:  Las normas del derecho del trabajo regulan relaciones que, directa o indirectamente, derivan de un trabajo; es decir, no solo tutelan ese vínculo entre trabajador y patrón (relación directa), sino que va más allá y regula la relación que pudiera existir entre un patrón y el beneficiario del trabajador en el pago de alguna indemnización por muerte del trabajador (relación indirecta).  La prestación del trabajo debe ser libre; en caso contrario, se trata de un tipo distinto de relación que incluso podría implicar privación ilegal de la libertad.  También debe existir subordinación en la relación que tutela el derecho laboral; es decir, debe existir un elemento que dicte órdenes y otro obligado a cumplirlas.  Esa relación debe ser remunerada, es decir, implica el pago de un salario o retribución por el trabajo realizado.  El servicio debe ser personal, es decir, lo debe realizar el trabajador y no alguna persona por él designada.

variará dependiendo del contexto histórico, la zona geográfica o país o los sectores del mercado de trabajo, entre otras cuestiones.

- Finalidad de construcción y sostenimiento del sistema de relaciones laborales.- Es decir, el Derecho del Trabajo tiene vocación de regular el “sistema de relaciones laborales”, entendido como el conjunto formado por las representaciones profesionales y por las prácticas de negociación o interacción existentes entre las mismas. - Finalidad de rendimiento de la fuerza de trabajo.- Es decir, controlar que el capital humano sea rentable, lo cual es un objetivo económico que tiene en última instancia un trasfondo social: el mantenimiento y la creación de puestos de trabajo en las empresas y en el conjunto del sistema productivo. A estos efectos, la legislación laboral ha puesto a disposición de los empresarios facultades directivas y disciplinarias, derechos relativos a la modificación de condiciones de trabajo, negociación colectiva de empresa, etc. 1.1.3 Características del Derecho Laboral.- Es un derecho de clase, porque pertenece al grupo social de los trabajadores, por lo que la prestación de un servicio para un patrón es lo que determina la conciencia de clase. Es un derecho inconcluso porque sus finalidades no han concluido. Es un derecho dinámico y expansivo, porque está en constante movimiento incrementando los derechos a los trabajadores, y es expansivo por que tales derechos se extienden a todas las personas que tienen sus servicios. El derecho laboral, como un cuerpo organizado de normas jurídicas, tiene características que lo hacen único y diferente a los demás ordenamientos, son de destacarse los siguientes: Es un derecho social

Conviene recordar que la clasificación tradicional del derecho se hace en: derecho público y derecho privado, y que se ha incorporado una rama relativamente nueva: el derecho social. Esta rama del derecho se encarga de tutelar y brindar protección a clases sociales o grupos que se consideran vulnerables o en situación de desventaja frente a otros. El derecho laboral busca el equilibrio entre los factores que intervienen en la relación laboral: trabajadores y patrones; considerando que los trabajadores están en una situación de desventaja frente al patrón, por ser éste el dueño del capital, entonces el derecho laboral forma parte del derecho social. Está en constante expansión El trabajo es una actividad en constantes cambios; está sujeto al nacimiento de nuevas actividades profesionales, basadas en nuevas tecnologías y al surgimiento de condiciones económicas que provocan modificaciones en las condiciones laborales. Es un mínimo de garantías La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo consagran garantías a favor de la clase trabajadora. Esas garantías son el mínimo que debe respetarse en cualquier relación de trabajo; sin embargo, cualquier derecho adicional a esas garantías es bien recibido. Por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo otorga, como garantía mínima a los trabajadores, doce días de vacaciones luego del primer año de servicios, aunque en muchas empresas se otorgan más días. En otras palabras, lo menos que se les debe

2. Sujetos El empleador es quien cuenta con trabajadores en relación de dependencia. En el marco de la relación laboral, esta rama del derecho toma en cuenta a dos sujetos: los trabajadores, tanto en forma individual como organizados colectivamente, y los empleadores. No debe confundirse al empleador con el empresario, ya que éste último puede o no contar con trabajadores en relación de dependencia. 3. Autonomía Más allá de su inclusión en el denominado derecho positivo, el derecho laboral es una rama autónoma e independiente, con sus propias normas y principios. 4. Fuentes La fuente primordial del derecho laboral son las leyes. Aunque resulte obvio, es necesario tener en cuenta que la fuente primordial del derecho laboral son las leyes , en tanto representantes de la intervención estatal con el propósito de regular esta materia. Cuando existe una estructura federal, se produce una combinación de herramientas generadas a nivel central con otras producidas en cada división territorial. 5. Naturaleza obligatoria La existencia de leyes que regulan la actividad laboral por cuenta ajena obliga a las partes a atenerse a las resoluciones judiciales. Sin embargo, los empresarios, trabajadores y sus

representantes cuentan con total libertad para reunirse y negociar las condiciones del trabajo.

6. Significado protector El derecho laboral cumple una función de tutela sobre las necesidades del trabajador. Esto significa que al centrarse en la parte más vulnerable de la relación laboral (el trabajador) cumple una función de tutela de las necesidades de este. 7. Significado profesional específico Esto quiere decir que el derecho laboral regula únicamente a una parte específica de la población, aquella que se encuentra alcanzada por las relaciones laborales en cuestión. 8. Carácter dinámico Al regular los aspectos jurídicos de las relaciones laborales que se establecen entre dos sectores de la sociedad con características y necesidades en permanente cambio y evolución (trabajadores y empleadores), puede decirse que el derecho laboral es una especialidad fuertemente dinámica. 9. Hecho social El derecho laboral regula los salarios, horas de trabajo y despidos, entre otros. Teniendo en cuenta que regula cuestiones como los salarios, la justificación de los despidos, las huelgas, las horas de trabajo y otros aspectos que determinan las condiciones sociales de cada actividad, el derecho laboral debe ser considerado un hecho social. 10. Regulación del trabajo subordinado

tres subramas: derecho individual del trabajo, derecho colectivo del trabajo y derecho procesal del trabajo. 1.1.5 Fundamento Constitucional del Derecho del Trabajo .- El artículo 123 Constitucional es la base del Derecho del Trabajo en México; el apartado “A” está integrado por 31 fracciones, las cuales establecen los derechos y las obligaciones entre los trabajadores y los patrones considerados como particulares, igualmente relevante resulta destacar que este apartado tiene su ley reglamentaria y que es la que se conoce como Ley Federal del Trabajo. El apartado “B” está integrado por 15 fracciones y tiene por objeto regular las relaciones de trabajo entre los Poderes de la Unión (gobierno federal) y el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores, a éste se le conoce como Derecho Burocrático. El artículo 123 Constitucional establece normas que regulan el procedimiento laboral ante los Tribunales Laborales y Los Tribunales Burocráticos, estas normas plantean derechos en materia de estabilidad en el empleo, vacaciones, salario mínimo, aguinaldo y las condiciones laborales en general. También crea el procedimiento de huelga entre otras garantías fundamentales para los trabajadores. 1.1.6 Contenido y División del Derecho del Trabajo .- En su estructura general, el derecho del trabajo abarca las siguientes disciplinas: 1.- El derecho individual del trabajo, que comprende, a su vez, la autonomía privada en las relaciones laborales; las condiciones generales de trabajo, y los regímenes especiales de trabajo. 2.- La previsión social, dentro de la que se incluye el trabajo de mujeres, el estatuto laboral de los menores, el derecho habitacional, el régimen sobre higiene y seguridad, la capacitación profesional y los riesgos de trabajo. 3.- El derecho sindical, que incluye la organización profesional, el pacto sindical o contrato colectivo

de trabajo y el derecho de huelga. 4.- La administración laboral, que comprende la naturaleza, organización y funciones de las autoridades del trabajo, y 5.- El derecho procesal del trabajo, que indica los medios o procedimientos que deben seguirse ante las autoridades para obtener el respeto de la norma jurídica o para la composición de los conflictos laborales. FIN DE LA FICHA 1 JMG/Derecho del Trabajo I