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derecho de peticion para persona protegida, Ejercicios de Derecho Constitucional

se realiza una peticion a una empresa para que ampare el derecho de estabilidad reforzada

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 20/06/2024

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carlos-andres-sierra 🇨🇴

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Villa de le Leyva, 19 de junio de 2024.
Señores
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
DELEGATURA DE ASUNTOS JURISDICCIONALES
Ciudad
Ref.: SUBSANAR DEMANDA
Demandante: CARLOS IVAN SANABRIA SIERRA
Demandando: COMCEL S.A. identificado con NIT 8001539937
Radicado N°: 23-511029
Auto N°: 66954 del 14/06/24
Acción: Protección al consumidor.
Yo, CARLOS IVÁN SANABRIA SIERRA, identificado con cedula ciudadanía
número xxxxxxxxx, domiciliado en el municipio de Villa de Leyva Boyacá,
actuando en nombre propio, por medio del presente escrito me permito subsanar
la demanda conforme a lo ordenado por la delegatura para asuntos
jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y comercio.
PRIMERO: El día 18 de octubre adquiero un celular marca Samsung
Galaxy A 23 a mi nombre en el establecimiento de comercio de razón social
ANCLU SA bajo factura de compra No. FEVL1617 por un valor de
$1'119.949.46.
SEGUNDO: El día 31 de octubre organizando la actividad del día de los
niños, actividad que necesitaba concentración por ello, escuché música
todo el día en el celular, por lo tanto, el celular se me descargó y lo dejé que
se apagara, a eso de las 8 de la noche de ese mismo día lo pongo a cargar,
saliendo en la pantalla de celular un triángulo amarillo y lo desconecté para
ver qué fue lo que pasó y luego lo volví a conectar y no volvió a prender
cada vez que lo intentaba prender solo se iluminaba la pantalla y se
apagaba.
TERCERO: Por motivos laborales hasta el día 22 de noviembre del año en
curso lo pude llevar a una sucursal, allí la asesora que me lo vendió me
recomendó que hiciera un video de cómo se encontraba el celular, dicha
asesora también cuenta con este ya que ella también hizo su propia
grabación (el cual anexo para que sea tomado en cuenta), le dije que tenía
la caja que le entregaba la caja para que depositara el aparato para más
seguridad, manifestando que no era necesario y lo envolvió en unas hojas.
Es de anotar que el video anexado muestra el estado del celular.
CUARTO: El día lunes 12 de diciembre del año en curso, recibo una
llamada del número 3138193297 informándome que el celular no tenía
garantía que posiblemente yo lo había puesto en mi bolsillo y me había
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Villa de le Leyva, 19 de junio de 2024. Señores SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DELEGATURA DE ASUNTOS JURISDICCIONALES Ciudad Ref.: SUBSANAR DEMANDA Demandante: CARLOS IVAN SANABRIA SIERRA Demandando: COMCEL S.A. identificado con NIT 8001539937 Radicado N°: 23- Auto N°: 66954 del 14/06/ Acción: Protección al consumidor. Yo, CARLOS IVÁN SANABRIA SIERRA, identificado con cedula ciudadanía número xxxxxxxxx, domiciliado en el municipio de Villa de Leyva – Boyacá, actuando en nombre propio, por medio del presente escrito me permito subsanar la demanda conforme a lo ordenado por la delegatura para asuntos jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y comercio. PRIMERO: El día 18 de octubre adquiero un celular marca Samsung Galaxy A 23 a mi nombre en el establecimiento de comercio de razón social ANCLU SA bajo factura de compra No. FEVL1617 por un valor de $1'119.949.46. SEGUNDO: El día 31 de octubre organizando la actividad del día de los niños, actividad que necesitaba concentración por ello, escuché música todo el día en el celular, por lo tanto, el celular se me descargó y lo dejé que se apagara, a eso de las 8 de la noche de ese mismo día lo pongo a cargar, saliendo en la pantalla de celular un triángulo amarillo y lo desconecté para ver qué fue lo que pasó y luego lo volví a conectar y no volvió a prender cada vez que lo intentaba prender solo se iluminaba la pantalla y se apagaba. TERCERO: Por motivos laborales hasta el día 22 de noviembre del año en curso lo pude llevar a una sucursal, allí la asesora que me lo vendió me recomendó que hiciera un video de cómo se encontraba el celular, dicha asesora también cuenta con este ya que ella también hizo su propia grabación (el cual anexo para que sea tomado en cuenta), le dije que tenía la caja que le entregaba la caja para que depositara el aparato para más seguridad, manifestando que no era necesario y lo envolvió en unas hojas. Es de anotar que el video anexado muestra el estado del celular. CUARTO: El día lunes 12 de diciembre del año en curso, recibo una llamada del número 3138193297 informándome que el celular no tenía garantía que posiblemente yo lo había puesto en mi bolsillo y me había

sentado en él, no es lógico ya que en el video se ve claramente que celular está recto y además no tiene el display averiado ni con enmendaduras. QUINTO: A la fecha me negué rotundamente recibir el aparato ya que no tenía ni un mes de uso cuando presentó la falla, el aparato fue entregado como se observa en el video sin ninguna DOBLADURA cuando eso nunca sucedió, quien me garantiza que el aparato por no ir en su empaque fue maltratado en su desplazamiento al taller. SEXTO: El día 21 de diciembre de 2022, me acerqué nuevamente a ANCLUS SA villa de Leyva, donde me entregan orden de servicio ODSC459066 y al observar dice a la letra "SE EVIDENCIA PANTALLA ARQUEADA EQUIPO ARQUEADO AFECTANDO EL FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL EQUIPO" y me manifiestan que no responderá CLARO por la falla presentada en el equipo.